1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENZUELA
INSTITUTO UNIVERSITARIO POLITÉCNICO SANTIAGO MARIÑO
EXTENSIÓN CARACAS
CÁTEDRA: ADMINISTRACIÓN E INSPECCIÓN DE OBRAS
ESCUELA 42
CONTRATOS DE OBRAS
PARTE 1
Bachiller:
Romero D. Yenner A.
C.I. 27.798.394
2. Caracas, Mayo 2020
1· DEFINICIÓN DE CONTRATO DE OBRAS Y PARTES QUE CONFORMAN EL
CONTRATO DE OBRAS
El contrato de obras, es aquel mediante el cual una parte se compromete a
ejecutar determinado trabajo, por si solo o bajo su dirección, mediante un precio
que la otra se obliga a satisfacerle. De acuerdo a esta definición legal, se puede
entender que el contrato de obra es aquel en el que una persona se obliga a
ejecutar u determinado trabajo de orden cualquiera, con vistas a un resultado final
y en razón de una de una contratación o precio, que la otra se obliga a satisfacerte
La doctrina es unánime en afirmar que lo característico del contrato de
obras reside en la ejecución de acto materiales por oposición a los jurídicos, ya
que la persona encargada de realizar el trabajo o servicio encomendado
comúnmente denominado empresario o contratista, realiza una actividad material,
tal como la producción de bienes o cosas, la prestación de servicios o las
ejecución de un trabajo intelectual determinado.
Por lo tanto el sello característico del contrato de obras, reside en que el
objetivo final está dirigido a una ejecución material del más diversos género o
categoría. En este orden de ideas, ese trabajo o actividad puede estar dirigido a la
producción de bienes o cosas, como sería el caso de la persona que mediante un
encargo se obliga a construir una casa o a ejecutar un mueble determinado, puede
consistir también, en la presentación de servicios personales, como sería el caso
del médico que atiende al paciente o el abogado que realiza una consulta.
Pero esta ejecución material, no implica necesariamente el que los bienes
producidos o los servicios prestados tengan un carácter simplemente material, ya
que puedo radicar también en una labor de carácter intelectual. Este sería el caso
de una persona que encargue a una economía la elaboración de un estudio de
abrazar incluso la actividad artística, como cuando se encomienda a un pintor la
elaboración de una obra de arte.
3. 2· DESCRIBA LOS TIPOS DE CONTRATOS DE OBRAS
2.1· Suma global
Un contrato de suma global es un acuerdo por una suma fija. El contratista se
compromete a completar el trabajo por un precio fijo y el propietario del proyecto
se compromete pagar al contratista del precio global. El precio refleja el coste de
la realización, la compra de martiriales y el marcado por los gastos generales y
beneficios. Sus ventajas son que el propietario lleva un riego mínimo, el costo se
anticipa y el contratista puede obtener mas beneficios si necesita menos mano de
obra y materiales para completar el proyecto. La desventaja es que el contratista
conlleva el riego si subestima el costo del proyecto. Además, los cambios en el
alcance de un proyecto pueden ser costosos, y el contratista podría utilizar
materiales de mala calidad para ahorrar costos y aumentar beneficios.
2.2· Por Administración
* Es el único sistema que le permite al arquitecto llevar a cabo una obra sin perder
su calidad profesional.
* Convirtiéndose este en administración de los resultados de clientes, a nombres
de quien contrata todos los trabajos de la obra.
* El arquitecto no asume ningún tipo de riesgo debida a incrementos de precios.
* Ni por el cumplimiento de obligaciones laborales o fiscales.
* El cliente paga todos los costos y gastos directos o indirectos derivados de la
obra más honorarios del arquitecto.
2.3 Por precio unitario
Un contracto de precios unitario obliga al contratista a fijar un precio a cada
unidad de trabajo, que por lo tanto, se divide en partes. Las ventajas de este tipo
de contrato incluyen la flexibilidad para ajustar el alcance y el hecho de que no es
4. necesario conocer el diseño completo. Las desventajas incluyen el costo para
completar todo el proyecto y la determinación potencial.