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Solicitud de Modificación de Partida Electrónica:
Modificación de estatuto del partido político
"TODOS POR EL PERU"
(ADX-2015-050325 del 18.12.2015)
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PARA
MEMORANDO w 031:> -2016-DNROPI
LIC. LUIS ERNESTO GRILLO TEAGUA
Jefe de la Oficina de Servicios al Ciudadano,
JURADO "IMIGNr.. Ili j¡,'~"DNES
SERVICIOS AL CIUDADANO
RECIBIDO
O 5 FEB. 2016
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~~;:~~i,:~.:~.:.:~:.:.:~..:.:.:~~i~~...::: .:~:::!::fj~::.
FABIOLA PONCE Firm•.
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ASUNTO
REFERENCIA
FECHA
Remito expediente de apelación del Partido Político "TODOS POR EL
PERU"
ADX-2015-050325
Lima, 05 de febrero 2016,
Es grato dirigirme a usted, para remitirle las partes pertinentes del expediente del partido político
"Todos por el Perú"; en virtud de lo dispuesto en la Resolución W O;:¡, -2016-DNROP/JNE, que
resuelve conceder el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Jean Carla Zegarra Roldán,
Personero Legal Titular del citado partido político, contra la Resolución N" 017-2016-DNROP/JNE de
fecha 28 de febrero de 2016,
Cabe señalar que el referido expediente, cuenta con un total de '3:5i folios,
Atentamente,
'i '~'~''''a, '[YY'
.j'~~'~~ ...............•................:.............•;...
t' .¥'_, ~ Dr, Fernando M. Rodrlguez ?alron
.;&~~I,;;Director N.cion.1 de RegIStro de
1,~~~~~1fl)1. OrganizacIonesPolític~s
'i~ JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
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TODOS
POR EL PERÚ
Lima, 18 de diciembre de 2015.
SUMILLA:
JURADO NACIONAl. De .1..CCloNU
SERVICIOS AL CIUOIIOllNQ
RECIBIDO
18 DIC. 2015 -...
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Ana'" iJ.. :i-'Qf:'7'
N' FiliO": ~ " Hora. o.. . ..
C.iaflfnnto(¡lderonHerm¡ Firma: ,.. u.o ••••••••••••••••
Solicito la modificación de
la partida electrónica del
Partido Político Todos por
el Perú en referencia a
nuestros estatutos.
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Señor Director del Registro de Organizaciones Políticas del jurado Nacional de
Elecciones
jean CarlosZegarra Roldán, con DNl NQ 40330948
Personero Legal Inscrito del partido político TODOS
POR EL PERÚ, señalando domicilio para efectos de la
presente solicitud en Av. Brasil 963 jesús María,
teléfono celular 992813776 y correo electrónico
jeanca zegarra@hotmail.com. ante usted
respetuosamente me presento y digo:
Que de acuerdo a las leyes vigentes, recurro ante su despacho para SOLICITAR LA
MODIFICACIÓN DE LA PARTIDA ELECTRÓNICA DEL PARTIDO POLÍTICO TODOS
POR EL PERÚ; con el objeto que se modifique lo siguiente:
Modificación de los Estatutos del Partido Politico Todos Por el Perú actualmente
inscritos en el ROP en los siguientes artículos:
Artículo 4 modificado
Artículo 15 eliminado
Artículo 24 modificado
Artículo 27, 28 modificado
Artículos 29, 3031 eliminados
Artículo 32, 33, 34 modificados
Artículo 35 eliminado
Artículo 56 modificado
Artículo 57 eliminado
Artículo 59 modificado
Artículo 60 eliminado
Capítulo VI(ARTícULOSDEL76 AL80) Eliminados
Artículo 109 modificado
Para tal efecto, se adjunta a la presente solicitud los Originales y copias certificadas
de los siguientes documentos:
Carta de Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria
Acta de Asamblea General Todos Por el Perú del 10.10.2015
Nuevo Estatuto del Partido Político Todos por el Perú
TODOS
POR EL PERÚ
Lista de Asistentes a la Asamblea General del 10.10.2015
Un CD original y una copia con los cambios realizados según requisitos
técnicos establecidos en el Reglamento del ROP.
Comprobante de Pago de las tasas correspondientes según TUPAdel JNE.
Port43nto:
Solici 1:0 a Usted realizar las modificaciones solicitadas
e ~Zegarra Roldán
DNI N040330948
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SCJ.IIIl:.; FS -'" nnLf""~' mllllllnll'" I UritH"&n1
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JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS Y SERVICIOS - TESORERIA '11":''',. ,1",.1
RUC N° 20131378549
Jirón Lampa N° 946 - Lima ' .' .' '.''
Centrai Teiefónica 311-1700 Anexo 2056 Cajero:
IMPORTE
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RECIBO DE INGRESO A CAJA
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POR EL PERÚ
CONVOCATORIA
A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA
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En aplicación de lo establecido en los artículos 27, 28 Y 85 del Estatuto, el Comité Ejecutivo
Nacional convoca a Asamblea General Extraordinaria a realizarse el siguiente sábado 10 de
octubre de 2015 con la finalidad de revisar y tomar acuerdos sobre la siguiente agenda:
1. Evaluación de actos realizados por órganos partidarios durante el perlado 2014-
2015
2. Modificación Estatutaria
3. Acuerdo sobre elecciones internas de auroridades partidarias
Datos de la Asamblea:
FECHA: Sábado 10 de octubre de 2015
PRIMERA CONVOCATORIA: 10:00 a.m. t,¡¡I
SEGUNDA CONVOCATORIA: 10:30 a.m.
LUGAR: Av. Centrai926, Los Olivos, lima, lima.
La información sobre la Asamblea se irá actualizando en la página web del partido
(www.todosporelperu.pe) .
lima, 20 de septiembre de 2015
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REOZEGARRA
P esidente del Comité Ejecutivo Nacional
Publicado el 20 de septiembre de 2015 a las 3:00 p.m .
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Sábado, 10 de octubre de 2015
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Confecha 20 de septiembre de 2015 fueron convocados los miembros de la Asamblea General
elvia correo electrónico y vla página web del partido, con la finalidad de sostener una reunión
extraordinaria de Asamblea General el día de hoy, 10 de octubre de 2015, con la siguiente
Agenda:
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1. Evaluación de actos realizados por órganos partidarios durante el perfodo 2014-2015
2. Modificación Estatutaria
3. Acuerdo sobre elecciones internas de autoridades partidarias
-Siendo las 10:32 a.m. del 5ábado 10 de octubre de 2015, en segunda citación, Áureo Zegarra,
Presidente del CEN, procede a verificar el cumplimiento del quórum conforme al articulo 87
del Estatuto. Siendo que el 20% de los 42 miembros hábiles del partido convocados
corresponde a 9 miembros, se verifica que a las 1O:4Sa.m. hay 16 miembros asistentes, por lo
que habiendo excedido el quórum que requiere el Estatuto, se procede a dar inicio a la
reunión extraordinaria de Asamblea General.
Siendo las 11:10 a.m., se procede a la discusión de los puntos de agenda:
Áureo Zegarra
Rodolfo Pérez
CésarOrtiz
Mercedes Mendoza
Pablo Castro
YuliNalencia
Presidente de la Mesa Directiva
Vicepresidente de la Mesa Directiva
Tercer Miembro
Cuarto Miembro
Quinto Miembro
Sexto Miembro
Habiendo realizado la juramentación correspondiente para la instalación de la Mesa, se
procede a decidir y explicar las reglas del modo de deliberación y el sistema de adopción de
acuerdos:
Todos los miembros de la Asamblea tienen derecho a expresar su voz, levantando la
mano y esperando el turno otorgado por el Presidente de la Mesa Directiva de la
Asamblea General.
Finalmente, para la toma de decisiones, el Presidente de la Mesa Directiva cierra la
discusión y somete a votación el tema, para lo cual se pasará a contar votos a favor, en
contra y abstenciones sobre los temas materia de votación.
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3
4
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Luego de unas palabras de bienvenida con ocasión del Aniversario del partido por parte del
Presidente del CEN, relatando los orlgenes del partido, y ante la ausencia de la Secretaria
General Nacional, se procede conforme al artículo 28 del Estatuto a la elección de los 5
miembros de la Mesa Directiva que acompañarán al Presidente del CENcomo Presidente de la
Mesa Directiva de la Asamblea General. Luego de una decisión democrática y unánime de los,.miembros asistentes, a las 11:05 a.m. se define la Mesa Directiva con los siguientes miembros:
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PRIMERPUNTO DE AGENDA: Evaluación de actos realizados por órganos partidarios durante
el periodo 2014-2015
Siendo las 11: 10 a.m. se discute sobre la ratificación de vigencia de los órganos partidarios, al
no haberse realizado oportunamente elecciones internas de renovación de las mismas, y sobre
la ratificación de los actos partidarios realizados por dichos órganos. Luego de una breve
explicación de las razones, se procede a la votación para decidir sobre este punto.
Votos a favor: 17
...Votos en contra: O
Abstenciones: O
Por unanimidad, a las 11:20 a.m. se decide ratificar la vigencia de todos los órganos
partidarios, incluyendo pero no limitándose al Comité Ejecutivo Nacional, Comisión Nacional
de Política, Tribunal Nacional Electoral, hasta que se realicen nuevas elecciones de autoridades
partidarias, asf como a ratificar los actos partidarios realizados por éstos.
SEGUNDOPUNTO DEAGENDA:Modificaci6n Estatutaria
Votos a favor: 17
Votos en contra: O
Abstenciones: O
Votos a favor: 17
Votos en contra: O
Abstenciones: O
Por unanimidad, a las 12:15 p.m. se aprobaron todas las modificaciones al Estatuto
propuestas, quedando como documento final el que se adjunta a la presente acta.
Siendo las 11:20 a.m. se inicia la revisión de las modificaciones estatutarias, habiéndose
dialogado democráticamente introduciendo precisiones propuestas por los miembros de la
Asamblea General. A las 12:10 p.m. se somete a votación la decisión sobre el estatuto
modificado.
TERCERPUNTO DE AGENDA: ACUERDO SOBRELAS ELECCIONESINTERNAS PARA ELEGIRA
LASAUTORIDADESPARTIDARIAS
Habiéndose presentado las posibilidades de modalidad de elección de autoridades partidarias
y la opción de fecha para llevarlas a cabo, se decide por unanimidad a las 12:20 p.m. convocar
a Elecciones Internas de autoridades partidarias bajo la modalidad de elección indirecta a
través de Asamblea Electoral para el próximo Sábado 24 de octubre de 2015.
CUARTOPUNTO DE AGENDA: ACUERDOSOBRELAS ELECCIONESINTERNAS PARA ELEGIRA
CANDIDATOSDEELECCiÓNPOPULAR
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la mesa directiva decide someter a votación este pinto, y habiéndose presentado las
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elección indirecta a través de Asamblea Electoral.
Votos a favor: 17
Votos en contra: O
Abstenciones: O
Siendo las 12:35 p.m. se procede a dar clausura a la Reunión Extraordinaria de la Asamblea
General realizada ellO de octubre de 2015, dando los abajo firmantes su conformidad con lo
expuesto en la presente Acta.
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TODOS POR El PERÚ
Sábado, 10 de octubre de 2015
Con fecha 20 de septiembre de 2015 fueron convocados los miembros de la Asamblea General
el vía correo electrónico y vla página web del partido,con la finalidad de sostener una reunión
extraordinaria de Asamblea General el día de hoy, 10 de octubre de 2015, con la siguiente
Agenda:
1. Evaluación de actos realizados por órganos partidarios durante el período 2014-2015
2. Modificación Estatutaria
3. Acuerdo sobre elecciones internas de autoridades partidarias
Siendo fas 10:32 a.m. del Sábado 10 de octubre de 2015, en segunda citaci6n, Áureo Zegarra,
Presidente del CEN, procede a verificar el cumplimiento del quórum conforme al articulo 87
del Estatuto. 5iendo que el 20% de los 42 miembros hábiles del partido convocados
corresponde a 9 miembros, se verifica que a las 10:45 a.m. hay 16 miembros asistentes, por lo
que habiendo excedido el qu6rum que requiere el Estatuto, se procede a dar inicio a la
reunión extraordinaria de Asamblea General.
Siendo las 11:10 a.m., se procede a la discusión de los puntos de agenda:
Áureo Zegarra
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Luego de unas palabras de bienvenida con ocasión del Aniversario del partido por parte del
Presidente del CEN, relatando los origenes del partido, y ante la ausencia de la Secretaria
General Nacional, se procede conforme al articulo 28 del Estatuto a la elección de los 5
miembros de la Mesa Directiva que acompañarán al Presidente del CENcomo Presidente de la
Mesa Directiva de la Asamblea General. Luego de una decisión democrática y unánime de los
miembros asistentes, a las 11:05 a.m. se define la Mesa Directiva con los siguientes miembros:
1 Presidente de la Mesa Directiva
2 Vicepresidente de la Mesa Directiva
3 Tercer Miembro
4 Cuarto Miembro
5 Quinto Miembro
6 Sexto Miembro
Habiendo realizado la juramentación correspondiente para la instalación de la Mesa, se
procede a decidir V explicar las reglas del modo de deliberación y el sistema de adopción de
acuerdos:
Todos los miembros de la Asamblea tienen derecho a expresar su voz, levantando la
mano V esperando el turno otorgado por el Presidente de la Mesa Directiva de la
Asamblea General.
Finalmente, para la toma de decisiones, el Presidente de la Mesa Directiva cierra ia
discusión y somete a votación el tema, para lo cual se pasará a contar votos a favor, en
contra V abstenciones sobre los temas materia de votación.
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PRIMERPUNTO DE AGENDA: Evaluación de actos realizados por órganos partidarios durante
el periodo 2014-2015
Siendo las 11: 10 a.m. se discute sobre la ratificación de vigencia de los órganos partidarios, al
no haberse realizado oportunamente elecciones internas de renovación de las mismas, y sobre
la ratificación de los actos partidarios realizados por dichos órganos. Luego de una breve
explicación de las razones, se procede a la votación para decidir sobre este punto.
SEGUNDOPUNTO DEAGENDA:ModifJcación Estatutaria
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Votos a favor: 17
Votos en contra: O
Abstenciones: O
Por unanimidad, a las 12:15 p.m. se aprobaron todas las modificaciones al Estatuto
propuestas, quedando como documento final el que se adjunta a la presente acta.
TERCERPUNTO DE AGENDA: ACUERDO SOBRE LAS ELECCIONESINTERNAS PARA ELEGIRA
LASAUTORIDADESPARTIDARIAS
Habiéndose presentado las posibilidades de modalidad de elección de autoridades partidarias
y la opción de fecha para Iievarlas a cabo, se decide por unanimidad a las 12:20 p.m. convocar
a Elecciones Internas de autoridades partidarias bajo la modalidad de elección indirecta a
través de Asamblea Electoral para el próximo Sábado 24 de octubre de 2015.
Votos a favor: 17
Votos en contra: O
Abstenciones: O
Por unanimidad, a las 11:20 a.m. se decide ratificar la vigencia de todos los órganos
partidarios, incluyendo pero no limitándose al Comité Ejecutivo Nacional, Comisión Nacional
de Política, Tribunal Nacional Electoral, hasta que se realicen nuevas elecciones de autoridades
partidarias, así como a ratificar los actos partidarios realizados por éstos.
Votos a favor: 17
Votos.en contra: O
Abstenciones: O
Siendo las 11:20 a.m. se inicia la revisión de las modificaciones estatutarias, habiéndose
dialogado democráticamente introduciendo precisiones propuestas por los miembros de la
Asamblea General. A las 12:10 p.m. se somete a votación la decisión sobre el estatuto
modificado.
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La mesa directiva decide someter a votaci6n este pinto, y habiéndose presentado las
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Siendo las 12:35 p.m. se procede a dar clausura a la Reunión Extraordinaria de la Asamblea
General realizada ellO de octubre de 2015, dando los abajo firmantes su conformidad con lo
expuesto en la presente Acta.
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Asamblea General
Sábado, 10 de octubre de 2015
10:00 a,m,
Listade Asistentes
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FIRMACORREO ELECTRÓNICO TELÉFONODIRECCiÓN FíSICANo NOMBRES APELLIDOS ÓRGANO(S) AL QUE PERTENECE
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TODOS
POR EL PERÚ
ESTATUTO DEl PARTIDO POLíTICO TODOS POR ELPERÚ
TíTULO PRIMERO
ASPECTOSGENERALES
Capitulo I
Principios Generales
Articulo 1.- "TODOS POR EL PERÚ" es un partido poiftico cuya personería y funcionamiento a nivel
nacional están sujetos al ordenamiento jurídico de la República del Perú.
No tiene fines de lucro y busca asegurar la vigencia del sistema democrático, contribuir al
desarrollo nacional y forjar una cultura dvica y democrática. Asimismo, tiene entre sus fines
preservar la paz, la libertad y el respeto de los derechos humanos, y de todos aquellos derechos
consagrados en la Constitución Política, las leyes del Perú, así como en su Ideario y en sus
propuestas de gobierno, siendo el servicio al Perú su fin supremo.
Articulo 2.- La acción política de "TODOS POR ELPERÚ" se inspira en los ideales del Humanismo de
Centro y de la Economfa Social de Mercado. Busca promover el desarrollo integral de la persona
humana y el logro del bien común del pueblo peruano, conforme a los principios de libertad,
equidad, justicia y solidaridad, en un ámbito de pluralidad y respeto democrático.
