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TEMA 2:
Normativa en prevención de riesgos laborales.
1. Introducción
El Ordenamiento Jurídico Español en materia de prevención de
riesgos laborales está formado por diversos instrumentos normativos.
¿NORMA PRINCIPAL?
1. Introducción
2. Derechos y deberes
Los derechos y deberes de empresarios y trabajadores en relación
con la Prevención de Riesgos Laborales se recogen en diferentes
textos normativos:
Estatuto de los Trabajadores Art 4.2
• “Los trabajadores tienen derecho a su integridad física y a una
adecuada política de seguridad e higiene”
2. Derechos y deberes
Estatuto de los Trabajadores Art 19
“El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas
legales y reglamentarias de seguridad e higiene.”
2. Derechos y deberes
Ley de Prevención de Riesgos Laborales 🡪 Capítulo III establece:
•Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de
seguridad y salud en el trabajo.
•En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la
seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos
relacionados con el trabajo.
•El empresario realizará la prevención de riesgos laborales mediante la
integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de
cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud
de los trabajadores.
•El coste de las medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo no debe
recaer sobre los trabajadores.
2. Derechos y deberes
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES-AS:
•Ser informados y formados en materia preventiva
•Ser consultado y participar en cuestiones relacionadas con la prevención
•Poder interrumpir la actividad en caso de riesgo grave o inminente
•Recibir una vigilancia de su estado de salud
2. Derechos y deberes
OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES-AS:
• Utilizar correctamente máquinas, aparatos, herramientas,…
• Utilizar correctamente el equipo de protección individual
• No desconectar los dispositivos de seguridad de equipos
• Informar de inmediato a su superior si se detecta una situación que entrañe peligro
• Contribuir al cumplimiento de las normas
• Cooperar con empresario para mejorar condiciones de trabajo
3. Directivas
Desde la entrada en la Comunidad Económica Europea, España está sujeta a
las normas comunitarias que en la Unión Europea se utilizan para establecer las
pautas básicas de aplicación en todos los países miembros.
● Tratado Constitutivo de la Unión Europea
● Directiva Comunitaria 89/391/CE
● Directiva Comunitaria 92/59/CEE y 2001/95/CE
3. Directivas
Tratado Constitutivo de la Unión Europea
En su Artículo 118 A 🡪 “Los estados miembros procurarán promover la
mejora, en particular, del medio de trabajo, para proteger la seguridad y
salud de los trabajadores.”
Los objetivos que pretende este articulado son los siguientes:
1. Garantizar la protección de la salud de todos los trabajadores-as
2. Procurar que en materia de seguridad y salud no existan grandes
diferencias entre un Estado y otro de la Unión Europea.
3. Directivas
Tratado Constitutivo de la Unión Europea
¿CÓMO APLICA ESTO?
DIRECTIVAS
Directivas son normas de MÍNIMOS (criterios básicos a seguir)
que deben ser cumplidas en cada estado miembro.
3. Directivas
Directiva Comunitaria 89/391/CE
Directiva MARCO
Fija las bases fundamentales para que se garantice la seguridad de los
trabajadores-as
España es adoptada en el año 1995 y articulada como Ley, lo que le
otorga el máximo rango en el ámbito jurídico.
3. Directivas
Directiva Comunitaria 92/59/CEE y 2001/95/CE
Directiva de SEGURIDAD EN EL PRODUCTO
Obliga a que las máquinas o equipos de trabajo, herramientas, y en
definitiva cualquier elemento que el trabajador utilice, cumplan con los
requisitos mínimos de seguridad exigibles desde el diseño, de forma que
se garantice una utilización adecuada.
3. Directivas
Directiva Comunitaria 92/59/CEE y 2001/95/CE
¿Cómo saber que un producto cumple con los requisitos
mínimos fijados por las directivas europeas?
4. Legislación Nacional
● Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
● Ley 54/2003, que reforma Ley 31/95
● R.D. 39/97 de Servicios de Prevención
3. Directivas
Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
Reformada por la Ley 54/2003
La ley 31/95 y sus reformas es el marco de referencia en materia de
seguridad y salud en el trabajo. Introduce dicha norma el concepto
"prevención" como elemento básico y omnipresente en todas las
actuaciones a realizar en la seguridad y salud en el trabajo.
