CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS fenomenos y desastres naturales.pptx
SUPERVISION Y GESTION DE RESIDUOS PELIGROSO DESARROLLO TRABAJO PRÁCTICO NO. 1 “MINIMIZANDO RESIDUOS PELIGROSOS”
1. GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
PELIGROSOS EN EL TALLER
MECANICO
CODIGO RYL-XXX-01
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FECHA DE
VIGENCIA
27/09/2021
SUPERVISION Y GESTION DE RESIDUOS PELIGROSO
DESARROLLO TRABAJO PRÁCTICO NO. 1 “MINIMIZANDO RESIDUOS PELIGROSOS”
Aprendiz:
C.C.
Instructor:
Bogotá D.C
2021
2. GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS
PELIGROSOS EN EL TALLER
MECANICO
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Índice
1. OBJETO:
Describir las directrices para la gestión integral de residuos peligrosos en los laboratorios de la
Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín, en sus componentes de generación, separación en
la fuente, almacenamiento, recolección interna y externa, tratamiento y disposición final.
2. CAMPO DE APLICACIÓN:
Este procedimiento aplica para todos los Patio-taller de las distintas Sedes que generan residuos, en
función de su tipología, peligrosidad y lugar de generación. Inicia con la separación del residuo y termina
con su disposición final.
3. DEFINICIONES:
Residuo: cualquier objeto, material, sustancia, elemento o producto que se encuentra en estado
sólido o semisólido, líquido o gas contenido en recipientes o depósitos, cuyo generador descarta,
rechaza o entrega porque sus propiedades o características no permiten usarlo nuevamente en
la actividad que lo generó o porque la legislación o la normatividad vigente así lo estipula.
Residuo Peligroso: es aquel residuo o desecho que por sus características corrosivas,
reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables, infecciosas o radiactivas, puede causar riesgo o daño
para la salud humana y/o el ambiente. Así mismo, se considera residuo o desecho peligroso los
envases, empaques y embalajes que hayan estado en contacto con ellos.
Gestión Integral: Conjunto articulado e interrelacionado de acciones de política, normativas,
operativas, financieras, de planeación, administrativas, sociales, educativas, de evaluación,
seguimiento y monitoreo, desde la prevención de la generación hasta la disposición final de los
residuos o desechos peligrosos, a fin de lograr beneficios ambientales, la optimización
económica de su manejo y su aceptación social, respondiendo a las necesidades y
circunstancias de cada localidad o región.
Separación en la fuente: Es la separación de los residuos en función de su clasificación, en el
sitio donde se generan para su posterior recuperación o disposición final.
Almacenamiento: Es la actividad de reservar en un depósito temporal, en un espacio físico
definido y previamente señalizado, y por un tiempo determinado, los residuos peligrosos y no
peligrosos, con carácter previo a su aprovechamiento y/o valorización, tratamiento y/o
disposición final.
Recolección: Es la acción y efecto de recoger y retirar los residuos de uno o varios generadores,
por parte de las personas y/o entidades encargadas del servicio de gestión interna o externa.
Tratamiento: Es el conjunto de operaciones, procesos o técnicas mediante los cuales se
modifican las características de los residuos o desechos peligrosos, teniendo en cuenta el riesgo
y grado de peligrosidad de los mismos, para incrementar sus posibilidades de aprovechamiento
y/o valorización ó para minimizar los riesgos para la salud humana y el ambiente.
Disposición Final: Es el proceso de descartar, eliminar y/o aislar los residuos. En general
aquellos residuos que aún conservan posterior a su tratamiento características de peligrosidad
y en especial los no aprovechables, deben ser confinados en lugares especialmente
seleccionados, diseñados y debidamente autorizados, para evitar la contaminación y los daños
o riesgos a la salud humana y al ambiente.
Generador: Cualquier persona cuya actividad produzca residuos o desechos, al margen de su
peligrosidad. Si el origen de los mismos es desconocido, el responsable será la persona que
está en posesión de estos residuos. El fabricante o importador de un producto o sustancia
química con propiedad peligrosa, para efectos del presente decreto se equipara a un generador,
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en cuanto a la responsabilidad por el manejo de los embalajes y residuos del producto o
sustancia.
Protocolos de tratamiento de residuos: Documento que tiene como función dar directrices
generales para la manipulación y tratamiento de los residuos, estableciendo generalidades,
métodos de generación, cantidades, sistema de tratamiento, medidas de manejo en caso de
emergencia, entre otros y muy especialmente, la disposición final más idónea.
Rombo NFPA 704 (National Fire Protection Association): Consiste en una etiqueta que
consta del nombre del material y cuatro secciones con un color asignado en cada caso. Azul-
salud, amarillo- reactividad, blanco-riesgo especial y rojo-Inflamabilidad. Establece un sistema
de identificación de riesgos para que en un eventual incendio o emergencia, las personas
afectadas puedan reconocer los riesgos de los materiales respecto del fuego, aunque éstos no
resulten evidentes
4. RESPONSABILIDADES: Todo el personal del área Patio-taller (operadores de aseo, técnicos operativos)
5. DESCRIPCIÓN:
Separar el residuo de acuerdo con sus características: Los residuos sólidos y líquidos se separan de
acuerdo con su peligrosidad en los recipientes respectivos.
