Los impuestos son importantes porque el estado puede obtener los recursos para brindar, educación, salud seguridad, justicia, obras públicas, combate a la pobreza y el impulso a los sectores económicos que son fundamentales para el crecimiento de la economía del país.
1. REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN
UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA ANTONIO JOSÉ DE SUCRE
BARQUISIMETO- EDO. LARA
2. Los impuestos son aquellas prestaciones coercitivas que deben pagar las
personas naturales y jurídicas, en relación con los hechos imponibles
establecidos en cada ley, enmarcados dentro los derechos tributarios
constitucionales que rigen los distintos niveles del Poder Público, entre
ellos los municipios, a los cuales les han sido
asignadas las competencias para crear, modificar o eliminar los
impuestos, en funciona la autonomía tributaria, de allí que se delegue
esta responsabilidad a un conjunto de
organismos que realicen las actividades de recaudación y control.
3. . Según la LRHL, los Municipios exigirán el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, el
Impuesto sobre Actividades Económicas y el Impuesto sobre Vehículos de
Tracción Mecánica y podrán establecer y exigir el Impuesto sobre Construcciones,
Instalaciones y Obras y el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos
de Naturaleza Urbana.
- Obligatorios.
Según el artículo 60 de la LRHL, que hemos transcrito parcialmente en el párrafo
anterior, serán obligatorios el Impuesto sobre Bienes Inmuebles, Impuesto sobre
Actividades Económicas e Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica, que
serán exigibles aun cuando no haya habido acuerdo de imposición por parte de la
Corporación.
- Voluntarios.
Para poder exigirlos se necesita acuerdo expreso de imposición por parte de
aquellos Ayuntamientos que lo decidan, y son: El Impuesto sobre Construcciones,
Instalaciones y Obras.
4. • es un impuesto municipal, local o territorial, aplicado en el
ámbito especial de un municipio determinado.
• Impuesto que agrava la actividad lucrativa que produce el
ejercicio de la industria, servicio, comercio o índole similar, de
carácter independiente.
• Es un impuesto directo, ya que grava manifestaciones mediatas
de riquezas, y mide la capacidad económica del contribuyente al
aplicarse directamente sobre los ingresos brutos.
5. En la historia del Mundo Moderno, pocas actividades son tan
importantes y necesarias y al mismo tiempo odiado, como
aquellas que tienen que ver con la responsabilidad de pagar
impuestos. Es en gran parte a partir del cobro de impuestos, que
puede un Estado recaudar y realizar diferentes obras o tomar
decisiones, especialmente en los que hace a la redistribución de
la riqueza. Su importancia se centra en permitir que los sectores
más desprotegidos cuenten con algún tipo de asistencia.
6. Constituye un órgano de ejecución de la República con competencias
tanto en el área de rentas internas como en el campo aduanero. Se
identifica con el nombre “Servicio Nacional Integrado de Administración
Aduanera y Tributaria (SENIAT)”, es un organismo autónomo sin
personalidad jurídica con autonomía funcional, técnica y financiera,
adscrito al Ministerio Popular para las Finanzas (MF). De acuerdo a la
normativa legal, le corresponde la aplicación de la legislación aduanera y
tributaria nacional, así como el ejercicio, gestión y desarrollo de las
competencias relativas a la ejecución integrada de las políticas aduaneras
y tributarias fijadas por el Ejecutivo Nacional. Opera en todo el país a
través de las Gerencias Regionales de Tributos Internos, distribuidas de
acuerdo a las regiones administrativas en las cuales se divide el país.
7. LOS IMPUESTOS MUNICIPALES (IV): EL IMPUESTO SOBRE
CONSTRUCCIONES, INSTALACIONES Y OBRAS
AGUALLO AVILÉS, A. y BUENO GALLARDO, E. (2010): Estudio de las
infracciones tributarias previstas en los arts. 191 y 192 de la Ley General
Tributaria, en Crónica Tributaria, nº 123, IEF.
ALONSO GIL, M. (2010): Los procedimientos de comprobación en los
tributos
locales (Cap. IV Especialidades en la inspección del ICIO, IIVTNU, IVTM e
Impuesto sobre Gastos Suntuarios en su modalidad de aprovechamientos
de caza
y pesca). La Ley. Grupo Wolters Kluwer. El Consultor de los Ayuntamientos.