3. Directivas
Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
Reformada por la Ley 54/2003
Para ello no traspone sólo la DIRECTIVA MARCO sino otras tres más:
• Tratamiento de las relaciones de trabajo temporal
• Protección de la maternidad
• Protección de los jóvenes
3. Directivas
Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
Reformada por la Ley 54/2003
La Ley 54/2003 de reforma de la Ley 31/95, aparece con cuatro objetivos
básicos:
1. El combatir de manera activa la siniestralidad laboral
2. Fomentar una auténtica cultura de la prevención de riesgos en el trabajo
3. Reforzar la necesidad de integrar la prevención de riesgos laborales en los
sistemas de gestión de la empresa
4. Mejorar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
3. Directivas
Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
Estructura de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales
Cap. I Determina el carácter de estas normas, el objeto y su ámbito de aplicación
Cap. II Establece los objetivos de la política en materia de prevención y las competencias de los distintos
organismos públicos involucrados en el desarrollo de dichas actuaciones.
Cap. III Enumera los derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos
laborales, así como las obligaciones de los empresarios en esta misma materia.
Cap. IV Fija los órganos que las empresas podrán utilizar para dar cumplimiento a la ley.
Cap. V Regula el derecho de consulta y participación de los trabajadores en la empresa
Cap. VI Este capítulo desarrolla la aplicación del art. 100 (A) del Tratado de la Unión Europea, sobre
seguridad en el producto.
Cap. VII Determina las responsabilidades empresariales derivadas del incumplimiento de la Ley,
estableciendo los distintos niveles de infracción y fijando las sanciones correspondientes.
3. Directivas
Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
CAPITULO V: CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES-AS
Figura del Delegado de Prevención
Delegado de Prevención : Son los representantes de los trabajadores con
funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales
3. Directivas
Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
CAPÍTULO V: CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES
Son elegidos por y entre los representantes del personal:
● De 6 a 49 trabajadores 🡪 1 delegado
● De 50 a 100 trabajadores 🡪 2 delegados
● De 101 a 500 trabajadores 🡪 3 delegados
● De 501 a 1.000 trabajadores 🡪 4 delegados
● De 1.001 a 2.000 trabajadores 🡪 5 delegados
● De 2.001 a 3.000 trabajadores 🡪 6 delegados
● De 3.001 a 4.000 trabajadores 🡪 7 delegados
● De 4.001 trabajadores en adelante 🡪 8 delegados
3. Directivas
Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
CAPITULO V: CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES
Competencias de los delegados de prevención:
•Colaborar con Dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva.
•Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la
normativa de prevención.
•Ser consultados sobre planificación y la organización del trabajo.
•Ejercer una acción de vigilancia y control de cumplimiento de la normativa de
prevención.
•Formar parte, si es el caso, del Comité de Seguridad y Salud.
3. Directivas
Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
CAPÍTULO V: CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES
Facultades de delegados de prevención:
•Acompañar a los técnicos e inspectores de trabajo en sus visitas
•Tener acceso a la información y documentación necesaria para el
cumplimiento de sus funciones
•Realizar visitas a los lugares de trabajo para realizar tareas de vigilancia
y control de las condiciones de trabajo.
3. Directivas
Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales
CAPÍTULO V: CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES
Figura del Comité de Seguridad y Salud
Comité de Seguridad y Salud: Formado por los delegados de prevención
de una parte y por la otra el empresario o sus representantes.
Se deben constituir en todas las empresas con 50 trabajadores o más.
3. Directivas
Real Decreto 39/97 de Servicios de Prevención
Nace como desarrollo de aquellas materias que la Ley considera más
importantes.
Es aprobado el 17 de enero de 1997 y su contenido esencial gira en torno a
tres grandes apartados.
3. Directivas
Real Decreto 39/97 de Servicios de Prevención
1. La evaluación de los riesgos en la empresa para la salud de los trabajadores-as
2. Las diferentes modalidades de organización, funcionamiento y control de los
servicios de prevención.
3. Las capacidades formativas y aptitudes profesionales necesarias que deben reunir
los servicios de prevención y los trabajadores designados para desarrollar
actividades preventivas.
