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Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP

V

Área

Sistema Nacional
de Contabilidad y NIC - SP

Ficha Técnica
Autor : C.P.C. Juan Francisco Álvarez Illanes*
Título : La NIC-SP 31 Activos Intangibles y el PCG
- Comentarios - Parte I
Fuente : Actualidad Gubernamental, Nº 34 - Agosto
2011

Sumario
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
10.
11.
12.
13.

14.
15.
16.
17.
18.

Introducción
Concepto de activos intangibles
Objetivo de la norma (p.1 NIC-SP 31)
Alcance de la norma (p.2 NIC-SP 31)
Esta norma se aplicará al contabilizar los activos
intangibles, excepto en los siguientes casos (p.3
NIC-SP 31)
La NIC-SP 31 no se aplica a las empresas del Estado
(p.4 y 5 NIC-SP 31)
Inaplicabilidad de la NIC-SP 31 (p.6 NIC-SP 31)
Evaluación de la entidad para reconocer intangibles
que forman parte de un activo físico ¿como intangible o parte del activo fijo - equipo (p.7 NIC-SP 31)
Desembolsos realizados en fortalecimiento de
capacidades y otros se reconocen como intangibles
(p.8 NIC-SP 31)
Intangibles provenientes de arrendamiento financiero se encuentran en el ámbito de la NIC-SP 31 (p.9
NIC-SP 31)
Gastos realizados en exploración, desarrollo de
industrias extractivas no son aplicables en la NIC-SP
31 (p.10 NIC-SP 31)
Activos Intangibles de legados o intangibles históricos
no es aplicable la NIC-SP 31 (p.11 y 12 NIC-SP 31)
Activos provenientes de legados históricos pueden
reconocerse como intangibles si además de cumplir
con los requisitos de reconocimiento deben generar
flujos de efectivo (p.13 y 14 NIC-SP 31)
Revelación y presentación de legados reconocidos
como intangibles (p.15 NIC-SP 31)
Glosario de definiciones (p.16 NIC_SP 31)
Activo intangible (p.17 NIC-SP 31)
Los desembolsos que se realicen en activos que no
cumplan ciertas condiciones no se reconocerán como
intangibles (p.18 NIC-SP 31)
Control sobre los beneficios económicos futuros de
las inversiones realizadas en capacitación y fortalecimiento de capacidades para que sean reconocidos
como intangibles (p.23 NIC-SP 31)

* Asesor y consultor de Gobiernos Regionales y Locales
Asesor de Sociedades de Auditoría Externa. Conferencista a Nivel
Nacional

19. Control sobre los beneficios económicos futuros
de las inversiones realizadas en cartera de clientes,
fidelización y otros para que sean reconocidos como
intangibles (p.24 NIC-SP 31)
20. Condiciones para el reconocimiento de un activo
intangible (p.26 y 27 NIC-SP 31)
21. Reconocimiento (p.28 NIC-SP 31)
22. Medición o Valuación Inicial (p.31 NIC-SP 31)
23. Adquisición separada (p.32 NIC-SP 31)

1. Introducción
En el entorno económico actual, los recursos y actividades intangibles (derechos
de autor, marcas, imágenes, software, etc.)
se han convertido en la principal fuente
de generación de beneficios económicos
futuros o potencial de servicios en el
Sector Público veamos unos ejemplos: la
imagen de Machu Picchu emblema a nivel
mundial como maravilla del mundo, debe
ser detentado por el Estado a través del
Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, ello genera derechos como un activo
intangible que puedan ser pagados por su
uso, por empresas privadas dedicadas al
turismo mundial mediante filmaciones,
grabaciones o uso de publicidad; otros
ejemplos como el pisco, la cocina peruana, el pollo a la brasa, ni hablar del valor
agregado que genera la medicina natural,
aprovechada por los grandes laboratorio
médicos, etc., son referentes de activos
intangibles. Sin embargo, las dificultades
que entraña en muchos casos la medición
fiable del valor del intangible así como
para determinar su amortización y otros
criterios de reconocimiento, valuación
o medición y las restricciones existentes
para la delimitación clara de su control
o propiedad por parte de las entidades
del Estado, limitan la posibilidad de su
reconocimiento y registro adecuado,
como parte del patrimonio de la entidad,
debido a la ausencia de criterios de reconocimiento o falta de decisión para su
registro y congruencia con los principios
de prudencia, esencia o el fondo sobre la
forma, etc., que caracteriza el tratamiento

Actualidad Gubernamental

I
Parte

de los activos intangibles. Las reformas en
contabilidad por medio de las normas Internacionales de Información Financiera,
realizadas por el IASB y el IFAC en el Sector
Público acontecidas en los últimos años,
han favorecido una mayor flexibilidad en
el reconocimiento y medición de activos
de naturaleza intangible.
El nuevo Plan Contable Gubernamental
(PCG) se enmarca en la misma filosofía
contable del IASB y el IFAC, donde la
elaboración de la información financiera
es primordial cuando se comenta sobre los
criterios de reconocimiento, medición y de
fiabilidad, relevancia de los intangibles;
en este sentido, el presente artículo tiene
como propósito comentar brevemente el
tratamiento contable de los activos intangibles y específicamente la NIC-SP 31.

2. Concepto de activos intangibles

E

s un activo identificable, de carácter
no monetario y sin a apariencia física,
controlado económicamente por la entidad
resultantes de sucesos pasados de los que se
espera que ella obtenga rendimientos, en
forma de potencial de servicios o beneficios
económicos futuros y que surja de derechos
contractuales, o de otros derechos legales
con independencia de que esos derechos
sean transferibles o separables (p. del 16 al
24 NIC-SP 31)

La definición del concepto de “activo
intangible” considerada en la NIC-SP emitido por el IFAC, va más allá de una simple
definición, al considerar en esta, de forma
implícita, los requisitos generales de reconocimiento para los activos intangibles. Por
otro lado, el nuevo PCG incluye a estos activos, sin ofrecer una definición específica
de los “ intangibles”, si bien la NIC-SP 31
Activos Intangibles; considera los criterios
de reconocimiento, registro y valoración
del intangible, haciendo una referencia a
la definición de activo incluido en marco
conceptual así como a la característica de

N° 34 - Agosto 2011

V 1

Informe Especial

La NIC-SP 31 Activos Intangibles y el PCG Comentarios

V
V

Informe Especial

“identificabilidad”, como parte de los requisitos necesarios de reconocimiento que
en definitiva permiten, discriminar entre
activos monetarios y activos intangibles.
Bajo el marco conceptual, los activos son
aquellos “bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la
entidad resultantes de sucesos pasados, de
los que se espera que la entidad obtenga
beneficios o rendimientos económicos futuros y potencial de servicios, No obstante,
para su reconocimiento, los activos de naturaleza intangible no solo deben cumplir
con la definición anterior sino también

otros requisitos que además, como ya se
ha señalado, es necesario que sean “identificables” y controlados por la entidad,
tratándose de un concepto nuevo, hasta
ahora ausente en nuestro ordenamiento
contable, cuyo cumplimiento para reconocer el activo intangible en cuestión
implica: a) señalar su procedencia de derechos legales o contractuales adquiridos,
b) demostrar su separabilidad, es decir,
la posibilidad de que el activo pueda ser
arrendado, cedido, transferido, vendido,
intercambiado etc.; en definitiva, se pueda
separar de la entidad.

Definición de Activo Intangible
Separable
1. Identificable
Activo
Intangible

Debe
cumplir
con los 3
requisitos:

Cuando
es:

2. No monetario

Surge de un
contrato u otro
derecho legal

3. Sin apariencia
física

Analicemos la definición antes expuesta
a) Identificabilidad. La norma exige
que el intangible sea perfectamente
identificable con el fin de poder distinguirlo claramente de los otros activos
esto es, ser susceptible de ser separado
o escindido de la entidad o ser cedido, transferido individualmente; por
tanto, un intangible es identificable
cuando es individualizado, reconocido
y valuado con fiabilidad (p.19 literales. a y b NIC-SP 31).
b) Carácter no monetario. Es un activo
que no está destinado por la entidad
para su venta que por lo general está
destinado a su uso operativo, permitiendo en contadas oportunidades generar
flujos de ingresos monetarios, si no por el
contrario, genera potencial de servicios y
cuyo valor radica en los derechos conferidos como resultado de la titularidad y
propiedad de los mismos.
c) Sin apariencia física. Calificativo de
todo aquel activo que no tiene una
presencia corpórea o física o aquellos
bienes que no poseen materialidad,
por ejemplo una determinada marca
comercial, un software, un conocimiento especializado, una fórmula, etc.,
pero sí aportan valor a la entidad y
suponen un valor añadido a la misma.
Además de los conceptos definidos
líneas arriba, también es necesario
reconocer el control de las políticas
financieras y la obtención del rendimiento de beneficios económicos
futuros o potencial de servicios.
d) Control. Una entidad controlará un
determinado intangible siempre que
tenga el poder de decidir las políticas

V 2

financieras y operativas, del activo
así como controlar los rendimientos,
beneficios económicos o potencial de
servicios (p.21 NIC-SP 31).
e) Obtención de rendimientos (beneficios económicos futuros o potencial
de servicios). Los activos intangibles
son medios que posee y controla una
entidad y para alcanzar sus objetivos,
dichos activos deben ser utilizados en
los fines para los que fueron adquiridos (actividad operativa, función
pública, fortalecimiento de capacidades, suministro de servicios públicos y
otras actividades desarrolladas por la
entidad). A esta utilidad o rendimiento
de los intangibles se le denomina potencial de servicios, con una condición
adicional, que no generan directamente flujos de entrada de recursos, de
los contrario estaríamos hablando de
generar beneficios económicos (p.25
NIC-SP 31).
Luego de definir el concepto de activo
intangible pasaremos a comentar la NICSP 31 emitida por el IFAC, cuya versión
original se encuentra aún en idioma inglés.

Activos intangibles
Relacionados con el
marketing

Basados en el conocimiento

Nombres comerciales
Marcas comerciales
Marcas de servicio
Marcas colectivas
Dominios de Internet
Acuerdos de no competencia
Derechos de diseño
• Copyright sobre suscripciones,
• Spots publicitarios visuales publicitarios y
copy
• Licencias de ilustradores y diseñadores
gráficos
• Patentes, marcas, derechos de llaves, entre
otros.

• Fuerza laboral y capital intelectual, incluyendo contratos con
empleados claves
• Know-how, incluyendo
guías y manuales de
procesos y operaciones
• Investigación de producto y servicios novedosos, incluyendo
datos de prueba de
productos, bases de
datos
• Obras literarias, artísticas o científicas,
incluidas películas

•
•
•
•
•
•

Ejemplo
Escenario uno. Calificación de un activo intangible - Compra de derechos
de autor
La entidad A compró los derechos de
autor de un manual de procedimientos
administrativos que sirva de modelo para
las distintas entidades del Sector Público
por S/.50,000; luego de los trámites correspondientes del registro del proyecto
editorial ISBN.
¿Los derechos de autor adquiridos
pueden reconocerse como activo intangible?
Solución
Para determinar si los derechos de autor
califican como un activo intangible, se
evaluarán los requisitos y características
a la luz del párrafo 28 de la NIC-SP 31.

Actualidad Gubernamental

N° 34 - Agosto 2011

Nuevos procesos
y fortalecimiento
de capacidades
• Controles del
proceso operativo
• Plantillas construcciones y servicios de gestión
• Desarrollo de
procesos de Gobierno Electrónico.
• Ventanilla electrónica

Basados en contratos
• Listas de clientes
• Contratos y relaciones asociadas con clientes sobre
software
• Acuerdos de licencia
• Contratos de publicidad,
• Contratos de arrendamiento
• Acuerdos de franquicia
• Derechos de operaciones y
emisiones
• Contratos de servicios
• Derechos de uso (de pesca,
agua, aire)
• Licencias como cuotas deproducción e importación
• Permisos gubernamentales
y autorizaciones
• Derechos de programas
informáticos, etc.

1. Identificable

La inscripción en la ISBN de los
derechos de autor a nombre de
la entidad le otorga los derechos
exclusivos sobre ella, los que
pueden oponerse frente a terceros, pues es el titular legítimo
del mismo. Con este derecho la
entidad compradora (A) obtiene el control de los beneficios
económicos futuros, ya que lo
compró con la expectativa de
generar potencial de servicios,
aumentar sus ingresos futuros,
ya sea transfiriendo el uso del
intangible.

2. No
monetario

Los derechos de autor es una
partida no monetaria porque
no se conserva en moneda ni
es un activo que se recibirá una
cantidad fija o determinable de
dinero.

