Este documento presenta la necesidad de realizar una revisión parcial del Esquema de Ordenamiento Territorial del municipio de Heliconia para identificar posibles sitios donde ubicar proyectos de disposición final de residuos sólidos a nivel local o regional. Se mencionan cuatro sectores del municipio que podrían ser aptos para este fin y se indica que la revisión del EOT busca adecuar las normas a proyectos de este tipo.
1. MUNICIPIO DE HELICONIA
DEPARTAMENTO DE ANTIOQUIA
PROYECTO DE REVISIÓN PARCIAL DEL ESQUEMA DE ORDENAMIENTO
TERRITORIAL
ALCALDÍA MUNICIPAL
TELEFAX 854 96 35
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1. ANTECEDENTES
El artículo 1° del Decreto 932 de 2002 reglamentario de la Ley 388 de 1997
establece se entenderá por revisión del Plan de Ordenamiento Territorial la
reconsideración general o parcial de sus objetivos, directrices, políticas,
estrategias, metas, programas, actuaciones y normas que, como consecuencia del
seguimiento y evaluación de su implementación frente a la evolución de las
principales características del ordenamiento físico – territorial del municipio o
distrito, suponga la reformulación completa del correspondiente Plan, o la
actualización o ajuste de sus contenidos de corto, mediano o largo plazo.
El artículo 6° de la Ley 388 de 1997 determina que el ordenamiento del territorio
municipal y distrital se hará tomando en consideración las relaciones
intermunicipales, metropolitanas y regionales.
El artículo 10° de la Ley 388 de 1997 define como una de las determinantes que
constituyen norma de superior jerarquía para la elaboración y adopción de los
planes de ordenamiento territorial, el señalamiento y localización de las
infraestructuras básicas relativas a la red vial nacional y regional, puertos y
aeropuertos, sistemas de abastecimiento de agua, saneamiento y suministro de
energía, así como las directrices de ordenamiento para sus áreas de influencia.
El artículo 76° numeral 76.5.4 de la Ley 715 de 2001 permite adelantar programas
de disposición, eliminación y reciclaje de residuos líquidos y sólidos.
El artículo 15° numeral 1 de la Ley 388 de 1997 define la naturaleza y jerarquía de
las normas urbanísticas estructurales de los Planes de Ordenamiento, y determina
que su modificación sólo puede emprenderse con motivo de la revisión general del
plan o excepcionalmente a iniciativa del alcalde municipal o distrital con base en
motivos y estudios técnicos debidamente sustentados.
El artículo 15° numeral 2 de la Ley 388 de 1997 define la naturaleza de las normas
urbanísticas generales y determina entre otras las que se consideren convenientes
por las autoridades distritales o municipales, y que en las mismas debe
establecerse la oportunidad de su revisión y actualización e, igualmente, los
motivos generales que a iniciativa del alcalde permitirán su revisión parcial.
El Esquema de Ordenamiento Territorial del Municipio de Heliconia (E.O.T.) al
establecer las normas urbanísticas estructurales, en el numeral 3.1.1 Visión de
Futuro, plantea que se debe velar para que se generen Alianzas Estratégicas para
el desarrollo subregional, y que es de suma importancia el reconocimiento del
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Municipio como parte de la Gran Región Metropolitana, básico para el desarrollo
del municipio por depender en su mayoría de la prestación de los diferentes
bienes y servicios que ofrece esa región.
El artículo 28° numeral 4 de la Ley 388 de 1997 establece que las revisiones a los
Planes de Ordenamiento deberán sustentarse en parámetros e indicadores de
seguimiento relacionados con cambios significativos en las previsiones sobre (...)
la ejecución de macroproyectos de infraestructura regional o metropolitana que
generen impactos sobre el ordenamiento del territorio municipal o distrital.
2. NECESIDAD Y CONVENIENCIA
La disposición final de desechos sólidos para el Area Metropolitana del Valle de
Aburrá y municipios cercanos ha obligado a las diferentes entidades encargadas
del asunto a buscar alternativas de solución dado el agotamiento de la vida útil del
Relleno Sanitario Curva de Rodas, según disposición de la autoridad ambiental
competente.
En varias oportunidades se ha planteado por autoridades ambientales como
Corantioquia y el Area Metropolitana la posibilidad de desarrollar un proyecto de
tratamiento de residuos sólidos de nivel regional en nuestro Municipio, por lo que
se hace necesario iniciar un proceso de revisión del Esquema de Ordenamiento
Territorial (E.O.T.), con el fin de identificar los aspectos negativos, problemas,
falencias y dificultades para su implementación, adecuando las normas
complementarias a las condiciones sociales y económicas reales de la población,
buscando un argumento en las actividades productivas y generadoras de empleo.
Se pretende también fomentar y facilitar la construcción de proyectos productivos
en el Municipio, buscando un desarrollo equilibrado acorde con las políticas y
estrategias planteadas en el E.O.T. y a las condiciones económicas del país.
En el área local, actualmente se adelanta el programa de manejo integral de
residuos sólidos en convenio con Corantioquia, el cual comprende actividades de
socialización, reciclaje y transformación biológica de material orgánico. No se
incluye la disposición final de los residuos sólidos, por lo que es necesario buscar
alternativas para esta disposición siendo una posibilidad los proyectos que se
realicen en el Municipio.
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En el E.O.T. municipal referente a la disposición final de residuos sólidos se
plantea que en las áreas rural y urbana se carece de lugares apropiados para
desarrollar esta actividad, y que es necesario plantear alternativas para el manejo
de las basuras, señalar lugares en los que se pueda dar una solución a la carencia
del Relleno Sanitario.
Además que se debe implementar un lugar para el manejo integral de los residuos
sólidos, procurando su localización en el área rural o suburbana del municipio, que
sea de accesibilidad directa y que no deteriore el medio ambiente, para evitar
conflictos con particulares, sanciones de entidades ambientales y el deterioro de la
imagen del Municipio.
Por lo anterior, es necesario plantear alternativas para ubicación de posibles sitios
para disposición final de residuos sólidos bien como desarrollo local o regional,
dentro de los conceptos técnicos y ambientales que determina la ley, con lo que se
garantiza generar impactos positivos dentro de los demás componentes del E.O.T.
En este sentido, se proponen como posibles sitios para desarrollar un proyecto de
este tipo los siguientes sectores: El Tirol (comprende las veredas Crucero y
Guamal), Monteadentro (comprende las veredas Monteadentro y La Chorrera),
Hatillo (comprende la vereda El Hatillo) y Chuscal (comprende las veredas
Chuscal y Morritos).
Es necesario notar que a la fecha no está conformado el Consejo Municipal de
Planeación, instancia de consulta de las modificaciones propuestas. Existen
conceptos de las autoridades ambientales sobre sitios que podrían servir para la
disposición final de residuos sólidos, además en reunión del Consejo de Gobierno
con fecha 17 de diciembre de 2002 se aprobó realizar la revisión al E.O.T. de tal
manera que se tenga la posibilidad de implementar en uno o varios sitios del
Municipio un proyecto de manejo integral de residuos sólidos con proyección bien
sea local o regional.
Heliconia, 17 de diciembre de 2002
CARLOS ALBERTO ARDILA QUIROZ
Secretario de Planeación, Obras y Servicios Públicos