"TODOS POR ELPERÚ" aspira a convocar a todos los independientes que, sin pertenecer a partido
político alguno, se sientan comprometidos con la necesidad de llevar adelante cambios profundos
en el país, participando de manera organizada en la vida política nacional, en el marco de los
principios que postula. Asimismo, busca comprometer a aquellos peruanos de buena voluntad
que, habiendo pertenecido a otro partido, hayan renunciado por escrito a su organización para
formar parte de "TODOS POR EL PERÚ".
Artículo 3,- El aniversario de "TODOS POR EL PERÚ" se celebra el día 10 de octubre de cada año.
Los miembros de "TODOS POR EL PERÚ" que accedan a sus órganos de gobierno, atienden el
interés de los integrantes del mismo, asf como de la comunidad en su conjunto.
Articulo 4.- El símbolo de "TODOS POR EL PERÚ" está constituido por una "Antorcha" blanca'"
dentro de una circunferencia de fondo morado, que representa la claridad en las ideas de sus
miembros, el fuego en sus corazones y la esperanza en el triunfo.
SCl'.llill:"' FS '.. " . fl1 7"Al; • •.•.•II •• IIII" ••• "'III •• H••••
1
TODOS
POR EL PERÚ
Capítulo IIIlJ
Fundadores, Afiliados, Simpatizantes y Jó;~nes Colaboradores
Articulo 5.- Son Fundadores de "TODOS POR EL PERÚ" las personas que suscribieron el acta
fundacional de fecha lS de setiembre de 2003 y los delegados presentes en la Primera Asamblea
General que, bajo el nombre de Congreso Nacional, se realizó en la ciudad de Lima, distrito de
Surquillo, ellO de octubre de 2003.
Articulo 6.- Son afiliados de "TODOS POR EL PERÚ" los ciudadanos peruanos mayores de 18 años
inscritos y registrados en el padrón de afiliados.
Articulo 7.- Requisitos de afiliación.- Son requisitos de afiliación los siguientes:
a. Ser ciudadano peruano por nacimiento o por naturalización. En caso de ser extranjero
deberá serllJmayor de 18 años y residente en el territorio peruano por no menos de dos
años continuos. 111
b. Solicitar su afiliación manifestando en forma expresa su adhesión al Ideario y al presente
Estatuto, con la firma e impresión de huella dactilar de la ficha de afiliación aprobada por
el6rgano competente del partido.
I
2
SClJNf. FS'" "' . [P 8'"'IIIIt'rI'IIN •••• llti_ ••••••
El control permanente de las fichas de afiliación, de su registro automatizado, de su actualización,
así como la elaboración del Padrón Nacional de Afiliados, le corresponde a la Secretaría Nacional
de Organización y Movilización.
Articulo 8.- La afiliación se debe realizar en algún Comité Ejecutivo Distrital, Provincial o Regional
de"TODOS POR EL PERÚ", en los Comités de Peruanos en el Exterior o en la sede central de
"TODOS PORELPERÚ".
Al firmar la ficha de afiliación señalado, el afiliado acepta:
a. Conocer y cumplir lanormativa interna aprobada por los órganos partidarios competentes.
b. Cumplir las decisiones que emanen de los diferentes niveles de la estructura de la
organización. 111
I
~
Articulo 9.- "TODOS POR EL PERÚ" fomenta la carrera política y el derecho de los afiliados a
ocupar gradualmente cargos de mayores responsabilidades Internas y externas, en virtud de sus
Li1 méritos y capacidades.
ff' Articulo 10.- Se pierde la calidad de afiliado por: ,/ %
Y
a. Renuncia expresa ante el Secretario General del C0":lité Ejecutivo Nacional.l1J f-/
b. Separación por resolución del Tribunal Nacional de Etica y Disciplina con sujeción al debido ";",. I
proceso. llJ ~~ .
c. Muerte o declaración de muerte p~esunta.1lJ I~
d. Disolución de "TODOS PORELPERU". V' -
¥
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,. TODOS
POR EL PERÚ
Artículo 11.- Son derechos del Afiliado:
3
Conocer y difundir el Ideario, este Estatuto y demás normativa interna, así como los
programas y propuestasmde "TODOS POR ELPERÚ".1iI
Defender el sistema democrático como forma de gobierno.1iI
Cumplir y respetar los Estatutos.1iJ
Votar en las elecciones internas, de conformidad con la normativa interna y general
vigente.
Participar en las actividades de su base y en todas aquellas que "TODOS POR EL PERÚ"
lemencomiende. m
Respaldar las decisiones del Comité Ejecutivo Nacional y de los demás órganos de
gobierno de "TODOS POR ELPERÚ".1iJ
Abonar la cuota de afiliado determinada por el órgano competente y, en caso de aquellos
afiliados que ejercen cargo público elegidos por voto popular, contribuir con el diez por
ciento (10%) de los ingresos netos que provengan del ejercicio del cargo. De no estar al día
con sus cuotas o con cualquier otro pago al que estuviera obligado, perderá todos sus
derechos, inclusive el de elegir y ser elegido, de acuerdo con este Estatuto y la normativa
interna correspondiente. m
Ser personero de "TODOS POR EL PERÚ", de acuerdo a requerimiento por el órgano
competente. m
Evitar u oponerse a cualquier acción que dañe o lesione a ''TODOS POR EL PERÚ" o a
cualquiera de sus miembros.1ll
Capacitarse adecuadamente en los principios doctrinarios, así como en los lineamientos
a. Participar, en el nivel correspondiente, en la deliberación y en la toma de decisiones de
"TODOS POR EL PERÚ", en las actividades de su base o cargo, así como opinar sobre
aquellas materias querntengan importancia en la vida institucional y nacional.1iI
b. Ejercer iniciativa política desde su respectivo nivel. liI
c. Elegir y ser elegido para cargos directivos y como candidato a los cargos elegibles por
votaciónmpopular en las listas que auspicie ''TODOS POR EL PERÚ", conforme ala
normativa general e interna vigentes.
d. Recibir permanente capacitación, en función de los recursos disponibles, sobre los
principios doctrinarios que inspiran a "TODOS POR EL PERÚ", así como sobre otros temas y
actividades quemel partido desarrolle. m
e. Participar en las actividades de formación técnica, política y académica realizadas
porl1J''TODOSPOR EL PERÚ". m
f. Participar en proyectos de investigación científica y social que promueva "TODOS POR EL
PERÚ" Y quelilestén vinculados al desarrollo nacional. m
g. Ser informado sobre las principales decisiones y directivas que emanen de los órganos de
dirección y delilgobierno de ''TODOS POR ELPERÚ".1iI
h. Participar en los procesos y campañas electorales internas y externas. m
i. Ejercer su defensa en caso de ser sometido a proceso disciplinario. liI
j. Los demás que establezcan la ley y la normativa correspondientes.1iI
Artículo 12.- Son deberes del Afiliado:
a.
b.
c.
d.
e.
• --,
I
f.
g.
~f h.
i.
j.
~
.155ú
TODOS
POR EL PERÚ
políticos, económicos y sociales de "TODOS POR EL PERÚ". Para postular a cargos
partidarios internos y para cargos electivos, es necesario haber cumplido con los requisitos
de formación que en cada caso se determinen.1ll
k. Ajustar su conducta a los valores de veracidad, honestidad, laboriosidad, respeto mutuo,
eficiencia y solidaridad.1!J
1. Los demás que establezcan la ley y los reglamentos correspondientes.1!J
Artículo 13.-Son Simpatizantes de "TODOS POR EL PERU" las personas que sin afiliarse al partido,
sienten afinidad con sus principios y colaboran en su quehacer político,y deciden apoyar sus tareas
y el logro de sus objetivos y/o representarlo en cargos electivos o en funciones públicas. Asimismo,
pueden actuar como personeros de mesa o personeros técnicos en los procesos electorales,
brindarsoporte técnico o profesional para la elaboración del Plan de Gobierno o el desarrollo
técnico a determinados asuntos de interés nacional, regional o local o contribuir con la marcha de
"TODOS POR EL PERÚ" en forma permanente.
Artículo 14." Son derechos y deberes de los Simpatizantes:
SCIJNE.FS '" n' D.') ri111 111 1111"'1 tlÚIh ••••••
Participar en las actividades formativas, sociales, deportivas, culturales, políticas y afines
de "TODOS POR EL PERÚ", con sujeción a la normativa interna específica de cada
actividad.
Artículo 15.- Son Jóvenes Colaboradores de ''TODOS POR EL PERU", los jóvenes menores de 18
años con interés de participar y que, sin afiliarse, se vinculan al partido, apoyando acciones
institucionales relacionadas con la cuitura, la educación, el deporte, el programa de formación en
valores cívicos, las redes de participación dvica electrónica y otras actividades afines.
a. Participar en las actividades formativas, sociales, deportivas, culturales, políticas y afines
de ''TODOS IllPOR EL PERÚ", con sujeción a la normativa Interna específica de cada
actividad. I!J
b. En caso de ser elegidos para cargos públicos en representación de "TODOS POR EL PERÚ",
los simpatizantes adquieren los derechos y los deberes de los afiliados, para lo cual
deberán expresarl!Jsu consentimiento escrito.
Artículo 16.- Son derechos de Los Jóvenes Colaboradores:
Artículo 17.- Los afiliados, simpatizantes y jóvenes colaboradores de "TODOS POR EL PERÚ" deben
tener una conducta ética y respetar las decisiones adoptadas por los órganos competentes del
partido ..
Los afiliadosy simpatizantes que cumplen cargos de función pública siguen las líneas de
orientación polftica general y doctrinaria que "TODOS POR EL PERÚ" postula, gozando de
autonomía en sus decisiones técnicas y administrativas.
d.,
'1
TODOS
POR EL PERÚ
1554
•
Artículo 18.- Los dirigentes de "TODOS POR EL PERÚ", en sus respectivos niveles, pueden ser
sustituidos o revocados en sus funciones por causas debidamente justificadas o establecidas en el
Estatuto, así como en el Reglamento de Ética y Disciplina. El dirigente debe tener la oportunidad
de presentar sus descargos antes de adoptarse esta decisión.
La vacancia es cubierta por la persona que designe el Comité Ejecutivo Nacional o el respectivo
órgano de gobierno. El sustituto sólo completa el período de la autoridad sustituida o revocada.
Capítulo 111111
Del Patrimonio y los Recursos
Artículo 19.- El patrimonio y los recursos de "TODOS POR EL PERÚ" están constituidos por:
a. Los bienes muebles e inmuebles, y los derechos que posea o adquiera a título gratuito u
oneroso.1lI
b. Las cuotas, los aportes y contribuciones en dinero o especie de los afiliados y
simpatizantes, de ser el caso.
c. Las donaciones, los aportes,las contribuciones, las subvenciones, los subsidios y los
legados que reciba, en dinero y/o en especie, de acuerdo a ley.
d. Los bienes económicos o materiales producto de las actividades que realice.1lI
e. Los créditos que se concierten. III
f. Los ingresos que generen sus activos. 111
g. El Financiamiento Público de acuerdo a ley. III
Capítulo 1II1l
De las Finanzas y del Control Contable 111
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SC/JNE. FS~;:: D..~l.~0'
Artículo 20.- Criterios para la Administración de las Finanzas.1lI
Artículo 21.- Auditorra Interna y Externa:
"TODOS POR EL PERÚ" administra con eficiencia, austeridad y absoluta transparencia sus finanzas
y su patrimonio, conformado por los conceptos previstos en el presente Estatuto, ia normativa
interna y general pertinentes.
El Comité Ejecutivo Nacional creará una oficina de Auditoría Interna, a cargo de una persona u
organismo profesional en la materia y dotado de absoluta independencia, para el cumplimiento de
sus funciones.I1ILa Asamblea General, así como el Comité Ejecutivo Nacional, podrán ordenar la
realización de auditorías externas cuantas veces lo estimen pertinente.
1,F:)S5,., •••••• 1..
TODOS
POR EL PERÚ
Artículo 22.- Donaciones anónimas:fll
I No se aceptarán contribuciones, donaciones, préstamos o aportes, en dinero o en especie, de
, personas naturales o jurídicas que pidan mantener dichas entregas en el anonimato.IlILos ingresos
de cuaiquiera de las fuentes establecidas en el Artículo 19 del presente Estatuto se registrarán en
los libros de contabilidad de "TODOS POR ELPERÚ" Y en los formatos exigidos por ley.
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TíTULO SEGUNDO
DE LA ORGANIZACiÓN
6
Artículo 23.- Los órganos partidariosde "TODOS POR ELPERÚ" son:
Capitulo IIlI
De la Organización
B. DESCENTRALIZADOS
1. Comités Regionales.1lI
2. Comités Provinciales. III
3. Comités Distritales. III
4. Comités de peruanos en el exterior. III
A. NACIONALES:
1. Asamblea General
2. Comité Ejecutivo Nacional (CEN)1lI
3. Comisión Nacional de Politica
4. Tribunal Nacional de ~tica y Disciplinalll
5. Tribunal Nacional Electoral
Artículo 24.- Los órganos enumerados en el artículo precedente tienen facultades para dictar, en
sus respectivas instancias, normas internas (reglamentos, directivas, resoluciones, circulares) y
lineamientos generales de política para el logro de los fines de "TODOS POR EL PERÚ", así como
para difundir y preservar sus valores y principias doctrinarios, sociales y económicos y para velar
por su unidad y disciplina. La organización y funciones especificas de todos los órganosde ''TODOS
POR EL PERÚ" se rigen por el Reglamento de Organización y Funciones que se dicte de
conformidad con las normas del presente Estatuto.
Artículo 25. Las autoridades de ''TODOS POR EL PERU" son elegidas por un período de cuatro años.
Podrán ser reelegidas de manera consecutiva por una sola vez en el mismo cargo.IlIEI número de
mujeres u hombres que se presenten en las listas de candidatos para cargos de dirección, así como
para cargos de elección popular, no puede ser inferior al treinta por ciento (30%) del total de
candidatos.
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TODOS
POR EL PERÚ
Corresponde a la Asamblea General adoptar decisiones excepcionales, debidamente justificadas,
respecto de la duración del cargo de las autoridades.
Capítulo 11
De los Órganos PartidariosNacionales
ArtIculo 26.- La Asamblea General:ijJ
Es el organismo máximo y deliberativo de gobierno de "TODOS POR EL PERÚ". Le compete definir
los lineamientos de acción poiftica y de gobierno, revisar o modificar el Estatuto y el ideario de
"TODOS POR EL PERÚ", así como cualquier otro asunto que sea sometido a su consideración.m
La Asamblea General se reúne ordinariamente cada cuatro años, a convocatoria del Comité
Ejecutivo Nacional, y extraordinariamente cuando éste lo acuerde o a solicitud de un número no
menor del treinta por ciento (30%) de miembros de la Asamblea General.lll
7
a. Miembros del Comité Ejecutivo Nacional. m
b. Secretarios Generales de niveles nacional,regional y provincial.llJ
c. Coordinador de los comités de peruanos en el exterior.1lJ
d. Miembros del Tribunal Nacional de Ética y Disciplina. m
e. Miembros del Tribunal Nacional Electoral. ijJ
f. Todo afiliado que ejerza un cargo público de elección popular.
g. PersoneroLegalTitularoAlternodebidamenteacreditado. m
h. Miembros de la Comisión Nacional de Poiftica, que incluye a los fundadores del partido.
i. Delegados de base de cada circunscripción del ámbito regional y provincial, que sean
elegidos democráticamente de acuerdo con los criterios que para tal fin establezca el
Tribunal Nacional Electoral.llJ
Se denomina Asamblea Estatutaria cuando se convoca con ei propósito de revisar y/o modificar el
Estatuto de "TODOS POR EL PERÚ", Y se denomina Asamblea Programática cuando se convoca con
el propósito de modificar el Ideario o para definir el Plan de Gobierno de "TODOS POR EL
PERÚ".IlJDichas asambleas pueden coincidir con la Asamblea Ordinaria o convocarse extra-
ordinariamente.
Articulo 27.- Son miembros de la Asall')blea Generalde "TODOS POR El PERÚ":
En las Asambleas Generales, sean éstas ordinarias o extraordinarias, la mesa directiva estará
conformada por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, quien ia preside y dirige; el
Secretario General, quién actuará como vicepresidente;y cuatro miembros que serán elegidos por
la Asamblea.
Los seis miembros de la mesa directiva ejercerán funciones desde su juramentación hasta la
clausura de la Asamblea. La Mesa Directiva podrá incluir en la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria
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TODOS
POR EL PERÚ
temas que no estén considerados en la agenda. El Vicepresidente reemplazará al Presidenteen
caso de ausencia o por encargo del mismo. El Secretario llevará el acta.
El Reglamento de cada Asamblea establecerá el modo de deliberación y el sistema de votación
para la adopción de sus acuerdos y demás trámites pertinentes.
Artículo 28. El Comité Ejecutivo Nacional (CEN)
El Comité Ejecutivo Nacional es el máximo órgano de dirección, ejecución y representación legal
de "TODOS POR EL PERÚ". Es responsable de la organización, funcionamiento y dirección de los
distintos estamentos de su estructura, y tiene como función principal velar por el cumplimiento de
las decisiones o acuerdos de la Asamblea General, promover el cumplimiento de la línea política
adoptada por la Comisión Nacional del Política, asf como evaluar y definir los aspectos relativos a
la organización y el funcionamiento interno de "TODOS POR ELPERÚ".11I
Es el órgano encargado de la aprobación de todos los informes económico-financieros de "TODOS
POR ELPERÚ", asf como de los Estados Financieros y presupuestos presentados por la Tesorería
Nacional.l1IEI CEN está facultado para que, a más tardar el 31 de diciembre de cada año, fije las
cuotas a pagar por los afiliados en el siguiente ejercicio. Lasdemás contribuciones serán fijadas de
acuerdo con las necesidades del partido, conforme a la normativa interna respectiva.11l
Asimismo, el CEN es el organismo competente para admitir, tramitar y resolver, en primera
instancia, aquellas denuncias que se planteen contra afiliados o dirigentes.l1lSe reúne
ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente a convocatoria de su Presidente. Su
participación se efectúa conforme a Reglamento.