3. Sin
apariencia física

Los derecho de autor no tiene
apariencia física, puesto que es un
derecho legal y es un intangible.
Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP
Del análisis efectuado en el cuadro anterior, podemos concluir que los derechos
de autor adquiridos constituyen un
activo intangible que debe reconocerse
en los libros contables de la entidad y
revelar en los estados financieros. Sin
embargo, cabe precisar que si se tratara
de una proceso en fase de investigación,
generado por la propia entidad, no podrá registrarse como activo intangible
(ver párrafo 52 NIC-SP 31).
—————— X ——— ———

DEBE

1507 OTROS ACTIVOS
50,000
1507.03 Activos
intangibles
1507.0399 Otros activos
intangibles
2103 CUENTAS POR PAGAR
2103.99 Otras ctas. por pagar
Para registrar la adquisición de
derechos de autor, según orden
de servicio nº…..

HABER

e)

f)
g)
h)
i)

50,000

Luego del registro inicial, queda pendiente
analizar y determinar si es un activo finito
o infinito, a efectos de establecer la amortización anual. De acuerdo al p. 87 y 88 de
la NIC-SP 31, este detalle lo analizaremos
más adelante.

3. Objetivo de la norma (p.1 NICSP 31)
El objetivo de esta norma es prescribir
el tratamiento contable de los activos
intangibles que no estén contemplados específicamente en otra norma. Esta Norma
requiere que las entidades reconozcan un
activo intangible si, y solo si, se cumplen
ciertos criterios. La norma también especifica cómo determinar el importe en libros
de los activos intangibles, y exige revelar
información específica sobre estos activos.

4. Alcance de la norma (p.2 NICSP 31)
Una entidad que prepare y presenta
estados financieros bajo el principio de
acumulación o devengado aplicará este
estándar contablemente como activo
intangible.

5. Esta norma se aplicará al contabilizar los activos intangibles, excepto en los siguientes
casos: (p.3 NIC-SP 31)
a) Activos intangibles que estén tratados en
otras normas;
b) Activos financieros, definidos en la NIC-SP
28 Instrumentos Financieros: Presentación;
c) Reconocimiento y medición de activos
para exploración y evaluación (véase
la NIIF 6 Exploración y Evaluación de
Recursos Minerales);
d) Desembolsos relacionados con el desarrollo y extracción de minerales, petróleo,

j)

k)

gas natural y recursos no renovables
similares;
Activo intangible adquirido en una combinación de negocios (vea el pertinente
estándar internacional de contabilidad
NIIF 3 que se ocupa de la combinaciones
de negocios) o la NIC-SP 32 Combinación
entre entidades a partir de transacciones
de intercambio;
Las donaciones de intangibles adquiridos
en una combinación de negocios (véase
la NIIF 3;
Los derechos y poderes que confirió el
Estado o promovido por norma legal,
legislación, o norma equivalente;
Los activos generados por impuestos
diferidos.
Los costos de adquisición diferidos,
y activos intangibles, surgidos de los
derechos contractuales de una entidad
aseguradora en los contratos de seguro
que están dentro del alcance de la NIIF
4 Contratos de Seguro. La NIIF 4 establece requerimientos de revelación de
información específicos para los citados
costos de adquisición diferidos, pero no
para los activos intangibles. Por ello, los
requerimientos de revelación de información de esta norma se aplican a dichos
activos intangibles.
El activo intangible no vencido clasificado
como disponible para la venta o incluido
en un grupo de eliminación, baja o desapropiación que esté clasificado como
disponible para la venta.
Activos intangibles de legados históricos.
Sin embargo, los párrafos 13 y 14, se
aplican a activos provenientes de legados
históricos y pueden reconocerse como
intangibles si además de cumplir con
los requisitos de reconocimiento deben
generar flujos de efectivo.

6. La NIC-SP 31 no se aplica a las
empresas del Estado (p.4 y 5
NIC-SP 31)
Este estándar se aplica a todas las entidades de Sector Público, excepto a la
empresas del Estado (bajo el ámbito del
Fonafe) o entidades de tratamiento empresarial (ETES), que aplicarán la NIC-38
del Sector Privado.
El Prólogo para la aplicación de las NIC-SP
señaladas por el IPSASB explica que las
empresas del Estado aplicaran las NIIF
integrales emitidas por el IASB. Cuyos
principios de los estados financieros están
definidos en la NIC-SP 1.

7. Inaplicabilidad de la NIC-SP
31 (p.6 NIC-SP 31)
En el caso de que otra norma se ocupe de
la contabilización de una clase específica
de activo intangible, la entidad aplicará
esa norma en lugar de la presente. Por
ejemplo, esta norma no es aplicable a:
a) Activos intangibles mantenidos por la entidad para su venta en el curso ordinario
de sus actividades (véase la NIC-SP 12
Inventarios, y la NIC-SP 11 Contratos de
Construcción).

Actualidad Gubernamental

V

b) Los activos intangibles con contratos de
arrendamientos que están dentro del
alcance de la NIC-SP 13 Arrendamientos.
c) Activos que surjan por beneficios a los
empleados (véase la NIC 19 Beneficios a
los empleados).
d) Los activos intangibles definidos como
instrumentos financieros definidos en
la NIC-SP 28 “Instrumentos financierosPresentación” y la NIC-SP 6 Estados
Financieros Consolidados y Separados.

8. Evaluación de la entidad para
reconocer intangibles que forman parte de un activo físico
como intangible o parte del
activo fijo - equipo (p.7 NICSP 31)
Algunos activos intangibles pueden estar
contenidos en, o contener, un soporte de
naturaleza o apariencia física, como es el
caso de un disco compacto (en el caso de
programas informáticos), de documentación legal (en el caso de una licencia o
patente) o de una película. Al determinar si
un activo, que incluye elementos tangibles
e intangibles, se tratará según la NIC-SP 17
Propiedades, Planta y Equipo, o como un
activo intangible según la presente norma,
la entidad realizará el oportuno juicio para
evaluar cuál de los dos elementos tiene un
peso más significativo. Por ejemplo, los
programas informáticos para un ordenador
que no pueda funcionar sin un programa
específico, son una parte integrante del
equipo y serán tratados como elementos
de las propiedades, planta y equipo. Lo
mismo se aplica al sistema operativo de
un ordenador. Cuando los programas informáticos no constituyan parte integrante
del equipo, serán tratados como activos
intangibles.

9. Desembolsos realizados en
fortalecimiento de capacidades y otros se reconocen como
intangibles (p.8 NIC-SP 31)
Esta norma es de aplicación, entre otros
elementos, a los desembolsos por gastos de fortalecimiento de capacidades,
formación del personal, comienzo de la
actividad o de la entidad y a los correspondientes a las actividades de investigación
y desarrollo. Las actividades de investigación y desarrollo están orientadas al desarrollo de nuevos conocimientos. Por tanto,
aunque de este tipo de actividades pueda
derivarse en un activo con apariencia física
(por ejemplo, un prototipo), la sustancia
material del elemento es de importancia
secundaria con respecto a su componente
intangible, que viene constituido por el
conocimiento incorporado al activo en
cuestión.
Veamos otro ejemplo
Escenario dos. Calificación de un activo
intangible - adquisición de una franquicia

N° 34 - Agosto 2011

V 3
V

Informe Especial

En el mes de junio de 2011, la entidad
B firmó un contrato de franquicia con
una entidad dedicada al asesoramiento
especializado en programas computarizados de Gestión por Resultados, Gobierno
Electrónico, Ventanilla Electrónica, etc.,
muy reconocido en el país, por un período de cinco años, acordándose el pago
único de S/.55,000, que incluye servicios
de capacitación al personal, entrega de
manuales de instrucción, etc. El importe
fue pagado al contado.
¿La franquicia adquirida puede reconocerse como activo intangible?
Solución
Pasamos a analizar si la franquicia adquirida por Inversiones S.A. cumple con los
requisitos para calificar como un activo
intangible establecidos en el párrafo 28.2
de la NIC-SP 31.

1. Identificable

Mediante el contrato de franquicia el titular de una marca o
nombre comercial llamado franquiciante, otorga licencia a una
entidad distinta e independiente
llamado franquiciado, permitiendo que produzca exactamente su sistema de explotación de
procesos, que puede ser la venta
o transferencia de procesos o
prestación de servicios de reconocido prestigio y eficiencia, poniendo a su disposición a cambio
de una retribución económica su
marca, su know-how y sus métodos de gestión por resultados y
otros beneficios para la mejora
de la gestión pública. El derecho exclusivo para desarrollar
procesos, bajo franquicia determinada, por tanto, es un activo
intangible identificable, porque
la entidad ejerce control a través
del derecho contractual y porque
espera generar beneficios económicos futuros y potencial de
servicios, mediante la explotación
del establecimiento.

2. No
monetario

Es de carácter no monetario (es
decir, no se conserva en moneda
ni es un activo que se recibirá en
una cantidad fija o determinable
de dinero)

3. Sin
apariencia física

No tiene apariencia física (puesto
que es un derecho), que otorga
- La cesión de la marca al franquiciado.
- La transmisión del know-how
(saber hacer).
- La prestación de asistencia
continuada al franquiciado
durante toda la vigencia del
contrato.

Del análisis efectuado en el cuadro
anterior, podemos concluir que la franquicia adquirida por la entidad B es un
activo intangible que debe reconocerse
en los libros contables de la entidad
compradora.

V 4

—————— X ——— ———

DEBE

1504 INVERSIONES
INTANGIBLES
55,000
1504.02 Sistemas de
información tecnológicos
1504.03 Mejoramiento
de procesos
1504.04 Diseño de
instrumentos para mejorar
la calidad del servicio
1504.05 Formación y
capacitación
1504.07 Otras inversiones
intangibles
2103 CUENTAS POR PAGAR
2103.99 Otras ctas. por pagar
Para registrar la adquisición de
franquicia, según orden de servicio nº…

HABER

¿Se puede reconocer la lista de clientes
como un activo intangible?
Solución
55,000

Escenario tres. Calificación de un
activo intangible - capacitación de
personal
Una entidad capacita a un grupo de
trabajadores quienes desarrollan sus
habilidades que darán lugar a beneficios económicos futuros o potencial de
servicios, derivados de la formación que
ha proporcionado a sus empleados. La
entidad considera que ningún servidor
público capacitado, abandonará su empleo y, como resultado, espera que sus
habilidades permanezcan disponibles
para la entidad en el futuro inmediato.
¿Los pagos por fortalecimiento de capacidades o para capacitar al personal pueden
reconocerse como activo intangible?
Solución
Los gastos de formación de los empleados,
probablemente generarán beneficios futuros
o potencial de servicios para las entidades
que incurren en ellos, pero faltan algunas
características fundamentales para su reconocimiento como activo intangible, por
ejemplo, es poco probable que una entidad
ejerza control suficiente sobre los beneficios
económicos futuros esperados o potencial de
servicios, que surjan de su equipo de personal
capacitado y de la formación proporcionada.
Es muy raro que la entidad pueda controlar
la permanencia del trabajador en la entidad
(personal con contratos CAS) a menos que
hayan derechos legales que protejan el derecho de la entidad a utilizar esa habilidad por
un tiempo determinado y que la habilidad
técnica también cumpla con los demás
requisitos para que pueda considerarse que
cumple con la definición de activo intangible
de la entidad. Por tanto, consideramos que
la capacitación al personal-CAS no puede
reconocerse como activo intangible, debiendo contabilizarse como gasto cuando se
incurren en ellos.

Escenario cuatro. Lista de clientes
o usuarios generado por la propia
entidad
Una entidad dedicada al servicio del
contribuyente ha desarrollado una lista

Actualidad Gubernamental

N° 34 - Agosto 2011

significativa de clientes (base de datos) se
considera que la lista es muy valiosa para
la entidad por contener datos claves que
cualquier empresa privada que desea captar clientes quisiera tenerlos y la gerencia
estima que podría obtener beneficios por el
uso de la información contenida en la lista
de clientes. Con fecha 1 de julio de 2011
se contrató el servicio de personal para el
mantenimiento de la lista de clientes.

No es posible que la entidad reconozca
como activo intangible la lista de clientes
generada internamente, ya que el párrafo
18 prohíbe específicamente que una entidad
reconozca los activos intangibles generados
internamente. En ausencia de derechos
legales que protejan la relación de la entidad
con sus clientes o que controlen la lealtad
de los clientes hacia la entidad, la entidad
tendrá, por lo general, un grado de control
insuficiente sobre los beneficios económicos
que se podrían derivar de esta relación y esta
lealtad, como para poder considerar que
tales partidas cumplen la definición de activo
intangible. Además, los costos incurridos para
la creación de la lista no se pueden distinguir
del costo de desarrollo del negocio en su
conjunto. En la misma línea, el pago por el
servicio de personal para mantenimiento de
la lista de clientes debe reconocerse como
gasto del período.
Además el p.18 de la NIC-SP 31 señala
que no todos los activos que se consideren
como intangibles cumplen la definición de
activo intangible, esto es, identificabilidad,
control sobre el recurso en cuestión y
existencia de beneficios económicos futuros
o generación de potencial de servicios. Si
un elemento incluido en el alcance de esta
norma no cumpliese la definición de activo
intangible, el importe derivado de su adquisición o de su generación interna, por parte de
la entidad, se reconocerá como un gasto
del período en el que se haya incurrido.

