2. TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO En lo fundamental, en esta parte se sigue al jurista italiano, Emilio Betti, citado por Augusto Borrero Gómez, en su "Teoría de las Obligaciones", Tomo I, Editorial EDUCC, Medellín, 2006, pág. 13
3. Efecto que constituye, modifique o extinga, poderes y vínculos o calificaciones o posiciones jurídicas. TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO
4. Efecto que constituye, modifique o extinga, poderes y vínculos o calificaciones o posiciones jurídicas. TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO
5. La que constituye, modifique o extinga, poderes y vínculos o calificaciones o posiciones jurídicas. TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO
6. La que constituye, modifique o extinga, poderes y vínculos o calificaciones o posiciones jurídicas. TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO
7. La que constituye, modifique o extinga, poderes y vínculos o calificaciones o posiciones jurídicas. Entre el Hecho (H) y la Consecuencia Jurídica (C), existe una relación de Causa-Efecto. En ese sentido, en la relación siempre estaremos ante un Hecho Causal y un Efecto Jurídico. TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO
8. Estudio del Concepto «Hecho». En términos generales, significa acontecimiento, suceso acaecido en la realidad, o algo que se ha llevado a efecto o se ha cumplido. Un hecho puede y debe ser interpretado, pero en el sentido más estricto no puede examinarse en su porqué; es un indeducible e inderivable y se puede describir en cuanto a su génesis. Aqui seguimos lo expuesto en la recopilación efectuada por LeandoHarol Pantoja y Gustavo Zúñiga, publicada como "Diccionario Filosófico", Nika Editorial S. A., Bogotá 2006, pág. 192
9. Estudio del Concepto «Hecho». En filosofía los hechos se pueden clasificar con independencia de su significado, de varias formas: Por su procedencia y por la disciplina que los estudia (históricos, sociales, físicos, psiquicos, etc.). Por la intervención o no del hombre (culturales, históricos y naturales). TEORÍA DEL ACTO JURÍDICO
10. Estudio del Concepto «Hecho». Kant: Para Kant existe sólo un hecho de la razón pura, el imperativo de la razón y con ello la libertad misma. Comte: Para Comte y el positivismo clásico, solamente son objetos de conocimiento efectivo, los hechos que se equiparan con los fenómenos y constituyen las únicas realidades positivas. Heidegger y Sartre: Se refieren a la facticidad como la esencia del dasein,es decir, en su «estar arrojado», estar en una situación concreta siendo ese un hecho último, entonces el hombre proyecta sus posibilidades en base a la interpretación (hermeneútica) de su situación fáctica.
11. Estudio del Concepto «Hecho». Max Scheler clasificó los hechos en tres grupos: Hechos Fenomenológicos o Hechos Primarios, los cuales son Hechos Puros. Hechos tratados por las Ciencias. Hechos dados en la concepción natural del mundo.
12. En principio, nuestro estudio se concentra en los Hechos Fenomenológicos o Hechos Primarios o Hechos Puros, esto es, aquellos que objetivamente acaecen en el plano de la realidad objetiva y que pueden ser observados, descritos, probados y caracterizados por sus circunstancias de tiempo, modo y lugar, y que, por otra parte, son causa de consecuencias jurídicas.
13. FENOMENOLOGÍA (Realidad Objetiva) Espacio (Donde) Relaciones Intersubjetivas (Cómo, Porqué, Para que) Tiempo (Cuando) Los hechos ocurren en el espacio (en uno o varios lugares) y en el tiempo (en uno o varios momentos), y constituyen variaciones en las relaciones entre los seres reales del Universo, esto es, entre los Sujetos y los Objetos.De ahí que se pueda deducir de un hecho sus circunstancias de tiempo, modo y lugar.
14. Clasificación de los Hechos Jurídicos. Son verdaderos Hechos que ocurren sin la intervención del Ser Humano, y que tienen efectos jurídicos. Son verdaderos Actos que ocurren con la intervención (directa o indirecta) del Ser Humano y que tienen efectos jurídicos.
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16. La consecuencia jurídica es que se extingue la personalidad jurídica del fallecido; en el Derecho Penal las Relaciones Intersubjetivas desaparecen, mientras que en el Derecho Civil tienen vocación de permanecer en cabeza de sus causahabientes.
18. La consecuencia jurídica puede inscribirse dentro del Hecho Fortuito que puede conducir a la efectividad de la Condición Resolutoria de los Contratos o a la revisión de los mismos.
20. La consecuencia jurídica puede inscribirse dentro de la Fuerza Mayor que conduce a la efectividad del Principio Jurídico de que nadie está obligado a lo imposible.Ejemplos tomados de: «BORRERO Ramirez, Augusto. "Teoría de las Obligaciones". Tomo I. Editorial Educc. Medellín. 2006. Pág.14