1. 1995 1-
Jun
2003
16-
May
2003
16-
May
2004
27-
Set
2004
1-Oct
2004
20-Oct
2004
1-Dic
2004
29-
Dic
2004
29-
Dic
Recurso
extraordinari
o
interpuesto
por Miguel
Comelio
Sánchez
Calderón,
que declara
improcedent
e la acción
de
hábeas
corpus de
autos N.O
922
hallándose
la causa en
sede del
Tribunal
Constitucion
al, en
el estado de
absolverse
el grado del
recurso
extraordinari
o
la Sala
Primera del
Tribunal
Constitucio
nal, con
asistencia
de los
magistrado
s Alva
Orlandini,
García
Toma y
Vergara
Gotelli
Declarar
INFUNDADA la
acción de hábeas
corpus, Exhorta
al Congreso de la
República a que,
dentro de un
plazo razonable,
dicte la
legislación
correspondiente
a fin de penalizar
la conducta de
los magistrados
del
Ministerio Público
y l poder judicial
del incumplan
con dictaminar o
sentenciar
en los plazos
previos por la ley
de la materia
detenido
por la
Policía,
posteriorm
ente
procesado
por la
comisión
del delito
de
terrorismo
y
condenado
a la pena
de cadena
perpetua
al
accionante
se le abrió
nuevo
proceso
penal, con
mandato
de
detención,
por auto
demandante
fue
declarado
nulo en
virtud de una
sentencia del
Tribunal
Constitucion
al, pero que
se le abrió
un nuevo
proceso
penal con
mandato de
detención
recurrente
interpone
acción de
hábeas
corpus
contra la
Primera
Sala Penal
de la Corte
Superior de
Justicia de
Piura
declara
infundada
la
demanda,
por estimar
que, de
conformida
d con el
artículo 4°
del Decreto
Legislativo
N.O 922
LINEA DE TIEMPO DE EXPEDIENTE EXP. N.O 3771-2004-HC/TC
1995 2003 2004