1. Universidad Fermín Toro
Vice- Rectorado Académico
Facultad De Ciencias Jurídicas Y Políticas
Escuela De Derecho
Solimar Pilla
C.I. 12.964.633
Febrero de 2016
2. Introducción
Es necesario dar inicio con el conocimiento de lo que se estudia y de
donde proviene toda esa evolución, que se observa a través de los años,
cada día la tecnología se supera mucho mas dando a los usuarios muchas
mas facilidades, incorporando nuevas formas de poder llevar su vida y poder
satisfacer sus necesidades de acuerdo a la evolución y desarrollo humano.
Por eso en esta investigación, se desarrollo primeramente lo que
significa el comercio electrónico adaptando así sus ventajas y desventajas
para las partes o sea, el vendedor y e comprador, dando así modalidades
que se adoptan a la clase de ventas y compradores bien sean empresa,
empresa - empresa, comprador – vendedor, vendedor vulgar – comprador.
Rigiendo estas modalidades por ciertos principios básicos la cual van a bridar
confianza q a quienes utilizan este medio.
De tal manera que en las legislaciones se vio necesario crear
principios rectores legales, para que este medio se rija ya que la ciudadanía
evoluciona cada día más y hace mucho mas uso del comercio electrónico.
3. EL Comercio Electrónico
El término "comercio electrónico" (o e-Commerce) se refiere al uso de
un medio electrónico para realizar transacciones comerciales. La mayoría de
las veces hace referencia a la venta de productos por Internet, pero el
término comercio electrónico también abarca mecanismos de compra por
Internet (de empresa a empresa).
Los clientes que compran en Internet se
denominan ciberconsumidores. Este comercio se va a limitar por lo
siguiente:
La preparación de presupuestos en línea
Las consultas de los usuarios
El suministro de catálogos electrónicos
Los planes de acceso a los puntos de venta
La gestión en tiempo real de la disponibilidad de los productos
(existencias)
Los pagos en línea
El rastreo de las entregas
Los servicios posventa
4. En algunos casos, el comercio electrónico permite personalizar los
productos de manera significativa, en especial si el sitio de comercio
electrónico está vinculado con el sistema de producción de la empresa (por
ejemplo tarjetas comerciales, productos personalizados como camisetas,
tazas, gorras, etc.).
Tiendas en línea
Casi todos los sitios de comercio electrónico son tiendas en línea que
tienen al menos los siguientes elementos en el nivel de sistemas de atención
al cliente:
Un catálogo electrónico en línea que ofrece una lista de todos
los productos a la venta, sus precios y a veces su disponibilidad (si el
producto está en existencia o la cantidad de días hasta la entrega).
Un motor de búsqueda que permite localizar un producto
fácilmente mediante criterios de búsqueda (marca, margen de precios,
palabra clave, etc.).
Un sistema de contenedor virtual (a veces llamado carro
virtual); es la parte central del comercio electrónico. El contenedor virtual
permite rastrear el trayecto de las compras del cliente y modificar las
cantidades de cada referencia.
5. El pago en línea seguro (cuenta) a menudo está garantizado
por un tercero de confianza (un banco) a través de una
transacción segura.
Un sistema de rastreo de pedidos que permite rastrear el
proceso del pedido y a veces proporciona información sobre la recogida
del paquete por parte del expedidor.
Un sistema administrativo que permite a los comerciantes en línea
organizar sus ofertas, modificar los precios, añadir o eliminar referencias de
productos y también gestionar y manejar los pedidos de los clientes.
Importancia del Comercio Electrónico
El avance de las Tecnologías de la Información y Comunicación
llevaron a que nuestra vida cotidiana sea producto de un cambio profundo,
en el cual nos pasamos todo el tiempo Conectados a la Red estemos donde
estemos, contando con Plataformas Web viables para dicha acción y
pudiendo realizar cada vez más acciones en torno a un Mundo Virtual en el
que ya no solo lo utilizamos para la Navegación Web, sino también para
todas nuestras actividades diarias.
En este nuevo entorno virtual tenemos una comunicación constante
con otras personas mediante la llegada de las Redes Sociales, donde
podemos compartir inclusive Contenidos Multimedia y hasta poder disfrutar
de Juegos En Línea en grupo, o bien ejecutar distintas Aplicaciones Web, y
6. también tenemos participación en sitios web de Creación Propia, como el
diseño de sitios de tipo Blog o Álbumes Fotográficos, pero también
encontramos soluciones para nuestras necesidades.
