Gastos que no forman parte del Valor en Aduana de la mercadería importada
M A T R I S E S L I N A
1. EMPRESAS SOCIEDAD DE HECHO COLECTIVA
Es aquella que existe bajo una razón social y en la cual
todos los socios responden las obligaciones sociales.
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La estipulación de la escritura social que exima a los
socios de la responsabilidad ilimitada, y solidaria. Los
socios pueden convenir entre sí que la responsabilidad
de alguno o algunos de ellos se limite a una porción o
cuota determinada.
Quintaluna
La razón social se forma con el nombre y apellido de uno
de los socios, con el agregado obligatorio de la leyenda;
y Compañía Sociedad Colectiva, leyenda que podrá
abreviarse: y Cía S.C.
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Se deberán de observar para la constitución de las
sociedades colectivas los artículos 14 al 67 del Código
de Comercio y artículos 29 al 31 y el 46 del Código de
Notariado.
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Un Profesional del Derecho (Asesor Legal –Abogado)
debidamente colegiado deberá inicialmente:
Las tres tazas
1. Elaborar la escritura de la sociedad; registrarla en su
protocolo y posteriormente llevarla al Registro Mercantil
para iniciar los trámites respectivos.
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2. 2. Para nombrar al Representante Legal y/o Gerente
General, el abogado deberá solicitar Cédula de Vecindad
y Número de Identificación Tributaria (NIT) a las
personas que han sido electas para estos cargos.
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3. Elaborar acta de nombramiento de Representante
Legal y Gerente General, y llevar la misma a registrar en
el Registro Mercantil
Pais asociados
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3. SOCIEDADES
COLECTIVA ANONIMA
jo una razón social y en la cual Es la que tiene el capital dividido y representado por
en las obligaciones sociales. acciones. La responsabilidad de cada accionista
está limitada al pago de las acciones que hubiere
suscrito.
ritura social que exima a los La sociedad anónima se identifica con una
dad ilimitada, y solidaria. Los denominación, la que podrá formarse libremente,
entre sí que la responsabilidad con el agregado obligatorio de la leyenda: Sociedad
ellos se limite a una porción o Anónima, que podrá abreviarse S.A.
con el nombre y apellido de uno La denominación podrá contener el nombre de un
egado obligatorio de la leyenda; socio fundador o los apellidos de dos o más de
olectiva, leyenda que podrá ellos, en este caso, deberá incluirse la designación
del objeto principal de la sociedad.
para la constitución de las
s artículos 14 al 67 del Código
29 al 31 y el 46 del Código de
cho (Asesor Legal –Abogado) Un Profesional del Derecho (Asesor Legal
deberá inicialmente: –Abogado) debidamente colegiado deberá
inicialmente:
de la sociedad; registrarla en su 1. Elaborar la escritura de la sociedad; registrarla en
te llevarla al Registro Mercantil su protocolo y posteriormente llevarla al Registro
espectivos. Mercantil para iniciar los trámites respectivos
4. esentante Legal y/o Gerente 2. Para nombrar al Representante Legal y/o Gerente
erá solicitar Cédula de Vecindad General, el abogado deberá de solicitarles su
ón Tributaria (NIT) a las Cédula de Vecindad y Número de Identificación
lectas para estos cargos. Tributaria (NIT) a las personas que han sido electas
para estos cargos.
bramiento de Representante 3. Elaborar acta de nombramiento de
, y llevar la misma a registrar en Representante Legal y Gerente General.
5. SOCIEDADES
LIMITADA UNIPERSONAL
Es la compuesta por varios socios que sólo están La empresa unipersonal es aquella por la cual una
obligados al pago de sus aportaciones. Por las persona ya sea natural o jurídica, destina parte de sus
obligaciones sociales responde únicamente el activos para crear una empresa de único propietario
patrimonio de la sociedad, y en su caso, la suma que a
más de las aportaciones convenga la escritura social.
El capital estará dividido en aportaciones que no Las sociedades unipersonales podrán constituirse por
podrán incorporarse a títulos de ninguna naturaleza ni documento privado en el cual se deberá expresar:
denominarse acciones.
El número de los socios no podrá exceder de veinte. Nombre, documento de identidad, domicilio y dirección
del accionista Denominación o razón social de la
sociedad, seguida de la Denominación o razón social de
la sociedad, seguida de la expresión “sociedad
unipersonal” o de su sigla “S.U” acompañada de la
palabra limitada o anónima
La sociedad girará bajo una denominación o bajo una El termino de duración, las actividades principales, el
razón social. La denominación se formará libremente, monto del capital haciendo una descripción
pero siempre hará referencia a la actividad social pormenorizada de los bienes aportados con estimación
principal. La razón social se formará con el nombre de su valor
completo de uno de los socios o con el apellido de dos
o más de ellos. En ambos casos es obligatorio agregar
la palabra
Limitada o la leyenda: y Compañía Limitada, las que El número de cuotas de igual valor nominal en que se
podrán abreviarse: Ltda. o Cía. Ltda., respectivamente. dividirá el capital de la empresa. La forma de
Si se omiten esas palabras o leyendas, los socios administración y el nombre, documento de identidad y las
responderán de modo subsidiario, ilimitada y facultades de sus administradores. A falta de
solidariamente, de las obligaciones sociales. estipulaciones se entenderá que los administradores
podrán adelantar todos los actos comprendidos dentro de
las actividades previstas.
1. Elaborar la escritura de la sociedad; registrarla en su
protocolo.
6. 2. Elaborar acta de nombramiento de Representante
Legal y Gerente General,y llevar la misma a registrar
en el Registro Mercantil REGISTRO MERCANTIL,
SAT, IGSS y otras necesarias).
7. NIPERSONAL EMPRESAS ASOCIATIVAS DEL TRABAJO
es aquella por la cual una Las empresas asociativas de trabajo, serán
o jurídica, destina parte de sus organizaciones económicas productivas, cuyos
mpresa de único propietario asociados aportan su capacidad laboral, por tiempo
indefinido y algunos además entregan al servicio de la
organización una tecnología o destreza, u otros activos
necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la
empresa.
onales podrán constituirse por La razón social deberá ir acompañada de la
l cual se deberá expresar: denominación de "Empresa Asociativa de Trabajo" o
"E.A.T".
identidad, domicilio y dirección Los asociados tienen una relación de carácter
ción o razón social de la típicamente comercial con las empresas asociativas de
Denominación o razón social de trabajo.
la expresión “sociedad
a “S.U” acompañada de la
ma
las actividades principales, el La personería jurídica de las empresas asociativas será
do una descripción reconocida desde su inscripción en la Cámara de
enes aportados con estimación Comercio, siempre que se acredite el cumplimiento de
los siguientes requisitos:
igual valor nominal en que se » Presentación del acta de constitución
mpresa. La forma de
bre, documento de identidad y las
istradores. A falta de
derá que los administradores
os actos comprendidos dentro de
.
» Adopción de los estatutos
8. » Que la empresa asociativa sea integrada por un
número no inferior a tres (3) miembros fundadores".
Además éstas se integran con un número no inferior a
tres(3) miembros y no mayor de diez (10) asociados
para la producción de bienes. Cuando se trate de
empresas de servicios, el número máximo será de
veinte (20), que estarán representados en dicha
empresa de acuerdo con el monto de su aporte laboral
y adicionalmente en especie o bienes.