1. TALENTO &
ESTRATEGIA
EL COMERCIO
ALTAMIRANO SANTOS ADOLFO
BARRERO FRANCO JEFFREY DANIEL
FERNANDEZ BALLESTER JORGE ALEJANDRO
MEJIA ADAUI IVANNA YAMILA
MONTES NOGALES DANIEL ALEJANDRO
2. MODELO ECONÓMICO
Un modelo económico implica una forma de organizar la producción y la distribución, por lo tanto, una
forma de organizar las relaciones sociales de producción. En la historia de la humanidad han existido
varios modelos económicos bajo distintos modos de producción que han establecido relaciones sociales
también distintas; asimismo, estas relaciones alrededor de lo productivo determinan la forma en que las
sociedades se organizan en los aspectos jurídico, religioso y cultural. .
3. El Modelo Económico Boliviano
El nuevo modelo económico, social, comunitario y
productivo identifica dos pilares: el sector
estratégico que genera excedentes y el sector
generador de ingresos y empleo. El modelo
identifica cuatro sectores estratégicos que tiene
Bolivia para generar excedentes económicos
para los bolivianos: hidrocarburos, minería,
electricidad y recursos ambientales.
Los actores en este modelo
Aquí viene el concepto plasmado en la
Constitución Política del Estado (CPE): la
Economía Plural, la cual establece cuatro actores
fundamentales: el Estado, el sector privado, las
cooperativas y las comunidades.
A B C D
4. REGULACIÓN LEGAL
LEY 1355 DEL RÉGIMEN DE REINTEGRO EN EFECTIVO DEL
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO (RE-IVA).
LEY FINANCIAL 1356 DEL PRESUPUESTO GENERAL DEL ESTADO
(PGE).
LEY 1357 DEL IMPUESTO A LAS GRANDES FORTUNAS (IGF).
PARA CONSOLIDAR EL MODELO ECONÓMICO SOCIAL
COMUNITARIO PRODUCTIVO Y RECUPERAR EL CRECIMIENTO
ECONÓMICO DEL PAÍS.
EL MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, MARCELO
MONTENEGRO, AFIRMÓ QUE ESTE CONJUNTO DE LEYES
CONTRIBUIRÁN A FORTALECER LA REDISTRIBUCIÓN DEL INGRESO,
REACTIVARÁN EL MERCADO INTERNO Y SE TENDRÁ MAYOR
JUSTICIA SOCIAL.
28-DIC-20
5. Derecho Privado
autonomía de la voluntad, los
sujetos se encuentran en un mismo
plano; y si el estado actúa como
particular, este será desprovisto de
soberanía.
PRINCIPIOS DEL DP
es el encargado
de regular las
relaciones entre los
particulares, las cuales
son planteadas en su
nombre y beneficio
se rige con las relaciones
entre particulares y el Estado,
cuando éste actúa como un
particular sin ejercer potestad
pública alguna
Se encarga de regular
los actos del comercio y
lo relativo a los
comerciantes.
DERECHO MERCANTIL
Rige la conducta del
individuo en su carácter
de persona, como titular
de un patrimonio y como
elemento perteneciente
a un grupo social y a
una familia.
DERECHO CIVIL
6. DERECHO DE LA COMPETENCIA
La competencia, como principio rector de toda economía de mercado,
representa un elemento sustancial al modelo de organización económica
de nuestra sociedad y constituye, en el plano de las libertades individuales,
la primera y más importante forma en que se manifiesta el ejercicio de la
libertad de empresa
responden a un conjunto de lineamientos
que tienen por finalidad, por una parte, la
protección de las empresas que operan en
el mercado y, por la otra, la tutela de los
consumidores que se benefician con los
bienes y servicios que dichas empresas
ofertan.
Hay empresas que bajan los precios de sus productos por
debajo de sus costos de producción con la finalidad de que
sus similares no puedan competir y salgan del mercado; otras
ofrecen premios o incentivos económicos a los distribuidores o
comercializadores para que exclusivamente vendan sus
productos y oculten los de la competencia
Las prácticas anticompetitivas como los actos de
competencia desleal encierran conceptos distintos,
en términos jurídicos: lo primero se prohíbe, para
proteger la competencia, y lo segundo, para
resguardar la lealtad comercial.
En Bolivia el derecho a la competencia es nuevo. Nació hace nueve años
con la promulgación del Decreto Supremo 29519 y ha sido incluido en la
Constitución Política del Estado en 2009, estableciéndose que ninguna
empresa puede realizar acciones ilícitas o hacer acuerdos para tener el
control del mercado.
7. Derecho
de
los
Consumidores
y
usuarios
Derechos de consumidores
Obligaciones para los proveedores
El Derecho del Consumidor es el conjunto de normas
destinadas a la protección del usuario en el mercado
de bienes y servicios, otorgándole y regulando ciertos
derechos y obligaciones. Esta rama del Derecho ha
tenido un desarrollo veloz en los países de
Sudamérica y Bolivia no ha sido la excepción.
Los derechos del consumidor adquieren mayor notoriedad a raíz de su inclusión
en la nueva Constitución Política del Estado de 2009 (artículos 75 y 76). En el año
2013 se promulga la ley No. 453 de protección de los derechos de los
consumidores, estableciendo mandatos generales y dando lugar al desarrollo y
emisión de normativa complementaria
Derecho a la salud
Derecho a la informacion
Derecho al trato equitativo
¿Por qué es importante la difusión del Derecho del Consumidor?
El valor radica:
1) en que los ciudadanos puedan hacer uso responsable de sus derechos,
2) las empresas o proveedores puedan tomar conciencia y desarrollar sus actividades cumpliendo con las distintas obligaciones formales y sustanciales.
Consideramos que estos deberían prestar atención principalmente a dos
elementos:
1) El Procedimiento de Reclamación Administrativa
2) Infracciones administrativas
Derecho a la libre eleccion de productos y servicios
Derecho al acceso a la alimentacion