Este documento define los objetos del derecho como cualquier ente material o inmaterial sobre el cual pueden recaer relaciones jurídicas. Explica que los derechos reales recaen sobre las "cosas", y que el término "cosa" se utiliza comúnmente para referirse a los objetos o bienes. Define una "cosa" como cualquier ente actual o posible que sea extraño al sujeto y que pueda ser apropiado, e indica que los bienes futuros también son considerados "cosas" jurídicamente. Finalmente, menciona que la doctrina venez