10. Intangibles provenientes de
arrendamiento financiero se
encuentran en el ámbito de
la NIC-SP 31 (p.9 NIC-SP 31)
En el caso de un arrendamiento financiero,
el activo subyacente puede ser tangible o
intangible. Después del reconocimiento
inicial, el arrendatario contabilizará un activo intangible, mantenido bajo la forma de
un arrendamiento financiero, conforme a
lo establecido en esta norma. Los derechos
de concesión o licencia, para productos
tales como películas, grabaciones en video,
obras de teatro, manuscritos, patentes y
derechos reprográficos, están excluidos del
alcance de la NIC-SP 13 Arrendamientos,
pero están dentro del alcance de la presente norma.

11. Gastos realizados en exploración, desarrollo de industrias
extractivas no son aplicables
Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP
en la NIC-SP 31(p.10 NIC-SP
31)
Las exclusiones del alcance de una norma
pueden producirse en ciertas actividades
u operaciones en las que, por ser de una
naturaleza muy especializada, surjan
aspectos contables que necesitan un
tratamiento diferente. Este es el caso de
la contabilización de los desembolsos por
exploración, desarrollo o extracción de
petróleo, gas y otros depósitos minerales,
en las industrias extractivas, así como en el
caso de los contratos de seguro. Por tanto,
esta norma no es de aplicación a los desembolsos realizados en estas operaciones
y contratos. No obstante, esta norma será
de aplicación a otros activos intangibles
utilizados (como los programas informáticos) y otros desembolsos realizados
(como los que correspondan al inicio de
la actividad), en las industrias extractivas
o en las entidades aseguradoras.

12. Activos intangibles de legados o intangibles históricos
no es aplicable la NIC-SP 31
(p.11 y 12 NIC-SP 31)
Este estándar no requiere que una entidad reconozca activos intangibles de
legados históricos que de otra manera
encontrarían la definición de intangibles,
y los criterios de reconocimiento para un
intangible.
Si una entidad reconoce activos intangibles de legados, debe aplicar los requisitos
de reconocimiento y medición de esta
norma, puede reconocerlos, pero no es
indispensable aplicar los requisitos de
medida de este estándar, por lo tanto no
es aplicable ésta norma.
Algún activo está descrito como activos
intangibles de legados históricos, por su
significado cultural, medioambiental, o
histórico. Los ejemplos de activos intangibles de legados incluyen grabaciones
de hechos o acontecimientos históricos
significativos y derechos para usar imágenes de personas públicas o significativas,
por ejemplo, en los sellos de correos o las
monedas de circulación nacional.
Ciertas características reúnen estos intangibles, incluyendo los siguientes, son a
menudo exhibidas por activos intangibles
(aunque estas características no son exclusivas para tales activos) de legados:
a) Su valor en términos culturales, medioambientales, e históricos tiene poca
probabilidad de estar completamente
reflejado en un valor financiero basado
puramente en un precio de mercado;
b) Normas legales y/u obligaciones
estatutarias pueden imponer prohibiciones o restricciones severas en la
disponibilidad para ser vendidos;
c) Su valor puede aumentar con el paso
del tiempo; y

d) Puede ser difícil de estimar sus vidas
útiles, lo cual en algunos casos podría
ser cientos de años.

13. Activos provenientes de
legados históricos pueden
reconocerse como intangibles
si además de cumplir con los
requisitos de reconocimiento
deben generar flujos de efectivo (p.13 y 14 NIC-SP 31)
Las entidades de Sector Público pueden
tener grandes activos intangibles de
legados, que han sido adquiridos por
muchos años y por maneras diversas,
incluyendo transferencias, donaciones,
legados, y/o requisados. Estos activos están raramente sujetos a generar flujos de
entrada de efectivo, o que puede haber
obstáculos legales para destinarlos para
tales propósitos.
Algunos activos intangibles de legados
históricos prestan servicios o generan
beneficios económicos futuros o generan potencial de servicios, por ejemplo
pueden generar beneficios económicos
futuros cuando se cobra por el uso de
una grabación histórica. En estos casos,
un activo intangible de legados puede
ser reconocido y medido en la misma
base como otros activos intangibles que
generen flujos de efectivo.
Para otros intangibles provenientes de
legados, su potencial de servicios o beneficios económicos futuros, son limitados a
sus características del legado, por tanto,
la existencia de beneficios económicos
futuros o potencial de servicios puede
incidir en la elección de la base de valoración y ser reconocidos como activos
intangibles.

14. Revelación y presentación de
legados reconocidos como
intangibles (p.15 NIC-SP 31)
Los requisitos revelación y presentación
señalados en los párrafos 117-124
requieren que las entidades informen
y revelen, acerca de activo intangible
reconocido. Por consiguiente, las entidades que reconocen activos intangibles
de legados están obligadas a revelar tales
aspectos sobre:
a) La base de medición utilizada;
b) El método de amortización usado;
c) La cantidad desembolsada por su
adquisición o su producción;
d) La amortización acumulada al final del
período;
e) Una conciliación de la cantidad desembolsada al comienzo y al final del
período mostrando ciertos componentes por su incremento.

Actualidad Gubernamental

V

15. Glosario de definiciones (p.16
NIC-SP 31)
Los términos siguientes se usan, en esta
norma, con los significados que a continuación se especifica:
Amortización
Es la distribución sistemática del importe
amortizable de un activo intangible durante
los años de su vida útil.
Activo es un recurso
a) controlado por la entidad como resultado
de sucesos pasados; y
b) del que la entidad espera obtener, en el
futuro, beneficios económicos.
Activo intangible
Es un activo identificable, de carácter no
monetario y sin apariencia física.
Activos que generan efectivo
Son activos que generan, valores monetarios,
tanto el dinero en efectivo como equivalente
de efectivo, por los que se van a recibir unas
cantidades fijas o determinables de dinero.
Activo calificado o activo apto
Es el activo que necesariamente requiere un
período de tiempo largo o sustancial antes
de estar listo para el uso u otra actividad para
laque esté destinado.
Ejemplos de activos aptos que cumplen
las condiciones para ser calificados como
tal, son:
La construcción de edificios, activos de
infraestructura tales como las carreteras,
puentes e instalaciones para la generación
de energía , existencias, activos intangibles y
otros activos que necesitan un largo período
de tiempo para ser puestos en condiciones de
ser usados y que se encuentren financiados
con préstamos.
Costo
Es el importe de efectivo equivalentes al
efectivo pagados, o el valor razonable de la
contraprestación entregada para adquirir un
activo, en el momento de su adquisición o construcción, o, cuando sea aplicable, el importe
atribuido a ese activo cuando sea inicialmente
reconocido de acuerdo con los requerimientos
específicos de otras NIIF, como por ejemplo la
NIIF 2 Pagos Basados en Acciones.
Costos por préstamos
Son los intereses y otros gastos en que incurre
una entidad en relación con operaciones de
endeudamiento, Los costos por préstamos
pueden incluir:
a) Los intereses por sobregiros bancarios y
de préstamos a corto y largo plazo;
b) La amortización de otros gastos relacionados con préstamos;
c) La amortización de los costos de formalización de los contratos de préstamo;
d) Los gastos por intereses relativas a los
arrendamientos financieros; y
e) Las diferencias de cambio procedentes de
por préstamos en moneda extranjera, en
la medida en que sean consideradas como
ajustes de costos por intereses.
Gastos de desarrollo
Son los desembolsos realizados por la entidad en la aplicación de los resultados de
la investigación o de cualquier otro tipo de
conocimiento científico, a un plan o diseño en
particular para la producción de intangibles
(materiales, productos, métodos, procesos o
sistemas nuevos, o sustancialmente mejorados), antes del comienzo de su producción
o utilización operativa.
Gastos de investigación
Son los desembolsos aplicados a todo aquel

N° 34 - Agosto 2011

V 5
V

Informe Especial

estudio original y planificado, emprendido
con la finalidad de obtener nuevos conocimientos científicos o tecnológicos.
Importe en libros
Es el importe por el que un activo se reconoce
en el estado de situación financiera, después
de deducir la amortización acumulada y las
pérdidas por deterioro acumuladas, que se
refieran al mismo.
Importe amortizable
Es el costo de un activo, u otro importe que
lo haya sustituido, menos su valor residual.
Mercado activo
Es un mercado en el que se dan todas las
siguientes condiciones:
a) los bienes o servicios intercambiados en
el mercado son homogéneos;
b) normalmente se pueden encontrar en
todo momento compradores y vendedores; y
c) los precios están disponibles al público.
Valor específico para una entidad
Es el valor presente de los flujos de efectivo que la entidad espera obtener del uso
continuado de un activo y de su disposición
al término de su vida útil, o bien de los desembolsos que espera realizar para cancelar
un pasivo.
Valor razonable de un activo
Es el importe por el cual podría ser intercambiado un activo entre partes interesadas y
debidamente informadas, en una transacción
realizada en condiciones de independencia
mutua.
Pérdida por deterioro
Es el exceso del importe en libros de un activo
sobre su importe recuperable.
Valor residual
El valor residual de un activo intangible es
el importe estimado que la entidad podría
obtener de un activo por su disposición, después de haber deducido los costos estimados
para su disposición, si el activo tuviera ya la
edad y condición esperadas al término de
su vida útil.
Vida útil es:
a) El período durante el cual se espera utilizar el activo por parte de la entidad; o
b) El número de unidades de producción o
similares que se espera obtener del mismo
por parte de una entidad.
Vida útil finita del intangible
Que tiene fin o límite en el espacio o en el
tiempo, por tanto, un intangible está sujeto a
amortización: un ejemplo: los softwares tienen una vida finita de dos a tres años si antes
no aparece una nueva versión del mismo.
Vida útil infinita
Que no tiene fin o límite en el espacio o en
el tiempo, por tanto, un intangible de vida
infinita no está sujeto a amortización, pero
sí a deterioro de valor: las marcas de fábrica.

16. Activo intangible (p.17 NICSP 31)
Es un activo identificable, de carácter no
monetario y sin apariencia física controlado por la entidad como resultado de
sucesos pasados; y del que la entidad
espera obtener, en el futuro, beneficios
económicos o potenciales de servicios y
que surja de derechos contractuales, o de
otros derechos legales con independencia
de que esos derechos sean transferibles o
separables.

V 6

Con frecuencia, las entidades emplean
recursos, o incurren en pasivos, para la
adquisición, desarrollo, mantenimiento o
mejora de recursos intangibles tales como
el conocimiento científico o tecnológico,
el diseño e implementación de nuevos
procesos o nuevos sistemas, las licencias
o concesiones, la propiedad intelectual,
los conocimientos técnicos (incluyendo
denominaciones intelectuales y derechos
editoriales) son considerados como intangibles. Otros ejemplos comunes de
partidas que están comprendidas en esta
amplia denominación son los programas
informáticos, las patentes, los derechos de
autor, las películas, las listas de usuarios de
un servicio público, las licencias de pesca,
las cuotas de importación, las franquicias,
las relaciones comerciales con clientes o
proveedores, la lealtad de los clientes o
usuarios de los servicios públicos.