En este último grupo encontramos los sitios que ofrecen una
Plataforma E-Commerce, siendo cada vez más los que deciden emplearla
como un nexo entre el Cliente y Proveedor sin necesidad de salir de casa,
consistiendo básicamente en una Tienda Virtual donde podemos navegar y
visualizar un Catálogo Virtual, realizar distintas consultas de precios y
posteriormente pasar a Comprar un Producto, todo ello sin necesidad de salir
de casa, ya que también se ofrece Envío a Domicilio.
También llamado Comercio Electrónico, esta modalidad está cada vez
incorporándose a más plataformas web, contando con la comodidad de
poder gestionar el Medio de Pago, o bien realizando un pago automático
mediante el uso de Tarjetas de Crédito, y en los últimos tiempos se ha dado
importancia también a la utilización de Sistemas de Dinero Virtual como lo es
el caso de aquellas compañías que pagan por la utilización de Publicidades
Web, siendo seguramente el más conocido de todos el de Pay Pal o bien
DineroMail.
7. Ventajas y desventajas del comercio electrónico para el
usuario
Ventajas:
Encontrar un producto a menor costo.
Realizar mejor negociación con el vendedor.
Comodidad en la adquisición del bien o producto.
Desventajas:
Cercanía entre el vendedor y el comprador para proceder con
una queja del producto.
Cobro o poder hacer valida la garantía del producto
comercializado.
Se pierde la capacidad de visualización del producto en
comercialización o conocimiento físico del producto.
Ventajas y desventajas del comercio electrónico para las empresas
Ventajas:
Elimina obligaciones con trabajadores por los contratos.
Costos de los distribuidores.
Elimina las perdidas por mercancía robada.
8. Elimina días muertos por causas de huelga.
Genera mayores ganancias por venta unitaria de un producto.
Desventajas:
Menor comunicación entre vendedor y consumidor.
Hackers
Crackers
Modalidades de Comercio Electrónico
La clasificación universalmente admitida de las distintas formas de
comercio electrónico, desde la perspectiva de las partes intervinientes en la
relación, es la siguiente.
Comercio Electrónico Business to Business (B2B) - comercio entre
empresas -
Generalmente son mercados sectoriales entre empresas de un mismo
ramo de actividad, para surtirse de aprovisionamientos. Podemos encontrar
algún ejemplo en el sector de la construcción, aunque venido a menos por
las coyuntura de ciclo económico. Son mercados virtuales o e-marketplaces,
en su afección anglosajona, son entornos virtuales cuyo objetivo es facilitar
los procesos de negocio entre empresas mediante el uso intesivo de
tecnología para realizar transacciones y optimizar los gastos de gestión. Un
9. ejemplo pre-era Internet es el uso del sistema EDI, de uso muy extendido en
la gran distribución y el sector farmaceútico, aún vigente.
Comercio Electrónico Business to Consumer (B2C).- el cliente es el
consumidor final -
Es el comercio online de una empresa o tienda virtual hacia un particular
o consumidor final, como los miles de ejemplos que podemos encontrar
dando un paseo por Internet: elcorteinglés.es, zara.com.
Comercio Electrónico Consumer to Consumer (C2C). - el comercio
online directo entre particulares .
Compra-venta entre particulares, el mercado de segunda mano de
toda la vida, realizado normalmente en transacciones llevadas a cabo
mediante subastas en portales o marketplaces de subastas, por ejemplo
eBay. Aunque en muchas de las ocasiones se está dando cobertura a un
verdadero negocio B2C, al establecerse profesionales de derecho y de
hecho por su habitualidad en este ámbito.
En este grupo, iremos tratando distintos aspecto jurídicos que afectan
a las distintas modalidades arriba comentadas, con especial enfoque del
Comercio Electrónico B2C en el que el consumidor ocupa una posición de
debilidad económica y negociadora, sobre la que el legislador más incidencia
realiza.
10. Principios Básicos
Para el buen uso del comercio electrónico debemos basarnos en unos
principios fundamentales para regular su actividad. En el comercio
electrónico las empresas deben comprender y atender a sus clientes en
internet cumpliendo con diversos requisitos como: Seriedad, Transparencia,
Privacidad, Seguridad, Fidelidad, Orientación al cliente y Mejora continua.