4. Responsabilidades en materia de
prevención
La empresa al ser la principal obligada en el cumplimiento de la ley de
prevención, se considera como el máximo responsable en caso de
incumplimiento de esta normativa.
Las responsabilidades que pueden exigirse al empresario se establecen en el
art. 42.1 de la Ley de Prevención de Riesgos. Son de tres tipos:
1. Responsabilidad penal.
2. Responsabilidad administrativa.
3. Responsabilidad civil o patrimonial.
4. Responsabilidades en materia de
prevención
RESPONSABILIDAD PENAL
Se exigirá responsabilidad penal, en caso de que se incurra en alguna acción tipificada
como delitos en el Código Penal.
El Código Penal recoge el denominado delito de riesgo, que castiga a los que, estando
legalmente obligados, infringen las normas de prevención de riesgos laborales, no
facilitando los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad
con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, poniendo así en peligro grave su
vida, salud o integridad física.
4. Responsabilidades en materia de
prevención
RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
Se produce cuando el empresario incumple alguna de las obligaciones que la
L.P.R.L. le impone y dicha irregularidad queda registrada por un Inspector de
Trabajo a través de un acta de infracción.
Un empresario no queda exonerado de sus responsabilidades
administrativas por el hecho de contar en su empresa con técnicos de
prevención.
4. Responsabilidades en materia de
prevención
RESPONSABILIDAD CIVIL
Consiste en la reparación de daños y perjuicios causados, no se trata de
castigar sino de resarcirse económicamente del daño producido.
Esta responsabilidad es exigible siempre que haya culpa o negligencia por el
que causa el daño.

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  • 1. TEMA 2: Normativa en prevención de riesgos laborales.
  • 2. 1. Introducción El Ordenamiento Jurídico Español en materia de prevención de riesgos laborales está formado por diversos instrumentos normativos. ¿NORMA PRINCIPAL?
  • 4. 2. Derechos y deberes Los derechos y deberes de empresarios y trabajadores en relación con la Prevención de Riesgos Laborales se recogen en diferentes textos normativos: Estatuto de los Trabajadores Art 4.2 • “Los trabajadores tienen derecho a su integridad física y a una adecuada política de seguridad e higiene”
  • 5. 2. Derechos y deberes Estatuto de los Trabajadores Art 19 “El trabajador está obligado a observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias de seguridad e higiene.”
  • 6. 2. Derechos y deberes Ley de Prevención de Riesgos Laborales 🡪 Capítulo III establece: •Los trabajadores tienen derecho a una protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. •En cumplimiento del deber de protección, el empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores a su servicio en todos los aspectos relacionados con el trabajo. •El empresario realizará la prevención de riesgos laborales mediante la integración de la actividad preventiva en la empresa y la adopción de cuantas medidas sean necesarias para la protección de la seguridad y la salud de los trabajadores. •El coste de las medidas relativas a la seguridad y salud en el trabajo no debe recaer sobre los trabajadores.
  • 7. 2. Derechos y deberes DERECHOS DE LOS TRABAJADORES-AS: •Ser informados y formados en materia preventiva •Ser consultado y participar en cuestiones relacionadas con la prevención •Poder interrumpir la actividad en caso de riesgo grave o inminente •Recibir una vigilancia de su estado de salud
  • 8. 2. Derechos y deberes OBLIGACIONES DE LOS TRABAJADORES-AS: • Utilizar correctamente máquinas, aparatos, herramientas,… • Utilizar correctamente el equipo de protección individual • No desconectar los dispositivos de seguridad de equipos • Informar de inmediato a su superior si se detecta una situación que entrañe peligro • Contribuir al cumplimiento de las normas • Cooperar con empresario para mejorar condiciones de trabajo
  • 9. 3. Directivas Desde la entrada en la Comunidad Económica Europea, España está sujeta a las normas comunitarias que en la Unión Europea se utilizan para establecer las pautas básicas de aplicación en todos los países miembros. ● Tratado Constitutivo de la Unión Europea ● Directiva Comunitaria 89/391/CE ● Directiva Comunitaria 92/59/CEE y 2001/95/CE
  • 10. 3. Directivas Tratado Constitutivo de la Unión Europea En su Artículo 118 A 🡪 “Los estados miembros procurarán promover la mejora, en particular, del medio de trabajo, para proteger la seguridad y salud de los trabajadores.” Los objetivos que pretende este articulado son los siguientes: 1. Garantizar la protección de la salud de todos los trabajadores-as 2. Procurar que en materia de seguridad y salud no existan grandes diferencias entre un Estado y otro de la Unión Europea.
