2. IDEA Calzada San Juan
Licenciatura en Administración de Empresas
Curso: Manejo de Paquetes de Software 2
Horario: Sábado 9:00 am
Tutor: Licenciado Ronald Caracun
Ortiz Villatoro, Sharon Melissa
Carné No. 13144192
Fecha:11/05/2013
3. TRATA DE PERSONAS EN GUATEMALA
•“Constituye delito de trata de personas la captación, el
transporte, traslado, retención, acogida o recepción de una o más personas
con fines de explotación…” (Art. 202 Ter del Código Penal).
•Pena: Prisión de 8 a 18 años y Multa de Q.300,000.00 a Q.500,000.00
•“En ningún caso se tendrá en cuenta el consentimiento prestado por la
víctima de trata de personas o por su representante legal”…
4. PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS
INSTITUCIONES QUE INTERVIENEN, EN ORDEN DE ACTUACIÓN
PROPUESTA DE SVET
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
GUATEMALTECOS EN EL EXTERIOR
RECOMENDACIONES EN ATENCIÓN A LA VICTIMA
5. Esta Secretaría fue creada por medio del Decreto No.9-2009 del Congreso de la
República, que contiene la Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de
Personas.
Sus atribuciones se encuentran reguladas en el Artículo 5 del referido Decreto.
Administrativamente, se encuentra adscrita a la Vicepresidencia de la República.
Uno de sus principales mandatos es articular y coordinar con las entidades estatales
y de sociedad civil para el combate y la erradicación de la Violencia Sexual, la
Explotación y la Trata de Personas en nuestro país.
6. PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS
VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS
•¿Qué representa?
•Orientar la intervención de las instituciones gubernamentales y no gubernamentales que
trabajen el tema de trata de personas.
• Proveer servicios adecuados que garanticen la recuperación física, psicológica y social de las
víctimas del delito de trata de personas.
•Consta de dos procesos:
•a) Protección y Atención Integral de niñas, niños, adolescentes víctimas de trata de personas.
•b) Protección y Atención Integral de personas adultas víctimas del delito de trata de
personas.
7. PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL DE LAS
VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS
•“…Debe ser un instrumento ágil, variable y adaptable al contexto, situación y
necesidades comunes de las víctimas y adaptando la intervención institucional
y sus servicios a las necesidades particulares de cada caso…”.
•“Herramienta evolutiva…debe ser revisada y reajustada constantemente y no
periódicamente, en intervalos de tiempo no mayores de un año, para dar
efectiva respuesta a las necesidades reales de las personas a las cuales se
atiende y protege.”
8. PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL
DE LAS VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS
NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
•Instituciones que intervienen, en orden de actuación:
1. MINISTERIO PÚBLICO/POLICÍA NACIONAL CIVIL
2. PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN
3. JUZGADO DE PAZ, DE TURNO O DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA
4. INSTITUCIÓN ABRIGANTE
5. FAMILIA DEL NNA
6. MINEDUC/MTPS/MSyPS
7. SVET
•En el caso de los Adultos, intervienen otras instituciones como:
La Dirección General de Migración, Secretaría de Bienestar Social y se omite la participación de la
PGN.
9. PROTOCOLO PARA LA PROTECCIÓN Y ATENCIÓN INTEGRAL
DE LAS VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS
¿Por qué la importancia de la revisión de dicho protocolo?
NNA: 67 etapas/pasos hasta el momento en que se cierra el caso, cuando
los NNA están insertados en una familia.
ADULTOS: 52 etapas/pasos hasta el momento en que se cierra el caso.
PROPUESTA DE SVET
•Formulación de procedimiento alterno.
•Agilizar el proceso, mediante la disminución de etapas/pasos procedimentales a efecto de
optimizar las acciones instituciones, evitando así la no revictimización de las personas víctimas de
trata.
10. PROTOCOLO INTERINSTITUCIONAL PARA LA
REPATRIACIÓN DE VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS
•Ministerio de Relaciones Exteriores
•Tarea de impulsar la discusión, formulación, implementación, monitoreo y
Evaluación del Protocolo Interinstitucional para la Repatriación de Víctimas de
Trata de Personas.
•El protocolo regula dos (2) procesos de asistencia especializada:
REPATRIACIÓN DE
NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES Y ADULTOS
GUATEMALTECOS VÍCTIMAS DE TRATA
REPATRIACIÓN DE
NIÑAS, NIÑOS, ADOLESCENTES Y ADULTOS
EXTRANJEROS VÍCTIMAS DE TRATA
11. PROTOCOLO INTERINSTITUCIONAL PARA LA
REPATRIACIÓN DE VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS
GUATEMALTECOS EN EL EXTERIOR
•PROCESO DE REPATRIACIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES GUATEMALTECOS
VÍCTIMAS DE TRATA EN EL EXTERIOR.