Artículo 29,- El Comité Ejecutivo Nacional está conformado de la siguiente manera:
a. Presidente
b. Primer vicepresidente
c. Segundo vicepresidente
d. Secretario General.l1I
e. Secretarios Nacionales
f
Artículo 30,- Son funciones del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional:1ll
Asumen sus funciones al jurar su cargo ante el Tribunal Nacional Electoral de "TODOS POR EL
PERÚ", ocasión en la que el Presidente expone los lineamientos generales de su Programa de
Trabajo. Rinden cuenta de su gestión al concluir su mandato.
¥8
Se/JNE: F'S"'::•.=:..:....Q.;~.i. {);
a. Representar a "TODOS POR EL PERÚ" en actos públicos y privados.11I
b. Representar legalmente a "TODOS POR EL PERÚ" con todas las facultades generales y
especiales del mandato ante las autoridades civiles, judiciales, políticas, administrativas,
militares, policiales y eclesiásticas. Puede delegar sus facultades y revocarlas cuando lo
estime conveniente.
c. Presidir las reuniones de las Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias del Comité
,
TODOS
POR EL PERÚ
Ejecutivo Nacional, asícomo de la Comisión Nacional de Política.
d. Dirigir la marcha de la organización partidaria impartiendo directivas a las Secretarías
Nacionalesy Comités de nivel regional y provincial.
Mantener relaciones con otras organizaciones políticas, así como con organismos públicos
yIlJprivados,a nivel nacional e internacional. 111
e. Lasdemás funciones que establezca el Reglamento. 111
Artículo 31.- El Primer Vicepresidente o, en su defecto, el Segundo Vicepresidente reemplaza al
Presidente en caso de muerte, renuncia, incapacidad, ausencia o por encargo expreso del mismo,
conforme a su orden, y solo hasta completar el periodo por el que fue elegido el titular.
Artículo 32.-EISecretario General ejerce la gerencia nacional de "TODOSPORELPERÚ"Ycoordina
el trabajo de los Secretarios Nacionales.IlIComoente de gestión nacional, es el encargado de
administrar, controlar y preservar los recursos, patrimonio, acervo documentario, estadísticas, así
como el portal electrónico del partido.
Tiene lassiguientes atribuciones:
9
SCIJNE: FS...:,••;;•...•D.:.:!.
a. Organizar el régimen interno del partidolll
b. Celebrar contratos inherentes al objeto de "TODOS POR EL PERÚ", fijando sus
condiciones.1lI
c. Representar a "TODOSPORELPERÚ"ante los poderes del Estado.Enlo judicial gozará de
lasfacultades señaladasen los artículos 74,75,77 y 436 del Código ProcesalCivil, así como
de la facultad de representación prevista en el artículo 10 de la ley 26636 y demás normas
conexas y complementarias, teniendo en todos los casos facultad de delegación o
sustitución.
d. Conjuntamente con el Secretario Nacional de Economfa, adquirir y transferir bajo
cualquier título;comprar, vender, arrendar, donar, adjudicar y gravar los bienes de "TODOS
POREL PERÚ",sean muebles o inmuebles, suscribiendo los respectivos documentos, ya
sean privados o públicos. Engeneral, podrá celebrar toda clasede contratos nominados e
innominados vinculados con el objeto de "TODOSPORELPERÚ".Podrá administrar, sin
limitación alguna, los bienes de ''TODOS POR EL PERÚ", arrendándolos por los plazos,
montos de arriendo y demás condiciones, cobrando y recibiendo el importe de los
arriendos; efectuar los gastos propios de la administración y realizar refacciones de toda
clase, otorgando y exigiendo los correspondientes recibos de cancelaciones por
documentos simples y por escrituras públicas.
e. Conjuntamente con el Secretario Nacional de Economfa, adquirir o transferir, a título
gratuito u oneroso, toda clase de bienes muebles o inmuebles, pactando en las
adquisiciones o transferencias el precio, forma de pago y demás condiciones
convenientes, pudiendo, para los efectos, suscribir toda la documentación pública o
privada, activa o pasivamente, contratos en los que se graven bienes con prendas,
anticresis o hipoteca, asfcomo sus correspondientes cancelaciones.
f. Representar a "TODOS POR EL PERÚ" ante toda clase de autoridades. poiíticas,
administrativas, policiales, militares, tributarias, laborales, municipales aduaneras; ante la
Superintendencia de Administración Tributarla (SUNAT),la Oficina Nacional de Procesos
~'
I
~
I
...~ ...
,--. .
TODOS
POR EL PERÚ
Electorales (ONPEj,el Jurado Nacional de Elecciones(JNE)y las demás autoridades locales
yjudiciales del fuero común y arbitral, con todas las facultades y atribuciones generales de
representación que señalan lo artículos 74,75 y 77 del Código ProcesalCivil.
g. Conjuntamente con el Tesorero de "TODOS POR El PERÚ" abrir y cerrar cuentas
corrientes, de l1Iahorro,a plazos o de cualquier otro género; girar contra ellas; transferir
fondos de ellas; efectuar retiros y sobregirarse en cuentas corrientes con o sin garantra
prendaría, hipotecaria, avalo fianza en todo tipo de instituciones de crédito; contratar
cajas de seguridad, abrirlas, operarlaso cerrarlas. Girar , endosar, aceptar, avalar,
descontar, depositar, retirar, cobrar, protestar, reaceptar, renovar, cancelar, dar en
garantra o en procuración, según su naturaleza, letras de cambio, pagarés, vales, cheques
y, en general, todo tipo de títulos valores, así como cualquier otro documento mercantil o
civil, incluyendo pólizas, conocimientos de embarque, cartas porte, cartas de crédito,
certificados de depósitos, warrants, además de su constitución, fianzas o avales; celebrar,
activa y pasivamente, contratos de mutuo con instituciones bancarias, financieras o con
cualquier otra persona natural o jurídica, con o sin garantías; dar en prenda, constituir
hipotecas, otorgar avales, fianzas y cualquier otra garantfa a favor de terceros, para
afianzar operaciones crediticias, financieras o comerciales con bancos, financieras,
compañías seguros, cajas de ahorro, cooperativas o con cualquier otra institución
crediticia, persona natural, jurrdica o extranjera. En general, celebrar todo tipo de
obligaciones de crédito con las que garantice u obtenga beneficio o crédito a favor de
"TODOSPOREl PERÚ".111
h. Administrar los servicios, el personal rentado y los recursos materiales del partido. 111
i. Establecer,desarrollar, administrar y controlar el registro patrimonial.
j. Mantener y actualizar las estadísticas, los registros de afiliados, de simpatizantes y los
locales partidarios 111
k. Llevar y conservar el acervo documenta río del partido, los libros de actas y los acuerdos de
lasl1lAsambleasGenerales, Comité Ejecutivo Nacional, Comité Consultivo Nacional,
Comisión Nacional de Política, Tribunal Nacional de Ética y Disciplina y Tribunal Nacional
Electoral. Estaenumeración es meramente enunciativa más no restrictiva. Iil
1. Mantener y actualizar el portal electrónico del partido. Iil
m. Coordinar con el Tesorero Nacional la administración financiera y contable del partido. 111
n. las demás que señalen los reglamentos y directivas.1il
En casode que el Secretario General asf lo requiera, podrá nombrar a un administrador, el cual
cumplirá estrictamente con las funciones administrativas arriba descritas (puntos de la"a" ala"I"),
sin que por ello pierda su condición dentro dei cuadro de autoridades políticas.
Para respaldar la labor del Secretario General, cada Comité Ejecutivo contará con un dirigente
responsable del manejo administrativo en su circunscripción, de acuerdo con lo establecido en el
Reglamentode Organización y Funciones,y en el Reglamento de Administración y Finanzas.
Articulo 33.-. las Secretarias Nacionalesson las siguientes: .
a. Organizacióny Movilización.
b. CiudadaníaActiva y Capacitación.ro
n.,..,S'
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hll1t' r" 111111 ••• '11 ••••• " ••••••
TODOS
POR EL PERÚ
c. Organizaciones Sociales, Gremiales y de Base.1il
d. Planes y Propuestas de Gobierno III
e. Programas Sociales
f. Imagen y Comunicaciones
g. Recursos Humanos, Seguridad y Disciplina.1lJ
h. Economla
i. Asuntos Electorales y Personeros
j. Universidades y Juventudes.
k. Acción Comunitaria
1. Asuntos de la Familia y de la Mujer
m. Prensa y Difusión
n. Gobiernos Regionales y Locaies
o. Relaciones InternacionalesllJ
Artículo 34,-Para postular a los cargos a las Secretarias Nacionales es requisito estar afiliado a
"TODOS POR ELPERÚ" Y no haber sido sancionado por el Tribunal Nacional de Ética y Disciplina.
En caso de vacancia de cualquier Secretario Nacional, el Comité Ejecutivo Nacional designa al
sustituto, ei mismo que solo completará ei periodo del titular.
Articulo 35,- La Secretaría Nacional de Organización y Movilización es la encargada de:
a. Planificar y organizar la estructura partidaria agrupando a los dirigentes, afiliadosy
simpatizantes en los diversos comités territoriales de "TODOS POR EL PERÚ".
b. Llevar el Registro Nacional de Afiliados, asl como el Padrón Nacional de Afiliados en los
formatos requeridos por las autoridades electorales.
c. Extender los carnés de los afiliados.1ll
d. Velar por la existencia de locales de "TODOS POR EL PERÚ", impartiendo directivas
sobre sulllfuncionamiento, identificación y seguridad. III
e. Lasdemás atribuciones que señale el reglamento.1lI
f. Programar, organizar y ejecutar las movilizaciones de "TODOS POR ELPERÚ".
g. Apoyar al Tribunal Nacional Electoral con la organización logística de las actividades
electorales.1ll
ArtIculo 36,- La Secretaría Nacional de Ciudadanra Activa y Capacitación, es la encargada de:
a. Difundir la doctrina de "TODOS POR EL PERÚ". rn
b. Promover el concepto de ciudadanfa activa.1ll
c. Fomentar estudios y elaborar trabajos sobre ambos conceptos. III
d. Aportar enfoques doctrinarios que orienten las decisiones de otros órganos de "TODOS
POR ELPERU". III
e. Emitir opinión en aquellos aspectos que el Comité Ejecutivo Nacional requiera. III
f. Llevar a cabo programas de capacitación doctrinaria y sobre temas de ciudadanía activa.1lJ
Artículo 37,- La Secretaría Nacional de Organizaciones Sociales, Gremiales y de Base es la
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POR EL PERÚ
encargada de elaborar. actualizar y coordinar todos los aspectos relativos a la participación de esas
organizaciones en las actividades de ''TODOS POR EL PERÚ".
Artículo 38.- La Secretaría Nacional de Planes y Propuestas de Gobierno es la encargada de
coordinar, elaborar y actualizar los planes y las propuestas de gobierno de ''TODOS POR EL PERÚ".
sobre la base de los objetivos y los lineamientos consignados en el Ideario, tanto en los aspectos
generales cuanto en los sectoriales y regionales. Para ello, constituirá las comisiones que estime
conveniente, convocando a los especialistas que requiera para sus fines.
Artículo 39.- La Secretaría Nacional de Programas Sociales es la encargada de:
a. Diseñar la estrategia de "TODOS POR EL PERÚ" destinada a disminuir los niveles de
pobreza en el país.
b. Elaborar propuestas de programas sociales sostenibles y ejecutarlos de manera
participativa con otros actores de la sociedad.
c. Realizar actividades de cooperación y proyección social.llI
Artículo 40.- La Secretaría Nacional de Imagen y Comunicaciones es la encargada de desarrollar e
implementar los planes y propuestas que permitan proyectar una adecuada imagen pública de
"TODOS POR EL PERÚ", debiendo utilizar para tal efecto, los medios de comunicación social.
Artículo 41.- La Secretaría Nacional de Recursos Humanos, Seguridad y Disciplina es la encargada
de velar por el cumplimiento del presente Estatuto por parte de los afiliados. Estas funciones las
ejerce a través de sus organismos competentes, con la máxima independencia y autonomía, de
acuerdo con reglamento respectivo.
Artículo 42.- La Secretaría Nacional de Economía es la encargada de planificar la captación racional
de los recursos financieros que requiera ''TODOS POR EL PERÚ" para llevar a cabo sus labores. Es
fundamental su trabajo conjunto con la Secretaría General en las facultades previstas en el artículo
32 del presente Estatuto.
Artículo 44.- La Secretaría Nacional de Universidades y Juventudes es la encargada de:
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a. Elaborar, actualizar y coordinar los planes y programas destinados a la vinculación de
"TODOS POR EL PERÚ" con las universidades.
b. Formare impulsar la participación de la juventud en las actividades del partido.
Artículo 43.- La Secretaria Nacional de Asuntos Electorales y Personeros es la encargada de: -ta. Coordinar los aspectos electorales internos y externos de "TODOS POR EL PERÚ", . •
conjuntamente con el Tribunal Nacional Electoral.
b. Organizar, captar, capacitar y movilizar a los personeros que el partido requiera
para dichos procesos electorales.
c. Elaborar, organizar y actualizar el Registro Nacional de Personeros y mantener
permanente comunicación con ellos.
TODOS
POR EL PERÚ
Artículo 45.- La Secretaria Nacional de Acción Comunitaria es Promover actividades de
participación ciudadana, fomentando el desarrollo empresarial en la comunidad.
Articulo 46.- La Secretaría Nacional de Asuntos de la Familia y de la Mujer es la encargada de
elaborar, actualizar y coordinar todos los aspectos relativos a los planes y programas destinados a
los temas de familia, formación y participación de la mujer en las actividades de "TODOSPOREL
PERÚ".Asimismo, coordina aquellas actividades de proyección social del partido
Articulo 47.- LaSecretaría Nacional de Presay Difusión es la encargada de mantener permanente
relación con los diversos medios de comunicación nacionales y extranjeros, y se encarga de la
divulgación de las actividades efectuadas por "TODOSPORELPERÚ".
Artículo 48.- LaSecretaria Nacional de Gobiernos Regionalesy Localeses la encargada de:
a. Elaborar, actualizar y coordinar todos los aspectos relativos a los planes y los programas
de gobierno regionales y iocales de "TODOS POR EL PERÚ", obteniendo información,
efectuando las consultas pertinentes y convocando a los especialistas que fueren
necesarios.
b. Prestar apoyo, asesoría y capacitación a los Gobernadores Regionales, Consejeros
Regionales,Alcaldes y Regidores de "TODOSPORELPERÚ"en todo el país,coordinando,
evaluando y supervisando que cumplan con los programas planteados en sus campañas
electorales, de acuerdo con los principios éticos y partidarios, en función a las
posibilidades presupuéstales.
c. Otras funciones que señale el reglamento.
Puedenorganizarse Comisiones descentralizadas para la elaboración y actualización de los planes
y programas de gobierno regionales y locales, así como tratar aquellos aspectos descentralizados
de los planesnacionales.
Artículo 49.- LaSecretaría Nacional de RelacionesInternacionales es la encargada de:
a. Establecer, desarrollar y mantener relaciones permanentes con los organismos
internacionales y con los partidos políticos inspirados o vinculados al Humanismo de
Centro, así como con otras instituciones u organismos extranjeros de carácter privado o
público.
b. Coordinar con ios comités de peruanos en el exterior.
c. Otras funciones que señale el reglamento.
Articulo 50.-La Comisión Nacional de PolíticallJ
Es el órganode gobierno de dirección política queaprueba, evalúa y define permanentemente la
línea política de "TODOS POR EL PERÚ". En virtud a sus funciones, adopta decisiones sobre
aspectos del quehacer político nacional;interpreta el Estatuto en caso de vacío o duda; toma
accionesque por su urgencia o naturaleza requieren solución inmediata.
No tiene competencia en asuntos relativos a la organización y al funcionamiento interno de
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POR EL PERÚ
"TODOS POR El PERÚ".1il
la Comisión Nacional de Política se reúne por lo menos una vez cada trimestre, cuando sea
convocada de manera extraordinaria por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional o a solicitud
del 30% de 105 Secretarios Nacionales. Este órgano partidario estáconformado por las siguientes
personas:1il
a. Fundadores del partido.
b. El Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, quien la presidirá.m
c. Miembros del Comité Ejecutivo Nacional.l1i
d. Autoridades electas por el partido en ejercicio de sus funciones.
e. El Presidente del Tribunal Nacional de Ética.11i
f. El Presidente del Tribunal Nacional Electoral.l1i
g. El Personero legal Titular ante el Jurado Nacional de Elecciones.
Artículo Sl.-EI Tribunal Nacional de Ética y Discipllnalll
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Es el organismo competente para admitir, tramitar y resolver, en segunda instancia, aquellas
denuncias que se planteen contra afiliados o dirigentes. Goza de autonomía e independencia
frente a 105 otros órganos de "TODOS POR El PERÚ" Y se rige por su reglamento.m
Está integrado por cinco miembros titulares y dos suplentes,elegidos por el CEN entre 105
milítantes de reconocida y probada solvencia moral y de sólida reputación personal.
El Presidente debe ser preferentemente abogado titulado Vcolegiado.1ll
Si alguno de 105 miembros del Tribunal Nacional de Ética V Disciplina se excusa en razón de alguna
incompatibilidad, lo reemplaza el suplente respectivo.