17. Los desembolsos que se realicen en activos que no cumplan ciertas condiciones no se
reconocerán como intangibles
(p.18 NIC-SP 31)
No todos los activos que se consideren
como intangibles cumplen la definición de
activo intangible, esto es, identificabilidad,
control sobre el recurso en cuestión y existencia de beneficios económicos futuros
o generación de potencial de servicios.
Si un elemento incluido en el alcance de
esta Norma no cumpliese la definición de
activo intangible, el importe derivado de
su adquisición o de su generación interna,
por parte de la entidad, se reconocerá
como un gasto del período en el que se
haya incurrido.
a) Un activo es identificable si: (p.19
y 20 NIC-SP 31)
a) es separable, es decir, es susceptible de ser separado o escindido de
la entidad y vendido, transferido,
dado en explotación, arrendado o
intercambiado, ya sea individualmente o junto con un contrato,
activo identificable o pasivo con
los que guarde relación, independientemente de que la entidad
tenga la intención de llevar a cabo
la separación; o
b) surge de derechos contractuales
o de otros derechos legales, con independencia de que esos derechos
sean transferibles o separables de
la entidad o de otros derechos u
obligaciones.
p.20 Para los propósitos de esta
norma, un reconocimiento obligatorio de un intangible, describe un
reconocimiento, que les confiere las
obligaciones y derechos similares como
si fuera en forma de un contrato.
b) Un Activo intangible es controlado
(p.21 NIC-SP 31)
p.21 Una entidad controlará un determinado activo, cuando pueda decidir
sobre la política financiera del activo,
siempre que tenga el poder de obtener

Actualidad Gubernamental

N° 34 - Agosto 2011

los beneficios económicos futuros o el
potencial de servicios que procedan de
los recursos que subyacen en el mismo,
y además pueda restringir el acceso de
terceras personas a tales beneficios. La
capacidad que la entidad tiene para
controlar los beneficios económicos
futuros de un activo intangible tiene
su justificación, normalmente, en derechos de tipo legal que son exigibles
ante los tribunales. En ausencia de
tales derechos de tipo legal, será más
difícil demostrar que existe control. No
obstante, la exigibilidad legal de un
derecho sobre el elemento no es una
condición necesaria para la existencia
de control, puesto que la entidad puede ejercer el control sobre los citados
beneficios económicos de alguna otra
manera.
c) Los beneficios económicos futuros
o potenciales de servicios (p.25
NIC-SP 31)
Los recursos que posee una entidad
constituyen medios para alcanzar los
objetivos previstos por la organización,
por tanto los activos que se utilizan para
generar bienes y servicios de acuerdo
con los objetivos de una entidad sin
generar directamente flujos netos
de entradas de efectivo se conocen
a menudo como incorporadores de
“potencial de servicios” (que prestan
servicios en lugar de generar beneficios
económicos); en cambio los activos que
generan entradas de flujos de efectivo,
se les conocen como generadores de beneficios económicos futuros. Por tanto,
entre los beneficios económicos futuros
o potencial de servicios, procedentes
de un activo intangible se incluyen
los ingresos de actividades ordinarias
procedentes de la venta de productos o
servicios (beneficios económicos), o los
ahorros de costos y otros rendimientos
diferentes que se deriven del uso del
activo por parte de la entidad se conocen como generadores de potencial
de servicios. Por ejemplo, el uso de la
propiedad intelectual, dentro del proceso de producción puede reducir los
costos de producción futuros, en lugar
de aumentar los ingresos de actividades
ordinarias futuras.
(Otro ejemplo, un sistema en línea que
permite a los ciudadanos renovar permisos de conducir más rápidamente en
línea, resultantes en una reducción en
personal de la oficina requerido para
realizar esta función al aumentar la
velocidad de procesamiento.
d) Control de los beneficios económicos futuros o potenciales de
servicios (p.22 NIC-SP 31)
p.22 Los conocimientos técnicos y
científicos pueden dar lugar a beneficios económicos futuros o potencial
de servicios. La entidad controlará esos
beneficios si, por ejemplo, tiene protegidos tales conocimientos por derechos
legales como la propiedad intelectual
o el derecho de copia, la restricción
de los acuerdos interinstitucionales (si
estuvieran permitidos), o bien por una
obligación legal de los empleados de
mantener la confidencialidad.

18. Control sobre los beneficios
económicos futuros de las in-
Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP
versiones realizadas en capacitación y fortalecimiento de
capacidades para que sean
reconocidos como intangibles
(p.23 NIC-SP 31)
Una entidad puede poseer un equipo de
personas capacitadas, de manera que pueda identificar posibilidades de mejorar su
nivel de competencia mediante la mejora
de su formación especializada, lo que producirá beneficios económicos en el futuro
o potencial de servicios. La entidad puede
también esperar que su personal continúe
prestando sus servicios dentro de la entidad. No obstante, y con carácter general,
la entidad tendrá un control insuficiente
sobre los beneficios futuros esperados o
potencial de servicios, que pueda producir
un equipo de empleados con mayor especialización, como para poder considerar
que los importes dedicados a la formación
cumplen la definición de activo intangible.
Por razones similares, es improbable que
las habilidades técnicas o de gerencia,
de carácter específico, cumplan con la
definición de activo intangible, a menos
que estén protegidas por derechos legales
para ser utilizadas y alcanzar los beneficios
económicos que se espera de ellas, y además cumplan el resto de condiciones de la
definición de activo intangible.

19. Control sobre los beneficios
económicos futuros de las
inversiones realizadas en
cartera de clientes, fidelización y otros para que sean
reconocidos como intangibles
(p.24 NIC-SP 31)
La entidad puede tener una cartera de
clientes o usuarios de los servicios públicos o una determinada lista de buenos
contribuyentes, y esperar que debido a
los esfuerzos empleados en desarrollar
las excelentes relaciones con los usuarios
y su lealtad, estos vayan a continuar
demandando los bienes y servicios que
se les vienen ofreciendo. Sin embargo,
en ausencia de derechos legales u otras
formas de control que protejan esta
expectativa de relaciones o de lealtad
continuada por parte de los usuarios, la
entidad tendrá, por lo general, un grado
de control insuficiente sobre los beneficios
económicos o potencial de servicios que se
podrían derivar de las mismas, como para
poder considerar que tales partidas (cartera de usuarios, cuotas de contribuyentes,
relaciones con la clientela, lealtad de los
usuarios) cumplen la definición de activo
intangible. Cuando no se tengan derechos
legales para proteger las relaciones con los
usuarios, las transacciones de intercambio
por las mismas o similares relaciones no
contractuales con la clientela, demuestran
que la entidad es, no obstante, capaz de

controlar los futuros beneficios económicos o potencial de servicios esperados de
la relación con los usuarios. Como esas
transacciones de intercambio también
demuestran que las relaciones con los
usuarios son separables, dichas relaciones
con la clientela se ajustan a la definición
de un activo intangible.

20. Condiciones para el reconocimiento de un activo intangible (p.26 y 27 NIC-SP 31)
El reconocimiento de una partida como
activo intangible exige, para la entidad,
demostrar que el elemento en cuestión
cumpla:
a) la definición de activo intangible
(véase los párrafos 16 y 17); y
b) los criterios para su reconocimiento
(véanse los párrafos 28 a 30).
Este requerimiento se aplicará a los costos
soportados inicialmente, para adquirir o
generar internamente un activo intangible, o el valor razonable de un activo
intangible adquirido a través de una transacción de intercambio y para aquellos en
los que se haya incurrido posteriormente
para añadir, sustituir partes del mismo o
realizar su mantenimiento.
La naturaleza de los activos intangibles
es tal que, en muchos casos, no existe

V

posibilidad de realizar adiciones al activo
en cuestión o sustituciones de partes del
mismo. Consiguientemente, la mayoría
de los desembolsos posteriores se hacen,
probablemente, para mantener los futuros
beneficios económicos o potencial de servicios esperados incorporados a un activo
intangible existente, pero no satisfacen la
definición de activo intangible ni los criterios de reconocimiento contenidos en esta
norma. Además, a menudo es más difícil
atribuir un desembolso posterior directamente a un activo intangible determinado
que a la entidad como un todo. Por tanto,
solo en raras ocasiones, los desembolsos
posteriores –desembolsos efectuados tras
el reconocimiento inicial de un activo intangible adquirido o después de completar
un activo intangible generado internamente– se reconocerán en el importe en libros
del activo. De acuerdo con el párrafo 61,
los desembolsos posteriores sobre marcas,
cabeceras de periódicos o revistas, denominaciones editoriales, listas de usuarios
de servicios u otras partidas similares
(hayan sido adquiridas externamente o
generadas internamente) se reconocerán
siempre en el resultado del período en el
que se incurran. Esto es así porque tales
desembolsos no pueden distinguirse de
los desembolsos para desarrollar las operaciones de la entidad considerado en su
conjunto.

Reconocimiento de Activos Intangibles (PGC 2007)

Definición de activo
Marco conceptual

- Control de recurso por la
empresa
- Se esperan obtener beneficios económicos futuros

Criterios de
reconocimiento
de activos
Marco conceptual

- Probable obtención de
beneficios económicos
futuros
- Medición fiable de su
valor

21. Reconocimiento (p.28 NICSP 31)
Un activo intangible se reconocerá si, y
solo si:
a) es probable que los beneficios económicos futuros que se han atribuido al
mismo fluyan a la entidad; y
b) el costo del activo puede ser medido
de forma fiable.
La entidad evaluará la probabilidad de
obtener beneficios económicos futuros
o, potencial de servicios utilizando su-

Actualidad Gubernamental

Identificabilidad

- Separable o procedente
de derechos legales o
contractuales

posiciones razonables y fundadas, que
representen las mejores estimaciones de
la gerencia respecto al conjunto de condiciones económicas que existirán durante
la vida útil del activo.
Una entidad utilizará su juicio para evaluar
el grado de certidumbre asociado al flujo de
beneficios económicos futuros o potencial de
servicios que sea atribuible a la utilización
del activo, sobre la base de la evidencia
disponible en el momento del reconocimiento inicial, otorgando un peso mayor a
la evidencia procedente de fuentes externas.

N° 34 - Agosto 2011

V 7
V

Informe Especial
Los desembolsos en capacitación al personal no pueden considerarse como parte
del costo del activo intangible, pues no se
puede obtener el control sobre la permanencia del trabajador en la empresa, por
tanto se registran como gasto.

Reconocimiento de un Activo Intangible

Un activo intangible se contabiliza como activo
en los libros
contables si:

Es probable que los beneficios económicos futuros
esperados que se han atribuido al activo fluyan a la
entidad.

Asientos contables

El costo o el valor del activo puede ser medido con
fiabilidad

—————— X ——— ———

El activo no es generado internamente

22. Medición o valuación inicial
(p.31 NIC-SP 31)
Un activo intangible será medido inicialmente a precio de costo de conformidad
con los párrafos 32 al 43, cuando un
activo intangible sea adquirido a través
de una transacción de intercambio, transferencia, donación u otros que no tengan
valor, su medición inicial en la fecha de
adquisición, será medida por su valor
razonable.
El costo de un activo intangible adquirido
de forma separada comprende:
a) el precio de adquisición, incluidos
los aranceles de importación y los
impuestos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de
deducir los descuentos comerciales y
las rebajas; y
b) cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su
uso previsto.
Son ejemplos de costos atribuibles directamente:
a) los costos de las remuneraciones a
los empleados (según se definen en
la NIC-SP 25 Beneficios a empleados), derivados directamente de
poner el activo en sus condiciones
de uso;
b) honorarios profesionales surgidos
directamente de poner el activo en
sus condiciones de uso; y
c) los costos de comprobación de que el
activo funciona adecuadamente.
Escenario cinco. Medición inicial de
activos intangibles adquiridos por
separado - Compra de software
En el mes de julio del 2011 la entidad
adquiere un software contable de costos
ABC de última generación que será utilizado por la Gerencia de Administración,
para generar información de costos, de
proyectos y actividades y otras intervenciones del Estado, para promover
la medición de resultados. Se pagó al
contado el importe de S/.17,700 incluido el IGV. Adicionalmente se contrató a
un ingeniero de sistemas para instalar
el programa, quien emitió recibo por
honorarios por S/.550.

V 8

Se capacitó al personal del área contable para operar el nuevo programa, el
instructor emitió recibo por honorarios
por S/.400.
Solución

DEBE

1507 OTROS ACTIVOS
18,250
1507.03 Activos intang.
1507.0302 software
R.D. 011-2011-EF/93.01
2103 CUENTAS POR PAGAR
2103.99 Otras ctas. por Pagar
Para registrar la adquisición de
Software, según orden de servicio nº…

HABER

18,250

—————— X ——— ———

Los párrafos 31, 34 y 35 de la NIC-SP-31
establecen que el costo de un activo intangible adquirido de forma separada, tal
como el presente caso, donde el software
contable es comprado de terceros (No generado internamente) comprende: el precio
de adquisición, incluyendo los aranceles de
importación y los impuestos no recuperables
más cualquier costo directamente atribuible a
la preparación del activo para su uso previsto. Por tanto, incluirá el costo del software
contable adquirido:
Costo del proveedor del software
Instalación del software

17,700
550

Costo inicial del activo intangible

S/.18,250

Gastos de capacitación de personal

400

5302 CONT. DE SERVICIOS
400
5302.07 Servicios profes.
y técnicos
5302.0703 Servicio de
capacitación y perfecc.
5302.070301 Realizado por
personas jurídicas
53.070302 Realizado por
personas naturales
2103 CUENTAS POR PAGAR
2103.01 Bienes y servicios
por pagar
2103.0101 Bienes y servicios
por pagar-EF/93.01
2103.010102 Servicios R.D. 01
Para registrar los gastos de capacitación

400

Medición Inicial del Activo Intangible
NIC-SP
31

Situación

Medición inicial

Adquirido
en forma
separada

El costo comprende el precio de adquisición, incluyendo los aranceles
de importación y los impuestos no recuperables, más cualquier costo
directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto.
Los descuentos comerciales y las rebajas se deducen del costo.