Seriedad: La seriedad en la actividad empresarial es fundamental
para generar el clima necesario entre el cliente y la empresa.
Transparencia: La transparencia significa, no ocultar nada que el
cliente deba saber y contribuye a generar confianza en el proceso del
comercio electrónico.
Privacidad: Con la privacidad ofrecemos el máximo grado de reserva
de las transacciones realizadas así como de la identidad de los clientes y sus
datos personales, la seguridad es fundamental en un medio tan dinámico
como internet para mantener un nivel seguro en los procesos y datos a tratar.
Fidelidad: La fidelidad nos sirve para potenciar la firmeza en el
cumplimiento de los compromisos alcanzados con los clientes.
Orientación al clientes: La orientación al cliente es de vital
importancia, debemos esforzarnos en crear un camino satisfactorio para
cumplir los requisitos de los clientes, incluso superando sus expectativas.
11. Mejora continua: Contribuye a dar día a día a nuestros clientes la
máxima calidad en el servicio online.
Principios rectores del comercio electrónico
Principio de Equivalencia Funcional.
De acuerdo con los postulados de este principio, los efectos que
produce un documento contenido en un soporte en papel, con la firma
autógrafa de su emisor, los producirá su homólogo en soporte informático,
firmado electrónicamente. La equivalencia funcional, permite aplicar a los
mensajes de datos un principio de no discriminación respecto de las
declaraciones de voluntad, independientemente de la forma en que hayan
sido expresadas, de este modo, los efectos jurídicos deseados por el emisor
se producirán con independencia del soporte donde conste la declaración. La
Ley Modelo de UNCITRAL sobre Comercio Electrónico (LMUCE) aborda
cinco aspectos específicos de equivalencia funcional: el documento, la firma
electrónica, originales y copias, el problema de la prueba, y la conservación
de los mensajes de datos.
El principio de equivalencia funcional se encuentra recogido en forma
general en el texto de la LMUCE en el artículo 5 que reza: “No se negarán
efectos jurídicos, validez o fuerza obligatoria a la información por la sola
razón de que éste en forma de mensajes de datos”. La noción “mensaje de
datos”, la encontramos en el propio texto normativo en el artículo 1a) que
indica: “Por mensaje de datos se entenderá la información generada,
enviada, recibida, archivada o comunicada por medios electrónicos, ópticos o
12. similares, como pudieran ser, entre otros, el intercambio electrónico de datos
(EDI), el correo electrónico, el telegrama, el télex o el telefax”.
En Venezuela, el valor jurídico de los mensajes de datos es
reconocido en la Ley de Mensajes de Datos y Firmas Electrónicas (LMDFE),
que define como toda información inteligible en formato electrónico o similar
que pueda ser almacenada o intercambiada por cualquier medio (Art. 2). Es
de destacar que la ley venezolana, a diferencia de su norma de origen, no
hace referencia a un medio electrónico en especial en atención al respecto,
del principio de neutralidad tecnológica.
Respecto del documento que deba constar por escrito, -en soporte
papel- el artículo 6.1 de la LMUCE establece: “Cuando la ley requiera que la
información conste por escrito, ese requisito quedará satisfecho con un
mensaje de datos si la información que éste contiene es accesible para su
ulterior consulta”, esta disposición ha sido traspuesta en forma idéntica por el
legislador venezolano en el artículo 8 de la LMDFE. Para equiparar sus
efectos al documento tradicional, se exige como condición sine qua non que
la información contenida en el documento electrónico sea accesible para su
ulterior consulta, es de hacer notar que ni la LMUCE ni la LMDFE, establecen
un determinado periodo de tiempo de fijación del documento electrónico, en
todo caso, lo importante es que exista la posibilidad de ulterior consulta en el
momento de producirlo como medio de prueba en juicio como medio de
prueba en juicio a objeto de ser reconocido por las partes o por terceras
personas, con esta exigencia se da cumplimiento al requisito exigido para los
documentos tradicionales de duración en el tiempo.
13. Principio de Neutralidad Tecnológica.
Este principio se basa en el respeto al uso de cualquier tecnología que
se utilice o pueda usarse en el futuro a efectos de transmitir un mensaje de
datos o insertar una firma electrónica, por lo tanto implica no favorecer unas
tecnologías sobre otras con la finalidad de evitar posibles obsolescencias
legales.
