Ejecución de obra publica mediante administración directa
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2. La administración directa, en materia de obra pública, es
uno de los métodos que la legislación enmarca para la eje-
cución de obra y servicios relacionados con las mismas;
como podría advertirse a partir de su concepto, su caracte-
rística principal corresponde a la inexistencia de un contra-
tista, al ser la dependencia o entidad, la encargada de esta
ejecución; siempre que tenga la capacidad técnica y los ele-
mentos necesarios para ello (maquinaria, equipo de cons-
trucción y personal técnico), requeridos para ejecutar los
trabajos.
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3. La dependencia o entidad que opte por este método debe:
Cabe aclarar que no podrán participar terceros como con-
tratistas, sin importar las condiciones particulares, naturale-
za jurídica o modalidades que pretendan adoptarse; ya que
la obra es ejecutada y supervisada por la misma dependen-
cia o entidad.
Contar con el presupuesto, programas de ejecución, de utiliza-
ción de recursos humanos, de maquinaria y de equipo de cons-
trucción.
Emitir acuerdo de realización, por servidor público facultado.
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4. Cubiertos los requisitos legales, la dependencia o entidad
estará en posibilidad de:
Existiendo la excepción correspondiente a la posibilidad de
contratar mano de obra local, por obra determinada.
Alquilar equipo y maquinaria de construcción complementario.
Utilizar preferentemente los materiales de la región.
Utilizar los servicios de fletes y acarreos complementarios que
sean requeridos.
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5. Como ya se mencionó, el documento denominado Acuerdo
de Realización, es un requisito para la ejecución de obra
bajo este método, el que deberá emitir la dependencia o
entidad ejecutora, y contendrá:
Descripción de los
trabajos a ejecutar.
Plazo de ejecución
(días naturales).
Fecha de inicio y
conclusión.
Inversión autorizada.
Importe de los trabajos.
Áreas y servidores públicos
responsables de autorización
y ejecución de los trabajos.
Normas de calidad y especi-
ficaciones de construcción.
Programas de ejecución
de los trabajos.
Programa de suministro
de insumos.
Nombre y firma del servidor
público que emite el
documento.
Lugar y fecha de emisión.
Proyectos requeridos.
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