Párrafo
31, 34
y 35

Adquirido como
parte de una
transferencia

Los intangibles adquiridos mediante transferencia se valoran al valor
razonable en la fecha de adquisición.

Párrafo
42 y 43

Adquirido intangible
desarrollado internamente mediante
una subvención
del Gobierno

El costo es el valor razonable del activo intangible en la fecha en la que
se recibe o es exigible la subvención.
Los activos producidos internamente (desarrollo) se medirán por el costo
de la suma de desembolsos incurridos.

Párrafo
63

El costo es el valor razonable del activo intangible, salvo que la transacción de intercambio no tenga carácter comercial, o no puedan
medirse con fiabilidad el valor razonable. En tales casos, el costo del
activo intangible se medirá por el valor en libros del activo entregado.

Párrafo
42, 43
y 44

Adquirido
mediante
permuta

23. Adquisición separada (p.32
NIC-SP 31)
Normalmente, el precio que una entidad
paga para adquirir separadamente un
activo intangible es el costo, y reflejará las
expectativas acerca de la probabilidad de
que los beneficios económicos futuros o
potencial de servicios incorporados al activo fluyan a la entidad. En otras palabras,
la entidad esperará que haya una entrada
de beneficios económicos, incluso si existe

Actualidad Gubernamental

N° 34 - Agosto 2011

incertidumbre sobre la fecha o el importe
de estos. Por tanto, el criterio de reconocimiento de la probabilidad de generar beneficios económicos futuros o potencial de
servicios, se considerará siempre satisfecho
en el caso de activos intangibles adquiridos
de forma separada.
Además, el costo de un activo intangible
adquirido de forma independiente puede,
habitualmente, ser medido con fiabilidad.
Continuará en la siguiente edición...

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Análisis de la NIC-SP 31 sobre activos intangibles y su tratamiento contable en el PCG