Inicia proceso con el conocimiento del caso por parte de la Oficina Consular o Misión Diplomática
de Guatemala en el Exterior y se siguen una serie de pasos (21) hasta el momento en que se recibe
de DIGRACOM el informe sobre la situación final del NNA en Guatemala….Se cierra el caso.
•PROCESO DE REPATRIACIÓN DE PERSONAS ADULTAS GUATEMALTECAS, VÍCTIMAS DE
TRATA EN EL EXTERIOR.
Inicia proceso con el conocimiento del caso por parte de la Oficina Consular o Misión Diplomática
de Guatemala en el Exterior, se siguen una serie de pasos (17) hasta el momento que DIGRACOM
recibe de la SBS informe sobre recepción de la Víctima mayor de edad en Guatemala….Se cierra el
caso.
12. PROTOCOLO INTERINSTITUCIONAL PARA LA
REPATRIACIÓN DE VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS
EXTRANJEROS EN GUATEMALA
•PROCESO DE REPATRIACIÓN DE NIÑAS, NIÑOS Y ADOLESCENTES EXTRANJEROS VÍCTIMAS
DE TRATA EN GUATEMALA.
•Inicia proceso con el conocimiento del caso por parte del MP/PNC por denuncia realizada a través
de instituciones públicas o privadas, así como de oficio y se siguen una serie de pasos (44) hasta el
momento en que DIGRACOM recibe informe de PGN sobre repatriación del NNA….Se cierra el
caso.
•PROCESO DE REPATRIACIÓN DE PERSONAS ADULTAS EXTRANJERAS, VÍCTIMAS DE TRATA
EN GUATEMALA.
•Inicia proceso por parte del MP/PNC, ya sea por medio de denuncias a través de instituciones
públicas y privadas o de oficio, se siguen una serie de pasos (18) hasta el momento de repatriación
o regularización migratoria de la víctima mayor de edad….Se cierra el caso.
13. PROTOCOLO INTERINSTITUCIONAL PARA LA
REPATRIACIÓN DE VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS
PROPUESTAS DE SVET
•Realizar una revisión a dicho protocolo, por parte de las instituciones involucradas en el
tema.
•Propuesta para que las instituciones que conforman la CIT, participen en las mesas de
trabajo para realizar la revisión al referido protocolo.
•Incorporar a la Secretaría Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas
como una de las instituciones involucradas en dicho protocolo.
•Establecer otras formas de inicio del proceso de repatriación, en las cuales existan
circunstancias diferentes a las que regula actualmente el Protocolo, es decir, dependiendo la
captación de la víctima, así establecer un proceso definido.
14. DEBILIDADES:
ATENCIÓN
Debilidad en los procesos para informar a la víctima
de sus derechos.
Falta de transporte institucional para el traslado de
víctimas.
Falta de seguridad para el traslado de la víctima o
presunta víctima de trata al Albergue, desde el lugar
de detección.
Ausencia de personal idóneo para la atención en crisis
de la víctima o presunta víctima.
Ausencia de personal del Ministerio Público, para
abordar el caso desde su inicio, lo que provoca
violaciones a los derechos de la víctima, así como
posible diseminación de información importante para
la investigación.
Ausencia de acompañamiento psico-social para la
víctima desde el momento de su detección.
Ausencia de monitoreo de actividades de la víctima o
presunta víctima dentro del albergue.
Ausencia de medidas de seguridad para la víctima
dentro del albergue.
Situación de riesgo para la víctimas ante la cohabitación
de víctimas mayores de edad y víctimas menores de
edad, se debe tener en cuenta que el albergue es para
víctimas o presuntas víctimas mayores de edad.
Ausencia total de medidas para mantener la estabilidad
emocional de las víctimas dentro del albergue.
Seria debilidad en el abordaje psicológico para la
estabilización de la víctima a su ingreso al albergue.
15. Informar inmediatamente a la víctima sus derechos.
Personal idóneo para brindar la mejor atención posible a la víctima o presunta víctima.
Brindar a la víctima acompañamiento psico-social, desde el momento de su detección hasta su repatriación.
Implementar medidas de seguridad idóneas para protección a la víctima durante su permanencia en el
albergue.
Mejorar las condiciones físicas y ambientales del albergue, para contribuir con la estabilidad emocional de la
víctima durante su permanencia en dicho centro.
Brindar apoyo psicológico a la víctima a su ingreso en el albergue correspondiente.
Mejorar los métodos de investigación , a efecto de no someter a la víctima a interrogatorios por parte de
diferentes instancias.
16. CONCLUSIONES
La Trata de Personas en un flagelo que ataca a todos
por igual, no importa su estatus económico, su
género, edad o etnia. Una de las maneras de poder
combatir este flagelo es la información y la denuncia.