ArtículoS2.-EI Tribunal Nacional Electoral (TNE)1lJ
Es el órgano que dirige 105 procesos electorales internos de "TODOS POR El PERÚ".Goza de
autonomía e independencia frente a otros órganos del partido V se rige por su reglamento.mEI
Tribunal Nacional Electoral está compuesto por tres (3) miembros titulares, 105 cuales
desempeñarán 105 cargos de Presidente, Secretario V Vocal; V un (1) Suplente.
Son requisitos para ser miembro del Tribunal Nacional Electoral, del Tribunal Regional Electoral o
del Tribunal Provincial Electoral:
los miembros del TNEson elegidos por el CEN entre 105 militantes de reconocida V probada
solvencia moral V de sólida reputación personal.lllEI resultado de la elección de 105 miembros del fTNE será publicado en la página WEB de "TODOS POR EL PERÚ", dentro de 105 cinco (5) días
hábiles siguientes. la vigencia del TNE será de cuatro años y su instalación al día siguiente hábil de
su elección.IllEI Tribunal Nacional Electoral designa a 105 integrantes delos Tribunales Regionales
Electorales (TRE) y de 105 Tribunales Provinciales Electorales (TPE)
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POR EL PERÚ
a. Ser Afiliado de "TODOS POR EL PERÚ".III
b. No estar impedido por ley de ejercer derechos civiles.1'/I
c. No tener ninguna sanción partidaria.
d. Haber cumplido con el ejercicio de sus funciones.1'/I
e. No ser candidato en las elecciones en la que es miembro del TNE, TRE o TPE.
Tiene a su cargo la realización de todas las etapas de los procesos electorales del partido, incluidas
las convocatorias a elecciones internas y a la Asamblea Eleccionaria, cronograma electoral,
inscripción de candidatos, cómputo de los votos o verificación del quórum estatutario,
proclamación de resultados y resolución de impugnaciones a las que hubiera lugar. Resuelve en
última instancia todas las controversias que se susciten.En general, cumple con todas las funciones
relativas al proceso electoral conforme al presente Estatuto y a su reglamento y, supletoria mente,
a la ley de Partidos Políticos vigente.I'/ISu sede central estará en la ciudad de Lima.
Ei TNE es competente para dictar las normas internas en materia electoral y para designar las
instancias descentralizadas que requieran los procesos electorales que se lleven a cabo en "TODOS
POR ELPERÚ".1ll
Capítulo 111
De los Órganos Partidarios de NivelRegional
Artículo 54.- la Asamblea Regionall'/l
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a. El Secretario General Regional. 1'/1
b. Los Secretarios Regionales. III
c. Los congresiStas representantes de la región electos por el partido y en ejercicio de sus
funciones.
d. Los miembros electospor el partido del gobierno regional en ejercicio. III
e. Los Alcaldes Provinciales y los Alcaldes Distritales de la región, pertenecientes al partido.
Artículo 53.- La estructura de "TODOS POR EL PERÚ" se sostiene en la división política nacional
vigente y cuenta con hasta la misma cantidad de órganosregionales como regiones existen en el
Perú. Son organismos regionales de "TODOS POR EL PERÚ":
a. La Asamblea Regional 1'/1
b. Comíté Ejecutivo Regionallll
Es el órgano deliberativo en el que se deciden las estrategias y ias tácticas del trabajo político
regional y donde se evalúa periódicamente la situación política, así como ia marcha de "TODOS
POR ELPERÚ".IllSe reúne cuando menos una vez al año. Es convocada y presidida por el Secreta río
General del Comité Ejecutivo Regional o a solicitud del 30% de los miembros de la Asamblea.
Integran la Asamblea Regional:
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POR EL PERÚ
f. Los Regidores Provinciales, incluidos los de la capital de región, pertenecientes al partido.
g. Los Secretarios Generales Provinciales o un delegado de los Comités Ejecutivos
Provinciales.1il
h. Los Secretarios Generales Distritales de la provincia capital.llJ
Artículo 54.- El Comité Ejecutivo Regionallil
Es el órgano ejecutivo de cada Región. Ejecuta las decisiones de los órganos nacionales de "TODOS
POR EL PERÚ" Y define las actividades en la región y en la provincia capital. Son miembros de
Comité Ejecutivo Regional:
a. ElSecretario General Regional.llJ
b. Los Secretarios Regionales, con los cargos de los diez (10) Secretarios enunciados del
literal a) a j) del articulo 33 del presente Estatuto.
Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional o Secretarios Generales Provinciales de la región
podrán asistir a las reuniones del Comité Ejecutivo Regional si su presencia coincide con el día de
la sesión. El Reglamento regula su participación.
(J.
Artículo 55.- El Secretario General Regional es la máxima autoridad de "TODOS POR ELPERÚ" en la
Región; es responsable de ia organización y funcionamiento de la base respectiva y de la dirección
de los distintos órganos que la integran.
16
Articulo 56.- El Secretario General Regional y los demás miembros del Comité Ejecutivo Regional
son elegidos por voto universal, directo, secreto y voluntario de los militantes de ''TODOS POR EL
PERÚ" de toda la Región.IilLa elección del Secretario General Regional, los Secretarios Provinciales
y Distritales, se realiza bajo la fórmula de lista completa.
Para postular a los cargos regionales es requisito tener militancia, no haber sido sancionado por el
Tribunal Nacional de Ética y Disciplina, y cumplir con los demás requisitos que señale el
reglamento.IilEn caso de vacancia del Secretario General Regional, asume ese cargo el Secretario
Regional que el Comité Ejecutivo Regional designe. Tratándose de la vacancia de los Secretarios
Regionales, el Comité Ejecutivo Regional designa al reemplazante, quien cumple dicha función solo
hasta completar el período para el que fue elegido el titular.
Artículo 57.- El Tribunal Regional Electoral(TRE) es elórgano descentralizado del Tribunal Nacional
Electoral yforma parte de él. Dirige y organiza los procesos electorales internos a nivel regionalde
"TODOS POR ELPERÚ" Ygoza de autonomía e independencia frente a otros órganos del partido. v K"
Está compuestos por tres (3) Miembros Titulares y un (1) Suplente, los cuales desempeñan los f/
cargos de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente, los mismos que son designados por el
Tribunal Electoral Nacional.lilSu sede es el local central dei Comité Regional de "TODOS POR EL
PERÚ".IilLosTREse instala al primer día hábil siguiente a su designación y permanece vigente por 4
años.1il
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POR EL PERÚ
,cada TRE en su respectiva regióntiene a su cargo todas las etapas de los procesos electorales del
: partido, da a conocer los resultados de las elecciones, resuelve todas las controversias que se
susciten. Cumplen con todas las funciones que le asigne el TNE relativas al desarrollo del proceso
, electoral.
Capítulo IV
De los Órganos Partidarios de NivelProvincial
Artículo 58.- la estructura de "TODOS POR El PERÚ" se sostiene en la división política nacional
vigente y cuenta con hasta la misma cantidad de organismos provinciales como provincias existen
en el Perú. En las provincias capitales de departamento, las funciones del Comité Ejecutivo
Provincial son asumidas por ei Comité Ejecutivo Regional, salvo que sea el único Comité vigente en
la región, en cuyo caso sólo se Constituye el Comité Ejecutivo Provincial de la provincia capital de
la región.
Son organismos provinciales de "TODOS POR ELPERÚ":
Integran la Asamblea Provincial:
Está formada por los Afiliados de la provincia. Se reúne cuando menos una vez al año, bajo la
presidencia del Secretario General Provincial o a solicitud del 30% de sus miembros. En ella se
tratan temas concernientes a la situación política de la provincia, la región, el pafs y la marcha de
"TODOS POR El PERÚ"; se recibe el informe de las autoridades de la localidad y se recogen
opiniones sobre la conducta política del partido en relación con asuntos de interés local.
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Artículo 59. la Asamblea Provinciallll
Ia. El Secretario General Provincial. l1J
b. los Secretarios Provinciales.1lI ~
c. El Alcalde Provincial y los Alcaldes Distritales de la provincia, pertenecientes al partido. ~',
d. los Regidores Provinciales pertenecientes al partido. /
e. los Secretarios Generales Distritales de la provincia. III
Artículo 60.- El Comité Ejecutivo Provinciallll
Es el órgano ejecutivo de la base territorial de la provincia. Ejecuta las decisiones de los órganos " ,;
partidarios nacionales y regionales, y define las actividades partidarias en la provincia. Tiene {/
coordinación permanente con el Comité Ejecutivo Regional. Se encarga de definir el plan de
trabajo de la Provincia.
Son miembros del Comité Ejecutivo Provincial:
a. la Asamblea Provincial. III
b. El Comité Ejecutivo Provincial. III
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a. El Secretario General Provincial.llIlI
b. los Secretarios Provincialescon los cargos de los diez (10) Secretarios enunciados del
literal al a j) del artículo 33 del presente Estatuto.
Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional, el Secretario General Regional o los Secretarios
Generales Distritales de la provincia respectiva, podrán asistir a las reuniones del Comité Ejecutivo
Provincial si su presencia coincide con el día de la sesión. El Reglamento regula su participación,
Artículo 61." El Secretario General Provincial es la máxima autoridad de "TODOS POR El PERÚ" en
la provincia. Es responsable de la organización y funcionamiento de la base respectiva y de la
dirección de los distintos órganos que la integran.
Artículo 62." Ei Secretario General Provincial y los Secretarios Provinciales son elegidos por voto
universal, directo, secreto y voluntario de los miiitantes de "TODOS POR El PERÚ" de la provincia
respectiva. Su elección se realiza bajo la fórmula de lista completa.I1JPara postular a los cargos
provinciales es requisito tener militancia, no haber sido sancionado por el Tribunal Nacional de
Ética y disciplina, y cumplir con los demás requisitos que señale el reglamento.
En el caso de vacancia del Secretario General Provincial o de uno de los Secretarios Provinciales, el
Comité Ejecutivo Provincial designa al sustituto, quien cumple dicha función solo hasta completar
el período para el que fue elegido el titular. En caso de vacancia de más de uno de los integrantes
del Comité Ejecutivo Provincial, el Comité Ejecutivo Regional designará a los sustitutos, quienes
asumirán dichos cargos solo hasta completar el período para el que fueron elegidos los titulares.
ArtícuI063." El Tribunal Provincial Electoral (TPE) es elórganos descentralizado del Tribunal
Nacional Electoral yforma parte de él. Dirige y organiza los procesos electorales internos a nivel
provincial y distritalde "TODOS POR El PERÚ" Y goza de autonomía e independencia frente a otros
órganos del partido.
Está compuesto por tres (3) Miembros Titulares y un (1) Suplente, los cuales desempeñan los
cargos de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente, los mismos que son designados por el
Tribunal Electoral Nacional rnsu sede es el local central del Comité Regional o Comité Provincial de
"TODOS POR El PERÚ",11JLos TPE se instalarán al primer día hábil siguiente a su designación y
permanecerá vigentes por 4 años.11l
Cada TPE en su respectiva provincia y en ios distritos pertenecientes a ésta, tienen a su cargo
todas las etapas de los procesos electorales del partido, dan a conocer los resultados de las
elecciones, resuelven todas las controversias que se susciten. Cumple con todas las funciones que
le asigne el TNE relativas al desarrollo del proceso electoral.
Capítulo V
De los Órganos Partidarios de NivelDistrital
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POR EL PERÚ
Artículo 64.-La estructura de "TODOS POR EL PERÚ" se sostiene en la división política nacional
vigente y cuenta con hasta la misma cantidad de organismos distritales como distritos existen en
el Perú.Son organismos distritales de "TODOS POR EL PERÚ":
a. La Asamblea Distrital. llJ
b. Comité Ejecutivo Distrital. III
Artículo 65.- La Asamblea Distritallll
Esel órgano deliberativo del Comité Ejecutivo Distrital y está integrada por todos los militantes del
distrito. Se reúne cuando menos una vez al año, bajo la presidencia del Secretario General
Distrital, o a solicitud del 30% de sus miembros, y en ella se brinda información relativa a la
situación política del distrito, la provincia, la región, el país y "TODOS POR EL PERÚ".Se recibe el
informe de las autoridades locales y se recogen opiniones sobre la posición delpartidorespecto de
asuntos de interés local, emitiendo pronunciamientos sobre el particular. A ella concurren las
autoridades elegidas para brindar informes y recibir solicitudes.
Artículo 66.- El Comité Ejecutivo DistritalllJ
Es el órgano que ejecuta las decisiones de los órganos superiores de "TODOS POR EL PERÚ" Y
define las actividades en el distrito. Tiene vinculación permanente con los comités de la provincia y
de la región a la que pertenece. Se encarga de definir el plan de trabajo del distrito. Son miembros
del Comité Ejecutivo Distrital:1lI
a. El Secretario General Distrital.liJ
b. Los Secretarios Distritales, con los cargos de los diez (10) Secretarios enunciados del literal al a j)
del artículo 33 del presente Estatuto.
Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional, el Secretario General Regional, el Secretario General
Provincial podrán asistir a las reuniones de un Comité Ejecutivo Distrital si su presencia coincide
con el día de la sesión. El reglamento regula su participación.
Artículo 67.- El Secretario General Distrital es la máxima autoridad de "TODOS POR EL PERÚ" en el
Distrito, es responsable de la organización y del funcionamiento de la base respectiva, así como
de la dirección de los distintos órganos que la integran.
Artículo 68.- El Secretario General Distrital y los demás miembros del Comité Ejecutivo Distrital
son elegidos por voto universal, directo, secreto y voluntario de los militantes de "TODOS POR EL
PERÚ" del distrito. La elección se lleva a cabo bajo la fórmula de lista completa (cerrada y
bloqueada).IiJPara postular a los cargos distritales es requisito tener militancia, no haber sido
sancionado por el Tribunal Nacional de Ética y cumplir con los demás requisitos que señale el
reglamento.
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TODOS
POR EL PERÚ
En el caso de vacancia del Secretario General Distrital o de un Secretario Distrital, el Comité
Ejecutivo Distrital designa al sustituto, quien ejerce dicho cargo solo hasta completar el período
para el que fue elegido el titular. En caso de vacancia de dos miembros del Comité Ejecutivo
Distrital, el Comité Ejecutivo Provincial designará a los sustitutos, quienes cumplen dichas
funciones solo hasta completar el período para el que fueron elegidos los titulares.
Capitulo VI
De los comités de peruanos en el exterior
Artículo 69,- Los comités de peruanos en el exterior son núcleos abiertos de "TODOS POR EL
PERÚ"que se organizan en función del interés de los peruanos que viven fueran del país. Su
funcionamiento lo autoriza el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, a propuesta del Secretario
Nacionalde Asuntos Internacionales. A través de dichos comités, "TODOSPOREl PERÚ"mantiene
comunicación personalizada con los electores peruanos en el exterior y promueve la afiliación de
nuevos miembros, asícomo la participación de simpatizantes.
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Capítulo VII
Dela Reorganización de los órganosregionales, provinciales, distritales y de peruanos en el
exterior
a. Reorganizarla basede la circunscripción respectiva.m pb. Verificar el padrón de afiliados.m
c. Designar o ratificar a los integrantes del Comité respectivo que completarán el periodo
hasta la nueva elección. En todos los casos, la Comisión Reorganizadora deberá contar
entre sus integrantes con un delegado de la Secretaría Nacional de Organización y
Movilización.
Artículo 70,- Cadacomité de peruanos en el exterior elegirá, mediante votación universal, directa,
secreta y obligatoria, a un Secretario General, y su organización interna obedecerá a las
caracterfsticaspropias de los paíseso lugares donde se establezcan. la vinculación de los Comités
de Peruanos en el Exterior se realizará a través del Secretario Nacional de Relaciones
Internacionales.
Artículo 71,- la Asamblea Generalo la Comisión Nacional de Política pueden acordar que se
declare en reorganización un Comité Ejecutivo Regional, Provincial, Distrital o de Peruanos en el
Exterior cuando surjan problemas o conflictos internos que dificulten su funcionamiento.mEn tal
situación, el Presidente o el Vicepresidente del Comité Ejecutivo Nacional que reciba el encargo,
deberá conformar una Comisión Reorganizadora integrada por tres (3) militantes cuya misión, en
un plazode 30 días prorrogables por 30 drasmás,será:
Artículo 72.- Durante el ejercicio de sus funciones la Comisión Reorganizadora tiene rango
equivalente y atribuciones de Comité Ejecutivo.
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POR EL PERÚ
CapítuloVlI
De la toma de decisiones internas válidas
,Artículo 73.- La convocatoria para las sesiones de cada órgano del partido se efectúa con una
anticipación no menor de cinco (5) días hábiles a la fecha determinada.
'Artículo 74.- La convocatoria debe tener cuando menos la agenda a tratar, el lugar donde se
llevará a cabo la reunión, así como la fecha y la hora en que se realizará la misma.
I Artículo 75.- Las reuniones no podrán realizarse sin contar con el quórum correspondiente: la
I mitad más uno de los participantes, en primera citación. En segunda citación se podrá dar inicio
con cualquier número de asistentes.
Artículo 76.- La convocatoria a Asamblea deberá contar con un mínimo de dos citaciones. El
Reglamento Interno regulará las condiciones del quórum de acuerdo con las mismas .
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Artículo 77.- Las decisiones se tomarán por unanimidad, consenso, mayorfa calificada y mayoría
simple. El reglamento regulará los aspectos específicos en cada caso.
Artículo 7S.- Las decisiones se registrarán en el Libro de Actas para cada caso.
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Hay incompatibilidad de estos cargos y la postulación a funciones públicas de origen electoral.
Artículo St.-Personero Legal
El Personero Legal Titular y los Personeros Técnicos representan a "TODOS POR EL PERÚ" ante el .J{
Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de f/
Identidad y Estado Civil y demás autoridades.
