3. ¿Cómo se organiza la prevención en mi empresa?
Organización
Preventiva
Empresa
Director/a
Facultativo
Encargados
Servicio de
Prevención
Trabajadores
/as
Recurso
Preventivo
Organización de la prevención
4. Empresa:
Es responsable de la prevención de riesgos en su empresa.
TIENE LA OBLIGACIÓN DE ASEGURARSE DE
CUMPLIR Y HACER CUMPLIR LAS DISPOSICIONES
DE LA LEY DE PRL Y SU NORMATIVA, INTEGRANDO
LA PREVENCIÓN EN EL SISTEMA DE GESTIÓN DE SU
EMPRESA.
Organización de la prevención
5. Empresa:
Tiene como deber designar a uno o a varios trabajadores/as para ocuparse
de la prevención en la empresa, constituir un servicio de prevención propio
o concertar con un servicio de prevención ajeno.
Organización de la prevención
6. Empresa:
Todos los LUGARES DE TRABAJO ocupados por trabajadores deberán en
todo momento estar bajo el control de una persona responsable que cuente
con aptitudes y competencias necesarias para esta función con arreglo a la
legislación vigente y que haya sido designada por la EMPRESA
La EMPRESA podrá asumir la responsabilidad del lugar de trabajo si
cuenta con las aptitudes y competencias necesarias para esta función
con arreglo a la legislación vigente y si trabaja en las instalaciones de una
manera habitual y permanente.
Organización de la prevención
7. Director/a Facultativo:
Es pieza clave en la Prevención de Riesgos.
Su colaboración es indispensable para lograr una
eficaz implantación de la prevención:
• claridad en la documentación y coherencia
de denominaciones
• documentos relacionados con la Prevención
(Plan de Labores y DSS, etc.)
• colaboración con el Servicio de Prevención y
la empresa.
Organización de la prevención
8. Director/a Facultativo:
Junto con su personal subalterno es el encargado de velar por el
cumplimiento del Reglamento General de Normas Básicas de Seguridad
Minera y de las Disposiciones Internas de Seguridad.
Organización de la prevención
9. Encargados/as:
Son los responsables de gestionar la seguridad, para lo cual deben:
planificar, organizar, implantar, dirigir y controlar, dentro de su área
de responsabilidad, y asesorados por el empresario, director facultativo y el
servicio de prevención, las actividades preventivas.
Organización de la prevención
10. Servicio de prevención:
.
La empresa cuenta con varias alternativas para elegir la
modalidad de organización de la prevención:
Trabajador o trabajadores designados
Servicio de Prevención Propio (empresas con más de 250
trabajadores/as)
Servicio de Prevención Ajeno
Servicio de Prevención Mancomunado
Por lo general las empresas optan por concertar la
prevención con un Servicio de Prevención Ajeno
Organización de la prevención
11. Servicio de prevención:
Son los encargados de diseñar, aplicar y coordinar los planes y
programas de actuación preventiva.
Se encargan de realizar los controles de polvo y ruido, así como la
formación y vigilancia de la salud de los trabajadores.
Organización de la prevención
12. Trabajadores/as:
Corresponde a cada trabajador velar, según sus posibilidades y mediante el
cumplimiento de las medidas de prevención, por su propia seguridad y
salud en el trabajo y por la de aquellas otras personas a las que puedan
afectar su actividad profesional.
Organización de la prevención
13. Trabajadores/as:
Inutilizar los dispositivos de seguridad de
las máquinas
Negarse a utilizar los equipos de protección
individual proporcionados por la empresa
Incumplimiento
Laboral
Artículo 58.1 del Estatuto de los Trabajadores
Organización de la prevención
14. Recurso Preventivo:
Personas designadas por la empresa en número necesario para vigilar el
cumplimiento de las actividades preventivas
Organización de la prevención
15. Recurso Preventivo:
Se exigirá su presencia (RD 39/1997):
•Trabajos propios de minería a cielo abierto, de interior, sondeos en
superficie terrestre o plataformas marinas.
•Actividades en obras de construcción, excavación, movimiento de
tierras y túneles con riesgo de caída de altura o sepultamiento.
•Trabajos que produzcan concentraciones elevadas de polvo silíceo.
Organización de la prevención
16. Recurso Preventivo en actividades mineras:
• Operaciones de arranque/parada de instalaciones de tratamiento de
minerales o transporte continuo, susceptibles de poner en suspensión
gran cantidad de polvo.
• Operaciones de mantenimiento periódico generadoras de polvo.
• Averías sobrevenidas y reparaciones en las que sea necesario el
desmontaje de partes de la instalación en que el proceso pone polvo
en suspensión, o de los equipos destinados a la captación de polvo.
• Labores que sea inevitable realizar puntualmente sin las medidas
preventivas frente al polvo, por avería de las mismas, siendo necesario
improvisar otras.
• Operaciones de limpieza general de instalaciones.
Organización de la prevención
17. Recurso Preventivo:
Deben:
•Permanecer en el centro de trabajo durante el tiempo en que se
mantenga la situación que determine su presencia.
•Disponer de la formación y los medios necesarios para el
desempeño de su labor.
•Vigilar el cumplimiento de las medidas preventivas para controlar
los riesgos que ha determinado su presencia.
Organización de la prevención
19. Representantes de prevención:
Por cada Delegado de Prevención deberá existir su correspondiente acta de
designación debidamente cumplimentada y firmada tanto por el trabajador como
por la empresa.
En el caso de existir Delegado Minero de Seguridad el acta será única, pues tan sólo
podrá haber un Delegado Minero por centro de trabajo
Concretar la dedicación horaria que dispone el Delegado Minero, siendo
dedicación exclusiva, cuando la plantilla del centro supere los 250 trabajadores.
Organización de la prevención