  • 11. 3. Directivas Tratado Constitutivo de la Unión Europea ¿CÓMO APLICA ESTO? DIRECTIVAS Directivas son normas de MÍNIMOS (criterios básicos a seguir) que deben ser cumplidas en cada estado miembro.
  • 12. 3. Directivas Directiva Comunitaria 89/391/CE Directiva MARCO Fija las bases fundamentales para que se garantice la seguridad de los trabajadores-as España es adoptada en el año 1995 y articulada como Ley, lo que le otorga el máximo rango en el ámbito jurídico.
  • 13. 3. Directivas Directiva Comunitaria 92/59/CEE y 2001/95/CE Directiva de SEGURIDAD EN EL PRODUCTO Obliga a que las máquinas o equipos de trabajo, herramientas, y en definitiva cualquier elemento que el trabajador utilice, cumplan con los requisitos mínimos de seguridad exigibles desde el diseño, de forma que se garantice una utilización adecuada.
  • 14. 3. Directivas Directiva Comunitaria 92/59/CEE y 2001/95/CE ¿Cómo saber que un producto cumple con los requisitos mínimos fijados por las directivas europeas?
  • 15. 4. Legislación Nacional ● Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales ● Ley 54/2003, que reforma Ley 31/95 ● R.D. 39/97 de Servicios de Prevención
  • 16. 3. Directivas Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales Reformada por la Ley 54/2003 La ley 31/95 y sus reformas es el marco de referencia en materia de seguridad y salud en el trabajo. Introduce dicha norma el concepto "prevención" como elemento básico y omnipresente en todas las actuaciones a realizar en la seguridad y salud en el trabajo.
  • 17. 3. Directivas Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales Reformada por la Ley 54/2003 Para ello no traspone sólo la DIRECTIVA MARCO sino otras tres más: • Tratamiento de las relaciones de trabajo temporal • Protección de la maternidad • Protección de los jóvenes
  • 18. 3. Directivas Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales Reformada por la Ley 54/2003 La Ley 54/2003 de reforma de la Ley 31/95, aparece con cuatro objetivos básicos: 1. El combatir de manera activa la siniestralidad laboral 2. Fomentar una auténtica cultura de la prevención de riesgos en el trabajo 3. Reforzar la necesidad de integrar la prevención de riesgos laborales en los sistemas de gestión de la empresa 4. Mejorar el cumplimiento de la normativa de prevención de riesgos laborales.
  • 19. 3. Directivas Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales Estructura de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales Cap. I Determina el carácter de estas normas, el objeto y su ámbito de aplicación Cap. II Establece los objetivos de la política en materia de prevención y las competencias de los distintos organismos públicos involucrados en el desarrollo de dichas actuaciones. Cap. III Enumera los derechos y obligaciones de los trabajadores en materia de prevención de riesgos laborales, así como las obligaciones de los empresarios en esta misma materia. Cap. IV Fija los órganos que las empresas podrán utilizar para dar cumplimiento a la ley. Cap. V Regula el derecho de consulta y participación de los trabajadores en la empresa Cap. VI Este capítulo desarrolla la aplicación del art. 100 (A) del Tratado de la Unión Europea, sobre seguridad en el producto. Cap. VII Determina las responsabilidades empresariales derivadas del incumplimiento de la Ley, estableciendo los distintos niveles de infracción y fijando las sanciones correspondientes.
