La Plataforma Stop Desahucios pide al Ayuntamiento de Córdoba que se comprometa a reconocer el empadronamiento de los ciudadanos que se han visto obligados a realojarse en viviendas vacías para garantizar sus necesidades básicas. También solicitan que el empadronamiento conlleve automáticamente el alta en el suministro de agua y que se establezcan citas urgentes con servicios sociales si es necesario.
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Ayuntamiento de Córdoba garantice necesidades básicas
1. STOP DESAHUCIOS PIDE UN COMPROMISO FIRME E INMEDIATO AL
AYUNTAMIENTO DE CÓRDOBA PARA RECONOCER EL PADRÓN Y
GARANTIZAR LAS NECESIDADES BÁSICAS DE SUS CIUDADANOS
Desde la Plataforma Stop Desahucios reclamamos al Ayuntamiento de Córdoba,
mediante una figura política y competente, su compromiso firme e inmediato para
facilitar y certificar el reconocimiento de empadronamiento de los ciudadanos de la
ciudad que como consecuencia de su necesidad habitacional se han visto obligados a
realojar un inmueble vacío.
La norma reglamentaria habilita al Ayuntamiento al objeto de proceder a la comprobación
de la veracidad de los datos, en concreto sobre la circunstancia o no de la residencia
efectiva, entre los que se encuentran no solo los señalados en el precepto sino cualquier
otro, como pudieran ser facturas de consumos o de cualquier tipo, la tarjeta sanitaria, en
su caso, contratos… que puedan acreditar el hecho y la voluntad de residencia de los
solicitantes. La referencia que el precepto contiene al título que legitime la ocupación de
la vivienda -propiedad, contrato de arrendamiento etc.- no puede entenderse como
requisito preceptivo para proceder a la inscripción o denegación de la solicitud de
empadronamiento sino sólo como un indicio más a considerar por el Ayuntamiento en su
procedimiento de comprobación. Por ello, la existencia o no de un título que habilite a la
ocupación de un inmueble por parte de los solicitantes no prejuzga, por sí sola, la
aceptación o denegación del empadronamiento, debiendo tomar en consideración el resto
de circunstancias concurrentes relativas a la residencia efectiva de los solicitantes de
empadronamiento. La falta, en su caso, de ocupación legítima podrá dar lugar al ejercicio
de las potestades de recuperación o acciones legales de desahucio por parte del
propietario, pero sin que pueda ello suponer la denegación de la inscripción patronal
2. (Resolución de 4 de julio de 1997 de la Presidenta del Instituto Nacional de Estadística y
del Director General de Cooperación Territorial).
Le demandamos que en virtud de lo anteriormente citado, y por ende en la obligación de
reconocer el derecho de empadronamiento fundamental para garantizar las necesidades
de la persona que habitan un hogar para considerarlo digno, se comprometa a:
- Llevar a cabo de forma urgente todas las medidas necesarias, integradoras y no
excluyentes, para facilitar y reconocer el derecho de empadronamiento.
- Que automáticamente con el mismo se le reconozca el alta en la Empresa Municipal de
Aguas de Córdoba para suministrar y garantizar el agua potable.
- Que se acepte de inmediato por la vía administrativa municipal la declaración de que
realmente el vecino habita en el domicilio descrito. Que por consiguiente se establezca por
vía de urgencia una cita con los Servicios Sociales, si fuera necesario su tramitación por
esta vía, a aquellas personas que por su necesidades habitacionales (garantizar los
suministros básicos como luz, agua y gas) deban de disponer del certificado de
empadronamiento de inmediato. Además proporcionar el personal suficiente para llevar
a cabo la verificación de los hechos declarados por cualquier personal público municipal, ya
fuera inspección del propio servicio u otro personal público acreditado.
PLATAFORMA STOP DESAHUCIOS CÓRDOBA
stopdesahucioscordoba@gmail.com
Teléfono familias afectadas: 744 462 332