3. ANTECEDENTES
El Aguinaldo de Navidad tuvo su origen en los
primeros tiempos del cristianismo y consistía en la
distribución de regalos a los niños en conmemoración
al nacimiento de Jesucristo. Esta costumbre cristiana
era voluntaria, sin embargo, a la fecha ha sido
legalizada, llegando a convertirse en un derecho para
el niño a través del padre trabajador y en una
obligación legal para el empleador.
4. CONCEPTO
El aguinaldo es una gratificación legal impuesta al
empleador representando la doceava parte del sueldo
total percibido durante todo el año calendario de
trabajo, que se paga por las fiestas de fin de año.
NATURALEZA JURIDICA
5. EL AGUINALDO DE NAVIDAD EN
BOLIVIA
LEGISLACIÓN
ACREEDORES DEL AGUINALDO DE NAVIDAD
QUIENES NO SON ACREEDORES AL PAGO DEL
AGUINALDO DE NAVIDAD
6. PROTECCIÓN DEL AGUINALDO DE NAVIDAD
El Aguinaldo de Navidad, de acuerdo a lo previsto
por el No. 3278 del 16 de diciembre de1952, en su
artículo 1 y el D.S. de 29 de diciembre de 1950, en
su Art. 5, no es susceptible de embargo judicial,
retención, descuento, compensación ni transacción
de ninguna naturaleza, debiendo ser pagado
íntegramente en dinero efectivo.
7. MONTO Y BASE DE CÁLCULO PARA EL PAGO DEL
AGUINALDO DE NAVIDAD
1.- El Aguinaldo de Navidad es un sueldo mensual.
2.- La base de cálculo para el pago del Aguinaldo
de Navidad de los empleados es el promedio del
total ganado de los últimos tres meses anteriores
al pago o los tres meses anteriores a la extinción
de la relación laboral. Para los obreros la base de
cálculo se es de un mes.
8. QUIENES DEBEN PAGAR EL AGUINALDO DE
NAVIDAD
Toda entidad pública y empresa privada, comercial,
industrial, de servicios y de cualquier otra actividad
o negocio con o sin fines de lucro, cuyos
trabajadores se encuentren bajo el ámbito de
aplicación de la Ley General del Trabajo.
9. PAGO DOBLE DEL AGUINALDO
El plazo del pago del Aguinaldo de Navidad es
normalmente hasta el 20 de diciembre para las
Instituciones Públicas y Privadas.
La trasgresión o incumplimiento de esta norma es
penada con el pago del doble del Aguinaldo de
Navidad.
10. CUMPLIMIENTO PARA EL PAGO DE AGUINALDOS
Todos los empleadores tienen la obligación de
presentar en el Formulario de Declaración Jurada al
al Ministerio de Trabajo un ejemplar de las planillas
del pago del aguinaldo hasta el 31 de diciembre.
EL AGUINALDO DE NAVIDAD EXCLUIDO DEL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
11. A LA FINALIZACIÓN DE LA RELACIÓN LABORAL
A) DESPIDO INJUSTIFICADO
El trabajador que opte por recibir sus beneficios
sociales, recibiría también lo que le corresponde
como aguinaldo de esa gestión.
12. B) DESPIDO JUSTIFICADO
El despido por causas justas es debido a una de las
causas señaladas en el Art. 16 de la LGT y el Art. 9
del DRLGT.
El despido por estas causas darán lugar a que no
se le cancelen al trabajador los beneficios sociales
de desahucio, indemnización prima y aguinaldo.
13. CAUSALES DE DESPIDO SEÑALADAS EN EL ART. 16
DE LA LGT:
1.- Perjuicio material causado con intención en los
instrumentos de trabajo.
2.- Revelación de secretos industriales.
3.- Omisiones o imprudencias que afecten a la
seguridad o higiene industrial.
4.- Incumplimiento total o parcial del convenio.
5.- Robo o hurto por el trabajador.
15. CARACTERÍSTICAS
1.- Se aplica cuando el crecimiento anual del Producto
Interno Bruto (PIB), supere el 4,5% de crecimiento anual.
2.- Para funcionarios públicos que cumplan funciones en el
servicio Diplomático y Consular, y aquellos que prestan
servicios fuera del País, se aplicará sobre el haber básico.
3.- En el caso de empresas públicas y de las empresas
públicas nacionales estratégicas, será autorizado mediante
resolución ministerial, debiendo tomar en cuenta solamente
la remuneración básica.
16. 4.- El personal especializado en áreas estratégicas que tenga
remuneración básica superior a la establecida para el presidente del
Estado Plurinacional, no tiene derecho a este beneficio, pero sí lo
tienen el personal eventual y a los consultores en línea.
5.- Normalmente los plazos para el pago de este beneficio, son los
mismos que para el Aguinaldo de Navidad. De igual manera, si no se
cumple en la fecha establecida, se aplica el pago doble.
6.- Normalmente este beneficio en el sector privado no es obligatorio
para el personal empresa o institución privada que ocupe cargos de:
presidente, vicepresidentes y miembros de directorios; directores
ejecutivos, gerentes, sub gerentes, directores generales, directores y
sub directores ejecutivos, o cargos de igual jerarquía que tengan un
nivel salarial acorde al cargo asignado.
17. 7.- Sería pagado a los trabajadores con contratos
vigentes a la fecha de publicación del D.S. No. 1802,
independientemente que estos hayan sido celebrados de
de forma escrita o verbal.
8.- La base de cálculo para el sector privado es el total
ganado.
9.- El Segundo Aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” o Doble
Aguinaldo supone una remuneración adicional destinada
destinada a la distribución equitativa de la riqueza con el
objeto de evitar la desigualdad, la exclusión social y
económica, y erradicar la pobreza en sus múltiples
dimensiones.
18. EJEMPLO DE SEGUNDO AGUINALDO “ESFUERZO
POR BOLIVIA”: GESTIÓN 2018
1.- Reciben el Doble Aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia quienes ganen menos de
Bs15.000. -. En el caso del sector privado, el empleador tenía la opción de pagar
el Doble Aguinaldo a quienes ganen más de Bs15.000.-.
2.- El 15% del Doble Aguinaldo de quienes ganan por encima del salario
mínimo nacional (Bs. 2060.00) se destinarían a la compra de productos
nacionales.
3.- Ese 15% del Doble Aguinaldo se lo podía gastar mediante la aplicación
móvil “Doble Aguinaldo” que estaría disponible a partir del 2 de enero de 2019.
4.- El plazo del pago tanto para el sector público como para el sector privado
era hasta el 31 de diciembre de 2018. Los empleadores del sector privado
podían solicitar la ampliación del pago hasta el 29 de marzo de 2019.
19. CONCLUSIONES
El Aguinaldo de Navidad es un beneficio social que tiene
todas las características de ser un sueldo complementario
con carácter de remuneración diferida.
El Segundo Aguinaldo “Esfuerzo por Bolivia” funciona como
un bono para los trabajadores por su contribución al
crecimiento del Producto Interno Bruto – PIB cuando este
supere el 4.5% de crecimiento en la anterior gestión