Artículo SO.- En caso de no obtenerse dicha mayoría en dos votaciones llevadas a cabo en distintas
sesiones, el Presidente propondrá nuevas ternas hasta encontrar acuerdo.
Capítulo IX
De los Representantes Legales y Tesorería
Artículo 79.- El Comité Ejecutivo Nacional designa y remueve a los Representantes Legales
(Personero Legal Titular, Personero Legal Alterno, entre otros), al Personero Técnico, al Personero
Técnico suplente, al Tesorero y al Tesorero Suplente de "TODOS POR EL PERÚ" a nivel
nacional.rnPara la designación de los Representantes Legales, del Personero Técnico, del Personero
Técnico suplente, del Tesorero y del Tesorero Suplente se requiere del acuerdo de las 2/3 partes
de los miembros del Comité Ejecutivo Nacional.
Los Personeros Alternos reemplazan a los titulares en caso de ausencia, renuncia o por encargo
específico del mismo.
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POR EL PERÚ
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Artículo 82.-Tesorería Nacional
La Tesorería Nacional, a cargo del tesorero, es la responsable de la administración de los ingresos y
de los gastos de todos los recursos del partido, así como de la operación de sus cuentas a nivel
nacional. Estará a cargo, de preferencia, de un contador público colegiado rentado,
conjuntamente con un tesorero suplente.I1lLa designación del Tesorero y Tesorero suplente
obedecerá a lo señalado en el presente Estatuto,
El nivel de descentralización de la Tesorería Nacional estará dada por las directivas internas
emitidas por el tesorero, de acuerdo con lo que este estime necesario, en relación con los
requerimientos propios para el desarrollo de las actividades partidarias.
La Tesorería Nacionai tendrá las funciones siguientes:
a. La recepción y el gasto de los fondos de "TODOS POR EL PERU" como competencia
exclusiva. 111
b. El control del manejo financiero y contable de "TODOS POR EL PERU", velando por la
aplicación estrictal1lde todas las normas electorales y legales que rigen la materia 111
c. La presentación de informes mensuales al Comité Ejecutivo Nacional a través del
Secretario General, yI1lentoda oportunidad que sea requerido.1iJ
d. Coadyuvar al desarrollo de los órganos regionales encargados de la administración de los
I1lrecursos del partido. 111
e, Consolidar y conservar los libros y documentos que sustentan las transacciones realizadas.
f. Presentar al órgano que señale la ley, el Balance General y los Estados Financieros anuales,
así como los relativos a las campañas electoraies, 111
g. Acceder con firma mancomunada del Secretario General Nacional a las cuentas del partido
en el sistema financiero nacional,llI
h. Contratar la publicidad de "TODOS POR EL PERU".
i. Las demás funciones que le asignen la ley, este Estatuto y los reglamentos de "TODOS POR
ELPERÚ".
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Capítulo X
De la Disolución de "TODOS POR ELPERÚ"
Articulo 83.-. La aprobación de la disolución del partido solo podrá ser acordada por la Asamblea y:;
General, mediante el voto calificado de al menos dos terceras partes de los asistentes, y siempre (J/
que la misma haya sido convocada para este fin,
Para respaldar la labor de la Tesorería Nacional, cada Comité Ejecutivo contará con un dirigente
responsable del manejo económico en su circunscripción, de acuerdo con lo determinado en el
reglamento pertinente,
Artículo 84.- De aprobarse la disolución, queda expresamente prohibida la distribución de su
patrimonio y de sus rentas entre sus afiliados, debiendo distribuirse los mismos a una entidad sin
fines de lucro cuyos objetivossean afines a los de "TODOS POR EL PERÚ",
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POR EL PERÚ
TíTULO TERCEROI1l
Del REGIMEN DISCIPLINARIO
Capítulo I
De la Faltas
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Artículo 85.- Se consideran faltas a aquellos actos contrarios a la ética, a los principios partidarios,
a la buena gestión y a la buena imagen de "TODOS POR El PERÚ" en que incurran sus miembros,
considerándose faltas principales las siguientes:
a. Incumplimiento de las disposiciones del Estatuto, los Reglamentos Internos y demás
normativa interna, los acuerdos de lal1lAsamblea General y las resoluciones del Comité
Ejecutivo Nacional. 111
b. Los actos reñidos contra la honestidad de sus dirigentes o aquellos que difamen el
prestigio de I1l"TODOSPOR El PERÚ" en forma verbal o por escrito. 111
c. las actuaciones contra los fines y los objetivos de "TODOS POR EL PERÚ" en perjuicio de
los mismos y del1lsusmiembros. 111
d. las acciones dolosas o de mala fe que impidan directa o indirectamente el desarrollo de la
Asamblea General, de las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional y de los demás órganos
de "TODOS POR El PERÚ". 111
e. la difusión de ideas malsanas derivadas de tendencias contrarias a "TODOS POR ELPERÚ",
ya sea durante las Asambleas de carácter nacional, regional o local; en las sesiones o fuera
de ellas y dentro de la vida institucional. III
Artículo 86.- Constituye falta contra la gestión de la administración de "TODOS POR El PERÚ" los
actos cometidos por los miembros del Comité Ejecutivo Nacional y por los del Tribunal Nacional de
~tica en los siguientes casos:
a. Cuando incumplan plenamente sus atribuciones y funciones espedficas.1ll
b. Cuandoinfrinjan las disposiciones del presente Estatuto y de sus reglamentos aprobados
en Asamblea General, así como de las resoluciones del mismo Comité Ejecutivo Nacional.
III
Artículo 87.-Constituye traición al partido:
a. Participar abiertamente en campañas contra el partido. III
b. Sostener públicamente posiciones y realizar acciones manifiestamente contrarias a los
principiosllléticos e ideológicos del partido.1ll
c. Contravenir los principios políticos esenciales que el partido enarbole. III
d. Abandonar la representación del partido cuando se ejerce un cargo público de elección
popular.1ll
e. Sostener públicamente posiciones manifiestamente contrarias a la línea política adoptada
por lalllComisi6n Nacional de Política.1ll
Artículo 88.- Todos los miembros integrantes de "TODOS POR El PERÚ", independientemdte de
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TODOS
POR EL PERÚ
A quienes colaboren en la comisión de una falta o encubran a los responsables la misma, se les
aplicará la sanción que corresponda al autor de la falta, pudiendo reducirse esta prudencialmente, X
de acuerdo con su grado de participación. V
- I
la categoría que posean, estarán afectos a las sanciones, según sea el caso. contenidas en el
Capítulo 11del presente Título.
Artículo 89,- El Comité Ejecutivo Nacional resolverá, en primera instancia, las denuncias sobre
temas de disciplina o ética, y su dictamen podrá pasar en segunda y última instancia al Tribunal
Nacional de Ética. Todo proceso disciplinario se sujetará al debido proceso, de acuerdo con lo que
establecen los reglamentos internos de "TODOS POR EL PERÚ".1lI
Capítulo"
De las Sanciones
Artículo 90,- Será sancionado todo miembro que incumpla el presente Estatuto, los reglamentos
internos aprobados por la Asamblea General, asl como los acuerdos de la misma Asamblea
General y del Comité Ejecutivo Nacional.
Artículo 91,- Las sanciones disciplinarias tienen por objeto corregir la conducta impropia de sus
miembros e impulsar el cumplimiento de las normas que rigen la vida partidaria. El ejercicio de la
autoridad para imponer sanciones disciplinarias no es atributo personal de los dirigentes, sino una
prerrogativa que corresponde a la jerarquía de los órganos de justicia partidaria.
Artículo 92,- Las sanciones son:
a. Amonestación escrita l'iJ
b. Multa III
c. Inhabilitaciónlll
d. Suspensión (separación temporal) III
e. Expulsión (separación definitiva).- Los actos de traición al partido se sancionan con la
expulsión,llImediante proceso reglamentario sumarfsimo del CEN.1lI
Artículo 93,- Reducción y agravantes de las sanciones
Las sanciones podrán ser reducidas por debajo de los límites señalados por las circunstancias
personales de quien cometió la falta y cuando haya realizado actos conducentes a reparar el daño
cometido con anterioridad a la imposición de la sanción.IlISe considera agravante de la falta
cometida si el infractor ejerce un cargo de dirigente, lo que determinará que se le aplique la
máxima sanción que el caso amerite.
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I
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Artículo 94.- Los Comités Descentralizados sólo podrán imponer las sanciones previstas en los
incisos a y b del artkulo 89 del presente Estatuto. Estas podrán ser apeladas ante el Tribunal
Nacional de Ética y Disciplina.
Artículo 95,- Las sanciones de inhabilitación, suspensión y expulsión, aplicadas a cualquier ,,_ JI. A ",0
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POR EL PERÚ
1574
•
miembro de "TODOS POR ELPERÚ" en el territorio de la República, tendrán que ser aprobados por
2/3 (dos tercios) del Comité Ejecutivo Nacional. El sancionado podrá apelar ante el Tribunal
Nacional de Ética en última instancia.
Artículo 96.- Son causales de inhabilitación, suspensión y expulsión:
a. Incumplir los deberes o los acuerdos de la Asamblea General.ltl
b. Malversar fondos.
c. Apropiarse ilícitamente de las aportaciones económicas o de los bienes y enseres de
"TODOS PORI1IELPERÚ".1tl
d. Utilizar el nombre de "TODOS POR ELPERÚ" con fines lucrativos y personales. Itl
e. Adoptar actitudes de división o socava miento de "TODOS POR EL PERÚ", asf como
posicionesltlpúblicas de calumnia y difamaciónhacia alguno de sus dirigentes. Itl
f. Sufrir condena por delito expresamente establecido en las Leyes Nacionales, en un marco
de un Estadoltldemocrático y constitucional de Derecho.1tl
g. Realizar, tanto al interior cuanto fuera de ''TODOS POR EL PERÚ", prácticas ajenas a las
normasltlestablecidas en el presente Estatuto. Itl
h. Adeudar más de tres (3) mensualidades sin causa justificada.1tl
i. Falsificar o adulterar el Documento de Identificación partidario u otros documentos de
Itl"TODOS POR EL PERÚ" en agravio de la misma o de sus dirigentes.1tl
j. Aprovechar las Asambleas para hacer circular listas, pasquines o panfletos contrarios a
laltlnaturaleza de los fines para los cuales fue convocada.1tl
k. Faltar, sin causa justificada, a las sesiones de sus respectivas áreas de trabajo.1tl
1. No sufragar en las elecciones de los directivos de "TODOS POR EL PERÚ".1tl
m. Inscribirse en otro partido, movimiento o agrupación polftica.1tl
n. Postular en elecciones políticas nacionales, regionales o locales por otro partido,
movimiento o agrupación politica, o respaldar de manera abierta o encubierta otras
candidaturas que postulen en competencia directa con listas patrocinadas por "TODOS
POR EL PERÚ".
En todos los casos en los que se interponga recurso de apelación contra estas sanciones, se tendrá
en cuenta, en adición a la gravedad de la falta, su reincidencia.
Artículo 97.- El miembro inhabilitado está impedido de ocupar cargo alguno. La sanción será
levantada por la misma instancia que lo inhabilitó o por la instancia jerárquicamente superior.
Articulo 98.- La suspensión alcanza un tiempo mínimo de un mes y un máximo de doce meses,
recuperando automáticamente su condición plena una vez cumplida la sanción.
Artículo 99." Todo miembro expulsado o retirado voluntariamente, no tiene derecho a la
devolución de los beneficios que haya prestado a "TODOS POR EL PERÚ".
Capítulo 111
De la Responsabilidad Penal y Civil
Artículo 100.- La aplicación de la responsabilidad penal se hará de acuerdo con lo estipulado en el
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TODOS
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Código Penal Peruano y demás normas que conforman la legislación penal vigente. la
responsabilidad civil se hará de acuerdo con la legislación común en vigencia. Estas acciones se
harán efectivas a criterio del Comité Ejecutivo Nacional, a través del Representante legal.
TíTULO CUARTO
DE LA CONSTITUCiÓN DEALIANZAS
Capítulo I
De la constitución de alianzas
Articulo 101,- La decisión de ir en alianza con otras organizaciones políticas a las Elecciones
Generales, de Parlamento Andino, Regionales, Municipales u otras, será tomada' por la Asamblea
General Ordinaria o Extraordinarla.IllEI procedimiento para la constitución de alianzas con otros
grupos políticos se sujetará a las disposiciones que establezca la Comisión Nacional de Política
para tal efecto, de acuerdo con las normas electorales vigentes.
la Alianza será firmada por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional.
TíTULO QUINTO
DEMOCRACIA INTERNA
Capítulo I
De la Democracia Interna
Artículo 102.- la elección de las autoridades partidarias y de los candidatos a cargos de elección
popular de "TODOS POR El PERÚ", en todos los niveles, se rige por la Ley de Partidos Políticos, sus
normas conexas, la norma que contiene la Convocatoria respectiva, por el presente Estatuto, por
el Reglamento Electoral y las directivas que dicte el Tribunal Nacional Electoral o el órgano
pertinente.1ll
Corresponde a la Asamblea General decidir la modalidad de elección de las autoridades partidarias
y de los candidatos a cargos de elección popular. Sólo en lo referente a la elección de autoridades
partidarias de nivel nacional, en caso la Asamblea no pueda sesionar antes de determinada
elección, corresponderá por defecto llevar a cabo la elección a través de Asamblea Electoral.
Al Tribunal Nacional Electoral le corresponde aprobar el Reglamento Electoral en el que se
datallarán las modalidades de elección, plazos de inscripción y condiciones en las que se ejerce e
sufragio, entre otros. Asimismo, el Tribunal Nacional Electoral es el órgano encargado de realizar la
convocatoria y de establecer el cronograma de elecciones internas.
Articulo 103.-Candidatos a cargos de elección popular sujetos a elección
~
Están sujetos a elección interna los candidatos a los siguientes cargos:
a. Presidente de la República
b. Vicepresidentes de la República
~ ' c. Representantes al Congreso de la República
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•
d. Representantes al Parlamento Andino
e. Gobernador, Vicegobernador y Consejeros Regionales.
f. Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales.
Los candidatos son elegidos conjuntamente con un suplente o accesitario, quien los reemplazará
en caso de fallecimiento, enfermedad, renuncia, exclusión o cualquier otra causa que imposibilite
su participación como candidato. Los suplentes o accesitarios serán reemplazados por candidatos
del mismo sexo.
Al menos las cuatro quintas partes de número de total de los candidatos y candidatas a cargos
públicos electivos a los que se refiere el articulo 100 son elegidos en la correspondiente
circunscripción electoral, para lo cual el órgano la Asamblea General decide, en cada caso, las
modalidades que se aplicarán entre las siguientes:
a. Elecciones con voto universal, libre, igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados y
ciudadanos no afiliados,
b. Elecciones con voto universal, libre, Igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados.
c, Elecciones a través de los delegados elegidos por los órganos partidarios conforme lo
disponga el estatuto,
Hasta una quinta parte del número total de candidatos puede ser designada directamente por el
Comité Ejecutivo Nacional. El Tribunal Electoral Nacional establece el procedimiento para la
designación, que debe concluir antes de la realización de las elecciones internas. Esta facultad es
indelegable.
Articulo 104. Asamblea Electoral
Es el órgano partidario autónomo e independiente, frente a otros órganos partidarios, encargado
de elegir a los candidatos a cargos públicos electivos cuando la Asamblea General acuerde adoptar
la modalidad indirecta de elección y de elegir a las autoridades partidarias.
La Asamblea Electoral estará compuesta por los miembros del Comité Ejecutivo Nacional y los
delegados regionales y/o provinciales elegidos para tal fin. Estos delegados serán elegidos por el
voto universal, libre, igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados de "TODOS POR EL PERÚ",
según su circunscripción,
La Asamblea Electoral se regirá de acuerdo al presente Estatuto, ei Reglamento Electoral y las
directivas elaboradas por el Tribunal Nacional Electoral.
La Asamblea Electoral se convoca por correo postal, correo electrónico o página web. La
notificación de la convocatoria se hace con anticipación no menor de quince (10) días de la fecha
fijada para la elección.
El quórum para la instalación y funcionamiento de la Asamblea Electoral es, en primera citación, la
mitad más uno de sus miembros hábiles; y, en segunda citación, con los asistentes presentes
cuando haya transcurrido media hora de la primera citación, Los acuerdos se adoptan con el voto
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TODOS
POR EL PERÚ
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confonne de la mayoría simple de los asistentes, salvo en los casos que el reglamentoo la directiva
disponganalgo distinto.
TITULO FINAL
DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS
PRIMERA.- Para los efectos de la elección de las primeras autoridades de los diferentes órganos
nacionales de "TODOS POR EL PERÚ", déjese en suspenso el periodo de militancia requerido para
su designación.IllPara el caso de los órganos de gobierno regionales, provinciales y distritales que
se hubieren organizado transitoriamente, amplíese su vigencia hasta que el Comité Ejecutivo
Nacional convoque a elecciones generales de acuerdo a los dispuesto en las normas pertinentes.
El Comité Ejecutivo Nacional designará Comisiones Organizadoras Regionales, las que se
encargaran de organizar los Comités Ejecutivos Regionales, los mismos que serán ratificados por el
Comité Ejecutivo Nacional.
Los Comités Ejecutivos Regionales designarán Comisiones Organizadoras Provinciales, las que se
encargarán de organizar los Comités Ejecutivos Provinciales y Distritales, ios mismos que serán
ratificados por el Comité Ejecutivo Regional.llJ
SEGUNDA. El Comité Ejecutivo Nacional se encargará de la elaboración de reglamentos, manuales
de funciones y normas administrativas que regulen el normal funcionamiento de "TODOS POR EL
PERÚ".
TERCERA.Suspéndase el sistema de elecciones a que se refiere el presente Estatuto hasta que se
aprueben los reglamentos normativos.
