Este documento presenta la normatividad contable aplicable a las microempresas en Colombia bajo las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Explica que las microempresas se rigen por el Decreto 2706 de 2012 y deben aplicar el marco técnico de contabilidad simplificada NIIF para Microempresas. También describe los tres grupos de entidades en Colombia y sus respectivos marcos normativos contables, así como los parámetros para clasificar una empresa como microempresa.
2. Normatividad
NORMA DETALLE GRUPO
LEY 1314 DE 2009 Convergencia de NIC-NIIF Colombia Todos
Decreto 2706 de 2012 Marco Normativo Microempresas Grupo 3
Decreto 3019 de 2013 Modifica el marco técnico del 2706 Grupo 3
Decreto 3022 de 2013 Marco Técnico Grupo 2 Grupo 2
Decreto 2784 de 2012 Marco Técnico Grupo 1 Grupo 1
Decreto 3024 de 2013 Modifica el 2784 Grupo 1
Decreto 3023 de 2013 Modifica el 2784 (modifica el anexo) Grupo 1
Decreto 1851 de 2013 Modifica 2784 (preparadores
entidades financieras)
Grupo 1
3. Grupo 1 Grupo 2
Empresas de tamaño
grande y mediano, que
no sean emisores de
valores ni entidades de
interés publico (según la
clasificación legal
colombiana de
empresas).
Grupo 3
Pequeña y Micro
Empresas según la
clasificación Legal
Colombiana de
Empresas.
Emisores de Valores y
Entidades de Interés
Publico.
contabilidad simplificada,
emitan estados
financieros y
revelaciones abreviadas
o aseguramiento de la
información de nivel
moderado.
IFRS foro SMEs (NIIF
para PYMES).
NIIF-I FRS
Las compañías que no pertenezcan al Grupo 1 voluntariamente pueden aplicar.
e
4. Entidades que cumplan los siguientes
parámetros
•Planta de personal no superior a 10 trabajadores , y
•Activos totales, excluida la vivienda, inferior a 500 SMLMV , y
•Ingresos brutos anuales inferiores a 6.000 SMLMV, y
Aclaraciones adicionales de los conceptos
anteriores
1. Se consideran trabajadores aquellas personas que presten de manera personal y directa
sus servicios a cambio de una remuneración.
Se excluyen los contratos de servicios de consultoría y asesoría externa.
El número de trabajadores, activos totales e ingresos brutos se calculan con base en el
promedio de los 12 meses del año anterior al período de preparación obligatoria.
En el caso de microempresas nuevas, estos requisitos se medirán en función de la
información existente al momento del inicio de operaciones de la entidad.
Se incluyen las personas naturales que cumplan con el artículo 499 del estatuto tributario.
2.
3.
4.
5.
MICROEMPRESAS
5. RESPONSABILIDADES
CONTABILIDAD
• Contabilidad Simplificada:
Artículo 2 de la Ley 1314
• Si es Microempresa (PN
PJ ), deberá cumplir con
el Decreto 2706
diciembre de 2012. (NIIF
para Microempresas)
TRIBUTOS
• Régimen Simplificado:
Artículo 499 del Estatuto
Tributario
• Régimen Común
• IVA o Impuesto al
Consumo
• Impuesto de Renta
• Industria y Comercio
• Libro fiscal o registros de
control