  • 1. Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP V Área Sistema Nacional de Contabilidad y NIC - SP Ficha Técnica Autor : C.P.C. Juan Francisco Álvarez Illanes* Título : La NIC-SP 31 Activos Intangibles y el PCG - Comentarios - Parte I Fuente : Actualidad Gubernamental, Nº 34 - Agosto 2011 Sumario 1. 2. 3. 4. 5. 6. 7. 8. 9. 10. 11. 12. 13. 14. 15. 16. 17. 18. Introducción Concepto de activos intangibles Objetivo de la norma (p.1 NIC-SP 31) Alcance de la norma (p.2 NIC-SP 31) Esta norma se aplicará al contabilizar los activos intangibles, excepto en los siguientes casos (p.3 NIC-SP 31) La NIC-SP 31 no se aplica a las empresas del Estado (p.4 y 5 NIC-SP 31) Inaplicabilidad de la NIC-SP 31 (p.6 NIC-SP 31) Evaluación de la entidad para reconocer intangibles que forman parte de un activo físico ¿como intangible o parte del activo fijo - equipo (p.7 NIC-SP 31) Desembolsos realizados en fortalecimiento de capacidades y otros se reconocen como intangibles (p.8 NIC-SP 31) Intangibles provenientes de arrendamiento financiero se encuentran en el ámbito de la NIC-SP 31 (p.9 NIC-SP 31) Gastos realizados en exploración, desarrollo de industrias extractivas no son aplicables en la NIC-SP 31 (p.10 NIC-SP 31) Activos Intangibles de legados o intangibles históricos no es aplicable la NIC-SP 31 (p.11 y 12 NIC-SP 31) Activos provenientes de legados históricos pueden reconocerse como intangibles si además de cumplir con los requisitos de reconocimiento deben generar flujos de efectivo (p.13 y 14 NIC-SP 31) Revelación y presentación de legados reconocidos como intangibles (p.15 NIC-SP 31) Glosario de definiciones (p.16 NIC_SP 31) Activo intangible (p.17 NIC-SP 31) Los desembolsos que se realicen en activos que no cumplan ciertas condiciones no se reconocerán como intangibles (p.18 NIC-SP 31) Control sobre los beneficios económicos futuros de las inversiones realizadas en capacitación y fortalecimiento de capacidades para que sean reconocidos como intangibles (p.23 NIC-SP 31) * Asesor y consultor de Gobiernos Regionales y Locales Asesor de Sociedades de Auditoría Externa. Conferencista a Nivel Nacional 19. Control sobre los beneficios económicos futuros de las inversiones realizadas en cartera de clientes, fidelización y otros para que sean reconocidos como intangibles (p.24 NIC-SP 31) 20. Condiciones para el reconocimiento de un activo intangible (p.26 y 27 NIC-SP 31) 21. Reconocimiento (p.28 NIC-SP 31) 22. Medición o Valuación Inicial (p.31 NIC-SP 31) 23. Adquisición separada (p.32 NIC-SP 31) 1. Introducción En el entorno económico actual, los recursos y actividades intangibles (derechos de autor, marcas, imágenes, software, etc.) se han convertido en la principal fuente de generación de beneficios económicos futuros o potencial de servicios en el Sector Público veamos unos ejemplos: la imagen de Machu Picchu emblema a nivel mundial como maravilla del mundo, debe ser detentado por el Estado a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, ello genera derechos como un activo intangible que puedan ser pagados por su uso, por empresas privadas dedicadas al turismo mundial mediante filmaciones, grabaciones o uso de publicidad; otros ejemplos como el pisco, la cocina peruana, el pollo a la brasa, ni hablar del valor agregado que genera la medicina natural, aprovechada por los grandes laboratorio médicos, etc., son referentes de activos intangibles. Sin embargo, las dificultades que entraña en muchos casos la medición fiable del valor del intangible así como para determinar su amortización y otros criterios de reconocimiento, valuación o medición y las restricciones existentes para la delimitación clara de su control o propiedad por parte de las entidades del Estado, limitan la posibilidad de su reconocimiento y registro adecuado, como parte del patrimonio de la entidad, debido a la ausencia de criterios de reconocimiento o falta de decisión para su registro y congruencia con los principios de prudencia, esencia o el fondo sobre la forma, etc., que caracteriza el tratamiento Actualidad Gubernamental I Parte de los activos intangibles. Las reformas en contabilidad por medio de las normas Internacionales de Información Financiera, realizadas por el IASB y el IFAC en el Sector Público acontecidas en los últimos años, han favorecido una mayor flexibilidad en el reconocimiento y medición de activos de naturaleza intangible. El nuevo Plan Contable Gubernamental (PCG) se enmarca en la misma filosofía contable del IASB y el IFAC, donde la elaboración de la información financiera es primordial cuando se comenta sobre los criterios de reconocimiento, medición y de fiabilidad, relevancia de los intangibles; en este sentido, el presente artículo tiene como propósito comentar brevemente el tratamiento contable de los activos intangibles y específicamente la NIC-SP 31. 2. Concepto de activos intangibles E s un activo identificable, de carácter no monetario y sin a apariencia física, controlado económicamente por la entidad resultantes de sucesos pasados de los que se espera que ella obtenga rendimientos, en forma de potencial de servicios o beneficios económicos futuros y que surja de derechos contractuales, o de otros derechos legales con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables (p. del 16 al 24 NIC-SP 31) La definición del concepto de “activo intangible” considerada en la NIC-SP emitido por el IFAC, va más allá de una simple definición, al considerar en esta, de forma implícita, los requisitos generales de reconocimiento para los activos intangibles. Por otro lado, el nuevo PCG incluye a estos activos, sin ofrecer una definición específica de los “ intangibles”, si bien la NIC-SP 31 Activos Intangibles; considera los criterios de reconocimiento, registro y valoración del intangible, haciendo una referencia a la definición de activo incluido en marco conceptual así como a la característica de N° 34 - Agosto 2011 V 1 Informe Especial La NIC-SP 31 Activos Intangibles y el PCG Comentarios V
  • 2. V Informe Especial “identificabilidad”, como parte de los requisitos necesarios de reconocimiento que en definitiva permiten, discriminar entre activos monetarios y activos intangibles. Bajo el marco conceptual, los activos son aquellos “bienes, derechos y otros recursos controlados económicamente por la entidad resultantes de sucesos pasados, de los que se espera que la entidad obtenga beneficios o rendimientos económicos futuros y potencial de servicios, No obstante, para su reconocimiento, los activos de naturaleza intangible no solo deben cumplir con la definición anterior sino también otros requisitos que además, como ya se ha señalado, es necesario que sean “identificables” y controlados por la entidad, tratándose de un concepto nuevo, hasta ahora ausente en nuestro ordenamiento contable, cuyo cumplimiento para reconocer el activo intangible en cuestión implica: a) señalar su procedencia de derechos legales o contractuales adquiridos, b) demostrar su separabilidad, es decir, la posibilidad de que el activo pueda ser arrendado, cedido, transferido, vendido, intercambiado etc.; en definitiva, se pueda separar de la entidad. Definición de Activo Intangible Separable 1. Identificable Activo Intangible Debe cumplir con los 3 requisitos: Cuando es: 2. No monetario Surge de un contrato u otro derecho legal 3. Sin apariencia física Analicemos la definición antes expuesta a) Identificabilidad. La norma exige que el intangible sea perfectamente identificable con el fin de poder distinguirlo claramente de los otros activos esto es, ser susceptible de ser separado o escindido de la entidad o ser cedido, transferido individualmente; por tanto, un intangible es identificable cuando es individualizado, reconocido y valuado con fiabilidad (p.19 literales. a y b NIC-SP 31). b) Carácter no monetario. Es un activo que no está destinado por la entidad para su venta que por lo general está destinado a su uso operativo, permitiendo en contadas oportunidades generar flujos de ingresos monetarios, si no por el contrario, genera potencial de servicios y cuyo valor radica en los derechos conferidos como resultado de la titularidad y propiedad de los mismos. c) Sin apariencia física. Calificativo de todo aquel activo que no tiene una presencia corpórea o física o aquellos bienes que no poseen materialidad, por ejemplo una determinada marca comercial, un software, un conocimiento especializado, una fórmula, etc., pero sí aportan valor a la entidad y suponen un valor añadido a la misma. Además de los conceptos definidos líneas arriba, también es necesario reconocer el control de las políticas financieras y la obtención del rendimiento de beneficios económicos futuros o potencial de servicios. d) Control. Una entidad controlará un determinado intangible siempre que tenga el poder de decidir las políticas V 2 financieras y operativas, del activo así como controlar los rendimientos, beneficios económicos o potencial de servicios (p.21 NIC-SP 31). e) Obtención de rendimientos (beneficios económicos futuros o potencial de servicios). Los activos intangibles son medios que posee y controla una entidad y para alcanzar sus objetivos, dichos activos deben ser utilizados en los fines para los que fueron adquiridos (actividad operativa, función pública, fortalecimiento de capacidades, suministro de servicios públicos y otras actividades desarrolladas por la entidad). A esta utilidad o rendimiento de los intangibles se le denomina potencial de servicios, con una condición adicional, que no generan directamente flujos de entrada de recursos, de los contrario estaríamos hablando de generar beneficios económicos (p.25 NIC-SP 31). Luego de definir el concepto de activo intangible pasaremos a comentar la NICSP 31 emitida por el IFAC, cuya versión original se encuentra aún en idioma inglés. Activos intangibles Relacionados con el marketing Basados en el conocimiento Nombres comerciales Marcas comerciales Marcas de servicio Marcas colectivas Dominios de Internet Acuerdos de no competencia Derechos de diseño • Copyright sobre suscripciones, • Spots publicitarios visuales publicitarios y copy • Licencias de ilustradores y diseñadores gráficos • Patentes, marcas, derechos de llaves, entre otros. • Fuerza laboral y capital intelectual, incluyendo contratos con empleados claves • Know-how, incluyendo guías y manuales de procesos y operaciones • Investigación de producto y servicios novedosos, incluyendo datos de prueba de productos, bases de datos • Obras literarias, artísticas o científicas, incluidas películas • • • • • • Ejemplo Escenario uno. Calificación de un activo intangible - Compra de derechos de autor La entidad A compró los derechos de autor de un manual de procedimientos administrativos que sirva de modelo para las distintas entidades del Sector Público por S/.50,000; luego de los trámites correspondientes del registro del proyecto editorial ISBN. ¿Los derechos de autor adquiridos pueden reconocerse como activo intangible? Solución Para determinar si los derechos de autor califican como un activo intangible, se evaluarán los requisitos y características a la luz del párrafo 28 de la NIC-SP 31. Actualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011 Nuevos procesos y fortalecimiento de capacidades • Controles del proceso operativo • Plantillas construcciones y servicios de gestión • Desarrollo de procesos de Gobierno Electrónico. • Ventanilla electrónica Basados en contratos • Listas de clientes • Contratos y relaciones asociadas con clientes sobre software • Acuerdos de licencia • Contratos de publicidad, • Contratos de arrendamiento • Acuerdos de franquicia • Derechos de operaciones y emisiones • Contratos de servicios • Derechos de uso (de pesca, agua, aire) • Licencias como cuotas deproducción e importación • Permisos gubernamentales y autorizaciones • Derechos de programas informáticos, etc. 1. Identificable La inscripción en la ISBN de los derechos de autor a nombre de la entidad le otorga los derechos exclusivos sobre ella, los que pueden oponerse frente a terceros, pues es el titular legítimo del mismo. Con este derecho la entidad compradora (A) obtiene el control de los beneficios económicos futuros, ya que lo compró con la expectativa de generar potencial de servicios, aumentar sus ingresos futuros, ya sea transfiriendo el uso del intangible. 2. No monetario Los derechos de autor es una partida no monetaria porque no se conserva en moneda ni es un activo que se recibirá una cantidad fija o determinable de dinero. 3. Sin apariencia física Los derecho de autor no tiene apariencia física, puesto que es un derecho legal y es un intangible.
  • 3. Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP Del análisis efectuado en el cuadro anterior, podemos concluir que los derechos de autor adquiridos constituyen un activo intangible que debe reconocerse en los libros contables de la entidad y revelar en los estados financieros. Sin embargo, cabe precisar que si se tratara de una proceso en fase de investigación, generado por la propia entidad, no podrá registrarse como activo intangible (ver párrafo 52 NIC-SP 31). —————— X ——— ——— DEBE 1507 OTROS ACTIVOS 50,000 1507.03 Activos intangibles 1507.0399 Otros activos intangibles 2103 CUENTAS POR PAGAR 2103.99 Otras ctas. por pagar Para registrar la adquisición de derechos de autor, según orden de servicio nº….. HABER e) f) g) h) i) 50,000 Luego del registro inicial, queda pendiente analizar y determinar si es un activo finito o infinito, a efectos de establecer la amortización anual. De acuerdo al p. 87 y 88 de la NIC-SP 31, este detalle lo analizaremos más adelante. 3. Objetivo de la norma (p.1 NICSP 31) El objetivo de esta norma es prescribir el tratamiento contable de los activos intangibles que no estén contemplados específicamente en otra norma. Esta Norma requiere que las entidades reconozcan un activo intangible si, y solo si, se cumplen ciertos criterios. La norma también especifica cómo determinar el importe en libros de los activos intangibles, y exige revelar información específica sobre estos activos. 4. Alcance de la norma (p.2 NICSP 31) Una entidad que prepare y presenta estados financieros bajo el principio de acumulación o devengado aplicará este estándar contablemente como activo intangible. 5. Esta norma se aplicará al contabilizar los activos intangibles, excepto en los siguientes casos: (p.3 NIC-SP 31) a) Activos intangibles que estén tratados en otras normas; b) Activos financieros, definidos en la NIC-SP 28 Instrumentos Financieros: Presentación; c) Reconocimiento y medición de activos para exploración y evaluación (véase la NIIF 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales); d) Desembolsos relacionados con el desarrollo y extracción de minerales, petróleo, j) k) gas natural y recursos no renovables similares; Activo intangible adquirido en una combinación de negocios (vea el pertinente estándar internacional de contabilidad NIIF 3 que se ocupa de la combinaciones de negocios) o la NIC-SP 32 Combinación entre entidades a partir de transacciones de intercambio; Las donaciones de intangibles adquiridos en una combinación de negocios (véase la NIIF 3; Los derechos y poderes que confirió el Estado o promovido por norma legal, legislación, o norma equivalente; Los activos generados por impuestos diferidos. Los costos de adquisición diferidos, y activos intangibles, surgidos de los derechos contractuales de una entidad aseguradora en los contratos de seguro que están dentro del alcance de la NIIF 4 Contratos de Seguro. La NIIF 4 establece requerimientos de revelación de información específicos para los citados costos de adquisición diferidos, pero no para los activos intangibles. Por ello, los requerimientos de revelación de información de esta norma se aplican a dichos activos intangibles. El activo intangible no vencido clasificado como disponible para la venta o incluido en un grupo de eliminación, baja o desapropiación que esté clasificado como disponible para la venta. Activos intangibles de legados históricos. Sin embargo, los párrafos 13 y 14, se aplican a activos provenientes de legados históricos y pueden reconocerse como intangibles si además de cumplir con los requisitos de reconocimiento deben generar flujos de efectivo. 6. La NIC-SP 31 no se aplica a las empresas del Estado (p.4 y 5 NIC-SP 31) Este estándar se aplica a todas las entidades de Sector Público, excepto a la empresas del Estado (bajo el ámbito del Fonafe) o entidades de tratamiento empresarial (ETES), que aplicarán la NIC-38 del Sector Privado. El Prólogo para la aplicación de las NIC-SP señaladas por el IPSASB explica que las empresas del Estado aplicaran las NIIF integrales emitidas por el IASB. Cuyos principios de los estados financieros están definidos en la NIC-SP 1. 7. Inaplicabilidad de la NIC-SP 31 (p.6 NIC-SP 31) En el caso de que otra norma se ocupe de la contabilización de una clase específica de activo intangible, la entidad aplicará esa norma en lugar de la presente. Por ejemplo, esta norma no es aplicable a: a) Activos intangibles mantenidos por la entidad para su venta en el curso ordinario de sus actividades (véase la NIC-SP 12 Inventarios, y la NIC-SP 11 Contratos de Construcción). Actualidad Gubernamental V b) Los activos intangibles con contratos de arrendamientos que están dentro del alcance de la NIC-SP 13 Arrendamientos. c) Activos que surjan por beneficios a los empleados (véase la NIC 19 Beneficios a los empleados). d) Los activos intangibles definidos como instrumentos financieros definidos en la NIC-SP 28 “Instrumentos financierosPresentación” y la NIC-SP 6 Estados Financieros Consolidados y Separados. 8. Evaluación de la entidad para reconocer intangibles que forman parte de un activo físico como intangible o parte del activo fijo - equipo (p.7 NICSP 31) Algunos activos intangibles pueden estar contenidos en, o contener, un soporte de naturaleza o apariencia física, como es el caso de un disco compacto (en el caso de programas informáticos), de documentación legal (en el caso de una licencia o patente) o de una película. Al determinar si un activo, que incluye elementos tangibles e intangibles, se tratará según la NIC-SP 17 Propiedades, Planta y Equipo, o como un activo intangible según la presente norma, la entidad realizará el oportuno juicio para evaluar cuál de los dos elementos tiene un peso más significativo. Por ejemplo, los programas informáticos para un ordenador que no pueda funcionar sin un programa específico, son una parte integrante del equipo y serán tratados como elementos de las propiedades, planta y equipo. Lo mismo se aplica al sistema operativo de un ordenador. Cuando los programas informáticos no constituyan parte integrante del equipo, serán tratados como activos intangibles. 9. Desembolsos realizados en fortalecimiento de capacidades y otros se reconocen como intangibles (p.8 NIC-SP 31) Esta norma es de aplicación, entre otros elementos, a los desembolsos por gastos de fortalecimiento de capacidades, formación del personal, comienzo de la actividad o de la entidad y a los correspondientes a las actividades de investigación y desarrollo. Las actividades de investigación y desarrollo están orientadas al desarrollo de nuevos conocimientos. Por tanto, aunque de este tipo de actividades pueda derivarse en un activo con apariencia física (por ejemplo, un prototipo), la sustancia material del elemento es de importancia secundaria con respecto a su componente intangible, que viene constituido por el conocimiento incorporado al activo en cuestión. Veamos otro ejemplo Escenario dos. Calificación de un activo intangible - adquisición de una franquicia N° 34 - Agosto 2011 V 3