CUARTA. Los primeros integrantes 'de la Comisión Nacional de Política, del Tribunal Nacional de
Ética y Disciplina, y del Tribunal Nacional Electoral, serán designados por el Comité Ejecutivo
Nacional.
QUINTA. El presente Estatuto entra en vigencia a partir de su aprobación en la Primera Asamblea
General de "TODOS POR EL PERÚ", que bajo el nombre de Congreso Nacional se llevó a cabo ellO
de octubre del 2003, en el distrito de Surquillo de ia ciudad de Lima.
SEXTA.- Los comités nacionales, regionales, provinciales y distritales podrán implementarse de
manera virtual, a través de un software y aplicación informática que se adapten para tales fines.
Lima, 10 de octubre de 2015
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RECURSO DE APELACIÓN INTERPUESTA POR EL PARTIDO POLÍTICO TODOS POR EL PERU CONTRA EL JNE

  • 1. ! ! , 1 ! I i • ¡j I . i Solicitud de Modificación de Partida Electrónica: Modificación de estatuto del partido político "TODOS POR EL PERU" (ADX-2015-050325 del 18.12.2015) , ! sc"',p FS- - OO 1 .IJNt. IIIIIIIIII"""IIIUII __ . . ¡j¡ .
  • 2. n'! •~ .JNE PARA MEMORANDO w 031:> -2016-DNROPI LIC. LUIS ERNESTO GRILLO TEAGUA Jefe de la Oficina de Servicios al Ciudadano, JURADO "IMIGNr.. Ili j¡,'~"DNES SERVICIOS AL CIUDADANO RECIBIDO O 5 FEB. 2016 , ..) - .:<,0/6 - 00 69N E"'p: ....................................................•.............. ~~;:~~i,:~.:~.:.:~:.:.:~..:.:.:~~i~~...::: .:~:::!::fj~::. FABIOLA PONCE Firm•. " ASUNTO REFERENCIA FECHA Remito expediente de apelación del Partido Político "TODOS POR EL PERU" ADX-2015-050325 Lima, 05 de febrero 2016, Es grato dirigirme a usted, para remitirle las partes pertinentes del expediente del partido político "Todos por el Perú"; en virtud de lo dispuesto en la Resolución W O;:¡, -2016-DNROP/JNE, que resuelve conceder el recurso de apelación interpuesto por el ciudadano Jean Carla Zegarra Roldán, Personero Legal Titular del citado partido político, contra la Resolución N" 017-2016-DNROP/JNE de fecha 28 de febrero de 2016, Cabe señalar que el referido expediente, cuenta con un total de '3:5i folios, Atentamente, 'i '~'~''''a, '[YY' .j'~~'~~ ...............•................:.............•;... t' .¥'_, ~ Dr, Fernando M. Rodrlguez ?alron .;&~~I,;;Director N.cion.1 de RegIStro de 1,~~~~~1fl)1. OrganizacIonesPolític~s 'i~ JURADO NACIONAL DE ELECCIONES " SCf.JNE-'FS - - O n2• tI"U"IIIIII""III';':"'-... 11 il., ,: ' u'~;J1._!e i
  • 3. ) , TODOS POR EL PERÚ Lima, 18 de diciembre de 2015. SUMILLA: JURADO NACIONAl. De .1..CCloNU SERVICIOS AL CIUOIIOllNQ RECIBIDO 18 DIC. 2015 -... N:E":"I/I. .)(~2~lr;;:?8:~I~)5x:.N 00<... • ,•. ~"!l¿º" ]p']<i Ana'" iJ.. :i-'Qf:'7' N' FiliO": ~ " Hora. o.. . .. C.iaflfnnto(¡lderonHerm¡ Firma: ,.. u.o •••••••••••••••• Solicito la modificación de la partida electrónica del Partido Político Todos por el Perú en referencia a nuestros estatutos. ,---;-------I~~ JURADO NAGIO -, I ,>¡N~ CE 1=1 FG~ION. -~ p. -'-- J 1 t Lilfrl:C• vil tJa::lon<1/ dí! RagIS/f" ~ O'inrzaclOnES POlflfcas I .. Z~ DIC. 2015 i ¡RIE~Hi8~OOi ~'f't - jH •. ~ ff,¡;.: " ¡J . o,a '~irma •......l!!.., . / Señor Director del Registro de Organizaciones Políticas del jurado Nacional de Elecciones jean CarlosZegarra Roldán, con DNl NQ 40330948 Personero Legal Inscrito del partido político TODOS POR EL PERÚ, señalando domicilio para efectos de la presente solicitud en Av. Brasil 963 jesús María, teléfono celular 992813776 y correo electrónico jeanca zegarra@hotmail.com. ante usted respetuosamente me presento y digo: Que de acuerdo a las leyes vigentes, recurro ante su despacho para SOLICITAR LA MODIFICACIÓN DE LA PARTIDA ELECTRÓNICA DEL PARTIDO POLÍTICO TODOS POR EL PERÚ; con el objeto que se modifique lo siguiente: Modificación de los Estatutos del Partido Politico Todos Por el Perú actualmente inscritos en el ROP en los siguientes artículos: Artículo 4 modificado Artículo 15 eliminado Artículo 24 modificado Artículo 27, 28 modificado Artículos 29, 3031 eliminados Artículo 32, 33, 34 modificados Artículo 35 eliminado Artículo 56 modificado Artículo 57 eliminado Artículo 59 modificado Artículo 60 eliminado Capítulo VI(ARTícULOSDEL76 AL80) Eliminados Artículo 109 modificado Para tal efecto, se adjunta a la presente solicitud los Originales y copias certificadas de los siguientes documentos: Carta de Convocatoria a Asamblea General Extraordinaria Acta de Asamblea General Todos Por el Perú del 10.10.2015 Nuevo Estatuto del Partido Político Todos por el Perú
  • 4. TODOS POR EL PERÚ Lista de Asistentes a la Asamblea General del 10.10.2015 Un CD original y una copia con los cambios realizados según requisitos técnicos establecidos en el Reglamento del ROP. Comprobante de Pago de las tasas correspondientes según TUPAdel JNE. Port43nto: Solici 1:0 a Usted realizar las modificaciones solicitadas e ~Zegarra Roldán DNI N040330948 " SCJ.IIIl:.; FS -'" nnLf""~' mllllllnll'" I UritH"&n1
  • 5. ., ..: -- ~. JURADO NACIONAL DE ELECCIONES DIRECCION GENERAL DE RECURSOS Y SERVICIOS - TESORERIA '11":''',. ,1",.1 RUC N° 20131378549 Jirón Lampa N° 946 - Lima ' .' .' '.'' Centrai Teiefónica 311-1700 Anexo 2056 Cajero: IMPORTE Por SI. ------------------- DIAl MES tAÑO ; :: '::'1 ¡,~ '.; l.,': I ~ RECIBO DE INGRESO A CAJA !.' ',1 ! i''í I 1! .' ,> La suma de .. .. " " _" - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - Nuevos soles D.N.l.: R.U.C.: - --- ---- ------ -- -- ---- -- - -- --- Recibíde:--------------------------------------------------------------. '. '~ .., !. f " ' ,'1 ( , POR CONCEPTO DE: .... " ,;".';' , . ., ;';1,:'. '1,' :",' "('~.(); ~'¡".':. '.,,-, : '-'-"l"'" q,it. I~ '1JlJ.. :(' 1 ',..1 1 11 ~ c."l (Á.'J, ~.(1 : EMISOR TESORERO TOTAL SI. --------------------_. .,'
  • 6. TODOS POR EL PERÚ CONVOCATORIA A ASAMBLEA GENERAL EXTRAORDINARIA r,;¡¡ En aplicación de lo establecido en los artículos 27, 28 Y 85 del Estatuto, el Comité Ejecutivo Nacional convoca a Asamblea General Extraordinaria a realizarse el siguiente sábado 10 de octubre de 2015 con la finalidad de revisar y tomar acuerdos sobre la siguiente agenda: 1. Evaluación de actos realizados por órganos partidarios durante el perlado 2014- 2015 2. Modificación Estatutaria 3. Acuerdo sobre elecciones internas de auroridades partidarias Datos de la Asamblea: FECHA: Sábado 10 de octubre de 2015 PRIMERA CONVOCATORIA: 10:00 a.m. t,¡¡I SEGUNDA CONVOCATORIA: 10:30 a.m. LUGAR: Av. Centrai926, Los Olivos, lima, lima. La información sobre la Asamblea se irá actualizando en la página web del partido (www.todosporelperu.pe) . lima, 20 de septiembre de 2015 ,, REOZEGARRA P esidente del Comité Ejecutivo Nacional Publicado el 20 de septiembre de 2015 a las 3:00 p.m . ., ,.' n •...•S . S~rJNE-rS'" l ~,' •r .."....."111"''111 ••• _ ••••••• 1
  • 7. , II I I I I I ~TODOS V POR EL PERÚ 1510 ACTA DE ASAMBLEA GENERAL /ji TODOS POR EL PERÚ Sábado, 10 de octubre de 2015 .• Confecha 20 de septiembre de 2015 fueron convocados los miembros de la Asamblea General elvia correo electrónico y vla página web del partido, con la finalidad de sostener una reunión extraordinaria de Asamblea General el día de hoy, 10 de octubre de 2015, con la siguiente Agenda: ) , I I I I II I I 1. Evaluación de actos realizados por órganos partidarios durante el perfodo 2014-2015 2. Modificación Estatutaria 3. Acuerdo sobre elecciones internas de autoridades partidarias -Siendo las 10:32 a.m. del 5ábado 10 de octubre de 2015, en segunda citación, Áureo Zegarra, Presidente del CEN, procede a verificar el cumplimiento del quórum conforme al articulo 87 del Estatuto. Siendo que el 20% de los 42 miembros hábiles del partido convocados corresponde a 9 miembros, se verifica que a las 1O:4Sa.m. hay 16 miembros asistentes, por lo que habiendo excedido el quórum que requiere el Estatuto, se procede a dar inicio a la reunión extraordinaria de Asamblea General. Siendo las 11:10 a.m., se procede a la discusión de los puntos de agenda: Áureo Zegarra Rodolfo Pérez CésarOrtiz Mercedes Mendoza Pablo Castro YuliNalencia Presidente de la Mesa Directiva Vicepresidente de la Mesa Directiva Tercer Miembro Cuarto Miembro Quinto Miembro Sexto Miembro Habiendo realizado la juramentación correspondiente para la instalación de la Mesa, se procede a decidir y explicar las reglas del modo de deliberación y el sistema de adopción de acuerdos: Todos los miembros de la Asamblea tienen derecho a expresar su voz, levantando la mano y esperando el turno otorgado por el Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea General. Finalmente, para la toma de decisiones, el Presidente de la Mesa Directiva cierra la discusión y somete a votación el tema, para lo cual se pasará a contar votos a favor, en contra y abstenciones sobre los temas materia de votación. 1 2 3 4 S 6 Luego de unas palabras de bienvenida con ocasión del Aniversario del partido por parte del Presidente del CEN, relatando los orlgenes del partido, y ante la ausencia de la Secretaria General Nacional, se procede conforme al artículo 28 del Estatuto a la elección de los 5 miembros de la Mesa Directiva que acompañarán al Presidente del CENcomo Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea General. Luego de una decisión democrática y unánime de los,.miembros asistentes, a las 11:05 a.m. se define la Mesa Directiva con los siguientes miembros: : ' I , /, I di.:~,i. ; I , iI' j' :1 ~ 0,-1 ~ Bt-J,',i jll,' '1T . !: :,' ...•
  • 8. PRIMERPUNTO DE AGENDA: Evaluación de actos realizados por órganos partidarios durante el periodo 2014-2015 Siendo las 11: 10 a.m. se discute sobre la ratificación de vigencia de los órganos partidarios, al no haberse realizado oportunamente elecciones internas de renovación de las mismas, y sobre la ratificación de los actos partidarios realizados por dichos órganos. Luego de una breve explicación de las razones, se procede a la votación para decidir sobre este punto. Votos a favor: 17 ...Votos en contra: O Abstenciones: O Por unanimidad, a las 11:20 a.m. se decide ratificar la vigencia de todos los órganos partidarios, incluyendo pero no limitándose al Comité Ejecutivo Nacional, Comisión Nacional de Política, Tribunal Nacional Electoral, hasta que se realicen nuevas elecciones de autoridades partidarias, asf como a ratificar los actos partidarios realizados por éstos. SEGUNDOPUNTO DEAGENDA:Modificaci6n Estatutaria Votos a favor: 17 Votos en contra: O Abstenciones: O Votos a favor: 17 Votos en contra: O Abstenciones: O Por unanimidad, a las 12:15 p.m. se aprobaron todas las modificaciones al Estatuto propuestas, quedando como documento final el que se adjunta a la presente acta. Siendo las 11:20 a.m. se inicia la revisión de las modificaciones estatutarias, habiéndose dialogado democráticamente introduciendo precisiones propuestas por los miembros de la Asamblea General. A las 12:10 p.m. se somete a votación la decisión sobre el estatuto modificado. TERCERPUNTO DE AGENDA: ACUERDO SOBRELAS ELECCIONESINTERNAS PARA ELEGIRA LASAUTORIDADESPARTIDARIAS Habiéndose presentado las posibilidades de modalidad de elección de autoridades partidarias y la opción de fecha para llevarlas a cabo, se decide por unanimidad a las 12:20 p.m. convocar a Elecciones Internas de autoridades partidarias bajo la modalidad de elección indirecta a través de Asamblea Electoral para el próximo Sábado 24 de octubre de 2015. CUARTOPUNTO DE AGENDA: ACUERDOSOBRELAS ELECCIONESINTERNAS PARA ELEGIRA CANDIDATOSDEELECCiÓNPOPULAR ~ la mesa directiva decide someter a votación este pinto, y habiéndose presentado las ,,,,,md.do, d, mod."d.d d, ,1",;0" d, d, rn"dld_ d, ""'" d, ,',"~,"'". re ;b Ú:fi..~...:_..._.:":':"() r1
  • 9. I¡ 1 15"42 "'"decide por unanimidad a las 12:30 p.m. que dichas eleccionesse realicen bajo la modalidad de elección indirecta a través de Asamblea Electoral. Votos a favor: 17 Votos en contra: O Abstenciones: O Siendo las 12:35 p.m. se procede a dar clausura a la Reunión Extraordinaria de la Asamblea General realizada ellO de octubre de 2015, dando los abajo firmantes su conformidad con lo expuesto en la presente Acta. edo So,;cl-1<¿ (je¡I./¡¡ 1613S~60 ¡t{ere-e..b J1.< ~) PIrt: 0:)"2.-1.("")"-0 ~t .. e../rrUo.f lA iZA .j'( t. VA DI./! 48 OS f"7!j Breña, 10 de opctubre de 2015 SClJNE;fS;..;~ o.!:2.a~ ..,,' .fi Ij»>~~..,<, t;u'ú£t-tlO I'i",e...~o 9.. I O'6BI/6s.,¡
  • 10. ~TODOS V PORELPERÚ ------------- -------- ------ --- Asamblea General Sábado, 10 de octubre de 2015 10:00 a.m. Lista de Asistentes .. No NOMBRES APELLIDOS ÓRGANO(S) Al QUE PERTENECE DIRECCiÓN FíSICA CORREO ELECTRÓNICO TELÉFONO FIRMA .. ' r-A f....l! ".0 "') 11 050n~e>. .~~q"",,,9'1:; ¡¡¡e~'ti e 'fY1cti1.c...o'If'V} ~1?lI.b-Q o,sr,<f9126 }:¡f~~. ~IÓ'llelÍft.l.O'I'I'1<P. ~ '5'Z~m54 @, 3rrn,,;!. . e..t'f' p,.x,!o<:.<tl.>íro ,..,ote. •••o "0 "",l. CoO "'" r", Jo ¡.¡;,- f'(~- '" J ""ro}@ /...,-f •••••.¡ 1.li . {;l ~lillUN b u N- 1 .~/ 7t De.c.£'Gil DO PQI.oVIUC.( AL el, SIWl'''' ~, ••. 'i 3 3 l.nA. bWo 102 - ~~C"" .Ject'.éIA'l.Jo "?f'b~J••(;"[."¿ SIM"IJ¡ ALúv€fló 'Nq '~éLI'"1A b 1'TO. 10[... ) Ec(1..£TP. [1. O Prz.:>vI rJti ~ M'i. p.... - ~ f1 u,lo. [) PA O í(lA.) J IlVO '1Y!U:::> 1Llo . ~ •.l:/'"' &.x, ü:< s. Ce,Y>' e(¡c; .=¡- l( 2. . '1' <R;. ~Y'() I no <p",~ Gol ,Ir '10 ~~ ~ ok:> I./-<"::;"'~ ~ ~ ¡j..(~ ~_{íJ 2 3 4 5 'PIJOLO OHAIl 6 'RO"lxJL ;::f) PeflEt DJOfl.eJ 7 OAl4of L-II- l-f"Vp., -SllVL 8 VSCCji" 'Sdf1Qhcz 001.v,c1¡a ~ 'P~ en ~ ~~. c..;:. = b~ íl0m<0 rn •• O~ E , E ~ i •j .c" • 1
  • 11. ~TODOS V POR EL PERÚ Asamblea General Sábado, 10 de octubre de 2015 10:00 a.m. Lista de Asistentes No NOMBRES APELLIDOS ÓRGANO(S) AL QUE PERTENECE DIRECCIÓN FíSICA CORREO ELECTRÓNICO TElÉFONO FIRMA ~e: c:..•. ca'"tc..,. ~ 'CIo f"'QU ~"''H,.(4' .le. f~e~v;'l' ••.. ::D ee.:]a. Jo ~rov;~ ,:" I ~'C>JL, lJiPa... 'D46.M ?~...:~ e~'"0 >' (}CU: • ,,/i> ~i);( ¿ (fuvO>?!e&s ~;,J~ San::. -&,--:" fV" .•_) ---1 A Acu'i..- C"'Il'l"'« ~ L"'"'m '"S '1) "••...•. LQ."" "- S :IJí'p..z, ~ Hv.-.,::;i n...-- 41~7)..rw-f-n... ?o.c(; rr "" Cq rf"UQ-t 12 13 14 So./ ¿rreat 150~ 11 16 j:t ~~, 9 J-" :SJl d:" .•.~. ,
