1. UNIVERSIDAD PRIVADA DE TACNA
FACULTAD DE DERECHO Y CIENCIAS
POLÍTICAS
ESCUELA PROFESIONAL DE
DERECHO
INTERNET Y
DERECHOS
2. DIFERENCIA ENTRE DERECHO
HUMANO Y DERECHOS
FUNDAMENTALES
DERECHOS HUMANOS: Los derechos humanos o derechos del
hombre llamados clásicamente derechos naturales y en la actualidad
derechos morales no son en realidad auténticos derechos por no
estar protegidos mediante acción procesal ante un Juez, sino criterios
morales de especial relevancia para la convivencia humana.
DERECHO FUNDAMENTALES
• Se encuentran plasmados en las constituciones de los Estados, debido
a la magnitud e importancia que los caracteriza. Se les denomina así,
fundamentales, por la relevancia de los derechos que agrupa el
concepto, que son aquellos derechos que se consideran vitales para el
desarrollo individual y social de las personas
CONCLUSIÓN: La diferencia entre derechos humanos y derechos
fundamentales resulta importante, ya que no todos los derechos
humanos han sido reconocidos como derechos fundamentales. De ahí
que podemos afirmar que no todos los derechos humanos son derechos
fundamentales. En definitiva, la expresión derechos humanos tiene un
contenido mucho más amplio que el de derechos fundamentales.
Se puede decir que la diferencia se acentúa en el ámbito constitucional y
político
3. De la llamado cumbre del
milenio se desarrollaron los
objetivos del milenio, en Túnez se
emitió el compromiso de Túnez,
el cual fue ssucrito por mas de
180 paises, en el cual se
menciona que el internet debe de
ser de un modo que sea
asequible o accesible a todas las
personas, sin embargo esta no es
mencionada como un derecho
sino como algo que deba estar
disponible a todas las personas.
Por otro lado a raíz de este
compromiso, en los foros
desarrollados en internet
se empezaron a
manifestar sobre la
importancia que el internet
empieza a significar como
un derecho.
UN DERECHO HUMANO O UN
DERECHO FUNDAMENTAL
4. • En Finlandia se introdujo una reforma constitucional, mediante un decreto en la ley del mercado de
comunicaciones en la que especifican que tendrán derecho a un internet de alta velocidad, más no es la
mencionan como un derecho constitucional, es decir un derecho fundamental, Si se llega a considerar
como derecho se debe tomar en cuenta lo funcional, es decir un señalamiento de la velocidad de
acceso garantizando una suficiente velocidad, lo mismo que se hace en Finlandia
• En Australia hay un proyecto de ley de acceso a Internet
• España se habla de un acceso funcional, algo que debe ser especificado de una mejor
manera
• En chile hay una propuesta de introducirlo como reforma constitucional, en la ley general
de comunicaciones se recoge el mismo texto de libertad de accesos igualitario de
internet
•En Venezuela, en la constitución, hay una propuesta del artículo 110, este tipo de tecnología
sea accesible a toda la población
•En Perú, también hay un Proyecto Ley N°4434, en la que dice: “ Declárese derecho
fundamental el acceso a la banda ancha para todo ciudadano peruano”
5. Para finalizar, podemos que los
gobiernos deben tratar que el
máximo de sus habitantes
cuenten con este instrumento,
porque esto va a ayudar a la
cultura, a la salud a que la
población esté informada, es
uno de los intereses, sin
embargo esto no quiere decir
que por su importancia como
instrumente se considere
como derecho humano. El
internet se debe considerar
como un servicio especial y
universal ya que no cumple
con todas las características de
un derecho.
6. BRECHA DIGITAL
Se entiende por brecha
digital la distancia en
el acceso, uso y
apropiación de las
tecnologías tanto a
nivel geográfico, a nivel
socioeconómico (entre
quintiles de ingreso) y
también en las
dimensiones de
género, en articulación
con otras
desigualdades
culturales.
La brecha digital hace
referencia a la
distinción entre
aquellos que tienen
acceso a Internet y
pueden hacer uso de
los nuevos servicios
ofrecidos por la World
Wide Web, y aquellos
que están excluidos de
estos servicios.
Este término también
hace referencia a las
diferencias que hay
entre grupos según su
capacidad para utilizar
las TIC de forma eficaz,
debido a los distintos
niveles de
alfabetización,
carencias, y problemas
de accesibilidad a la
tecnología.
7. En el caso Decency Act de
Estados es un caso donde se
buscaba prohibir la Pornografía
en internet, sin embargo la sala
se los rechazó, fundamentando
que se atenta contra la Libertad
de Expresión.
Que al regular al Internet como
un instrumento, se estaría
prohibiendo a los cibernautas el
expresar lo que ellos sienten,
sin embargo se debe regular
mediante la autorregulación por
lo que nosotros nos
convertimos en reguladores de
cómo manejar el internet.
La libertad al uso de internet no
implica que tengamos libertad
para la Pornografía Infantil,
para la Trata de Personas,
entre otros delitos, es por eso
que esto debe considerarse
como una libertad limitada.
En el caso de que se
intente regular el internet,
en términos legales o
jurídicos, esta debería ser
por un consenso
internacional
Es por eso que somos
nosotros quienes debemos
regular el uso del internet y
evitar las consecuencias
jurídicas que estas
conllevan
¿EL ACCESO A INTERNET DEBE SER
REGULADO POR EL ESTADO O SE DEBE
OPTAR POR LA AUTOREGULACIÓN?