  • 4. V Informe Especial En el mes de junio de 2011, la entidad B firmó un contrato de franquicia con una entidad dedicada al asesoramiento especializado en programas computarizados de Gestión por Resultados, Gobierno Electrónico, Ventanilla Electrónica, etc., muy reconocido en el país, por un período de cinco años, acordándose el pago único de S/.55,000, que incluye servicios de capacitación al personal, entrega de manuales de instrucción, etc. El importe fue pagado al contado. ¿La franquicia adquirida puede reconocerse como activo intangible? Solución Pasamos a analizar si la franquicia adquirida por Inversiones S.A. cumple con los requisitos para calificar como un activo intangible establecidos en el párrafo 28.2 de la NIC-SP 31. 1. Identificable Mediante el contrato de franquicia el titular de una marca o nombre comercial llamado franquiciante, otorga licencia a una entidad distinta e independiente llamado franquiciado, permitiendo que produzca exactamente su sistema de explotación de procesos, que puede ser la venta o transferencia de procesos o prestación de servicios de reconocido prestigio y eficiencia, poniendo a su disposición a cambio de una retribución económica su marca, su know-how y sus métodos de gestión por resultados y otros beneficios para la mejora de la gestión pública. El derecho exclusivo para desarrollar procesos, bajo franquicia determinada, por tanto, es un activo intangible identificable, porque la entidad ejerce control a través del derecho contractual y porque espera generar beneficios económicos futuros y potencial de servicios, mediante la explotación del establecimiento. 2. No monetario Es de carácter no monetario (es decir, no se conserva en moneda ni es un activo que se recibirá en una cantidad fija o determinable de dinero) 3. Sin apariencia física No tiene apariencia física (puesto que es un derecho), que otorga - La cesión de la marca al franquiciado. - La transmisión del know-how (saber hacer). - La prestación de asistencia continuada al franquiciado durante toda la vigencia del contrato. Del análisis efectuado en el cuadro anterior, podemos concluir que la franquicia adquirida por la entidad B es un activo intangible que debe reconocerse en los libros contables de la entidad compradora. V 4 —————— X ——— ——— DEBE 1504 INVERSIONES INTANGIBLES 55,000 1504.02 Sistemas de información tecnológicos 1504.03 Mejoramiento de procesos 1504.04 Diseño de instrumentos para mejorar la calidad del servicio 1504.05 Formación y capacitación 1504.07 Otras inversiones intangibles 2103 CUENTAS POR PAGAR 2103.99 Otras ctas. por pagar Para registrar la adquisición de franquicia, según orden de servicio nº… HABER ¿Se puede reconocer la lista de clientes como un activo intangible? Solución 55,000 Escenario tres. Calificación de un activo intangible - capacitación de personal Una entidad capacita a un grupo de trabajadores quienes desarrollan sus habilidades que darán lugar a beneficios económicos futuros o potencial de servicios, derivados de la formación que ha proporcionado a sus empleados. La entidad considera que ningún servidor público capacitado, abandonará su empleo y, como resultado, espera que sus habilidades permanezcan disponibles para la entidad en el futuro inmediato. ¿Los pagos por fortalecimiento de capacidades o para capacitar al personal pueden reconocerse como activo intangible? Solución Los gastos de formación de los empleados, probablemente generarán beneficios futuros o potencial de servicios para las entidades que incurren en ellos, pero faltan algunas características fundamentales para su reconocimiento como activo intangible, por ejemplo, es poco probable que una entidad ejerza control suficiente sobre los beneficios económicos futuros esperados o potencial de servicios, que surjan de su equipo de personal capacitado y de la formación proporcionada. Es muy raro que la entidad pueda controlar la permanencia del trabajador en la entidad (personal con contratos CAS) a menos que hayan derechos legales que protejan el derecho de la entidad a utilizar esa habilidad por un tiempo determinado y que la habilidad técnica también cumpla con los demás requisitos para que pueda considerarse que cumple con la definición de activo intangible de la entidad. Por tanto, consideramos que la capacitación al personal-CAS no puede reconocerse como activo intangible, debiendo contabilizarse como gasto cuando se incurren en ellos. Escenario cuatro. Lista de clientes o usuarios generado por la propia entidad Una entidad dedicada al servicio del contribuyente ha desarrollado una lista Actualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011 significativa de clientes (base de datos) se considera que la lista es muy valiosa para la entidad por contener datos claves que cualquier empresa privada que desea captar clientes quisiera tenerlos y la gerencia estima que podría obtener beneficios por el uso de la información contenida en la lista de clientes. Con fecha 1 de julio de 2011 se contrató el servicio de personal para el mantenimiento de la lista de clientes. No es posible que la entidad reconozca como activo intangible la lista de clientes generada internamente, ya que el párrafo 18 prohíbe específicamente que una entidad reconozca los activos intangibles generados internamente. En ausencia de derechos legales que protejan la relación de la entidad con sus clientes o que controlen la lealtad de los clientes hacia la entidad, la entidad tendrá, por lo general, un grado de control insuficiente sobre los beneficios económicos que se podrían derivar de esta relación y esta lealtad, como para poder considerar que tales partidas cumplen la definición de activo intangible. Además, los costos incurridos para la creación de la lista no se pueden distinguir del costo de desarrollo del negocio en su conjunto. En la misma línea, el pago por el servicio de personal para mantenimiento de la lista de clientes debe reconocerse como gasto del período. Además el p.18 de la NIC-SP 31 señala que no todos los activos que se consideren como intangibles cumplen la definición de activo intangible, esto es, identificabilidad, control sobre el recurso en cuestión y existencia de beneficios económicos futuros o generación de potencial de servicios. Si un elemento incluido en el alcance de esta norma no cumpliese la definición de activo intangible, el importe derivado de su adquisición o de su generación interna, por parte de la entidad, se reconocerá como un gasto del período en el que se haya incurrido. 10. Intangibles provenientes de arrendamiento financiero se encuentran en el ámbito de la NIC-SP 31 (p.9 NIC-SP 31) En el caso de un arrendamiento financiero, el activo subyacente puede ser tangible o intangible. Después del reconocimiento inicial, el arrendatario contabilizará un activo intangible, mantenido bajo la forma de un arrendamiento financiero, conforme a lo establecido en esta norma. Los derechos de concesión o licencia, para productos tales como películas, grabaciones en video, obras de teatro, manuscritos, patentes y derechos reprográficos, están excluidos del alcance de la NIC-SP 13 Arrendamientos, pero están dentro del alcance de la presente norma. 11. Gastos realizados en exploración, desarrollo de industrias extractivas no son aplicables
  • 5. Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP en la NIC-SP 31(p.10 NIC-SP 31) Las exclusiones del alcance de una norma pueden producirse en ciertas actividades u operaciones en las que, por ser de una naturaleza muy especializada, surjan aspectos contables que necesitan un tratamiento diferente. Este es el caso de la contabilización de los desembolsos por exploración, desarrollo o extracción de petróleo, gas y otros depósitos minerales, en las industrias extractivas, así como en el caso de los contratos de seguro. Por tanto, esta norma no es de aplicación a los desembolsos realizados en estas operaciones y contratos. No obstante, esta norma será de aplicación a otros activos intangibles utilizados (como los programas informáticos) y otros desembolsos realizados (como los que correspondan al inicio de la actividad), en las industrias extractivas o en las entidades aseguradoras. 12. Activos intangibles de legados o intangibles históricos no es aplicable la NIC-SP 31 (p.11 y 12 NIC-SP 31) Este estándar no requiere que una entidad reconozca activos intangibles de legados históricos que de otra manera encontrarían la definición de intangibles, y los criterios de reconocimiento para un intangible. Si una entidad reconoce activos intangibles de legados, debe aplicar los requisitos de reconocimiento y medición de esta norma, puede reconocerlos, pero no es indispensable aplicar los requisitos de medida de este estándar, por lo tanto no es aplicable ésta norma. Algún activo está descrito como activos intangibles de legados históricos, por su significado cultural, medioambiental, o histórico. Los ejemplos de activos intangibles de legados incluyen grabaciones de hechos o acontecimientos históricos significativos y derechos para usar imágenes de personas públicas o significativas, por ejemplo, en los sellos de correos o las monedas de circulación nacional. Ciertas características reúnen estos intangibles, incluyendo los siguientes, son a menudo exhibidas por activos intangibles (aunque estas características no son exclusivas para tales activos) de legados: a) Su valor en términos culturales, medioambientales, e históricos tiene poca probabilidad de estar completamente reflejado en un valor financiero basado puramente en un precio de mercado; b) Normas legales y/u obligaciones estatutarias pueden imponer prohibiciones o restricciones severas en la disponibilidad para ser vendidos; c) Su valor puede aumentar con el paso del tiempo; y d) Puede ser difícil de estimar sus vidas útiles, lo cual en algunos casos podría ser cientos de años. 13. Activos provenientes de legados históricos pueden reconocerse como intangibles si además de cumplir con los requisitos de reconocimiento deben generar flujos de efectivo (p.13 y 14 NIC-SP 31) Las entidades de Sector Público pueden tener grandes activos intangibles de legados, que han sido adquiridos por muchos años y por maneras diversas, incluyendo transferencias, donaciones, legados, y/o requisados. Estos activos están raramente sujetos a generar flujos de entrada de efectivo, o que puede haber obstáculos legales para destinarlos para tales propósitos. Algunos activos intangibles de legados históricos prestan servicios o generan beneficios económicos futuros o generan potencial de servicios, por ejemplo pueden generar beneficios económicos futuros cuando se cobra por el uso de una grabación histórica. En estos casos, un activo intangible de legados puede ser reconocido y medido en la misma base como otros activos intangibles que generen flujos de efectivo. Para otros intangibles provenientes de legados, su potencial de servicios o beneficios económicos futuros, son limitados a sus características del legado, por tanto, la existencia de beneficios económicos futuros o potencial de servicios puede incidir en la elección de la base de valoración y ser reconocidos como activos intangibles. 14. Revelación y presentación de legados reconocidos como intangibles (p.15 NIC-SP 31) Los requisitos revelación y presentación señalados en los párrafos 117-124 requieren que las entidades informen y revelen, acerca de activo intangible reconocido. Por consiguiente, las entidades que reconocen activos intangibles de legados están obligadas a revelar tales aspectos sobre: a) La base de medición utilizada; b) El método de amortización usado; c) La cantidad desembolsada por su adquisición o su producción; d) La amortización acumulada al final del período; e) Una conciliación de la cantidad desembolsada al comienzo y al final del período mostrando ciertos componentes por su incremento. Actualidad Gubernamental V 15. Glosario de definiciones (p.16 NIC-SP 31) Los términos siguientes se usan, en esta norma, con los significados que a continuación se especifica: Amortización Es la distribución sistemática del importe amortizable de un activo intangible durante los años de su vida útil. Activo es un recurso a) controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados; y b) del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos. Activo intangible Es un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física. Activos que generan efectivo Son activos que generan, valores monetarios, tanto el dinero en efectivo como equivalente de efectivo, por los que se van a recibir unas cantidades fijas o determinables de dinero. Activo calificado o activo apto Es el activo que necesariamente requiere un período de tiempo largo o sustancial antes de estar listo para el uso u otra actividad para laque esté destinado. Ejemplos de activos aptos que cumplen las condiciones para ser calificados como tal, son: La construcción de edificios, activos de infraestructura tales como las carreteras, puentes e instalaciones para la generación de energía , existencias, activos intangibles y otros activos que necesitan un largo período de tiempo para ser puestos en condiciones de ser usados y que se encuentren financiados con préstamos. Costo Es el importe de efectivo equivalentes al efectivo pagados, o el valor razonable de la contraprestación entregada para adquirir un activo, en el momento de su adquisición o construcción, o, cuando sea aplicable, el importe atribuido a ese activo cuando sea inicialmente reconocido de acuerdo con los requerimientos específicos de otras NIIF, como por ejemplo la NIIF 2 Pagos Basados en Acciones. Costos por préstamos Son los intereses y otros gastos en que incurre una entidad en relación con operaciones de endeudamiento, Los costos por préstamos pueden incluir: a) Los intereses por sobregiros bancarios y de préstamos a corto y largo plazo; b) La amortización de otros gastos relacionados con préstamos; c) La amortización de los costos de formalización de los contratos de préstamo; d) Los gastos por intereses relativas a los arrendamientos financieros; y e) Las diferencias de cambio procedentes de por préstamos en moneda extranjera, en la medida en que sean consideradas como ajustes de costos por intereses. Gastos de desarrollo Son los desembolsos realizados por la entidad en la aplicación de los resultados de la investigación o de cualquier otro tipo de conocimiento científico, a un plan o diseño en particular para la producción de intangibles (materiales, productos, métodos, procesos o sistemas nuevos, o sustancialmente mejorados), antes del comienzo de su producción o utilización operativa. Gastos de investigación Son los desembolsos aplicados a todo aquel N° 34 - Agosto 2011 V 5