  • 12. , ~TODOS ¥PORELPERÚ ACTA DE ASAMBLEA GENERAL TODOS POR El PERÚ Sábado, 10 de octubre de 2015 Con fecha 20 de septiembre de 2015 fueron convocados los miembros de la Asamblea General el vía correo electrónico y vla página web del partido,con la finalidad de sostener una reunión extraordinaria de Asamblea General el día de hoy, 10 de octubre de 2015, con la siguiente Agenda: 1. Evaluación de actos realizados por órganos partidarios durante el período 2014-2015 2. Modificación Estatutaria 3. Acuerdo sobre elecciones internas de autoridades partidarias Siendo fas 10:32 a.m. del Sábado 10 de octubre de 2015, en segunda citaci6n, Áureo Zegarra, Presidente del CEN, procede a verificar el cumplimiento del quórum conforme al articulo 87 del Estatuto. 5iendo que el 20% de los 42 miembros hábiles del partido convocados corresponde a 9 miembros, se verifica que a las 10:45 a.m. hay 16 miembros asistentes, por lo que habiendo excedido el qu6rum que requiere el Estatuto, se procede a dar inicio a la reunión extraordinaria de Asamblea General. Siendo las 11:10 a.m., se procede a la discusión de los puntos de agenda: Áureo Zegarra Rodolfo Pérez CésarOrtiz Mercedes Mendoza Pablo Castro :Yuli>Valencia SCI"il'E. F5- - 0-' .tJl1. 1111111111111.11 •• 11." •• 11 ••••••• Luego de unas palabras de bienvenida con ocasión del Aniversario del partido por parte del Presidente del CEN, relatando los origenes del partido, y ante la ausencia de la Secretaria General Nacional, se procede conforme al articulo 28 del Estatuto a la elección de los 5 miembros de la Mesa Directiva que acompañarán al Presidente del CENcomo Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea General. Luego de una decisión democrática y unánime de los miembros asistentes, a las 11:05 a.m. se define la Mesa Directiva con los siguientes miembros: 1 Presidente de la Mesa Directiva 2 Vicepresidente de la Mesa Directiva 3 Tercer Miembro 4 Cuarto Miembro 5 Quinto Miembro 6 Sexto Miembro Habiendo realizado la juramentación correspondiente para la instalación de la Mesa, se procede a decidir V explicar las reglas del modo de deliberación y el sistema de adopción de acuerdos: Todos los miembros de la Asamblea tienen derecho a expresar su voz, levantando la mano V esperando el turno otorgado por el Presidente de la Mesa Directiva de la Asamblea General. Finalmente, para la toma de decisiones, el Presidente de la Mesa Directiva cierra ia discusión y somete a votación el tema, para lo cual se pasará a contar votos a favor, en contra V abstenciones sobre los temas materia de votación. J #
  • 13. '" PRIMERPUNTO DE AGENDA: Evaluación de actos realizados por órganos partidarios durante el periodo 2014-2015 Siendo las 11: 10 a.m. se discute sobre la ratificación de vigencia de los órganos partidarios, al no haberse realizado oportunamente elecciones internas de renovación de las mismas, y sobre la ratificación de los actos partidarios realizados por dichos órganos. Luego de una breve explicación de las razones, se procede a la votación para decidir sobre este punto. SEGUNDOPUNTO DEAGENDA:ModifJcación Estatutaria t Votos a favor: 17 Votos en contra: O Abstenciones: O Por unanimidad, a las 12:15 p.m. se aprobaron todas las modificaciones al Estatuto propuestas, quedando como documento final el que se adjunta a la presente acta. TERCERPUNTO DE AGENDA: ACUERDO SOBRE LAS ELECCIONESINTERNAS PARA ELEGIRA LASAUTORIDADESPARTIDARIAS Habiéndose presentado las posibilidades de modalidad de elección de autoridades partidarias y la opción de fecha para Iievarlas a cabo, se decide por unanimidad a las 12:20 p.m. convocar a Elecciones Internas de autoridades partidarias bajo la modalidad de elección indirecta a través de Asamblea Electoral para el próximo Sábado 24 de octubre de 2015. Votos a favor: 17 Votos en contra: O Abstenciones: O Por unanimidad, a las 11:20 a.m. se decide ratificar la vigencia de todos los órganos partidarios, incluyendo pero no limitándose al Comité Ejecutivo Nacional, Comisión Nacional de Política, Tribunal Nacional Electoral, hasta que se realicen nuevas elecciones de autoridades partidarias, así como a ratificar los actos partidarios realizados por éstos. Votos a favor: 17 Votos.en contra: O Abstenciones: O Siendo las 11:20 a.m. se inicia la revisión de las modificaciones estatutarias, habiéndose dialogado democráticamente introduciendo precisiones propuestas por los miembros de la Asamblea General. A las 12:10 p.m. se somete a votación la decisión sobre el estatuto modificado. fe¡)J¡ La mesa directiva decide someter a votaci6n este pinto, y habiéndose presentado las posibilidades de modalidad de elección de de candidatos de cargos de elección popular, se .u'¡1. Sl'tlll~F~- - - 0_-; ~_' _ plII~nt.~"'''''''''''''•••'''''"'':~ ~ , -, 0r1~ 1 •••••.•• t:' '-Af'! --:1 .~, 11.nr"lt" ~ I ,.I"¡;"IL ..iP<C' ,.¡ """1,,"""';:'.",.~:,.•.•.'d,;¡", ..A'>l~,,""!'.>,, ••,f i' i ",~,_. __ u,,=~,-,".....,••,,~_,_,_~,," :r-' CUARTOPUNTO DE AGENDA: ACUERDOSOBRELAS ELECCIONESINTERNASPARA ELEGIRA CANDIDATOSDE ELECCiÓNPOPULAR I I 1 I [ I 1)1 , 1 I 1 . ¡ 'I . I I li¡¿.¡LF 1.. , ~i . i I ! I I I 1; !
  • 14. •• .,,~ TODO~ ',,~',.{;:. POR EL PERU .:<:"r~'~ /O~ .';:~~:'c:';:;¡':¿;;;.!.~~~"a~or unanimidad a las 12:30 p.m. que dichas eleccionesse realicen bajo la modalidad de ....".;I),''b'.;:.<l;~'~l..l!réJt!9hindirecta a través de Asamblea Electoral. "c "!J ''C•." .q", ••••; 'le, V'-7J' "8 I '.... / Votos a favor: 17 ',,- / Votos en contra: O Oc Abstenciones: O Siendo las 12:35 p.m. se procede a dar clausura a la Reunión Extraordinaria de la Asamblea General realizada ellO de octubre de 2015, dando los abajo firmantes su conformidad con lo expuesto en la presente Acta. P.J)J;~~-;u t;u.ú £ ~tO !'ilf.,:"o 1-. 0'391/65':; Breña, 10 de opctubre de 2015 ~',.r¥i L!../r/ll-o.! lA YZA -S'( t vA DM ,(808 fe;ty C'<tO .sO>Í J,o¿ Gct'l 18135=160
  • 15. -- -_.~-.._..•.,--..., ~TODOS V POR EL PERÚ Asamblea General Sábado, 10 de octubre de 2 10:00 a.m. Lista de Asistentes NOTA~,A HOPKINS iW:1I) de ,il.llio ¡'J" '1269 - ¡,,1íraftores Ji;,lf.: ;{12.1¡:18G! ibUax: 242-8373 W.NW,¡-iüt~fwl:úpidI1C, corrl . - -""-"Z.:."mZ='in"~""~'_"''''''''''''''''_ ••,__ --l .~j,~", No NOMBRES APELLIDOS ÓRGANO{S) AL QUE PERTENECE DIRECCiÓN FíSICA CORREO ELECTRÓNICO TELÉFONO FIRMA 2 3 O¡f-l2/fI» 4 .~/ 7t 5 1//JaLO D~LCG.ilDo PIiI.<>v r j) c.( Al.. q. S'WITa (Loa, 'i 3 3 ¡",x;.Oc.etbrro rv>ote ..••oOHM. /., 11,4 bWo 102 - ~~~"" "1> ".,(l. c..o .••.• 'RO"Jx)L;::ü PeflEl: .Jecfé1'A1.Jo l'lZt>~r1'C:r.PL Ji/ H,,1J! I'tLú&G{l.o <,/clq r.,b~-~(~_ "1 "C.C,Hfl'; ; 6 OSofleJ r.'.£ L I'"1A b1TO. (OL- '" ¡""ro/@ ¡""-fV'8.-L ~14o.f L-"'i~A }£C(l.£ TAfll O PlbVI "-'eH M'l. f>-..- ~'3 elrb. Uf'AO el'"'f2-~j rnao.:l.7 SllVb¡ -rr'WJIt..&o 1'YlU~ 1 t.U> "'" 8 OSCq'f '5c;'f1oha '<:i:4&~ &o le<5> ec..",e(¡o ~ .:¡'l{2.. . 06or¡cJ"e ••..<:f'~q'''''''''Q 9'1'ffiJ'ílJH"1 ~ cR, ~1'J ~~-o ,::::¡ Glo..v•.d;a (j)",~ Gol ..IY 'lo ~ V"'1Gli l.c....ovYl~ 'l. , ... ~ 'V~ ~~ ~ oUo v~~ ~~Í>~ '1 Sb 99126 JI-¡.-~ 9 ~ ~ ~ ~ I;l{~ 1-(_(0 f ~~. ::> 10 G~ íl(11'l'W"> ~L~0wO po. .li' tL ~Ull4N b-o ¡ci'Ilev-,l<IV'1<P • ~ 'S'2M5~•. 1 , N- 1 ~"",;,¿, c..rvn f-4 CJ:¡ (~'f> '00
  • 16. Asamblea General Sábado, 10 de octubre de 2015 10:00 a,m, Listade Asistentes ¡".. (.11 ~~. c.6'" FIRMACORREO ELECTRÓNICO TELÉFONODIRECCiÓN FíSICANo NOMBRES APELLIDOS ÓRGANO(S) AL QUE PERTENECE :ro~ 'Je. L"",,,,,,, ""$ c::.~~'r~1;e..'I';'I::If' •..aVl'Tlt:..;'~' 11 'K'<""1"~'O 1)-'••..'- ~;e'"tv; 'l'e...le. Co...,.lo~ La..".,"'- , 1) ee. :>",cJo (/'ov;n,:" I12 Cdo(vJo :Yíikz.. )::;, '( 04- " ; f' •... ",,,,- I?A/Y 'D~ oM ?~cA....t13 ?arn4 5~"", ••. c~c;l :1' OC¡,c • ''?~.J;;i:/''14 ¿ Vuv. 15 0~ ~ fI!~ t1 16 j:t. ,~, ~ ~ ~ 17 Haud.r> H~¿;LJ"/.J.- S(..C.rc-&'-:" JIJ;lA..) ~ ú..:Idí~ 4/tv.-rw-c.J1- A ¡"eu.'~ C6>M."", ~ 18 £oocu-cko ?o.d, Ir " g~ce. ¡!.fq Ce?, rlAuQ-t en 19Q ~" r;rl ~ 20 i ~ ::J-~.. en
  • 17. l~'~5'a;) .. TODOS POR EL PERÚ ESTATUTO DEl PARTIDO POLíTICO TODOS POR ELPERÚ TíTULO PRIMERO ASPECTOSGENERALES Capitulo I Principios Generales Articulo 1.- "TODOS POR EL PERÚ" es un partido poiftico cuya personería y funcionamiento a nivel nacional están sujetos al ordenamiento jurídico de la República del Perú. No tiene fines de lucro y busca asegurar la vigencia del sistema democrático, contribuir al desarrollo nacional y forjar una cultura dvica y democrática. Asimismo, tiene entre sus fines preservar la paz, la libertad y el respeto de los derechos humanos, y de todos aquellos derechos consagrados en la Constitución Política, las leyes del Perú, así como en su Ideario y en sus propuestas de gobierno, siendo el servicio al Perú su fin supremo. Articulo 2.- La acción política de "TODOS POR ELPERÚ" se inspira en los ideales del Humanismo de Centro y de la Economfa Social de Mercado. Busca promover el desarrollo integral de la persona humana y el logro del bien común del pueblo peruano, conforme a los principios de libertad, equidad, justicia y solidaridad, en un ámbito de pluralidad y respeto democrático. "TODOS POR ELPERÚ" aspira a convocar a todos los independientes que, sin pertenecer a partido político alguno, se sientan comprometidos con la necesidad de llevar adelante cambios profundos en el país, participando de manera organizada en la vida política nacional, en el marco de los principios que postula. Asimismo, busca comprometer a aquellos peruanos de buena voluntad que, habiendo pertenecido a otro partido, hayan renunciado por escrito a su organización para formar parte de "TODOS POR EL PERÚ". Artículo 3,- El aniversario de "TODOS POR EL PERÚ" se celebra el día 10 de octubre de cada año. Los miembros de "TODOS POR EL PERÚ" que accedan a sus órganos de gobierno, atienden el interés de los integrantes del mismo, asf como de la comunidad en su conjunto. Articulo 4.- El símbolo de "TODOS POR EL PERÚ" está constituido por una "Antorcha" blanca'" dentro de una circunferencia de fondo morado, que representa la claridad en las ideas de sus miembros, el fuego en sus corazones y la esperanza en el triunfo. SCl'.llill:"' FS '.. " . fl1 7"Al; • •.•.•II •• IIII" ••• "'III •• H•••• 1
  • 18. TODOS POR EL PERÚ Capítulo IIIlJ Fundadores, Afiliados, Simpatizantes y Jó;~nes Colaboradores Articulo 5.- Son Fundadores de "TODOS POR EL PERÚ" las personas que suscribieron el acta fundacional de fecha lS de setiembre de 2003 y los delegados presentes en la Primera Asamblea General que, bajo el nombre de Congreso Nacional, se realizó en la ciudad de Lima, distrito de Surquillo, ellO de octubre de 2003. Articulo 6.- Son afiliados de "TODOS POR EL PERÚ" los ciudadanos peruanos mayores de 18 años inscritos y registrados en el padrón de afiliados. Articulo 7.- Requisitos de afiliación.- Son requisitos de afiliación los siguientes: a. Ser ciudadano peruano por nacimiento o por naturalización. En caso de ser extranjero deberá serllJmayor de 18 años y residente en el territorio peruano por no menos de dos años continuos. 111 b. Solicitar su afiliación manifestando en forma expresa su adhesión al Ideario y al presente Estatuto, con la firma e impresión de huella dactilar de la ficha de afiliación aprobada por el6rgano competente del partido. I 2 SClJNf. FS'" "' . [P 8'"'IIIIt'rI'IIN •••• llti_ •••••• El control permanente de las fichas de afiliación, de su registro automatizado, de su actualización, así como la elaboración del Padrón Nacional de Afiliados, le corresponde a la Secretaría Nacional de Organización y Movilización. Articulo 8.- La afiliación se debe realizar en algún Comité Ejecutivo Distrital, Provincial o Regional de"TODOS POR EL PERÚ", en los Comités de Peruanos en el Exterior o en la sede central de "TODOS PORELPERÚ". Al firmar la ficha de afiliación señalado, el afiliado acepta: a. Conocer y cumplir lanormativa interna aprobada por los órganos partidarios competentes. b. Cumplir las decisiones que emanen de los diferentes niveles de la estructura de la organización. 111 I ~ Articulo 9.- "TODOS POR EL PERÚ" fomenta la carrera política y el derecho de los afiliados a ocupar gradualmente cargos de mayores responsabilidades Internas y externas, en virtud de sus Li1 méritos y capacidades. ff' Articulo 10.- Se pierde la calidad de afiliado por: ,/ % Y a. Renuncia expresa ante el Secretario General del C0":lité Ejecutivo Nacional.l1J f-/ b. Separación por resolución del Tribunal Nacional de Etica y Disciplina con sujeción al debido ";",. I proceso. llJ ~~ . c. Muerte o declaración de muerte p~esunta.1lJ I~ d. Disolución de "TODOS PORELPERU". V' - ¥
  • 19. .. .- ~ .. ,. TODOS POR EL PERÚ Artículo 11.- Son derechos del Afiliado: 3 Conocer y difundir el Ideario, este Estatuto y demás normativa interna, así como los programas y propuestasmde "TODOS POR ELPERÚ".1iI Defender el sistema democrático como forma de gobierno.1iI Cumplir y respetar los Estatutos.1iJ Votar en las elecciones internas, de conformidad con la normativa interna y general vigente. Participar en las actividades de su base y en todas aquellas que "TODOS POR EL PERÚ" lemencomiende. m Respaldar las decisiones del Comité Ejecutivo Nacional y de los demás órganos de gobierno de "TODOS POR ELPERÚ".1iJ Abonar la cuota de afiliado determinada por el órgano competente y, en caso de aquellos afiliados que ejercen cargo público elegidos por voto popular, contribuir con el diez por ciento (10%) de los ingresos netos que provengan del ejercicio del cargo. De no estar al día con sus cuotas o con cualquier otro pago al que estuviera obligado, perderá todos sus derechos, inclusive el de elegir y ser elegido, de acuerdo con este Estatuto y la normativa interna correspondiente. m Ser personero de "TODOS POR EL PERÚ", de acuerdo a requerimiento por el órgano competente. m Evitar u oponerse a cualquier acción que dañe o lesione a ''TODOS POR EL PERÚ" o a cualquiera de sus miembros.1ll Capacitarse adecuadamente en los principios doctrinarios, así como en los lineamientos a. Participar, en el nivel correspondiente, en la deliberación y en la toma de decisiones de "TODOS POR EL PERÚ", en las actividades de su base o cargo, así como opinar sobre aquellas materias querntengan importancia en la vida institucional y nacional.1iI b. Ejercer iniciativa política desde su respectivo nivel. liI c. Elegir y ser elegido para cargos directivos y como candidato a los cargos elegibles por votaciónmpopular en las listas que auspicie ''TODOS POR EL PERÚ", conforme ala normativa general e interna vigentes. d. Recibir permanente capacitación, en función de los recursos disponibles, sobre los principios doctrinarios que inspiran a "TODOS POR EL PERÚ", así como sobre otros temas y actividades quemel partido desarrolle. m e. Participar en las actividades de formación técnica, política y académica realizadas porl1J''TODOSPOR EL PERÚ". m f. Participar en proyectos de investigación científica y social que promueva "TODOS POR EL PERÚ" Y quelilestén vinculados al desarrollo nacional. m g. Ser informado sobre las principales decisiones y directivas que emanen de los órganos de dirección y delilgobierno de ''TODOS POR ELPERÚ".1iI h. Participar en los procesos y campañas electorales internas y externas. m i. Ejercer su defensa en caso de ser sometido a proceso disciplinario. liI j. Los demás que establezcan la ley y la normativa correspondientes.1iI Artículo 12.- Son deberes del Afiliado: a. b. c. d. e. • --, I f. g. ~f h. i. j. ~