Los sólidos no peligrosos, tales como reciclables, orgánicos y ordinarios o inertes, en la caneca verde
respectivamente. (Procedimiento manejo de residuos sólidos) el vidrio en especial, puede ser dispuesto en
caneca blanca, los peligrosos que incluyen lubricantes y aceites filtros de aire y material impregnado (siendo
este último un residuo peligroso).
Registrar tipo y cantidad de los residuos sólidos y acuosos generados: Registrar el tipo y cantidad de los
residuos generados en mantenimientos, en la fecha en que sean retirados de la zona de taller o que se realicen
tratamientos internos previos a la disposición final.
Rotular el recipiente para los residuos peligrosos: Rotular el recipiente en que se almacenan los residuos
peligrosos para identificar las características de peligrosidad, lugar y actividad de origen.
Elaborar el protocolo de tratamiento de residuos peligrosos: El personal a cargo deberá elaborar los
protocolos de tratamiento de cada uno de los residuos peligrosos que se generan por el desarrollo de sus
actividades.
Implementarel protocolo de tratamiento de residuos peligroso: Cada vez que se genera el residuo, deberá
seguirse e implementarse las directrices establecidas en el protocolo de tratamiento.
Tratar el residuo: El tratamiento del residuo sólido y/o acuoso se realiza acuerdo con los protocolos
establecidos y características del mismo.
Es importante aclarar que no todos los residuos que se generan requieren tratamiento previo y aquellos a la
disposición final se consideran pre tratamientos. Estos detalles deben registrase en el formato “Protocolo de
residuos Peligrosos” y en el formulario RYL_1
Almacenar temporalmente los residuos: Los residuos se almacenan en el depósito de RESPEL para su
recolección interna por parte de los operadores de aseo y técnico operativos.
Para el almacenamiento de residuos se tiene en cuenta el grado de peligrosidad y las incompatibilidades que
éstos pueden tener. Este almacenamiento temporal no debe superar un año en lugar de generación.
Realizar recolección interna de residuos: Los residuos son evacuados de su sitio de generación por parte
del personal de aseo en el menor tiempo posible para evitar la proliferación de vectores y enfermedades
asociados a éstos.
De tratarse residuos de riesgo biológico que por sus procesos de descomposición o malos olores puedan
generar incomodidades, deben conservarse congelados en cavas, e informar de esto a servicios generales,
para que los retire previo a la recolección de los residuos de riesgo biológico. La frecuencia de recolección
interna está en función de la cantidad de residuos que genere cada taller.
El personal encargado de la recolección obligatoriamente debe usar EPP (guantes de nitrilo, monogafas de
seguridad, tapabocas) para realizar esta tarea.
Realizar recolección externa de residuos
Los residuos de riesgo químico son recolectados por empresas especializadas para incineración, previa
solicitud. La frecuencia de recolección no es periódica, está en función de las tasas de generación.
Para esta recolección, los residuos deben ser empacados en óptimas condiciones para no generar derrames
y cualquier tipo de accidente, y debidamente marcados, cada caja debe tener el rotulo con el rombo de la
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NFPA y el tipo de peligro que representa para su transporte externo. Estos adhesivos son proporcionados por
la empresa de gestión externa
Realizar la disposición final de los residuos.
La contratista de aseo encargada para realizar la disposición final de los residuos a través de técnicas como
relleno sanitario, incineración y/o encapsulamiento.
La empresa de gestión externa entrega a la empresa el certificado respectivo en el que se establezca el tipo
de técnica utilizada para la disposición final.
6. DOCUMENTOS ANEXOS
Decreto 4741 de 2005 del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Por medio del cual se
reglamenta parcialmente la prevención y manejo de los residuos y desechos peligrosos en el marco de la
gestión integral.
Decreto 1713 de 200 del Ministerio de desarrollo económico. Por medio del cual se reglamenta la Ley 142 de
1994, la Ley 632 de 2000 y la Ley 689 de 2001, en relación con la prestación del servicio público de aseo, y el
Decreto Ley 2811 de 1974 y la Ley 99 de 1993 en relación con la Gestión Integral de Residuos Sólidos.
Ley 430 de 1998. del Ministerio del Medio Ambiente. Por la cual se dictan normas prohibitivas en materia
ambiental, referentes a los desechos peligrosos y se dictan otras disposiciones.
Plan de Gestión Integral de Residuos Peligrosos de la Sede.
Instructivo para el diligenciamiento del formulario RYL-1
M-GU-10 Manejo de Residuos y Reactivos
M-GU-10 Clasificación de Residuos
7. ANEXOS:
Formulario RYL-1
Formato “etiquetado de residuos peligrosos”.
Formato Recolección Interna
Registro de recolección por parte de la empresa de gestión externa para los residuos de riesgo químico y
biológico.
8. CUADRO DE EDICIONES:
VERSIÓN FECHA GESTIÓN DEL CAMBIO
1 27/09/2021 Se agrego la obligatoriedad del uso adecuado de los EPP por parte del personal
de aseo para efectuar la tarea de recolección interna de los RESPEL.
9. APROBACIÓN:
ELABORÓ REVISÓ APROBÓ
CARGO Auxiliar SST CARGO CARGO
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