  • 6. V Informe Especial estudio original y planificado, emprendido con la finalidad de obtener nuevos conocimientos científicos o tecnológicos. Importe en libros Es el importe por el que un activo se reconoce en el estado de situación financiera, después de deducir la amortización acumulada y las pérdidas por deterioro acumuladas, que se refieran al mismo. Importe amortizable Es el costo de un activo, u otro importe que lo haya sustituido, menos su valor residual. Mercado activo Es un mercado en el que se dan todas las siguientes condiciones: a) los bienes o servicios intercambiados en el mercado son homogéneos; b) normalmente se pueden encontrar en todo momento compradores y vendedores; y c) los precios están disponibles al público. Valor específico para una entidad Es el valor presente de los flujos de efectivo que la entidad espera obtener del uso continuado de un activo y de su disposición al término de su vida útil, o bien de los desembolsos que espera realizar para cancelar un pasivo. Valor razonable de un activo Es el importe por el cual podría ser intercambiado un activo entre partes interesadas y debidamente informadas, en una transacción realizada en condiciones de independencia mutua. Pérdida por deterioro Es el exceso del importe en libros de un activo sobre su importe recuperable. Valor residual El valor residual de un activo intangible es el importe estimado que la entidad podría obtener de un activo por su disposición, después de haber deducido los costos estimados para su disposición, si el activo tuviera ya la edad y condición esperadas al término de su vida útil. Vida útil es: a) El período durante el cual se espera utilizar el activo por parte de la entidad; o b) El número de unidades de producción o similares que se espera obtener del mismo por parte de una entidad. Vida útil finita del intangible Que tiene fin o límite en el espacio o en el tiempo, por tanto, un intangible está sujeto a amortización: un ejemplo: los softwares tienen una vida finita de dos a tres años si antes no aparece una nueva versión del mismo. Vida útil infinita Que no tiene fin o límite en el espacio o en el tiempo, por tanto, un intangible de vida infinita no está sujeto a amortización, pero sí a deterioro de valor: las marcas de fábrica. 16. Activo intangible (p.17 NICSP 31) Es un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física controlado por la entidad como resultado de sucesos pasados; y del que la entidad espera obtener, en el futuro, beneficios económicos o potenciales de servicios y que surja de derechos contractuales, o de otros derechos legales con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables. V 6 Con frecuencia, las entidades emplean recursos, o incurren en pasivos, para la adquisición, desarrollo, mantenimiento o mejora de recursos intangibles tales como el conocimiento científico o tecnológico, el diseño e implementación de nuevos procesos o nuevos sistemas, las licencias o concesiones, la propiedad intelectual, los conocimientos técnicos (incluyendo denominaciones intelectuales y derechos editoriales) son considerados como intangibles. Otros ejemplos comunes de partidas que están comprendidas en esta amplia denominación son los programas informáticos, las patentes, los derechos de autor, las películas, las listas de usuarios de un servicio público, las licencias de pesca, las cuotas de importación, las franquicias, las relaciones comerciales con clientes o proveedores, la lealtad de los clientes o usuarios de los servicios públicos. 17. Los desembolsos que se realicen en activos que no cumplan ciertas condiciones no se reconocerán como intangibles (p.18 NIC-SP 31) No todos los activos que se consideren como intangibles cumplen la definición de activo intangible, esto es, identificabilidad, control sobre el recurso en cuestión y existencia de beneficios económicos futuros o generación de potencial de servicios. Si un elemento incluido en el alcance de esta Norma no cumpliese la definición de activo intangible, el importe derivado de su adquisición o de su generación interna, por parte de la entidad, se reconocerá como un gasto del período en el que se haya incurrido. a) Un activo es identificable si: (p.19 y 20 NIC-SP 31) a) es separable, es decir, es susceptible de ser separado o escindido de la entidad y vendido, transferido, dado en explotación, arrendado o intercambiado, ya sea individualmente o junto con un contrato, activo identificable o pasivo con los que guarde relación, independientemente de que la entidad tenga la intención de llevar a cabo la separación; o b) surge de derechos contractuales o de otros derechos legales, con independencia de que esos derechos sean transferibles o separables de la entidad o de otros derechos u obligaciones. p.20 Para los propósitos de esta norma, un reconocimiento obligatorio de un intangible, describe un reconocimiento, que les confiere las obligaciones y derechos similares como si fuera en forma de un contrato. b) Un Activo intangible es controlado (p.21 NIC-SP 31) p.21 Una entidad controlará un determinado activo, cuando pueda decidir sobre la política financiera del activo, siempre que tenga el poder de obtener Actualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011 los beneficios económicos futuros o el potencial de servicios que procedan de los recursos que subyacen en el mismo, y además pueda restringir el acceso de terceras personas a tales beneficios. La capacidad que la entidad tiene para controlar los beneficios económicos futuros de un activo intangible tiene su justificación, normalmente, en derechos de tipo legal que son exigibles ante los tribunales. En ausencia de tales derechos de tipo legal, será más difícil demostrar que existe control. No obstante, la exigibilidad legal de un derecho sobre el elemento no es una condición necesaria para la existencia de control, puesto que la entidad puede ejercer el control sobre los citados beneficios económicos de alguna otra manera. c) Los beneficios económicos futuros o potenciales de servicios (p.25 NIC-SP 31) Los recursos que posee una entidad constituyen medios para alcanzar los objetivos previstos por la organización, por tanto los activos que se utilizan para generar bienes y servicios de acuerdo con los objetivos de una entidad sin generar directamente flujos netos de entradas de efectivo se conocen a menudo como incorporadores de “potencial de servicios” (que prestan servicios en lugar de generar beneficios económicos); en cambio los activos que generan entradas de flujos de efectivo, se les conocen como generadores de beneficios económicos futuros. Por tanto, entre los beneficios económicos futuros o potencial de servicios, procedentes de un activo intangible se incluyen los ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de productos o servicios (beneficios económicos), o los ahorros de costos y otros rendimientos diferentes que se deriven del uso del activo por parte de la entidad se conocen como generadores de potencial de servicios. Por ejemplo, el uso de la propiedad intelectual, dentro del proceso de producción puede reducir los costos de producción futuros, en lugar de aumentar los ingresos de actividades ordinarias futuras. (Otro ejemplo, un sistema en línea que permite a los ciudadanos renovar permisos de conducir más rápidamente en línea, resultantes en una reducción en personal de la oficina requerido para realizar esta función al aumentar la velocidad de procesamiento. d) Control de los beneficios económicos futuros o potenciales de servicios (p.22 NIC-SP 31) p.22 Los conocimientos técnicos y científicos pueden dar lugar a beneficios económicos futuros o potencial de servicios. La entidad controlará esos beneficios si, por ejemplo, tiene protegidos tales conocimientos por derechos legales como la propiedad intelectual o el derecho de copia, la restricción de los acuerdos interinstitucionales (si estuvieran permitidos), o bien por una obligación legal de los empleados de mantener la confidencialidad. 18. Control sobre los beneficios económicos futuros de las in-
  • 7. Área Sistema Nacional de Contabilidad y NICs - SP versiones realizadas en capacitación y fortalecimiento de capacidades para que sean reconocidos como intangibles (p.23 NIC-SP 31) Una entidad puede poseer un equipo de personas capacitadas, de manera que pueda identificar posibilidades de mejorar su nivel de competencia mediante la mejora de su formación especializada, lo que producirá beneficios económicos en el futuro o potencial de servicios. La entidad puede también esperar que su personal continúe prestando sus servicios dentro de la entidad. No obstante, y con carácter general, la entidad tendrá un control insuficiente sobre los beneficios futuros esperados o potencial de servicios, que pueda producir un equipo de empleados con mayor especialización, como para poder considerar que los importes dedicados a la formación cumplen la definición de activo intangible. Por razones similares, es improbable que las habilidades técnicas o de gerencia, de carácter específico, cumplan con la definición de activo intangible, a menos que estén protegidas por derechos legales para ser utilizadas y alcanzar los beneficios económicos que se espera de ellas, y además cumplan el resto de condiciones de la definición de activo intangible. 19. Control sobre los beneficios económicos futuros de las inversiones realizadas en cartera de clientes, fidelización y otros para que sean reconocidos como intangibles (p.24 NIC-SP 31) La entidad puede tener una cartera de clientes o usuarios de los servicios públicos o una determinada lista de buenos contribuyentes, y esperar que debido a los esfuerzos empleados en desarrollar las excelentes relaciones con los usuarios y su lealtad, estos vayan a continuar demandando los bienes y servicios que se les vienen ofreciendo. Sin embargo, en ausencia de derechos legales u otras formas de control que protejan esta expectativa de relaciones o de lealtad continuada por parte de los usuarios, la entidad tendrá, por lo general, un grado de control insuficiente sobre los beneficios económicos o potencial de servicios que se podrían derivar de las mismas, como para poder considerar que tales partidas (cartera de usuarios, cuotas de contribuyentes, relaciones con la clientela, lealtad de los usuarios) cumplen la definición de activo intangible. Cuando no se tengan derechos legales para proteger las relaciones con los usuarios, las transacciones de intercambio por las mismas o similares relaciones no contractuales con la clientela, demuestran que la entidad es, no obstante, capaz de controlar los futuros beneficios económicos o potencial de servicios esperados de la relación con los usuarios. Como esas transacciones de intercambio también demuestran que las relaciones con los usuarios son separables, dichas relaciones con la clientela se ajustan a la definición de un activo intangible. 20. Condiciones para el reconocimiento de un activo intangible (p.26 y 27 NIC-SP 31) El reconocimiento de una partida como activo intangible exige, para la entidad, demostrar que el elemento en cuestión cumpla: a) la definición de activo intangible (véase los párrafos 16 y 17); y b) los criterios para su reconocimiento (véanse los párrafos 28 a 30). Este requerimiento se aplicará a los costos soportados inicialmente, para adquirir o generar internamente un activo intangible, o el valor razonable de un activo intangible adquirido a través de una transacción de intercambio y para aquellos en los que se haya incurrido posteriormente para añadir, sustituir partes del mismo o realizar su mantenimiento. La naturaleza de los activos intangibles es tal que, en muchos casos, no existe V posibilidad de realizar adiciones al activo en cuestión o sustituciones de partes del mismo. Consiguientemente, la mayoría de los desembolsos posteriores se hacen, probablemente, para mantener los futuros beneficios económicos o potencial de servicios esperados incorporados a un activo intangible existente, pero no satisfacen la definición de activo intangible ni los criterios de reconocimiento contenidos en esta norma. Además, a menudo es más difícil atribuir un desembolso posterior directamente a un activo intangible determinado que a la entidad como un todo. Por tanto, solo en raras ocasiones, los desembolsos posteriores –desembolsos efectuados tras el reconocimiento inicial de un activo intangible adquirido o después de completar un activo intangible generado internamente– se reconocerán en el importe en libros del activo. De acuerdo con el párrafo 61, los desembolsos posteriores sobre marcas, cabeceras de periódicos o revistas, denominaciones editoriales, listas de usuarios de servicios u otras partidas similares (hayan sido adquiridas externamente o generadas internamente) se reconocerán siempre en el resultado del período en el que se incurran. Esto es así porque tales desembolsos no pueden distinguirse de los desembolsos para desarrollar las operaciones de la entidad considerado en su conjunto. Reconocimiento de Activos Intangibles (PGC 2007) Definición de activo Marco conceptual - Control de recurso por la empresa - Se esperan obtener beneficios económicos futuros Criterios de reconocimiento de activos Marco conceptual - Probable obtención de beneficios económicos futuros - Medición fiable de su valor 21. Reconocimiento (p.28 NICSP 31) Un activo intangible se reconocerá si, y solo si: a) es probable que los beneficios económicos futuros que se han atribuido al mismo fluyan a la entidad; y b) el costo del activo puede ser medido de forma fiable. La entidad evaluará la probabilidad de obtener beneficios económicos futuros o, potencial de servicios utilizando su- Actualidad Gubernamental Identificabilidad - Separable o procedente de derechos legales o contractuales posiciones razonables y fundadas, que representen las mejores estimaciones de la gerencia respecto al conjunto de condiciones económicas que existirán durante la vida útil del activo. Una entidad utilizará su juicio para evaluar el grado de certidumbre asociado al flujo de beneficios económicos futuros o potencial de servicios que sea atribuible a la utilización del activo, sobre la base de la evidencia disponible en el momento del reconocimiento inicial, otorgando un peso mayor a la evidencia procedente de fuentes externas. 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  • 8. V Informe Especial Los desembolsos en capacitación al personal no pueden considerarse como parte del costo del activo intangible, pues no se puede obtener el control sobre la permanencia del trabajador en la empresa, por tanto se registran como gasto. Reconocimiento de un Activo Intangible Un activo intangible se contabiliza como activo en los libros contables si: Es probable que los beneficios económicos futuros esperados que se han atribuido al activo fluyan a la entidad. Asientos contables El costo o el valor del activo puede ser medido con fiabilidad —————— X ——— ——— El activo no es generado internamente 22. Medición o valuación inicial (p.31 NIC-SP 31) Un activo intangible será medido inicialmente a precio de costo de conformidad con los párrafos 32 al 43, cuando un activo intangible sea adquirido a través de una transacción de intercambio, transferencia, donación u otros que no tengan valor, su medición inicial en la fecha de adquisición, será medida por su valor razonable. El costo de un activo intangible adquirido de forma separada comprende: a) el precio de adquisición, incluidos los aranceles de importación y los impuestos no recuperables que recaigan sobre la adquisición, después de deducir los descuentos comerciales y las rebajas; y b) cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto. Son ejemplos de costos atribuibles directamente: a) los costos de las remuneraciones a los empleados (según se definen en la NIC-SP 25 Beneficios a empleados), derivados directamente de poner el activo en sus condiciones de uso; b) honorarios profesionales surgidos directamente de poner el activo en sus condiciones de uso; y c) los costos de comprobación de que el activo funciona adecuadamente. Escenario cinco. Medición inicial de activos intangibles adquiridos por separado - Compra de software En el mes de julio del 2011 la entidad adquiere un software contable de costos ABC de última generación que será utilizado por la Gerencia de Administración, para generar información de costos, de proyectos y actividades y otras intervenciones del Estado, para promover la medición de resultados. Se pagó al contado el importe de S/.17,700 incluido el IGV. Adicionalmente se contrató a un ingeniero de sistemas para instalar el programa, quien emitió recibo por honorarios por S/.550. V 8 Se capacitó al personal del área contable para operar el nuevo programa, el instructor emitió recibo por honorarios por S/.400. Solución DEBE 1507 OTROS ACTIVOS 18,250 1507.03 Activos intang. 1507.0302 software R.D. 011-2011-EF/93.01 2103 CUENTAS POR PAGAR 2103.99 Otras ctas. por Pagar Para registrar la adquisición de Software, según orden de servicio nº… HABER 18,250 —————— X ——— ——— Los párrafos 31, 34 y 35 de la NIC-SP-31 establecen que el costo de un activo intangible adquirido de forma separada, tal como el presente caso, donde el software contable es comprado de terceros (No generado internamente) comprende: el precio de adquisición, incluyendo los aranceles de importación y los impuestos no recuperables más cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto. Por tanto, incluirá el costo del software contable adquirido: Costo del proveedor del software Instalación del software 17,700 550 Costo inicial del activo intangible S/.18,250 Gastos de capacitación de personal 400 5302 CONT. DE SERVICIOS 400 5302.07 Servicios profes. y técnicos 5302.0703 Servicio de capacitación y perfecc. 5302.070301 Realizado por personas jurídicas 53.070302 Realizado por personas naturales 2103 CUENTAS POR PAGAR 2103.01 Bienes y servicios por pagar 2103.0101 Bienes y servicios por pagar-EF/93.01 2103.010102 Servicios R.D. 01 Para registrar los gastos de capacitación 400 Medición Inicial del Activo Intangible NIC-SP 31 Situación Medición inicial Adquirido en forma separada El costo comprende el precio de adquisición, incluyendo los aranceles de importación y los impuestos no recuperables, más cualquier costo directamente atribuible a la preparación del activo para su uso previsto. Los descuentos comerciales y las rebajas se deducen del costo. Párrafo 31, 34 y 35 Adquirido como parte de una transferencia Los intangibles adquiridos mediante transferencia se valoran al valor razonable en la fecha de adquisición. Párrafo 42 y 43 Adquirido intangible desarrollado internamente mediante una subvención del Gobierno El costo es el valor razonable del activo intangible en la fecha en la que se recibe o es exigible la subvención. Los activos producidos internamente (desarrollo) se medirán por el costo de la suma de desembolsos incurridos. Párrafo 63 El costo es el valor razonable del activo intangible, salvo que la transacción de intercambio no tenga carácter comercial, o no puedan medirse con fiabilidad el valor razonable. En tales casos, el costo del activo intangible se medirá por el valor en libros del activo entregado. Párrafo 42, 43 y 44 Adquirido mediante permuta 23. Adquisición separada (p.32 NIC-SP 31) Normalmente, el precio que una entidad paga para adquirir separadamente un activo intangible es el costo, y reflejará las expectativas acerca de la probabilidad de que los beneficios económicos futuros o potencial de servicios incorporados al activo fluyan a la entidad. En otras palabras, la entidad esperará que haya una entrada de beneficios económicos, incluso si existe Actualidad Gubernamental N° 34 - Agosto 2011 incertidumbre sobre la fecha o el importe de estos. Por tanto, el criterio de reconocimiento de la probabilidad de generar beneficios económicos futuros o potencial de servicios, se considerará siempre satisfecho en el caso de activos intangibles adquiridos de forma separada. Además, el costo de un activo intangible adquirido de forma independiente puede, habitualmente, ser medido con fiabilidad. Continuará en la siguiente edición...