En el texto de la Exposición de Motivos de la LMDFE, el legislador
alude en forma expresa a este principio al indicar que la Ley no se inclina por
una determinada tecnología para las firmas y certificados electrónicos,
advirtiendo la necesidad de incluir las tecnologías existentes y las que están
por existir.
La preocupación del legislador venezolano por el respeto al principio
de la neutralidad tecnológica se puede observar no sólo en el texto de la Ley,
sino también en la redacción del título, al referirse al uso de la firma
electrónica en contraposición con algunos países que se limitan a regular “la
firma digital”, como sucede en Colombia, Argentina, Puerto Rico, Chile,
Panamá y Costa Rica.
Finalmente es de destacar que este principio no es propio del
comercio electrónico, en el campo de la tecnología, es imperante la
redacción de normas suficientemente amplias de modo que se puedan incluir
tecnologías actuales y futuras. En la Ley Orgánica de Telecomunicaciones
(LOTEL) de Venezuela, también puede observarse la influencia de este
principio, específicamente en la redacción del artículo 4 que al definir las
14. telecomunicaciones, indica que se entiende por tales las transmisiones,
emisiones o recepción de signos, señales, escritos, imágenes, sonidos o
informaciones de cualquier naturaleza, inventados o por inventarse, dando
cabida legal a futuros desarrollos tecnológicos en el sector.
Principio de inalteracion del derecho preexistente de obligaciones y
contratos
Este principio reviste especial importancia en el momento de
determinar la legislación que debe regir los contratos celebrados a través de
internet, pues la no alteración del derecho preexistente nos conduce aplicar
las normas de derecho internacional privado a objeto de saber y conocer la
legislación y jurisdicción en caso de ausencia de elección.En Venezuela la
ley no pretende alterar el funcionamiento de los negocios jurídicos si no
otorgar validez a los mensajes de datos. Este principio no debe alterarse,
hay que advertir que algunos casos, en razón de la posibilidad del método
utilizado, el derecho exige una modificación.
Principio de buena fe
En el campo del derecho del comercio electrónico el principio de la
buena fe es reconocido en el articulo 3.2 de la LMUCE, señala: En la
interpretación de la presente ley habrán que tenerse en cuenta su origen
internacional y la necesidad de promover la universalidad de su aplicación y
la observancia de la buena fe.Este principio no es más que la
consecuencia del principio de la no alteración del derecho preexistente de
obligaciones de contratos donde priva la buena fe.La buena fe tiene singlar
15. importancia en el ámbito del comercio electrónico debido al desconocimiento
del uso y funcionamiento de esta forma de comercio.Este principio es
fundamenta y adquiere especial significado ante el desconocimiento y
desconfianza en el medio, por lo tanto la buena fe debe ser respetada en el
grado superior mientras las circunstancias del desconocimiento exista.
Principio de libertad contractual
está consagrado en el texto de la exposiciones motivos de la LMDFE
la cual permite a las partes convenir la forma de realizar sus transacciones y
decidir si utilizar los procedimientos electrónicos para celebrar sus contratos,
la libertad contractual no es mas que una consecuencia del principio de la no
alteración del derecho preexistente de obligaciones y contratos e implica
fundamentalmente el respeto a la liberad de pacto de modo que siempre
serán las partes las que decida como se llevara el procedimiento.
16. Conclusión
Si bien es cierto en toda esta investigación fue necesario leer e
interpretar de donde inicio toda esta evolución del comercio electrónico, pues
a partir del siglo XX se inicia todo este sistema de evolución a la sociedad, en
el Siglo XXI surte una incorporación total de la tecnología en la vida social.
De tal manera que hoy en día en cualquier lugar donde nos
encontremos, estamos haciendo uso de la red de tecnologías, bien sea por
redes sociales o realizando compras a través de internet, ya que este
comercio mediante las redes tiene sus modalidades especificas la cual en la
cual podemos integrarnos en la que mejor nos parezca o nos conviene.
En conclusión el comercio electrónico debe ser regido por ciertos
principios, lo cual la legislación Venezolana, ha incorporado en sus leyes
este medio, analizando y estudiando estas situaciones, para buscar una
mejor regularización de las ventas, tramites y comercio que se realizan en el
territorio Venezolano, brindando asi una mejor seguridad para ambas partes,
dando asi ante cualquier inconveniente medio probatorio para la firma
electrónica y documentos que la red genere cuando se realiza una compra o
negocio mediante este medio.