Modelo de convenio de pago con morosos del condominio (GENÉRICO).docx
Regímenes aduaneros.pptx
1. RegímenesAduaneros:
Regímenes de importación
Art. 120
Importación para el
consumo
Es el régimen aduanero de
ingreso definitivo de
mercancías al país, cuyos
procedimientos para su
aplicación serán establecidos
por el Director General del
Servicio Nacional de Aduana
del Ecuador.
Art. 121
Reimportación en el
Mismo Estado
Permite la importación para
el consumo con exoneración
de los derechos e impuestos
a la importación y recargos
aplicables, de las
mercancías que han sido
exportadas de manera
definitiva.
Art. 123
AdmisiónTemporal
para reexportación
en el mismo Estado
Régimen especial aduanero
a través del cual se puede
introducir mercancías al
territorio ecuatoriano, para
ser utilizadas en un fin
determinado, con
suspensión total o parcial de
los derechos e impuestos a
la importación.
Art. 131
Admisión temporal
para
Perfeccionamiento
Activo
Es un régimen aduanero a
través del cual se puede
introducir mercancías al
territorio ecuatoriano,
para ser sometidas a un
proceso de
perfeccionamiento
2. RegímenesAduaneros:
Regímenes de importación
Art. 139
Reposición con Franquicia
Arancelaria
Permite importar con exoneración de los
derechos e impuestos a la importación y
recargos con excepción de las tasas
aplicables, mercancías idénticas o
similares por su especie, calidad y sus
características técnicas a aquellas
nacionalizadas y que hayan sido utilizadas
para obtener las mercancías exportadas
previamente con carácter definitivo
Art. 144
Depósitos Aduaneros
Las mercancías importadas son
almacenadas por un periodo
determinado sin el pago de
derechos e impuestos y
recargos aplicables; y, podrá ser
público o privado.
Art. 150
Transformación bajo
control Aduanero
Permite introducir al país
mercancías, con suspensión del
pago de tributos al comercio
exterior, para someterlas a
operaciones que modifiquen su
especie o estado.
3. RegímenesAduaneros:
Regímenes de exportación
Art. 158
Exportación Definitiva
Permite la salida definitiva de
mercancías en libre circulación,
fuera del territorio aduanero
ecuatoriano o a una zona
especial de desarrollo
económico, con sujeción a las
disposiciones establecidas en la
normativa legal vigente.
Art. 159
Exportación Temporal para
reimportación en el mismo
Estado
Permite la salida temporal
del territorio aduanero de
mercancías en libre
circulación con un fin y plazo
determinado, durante el cual
deberán ser reimportadas
sin haber experimentado
modificación alguna.
Art. 164
Exportación Temporal para
Perfeccionamiento Pasivo
Es el régimen aduanero por el cual las
mercancías que están en libre
circulación en el territorio aduanero
pueden ser exportadas
temporalmente fuera del territorio
aduanero o una zona especial de
desarrollo económico ubicada dentro
de dicho territorio para su
transformación, elaboración o
reparación.