  • 20. 3. Directivas Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales CAPITULO V: CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES-AS Figura del Delegado de Prevención Delegado de Prevención : Son los representantes de los trabajadores con funciones específicas en materia de prevención de riesgos laborales
  • 21. 3. Directivas Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales CAPÍTULO V: CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES Son elegidos por y entre los representantes del personal: ● De 6 a 49 trabajadores 🡪 1 delegado ● De 50 a 100 trabajadores 🡪 2 delegados ● De 101 a 500 trabajadores 🡪 3 delegados ● De 501 a 1.000 trabajadores 🡪 4 delegados ● De 1.001 a 2.000 trabajadores 🡪 5 delegados ● De 2.001 a 3.000 trabajadores 🡪 6 delegados ● De 3.001 a 4.000 trabajadores 🡪 7 delegados ● De 4.001 trabajadores en adelante 🡪 8 delegados
  • 22. 3. Directivas Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales CAPITULO V: CONSULTA Y PARTICIPACION DE LOS TRABAJADORES Competencias de los delegados de prevención: •Colaborar con Dirección de la empresa en la mejora de la acción preventiva. •Promover y fomentar la cooperación de los trabajadores en la ejecución de la normativa de prevención. •Ser consultados sobre planificación y la organización del trabajo. •Ejercer una acción de vigilancia y control de cumplimiento de la normativa de prevención. •Formar parte, si es el caso, del Comité de Seguridad y Salud.
  • 23. 3. Directivas Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales CAPÍTULO V: CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES Facultades de delegados de prevención: •Acompañar a los técnicos e inspectores de trabajo en sus visitas •Tener acceso a la información y documentación necesaria para el cumplimiento de sus funciones •Realizar visitas a los lugares de trabajo para realizar tareas de vigilancia y control de las condiciones de trabajo.
  • 24. 3. Directivas Ley 31/95 de Prevención de Riesgos Laborales CAPÍTULO V: CONSULTA Y PARTICIPACIÓN DE LOS TRABAJADORES Figura del Comité de Seguridad y Salud Comité de Seguridad y Salud: Formado por los delegados de prevención de una parte y por la otra el empresario o sus representantes. Se deben constituir en todas las empresas con 50 trabajadores o más.
  • 25. 3. Directivas Real Decreto 39/97 de Servicios de Prevención Nace como desarrollo de aquellas materias que la Ley considera más importantes. Es aprobado el 17 de enero de 1997 y su contenido esencial gira en torno a tres grandes apartados.
  • 26. 3. Directivas Real Decreto 39/97 de Servicios de Prevención 1. La evaluación de los riesgos en la empresa para la salud de los trabajadores-as 2. Las diferentes modalidades de organización, funcionamiento y control de los servicios de prevención. 3. Las capacidades formativas y aptitudes profesionales necesarias que deben reunir los servicios de prevención y los trabajadores designados para desarrollar actividades preventivas.
  • 27. 4. Responsabilidades en materia de prevención La empresa al ser la principal obligada en el cumplimiento de la ley de prevención, se considera como el máximo responsable en caso de incumplimiento de esta normativa. Las responsabilidades que pueden exigirse al empresario se establecen en el art. 42.1 de la Ley de Prevención de Riesgos. Son de tres tipos: 1. Responsabilidad penal. 2. Responsabilidad administrativa. 3. Responsabilidad civil o patrimonial.
  • 28. 4. Responsabilidades en materia de prevención RESPONSABILIDAD PENAL Se exigirá responsabilidad penal, en caso de que se incurra en alguna acción tipificada como delitos en el Código Penal. El Código Penal recoge el denominado delito de riesgo, que castiga a los que, estando legalmente obligados, infringen las normas de prevención de riesgos laborales, no facilitando los medios necesarios para que los trabajadores desempeñen su actividad con las medidas de seguridad e higiene adecuadas, poniendo así en peligro grave su vida, salud o integridad física.
  • 29. 4. Responsabilidades en materia de prevención RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA Se produce cuando el empresario incumple alguna de las obligaciones que la L.P.R.L. le impone y dicha irregularidad queda registrada por un Inspector de Trabajo a través de un acta de infracción. Un empresario no queda exonerado de sus responsabilidades administrativas por el hecho de contar en su empresa con técnicos de prevención.
  • 30. 4. Responsabilidades en materia de prevención RESPONSABILIDAD CIVIL Consiste en la reparación de daños y perjuicios causados, no se trata de castigar sino de resarcirse económicamente del daño producido. Esta responsabilidad es exigible siempre que haya culpa o negligencia por el que causa el daño.