simulacro de Presentación del Aprehendido en un Delito Flagrante y Audiencia oral Presentación por detención policial
1. UNIVERSIDAD FERMÍN TORO
VICE RECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
simulacro de Presentación del Aprehendido
en un Delito Flagrante y Audiencia oral
Presentación por detención policial
Integrante: Engelberth Inmseotef C.
C.I: 20.669.827
Materia: Derecho Procesal penal II
Barquisimeto, Marzo del 2016
2. AUDIENCIA ORAL DE PRESENTACIÓN DEL
APREHENDIDO EN UN DELITO FLAGRANTE
Este proceso puede iniciarse
con la detención del imputado y/o
investigado. En este caso
debemos investigar dos aspecto:
Art.248 del COPP
Art.373 del COPP. Flagrancia y
procedimiento para la
presentación del aprehendido
El Juez de Control verificará
que están dados los requisitos a
que se refiere el art. Anterior.
Se tendrá como delito flagrante
el que se esté cometiendo o el
que se acaba de cometerse.
También aquel por el cual el
sospechoso se vea perseguido
por la autoridad policial, por la
victima o por el clamor publico.
La autoridad deberá aprehender
al sospechoso entregándolo a la
autoridad más cerca quien lo
pondrá en disposición del
Ministerio Publico, dentro de un
lapso que no excederá de 12
horas a partir de la aprehensión.
Dentro de 36 horas lo
presentarán ante el Juez de
Control quien expondrá cómo se
produjo la aprehensión, y según
sea el caso, solicitará la
aplicación del procedimiento
ordinario o abreviado.
El Juez de Control decidirá
sobre la solicitud fiscal, dentro
de las 48 horas siguientes
desde que sea puesto el
aprehendido a su disposición.
De esta manera el Fiscal y la
Victima presentarán la
acusación directamente en la
audiencia del juicio oral, las
reglas del procedimiento
ordinario
El fiscal del ministerio Público
decretará la aplicación del
procedimiento abreviado, y
remitirá las actuaciones al
tribunal unipersonal, el cual
convocará directamente al juicio
oral y público para que se
celebre dentro de los 10 a 15
días siguientes.
Ministerio Público
3. PRESENTACIÓN POR DETENCIÓN POLICIAL
Para que sea procedente, debe ser en
fragante, es decir en el preciso momento
en que estoy cometiendo el supuesto
delito. Si no es en fragante debe serme
presentada una orden de detención
librada por un juez competente.
Es importante saber que en
primer lugar me tienen que
permitir comunicarme con mis
familiares, abogados o
asociaciones de asistencia
jurídica para informar mi
detención. (Art.125.COPP )
Igualmente la autoridad policial que realice
la detención debe dentro de un lapso de
12 horas para poner al detenido a las
ordenes del Fiscal del Ministerio Publico
quien a su vez deberá dentro de las 36
horas siguientes presentar a este ante el
Juez de Primera Instancia en lo Penal en
funciones del Control del lugar de la
detención para que se efectúe la Audiencia
de Presentación.
Desde el momento de la
detención los organismos
policiales deben ser vigilantes del
cumplimiento del debido proceso.