  • 20. .155ú TODOS POR EL PERÚ políticos, económicos y sociales de "TODOS POR EL PERÚ". Para postular a cargos partidarios internos y para cargos electivos, es necesario haber cumplido con los requisitos de formación que en cada caso se determinen.1ll k. Ajustar su conducta a los valores de veracidad, honestidad, laboriosidad, respeto mutuo, eficiencia y solidaridad.1!J 1. Los demás que establezcan la ley y los reglamentos correspondientes.1!J Artículo 13.-Son Simpatizantes de "TODOS POR EL PERU" las personas que sin afiliarse al partido, sienten afinidad con sus principios y colaboran en su quehacer político,y deciden apoyar sus tareas y el logro de sus objetivos y/o representarlo en cargos electivos o en funciones públicas. Asimismo, pueden actuar como personeros de mesa o personeros técnicos en los procesos electorales, brindarsoporte técnico o profesional para la elaboración del Plan de Gobierno o el desarrollo técnico a determinados asuntos de interés nacional, regional o local o contribuir con la marcha de "TODOS POR EL PERÚ" en forma permanente. Artículo 14." Son derechos y deberes de los Simpatizantes: SCIJNE.FS '" n' D.') ri111 111 1111"'1 tlÚIh •••••• Participar en las actividades formativas, sociales, deportivas, culturales, políticas y afines de "TODOS POR EL PERÚ", con sujeción a la normativa interna específica de cada actividad. Artículo 15.- Son Jóvenes Colaboradores de ''TODOS POR EL PERU", los jóvenes menores de 18 años con interés de participar y que, sin afiliarse, se vinculan al partido, apoyando acciones institucionales relacionadas con la cuitura, la educación, el deporte, el programa de formación en valores cívicos, las redes de participación dvica electrónica y otras actividades afines. a. Participar en las actividades formativas, sociales, deportivas, culturales, políticas y afines de ''TODOS IllPOR EL PERÚ", con sujeción a la normativa Interna específica de cada actividad. I!J b. En caso de ser elegidos para cargos públicos en representación de "TODOS POR EL PERÚ", los simpatizantes adquieren los derechos y los deberes de los afiliados, para lo cual deberán expresarl!Jsu consentimiento escrito. Artículo 16.- Son derechos de Los Jóvenes Colaboradores: Artículo 17.- Los afiliados, simpatizantes y jóvenes colaboradores de "TODOS POR EL PERÚ" deben tener una conducta ética y respetar las decisiones adoptadas por los órganos competentes del partido .. Los afiliadosy simpatizantes que cumplen cargos de función pública siguen las líneas de orientación polftica general y doctrinaria que "TODOS POR EL PERÚ" postula, gozando de autonomía en sus decisiones técnicas y administrativas. d., '1
  • 21. TODOS POR EL PERÚ 1554 • Artículo 18.- Los dirigentes de "TODOS POR EL PERÚ", en sus respectivos niveles, pueden ser sustituidos o revocados en sus funciones por causas debidamente justificadas o establecidas en el Estatuto, así como en el Reglamento de Ética y Disciplina. El dirigente debe tener la oportunidad de presentar sus descargos antes de adoptarse esta decisión. La vacancia es cubierta por la persona que designe el Comité Ejecutivo Nacional o el respectivo órgano de gobierno. El sustituto sólo completa el período de la autoridad sustituida o revocada. Capítulo 111111 Del Patrimonio y los Recursos Artículo 19.- El patrimonio y los recursos de "TODOS POR EL PERÚ" están constituidos por: a. Los bienes muebles e inmuebles, y los derechos que posea o adquiera a título gratuito u oneroso.1lI b. Las cuotas, los aportes y contribuciones en dinero o especie de los afiliados y simpatizantes, de ser el caso. c. Las donaciones, los aportes,las contribuciones, las subvenciones, los subsidios y los legados que reciba, en dinero y/o en especie, de acuerdo a ley. d. Los bienes económicos o materiales producto de las actividades que realice.1lI e. Los créditos que se concierten. III f. Los ingresos que generen sus activos. 111 g. El Financiamiento Público de acuerdo a ley. III Capítulo 1II1l De las Finanzas y del Control Contable 111 ~5 SC/JNE. FS~;:: D..~l.~0' Artículo 20.- Criterios para la Administración de las Finanzas.1lI Artículo 21.- Auditorra Interna y Externa: "TODOS POR EL PERÚ" administra con eficiencia, austeridad y absoluta transparencia sus finanzas y su patrimonio, conformado por los conceptos previstos en el presente Estatuto, ia normativa interna y general pertinentes. El Comité Ejecutivo Nacional creará una oficina de Auditoría Interna, a cargo de una persona u organismo profesional en la materia y dotado de absoluta independencia, para el cumplimiento de sus funciones.I1ILa Asamblea General, así como el Comité Ejecutivo Nacional, podrán ordenar la realización de auditorías externas cuantas veces lo estimen pertinente.
  • 22. 1,F:)S5,., •••••• 1.. TODOS POR EL PERÚ Artículo 22.- Donaciones anónimas:fll I No se aceptarán contribuciones, donaciones, préstamos o aportes, en dinero o en especie, de , personas naturales o jurídicas que pidan mantener dichas entregas en el anonimato.IlILos ingresos de cuaiquiera de las fuentes establecidas en el Artículo 19 del presente Estatuto se registrarán en los libros de contabilidad de "TODOS POR ELPERÚ" Y en los formatos exigidos por ley. :; '1 !}<. ! l' I! TíTULO SEGUNDO DE LA ORGANIZACiÓN 6 Artículo 23.- Los órganos partidariosde "TODOS POR ELPERÚ" son: Capitulo IIlI De la Organización B. DESCENTRALIZADOS 1. Comités Regionales.1lI 2. Comités Provinciales. III 3. Comités Distritales. III 4. Comités de peruanos en el exterior. III A. NACIONALES: 1. Asamblea General 2. Comité Ejecutivo Nacional (CEN)1lI 3. Comisión Nacional de Politica 4. Tribunal Nacional de ~tica y Disciplinalll 5. Tribunal Nacional Electoral Artículo 24.- Los órganos enumerados en el artículo precedente tienen facultades para dictar, en sus respectivas instancias, normas internas (reglamentos, directivas, resoluciones, circulares) y lineamientos generales de política para el logro de los fines de "TODOS POR EL PERÚ", así como para difundir y preservar sus valores y principias doctrinarios, sociales y económicos y para velar por su unidad y disciplina. La organización y funciones especificas de todos los órganosde ''TODOS POR EL PERÚ" se rigen por el Reglamento de Organización y Funciones que se dicte de conformidad con las normas del presente Estatuto. Artículo 25. Las autoridades de ''TODOS POR EL PERU" son elegidas por un período de cuatro años. Podrán ser reelegidas de manera consecutiva por una sola vez en el mismo cargo.IlIEI número de mujeres u hombres que se presenten en las listas de candidatos para cargos de dirección, así como para cargos de elección popular, no puede ser inferior al treinta por ciento (30%) del total de candidatos. ~..~ I I, I 1, Ii i " ! ~1l1¡rfrPl "(1/ I!~ ~. so/mE .fS;;;.••:;•.••••.Q.zN?~ @; .,. ..L i _,_
  • 23. •.~ ..... .~,. TODOS POR EL PERÚ Corresponde a la Asamblea General adoptar decisiones excepcionales, debidamente justificadas, respecto de la duración del cargo de las autoridades. Capítulo 11 De los Órganos PartidariosNacionales ArtIculo 26.- La Asamblea General:ijJ Es el organismo máximo y deliberativo de gobierno de "TODOS POR EL PERÚ". Le compete definir los lineamientos de acción poiftica y de gobierno, revisar o modificar el Estatuto y el ideario de "TODOS POR EL PERÚ", así como cualquier otro asunto que sea sometido a su consideración.m La Asamblea General se reúne ordinariamente cada cuatro años, a convocatoria del Comité Ejecutivo Nacional, y extraordinariamente cuando éste lo acuerde o a solicitud de un número no menor del treinta por ciento (30%) de miembros de la Asamblea General.lll 7 a. Miembros del Comité Ejecutivo Nacional. m b. Secretarios Generales de niveles nacional,regional y provincial.llJ c. Coordinador de los comités de peruanos en el exterior.1lJ d. Miembros del Tribunal Nacional de Ética y Disciplina. m e. Miembros del Tribunal Nacional Electoral. ijJ f. Todo afiliado que ejerza un cargo público de elección popular. g. PersoneroLegalTitularoAlternodebidamenteacreditado. m h. Miembros de la Comisión Nacional de Poiftica, que incluye a los fundadores del partido. i. Delegados de base de cada circunscripción del ámbito regional y provincial, que sean elegidos democráticamente de acuerdo con los criterios que para tal fin establezca el Tribunal Nacional Electoral.llJ Se denomina Asamblea Estatutaria cuando se convoca con ei propósito de revisar y/o modificar el Estatuto de "TODOS POR EL PERÚ", Y se denomina Asamblea Programática cuando se convoca con el propósito de modificar el Ideario o para definir el Plan de Gobierno de "TODOS POR EL PERÚ".IlJDichas asambleas pueden coincidir con la Asamblea Ordinaria o convocarse extra- ordinariamente. Articulo 27.- Son miembros de la Asall')blea Generalde "TODOS POR El PERÚ": En las Asambleas Generales, sean éstas ordinarias o extraordinarias, la mesa directiva estará conformada por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, quien ia preside y dirige; el Secretario General, quién actuará como vicepresidente;y cuatro miembros que serán elegidos por la Asamblea. Los seis miembros de la mesa directiva ejercerán funciones desde su juramentación hasta la clausura de la Asamblea. La Mesa Directiva podrá incluir en la Asamblea Ordinaria o Extraordinaria SC¡¡.'IE -F. !~."n?It/NI • 0"" Illftll'IIIIII""IIIIII." •••••
  • 24. TODOS POR EL PERÚ temas que no estén considerados en la agenda. El Vicepresidente reemplazará al Presidenteen caso de ausencia o por encargo del mismo. El Secretario llevará el acta. El Reglamento de cada Asamblea establecerá el modo de deliberación y el sistema de votación para la adopción de sus acuerdos y demás trámites pertinentes. Artículo 28. El Comité Ejecutivo Nacional (CEN) El Comité Ejecutivo Nacional es el máximo órgano de dirección, ejecución y representación legal de "TODOS POR EL PERÚ". Es responsable de la organización, funcionamiento y dirección de los distintos estamentos de su estructura, y tiene como función principal velar por el cumplimiento de las decisiones o acuerdos de la Asamblea General, promover el cumplimiento de la línea política adoptada por la Comisión Nacional del Política, asf como evaluar y definir los aspectos relativos a la organización y el funcionamiento interno de "TODOS POR ELPERÚ".11I Es el órgano encargado de la aprobación de todos los informes económico-financieros de "TODOS POR ELPERÚ", asf como de los Estados Financieros y presupuestos presentados por la Tesorería Nacional.l1IEI CEN está facultado para que, a más tardar el 31 de diciembre de cada año, fije las cuotas a pagar por los afiliados en el siguiente ejercicio. Lasdemás contribuciones serán fijadas de acuerdo con las necesidades del partido, conforme a la normativa interna respectiva.11l Asimismo, el CEN es el organismo competente para admitir, tramitar y resolver, en primera instancia, aquellas denuncias que se planteen contra afiliados o dirigentes.l1lSe reúne ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente a convocatoria de su Presidente. Su participación se efectúa conforme a Reglamento. Artículo 29,- El Comité Ejecutivo Nacional está conformado de la siguiente manera: a. Presidente b. Primer vicepresidente c. Segundo vicepresidente d. Secretario General.l1I e. Secretarios Nacionales f Artículo 30,- Son funciones del Presidente del Comité Ejecutivo Nacional:1ll Asumen sus funciones al jurar su cargo ante el Tribunal Nacional Electoral de "TODOS POR EL PERÚ", ocasión en la que el Presidente expone los lineamientos generales de su Programa de Trabajo. Rinden cuenta de su gestión al concluir su mandato. ¥8 Se/JNE: F'S"'::•.=:..:....Q.;~.i. {); a. Representar a "TODOS POR EL PERÚ" en actos públicos y privados.11I b. Representar legalmente a "TODOS POR EL PERÚ" con todas las facultades generales y especiales del mandato ante las autoridades civiles, judiciales, políticas, administrativas, militares, policiales y eclesiásticas. Puede delegar sus facultades y revocarlas cuando lo estime conveniente. c. Presidir las reuniones de las Asambleas Generales ordinarias y extraordinarias del Comité
  • 25. , TODOS POR EL PERÚ Ejecutivo Nacional, asícomo de la Comisión Nacional de Política. d. Dirigir la marcha de la organización partidaria impartiendo directivas a las Secretarías Nacionalesy Comités de nivel regional y provincial. Mantener relaciones con otras organizaciones políticas, así como con organismos públicos yIlJprivados,a nivel nacional e internacional. 111 e. Lasdemás funciones que establezca el Reglamento. 111 Artículo 31.- El Primer Vicepresidente o, en su defecto, el Segundo Vicepresidente reemplaza al Presidente en caso de muerte, renuncia, incapacidad, ausencia o por encargo expreso del mismo, conforme a su orden, y solo hasta completar el periodo por el que fue elegido el titular. Artículo 32.-EISecretario General ejerce la gerencia nacional de "TODOSPORELPERÚ"Ycoordina el trabajo de los Secretarios Nacionales.IlIComoente de gestión nacional, es el encargado de administrar, controlar y preservar los recursos, patrimonio, acervo documentario, estadísticas, así como el portal electrónico del partido. Tiene lassiguientes atribuciones: 9 SCIJNE: FS...:,••;;•...•D.:.:!. a. Organizar el régimen interno del partidolll b. Celebrar contratos inherentes al objeto de "TODOS POR EL PERÚ", fijando sus condiciones.1lI c. Representar a "TODOSPORELPERÚ"ante los poderes del Estado.Enlo judicial gozará de lasfacultades señaladasen los artículos 74,75,77 y 436 del Código ProcesalCivil, así como de la facultad de representación prevista en el artículo 10 de la ley 26636 y demás normas conexas y complementarias, teniendo en todos los casos facultad de delegación o sustitución. d. Conjuntamente con el Secretario Nacional de Economfa, adquirir y transferir bajo cualquier título;comprar, vender, arrendar, donar, adjudicar y gravar los bienes de "TODOS POREL PERÚ",sean muebles o inmuebles, suscribiendo los respectivos documentos, ya sean privados o públicos. Engeneral, podrá celebrar toda clasede contratos nominados e innominados vinculados con el objeto de "TODOSPORELPERÚ".Podrá administrar, sin limitación alguna, los bienes de ''TODOS POR EL PERÚ", arrendándolos por los plazos, montos de arriendo y demás condiciones, cobrando y recibiendo el importe de los arriendos; efectuar los gastos propios de la administración y realizar refacciones de toda clase, otorgando y exigiendo los correspondientes recibos de cancelaciones por documentos simples y por escrituras públicas. e. Conjuntamente con el Secretario Nacional de Economfa, adquirir o transferir, a título gratuito u oneroso, toda clase de bienes muebles o inmuebles, pactando en las adquisiciones o transferencias el precio, forma de pago y demás condiciones convenientes, pudiendo, para los efectos, suscribir toda la documentación pública o privada, activa o pasivamente, contratos en los que se graven bienes con prendas, anticresis o hipoteca, asfcomo sus correspondientes cancelaciones. f. Representar a "TODOS POR EL PERÚ" ante toda clase de autoridades. poiíticas, administrativas, policiales, militares, tributarias, laborales, municipales aduaneras; ante la Superintendencia de Administración Tributarla (SUNAT),la Oficina Nacional de Procesos ~' I ~ I
  • 26. ...~ ... ,--. . TODOS POR EL PERÚ Electorales (ONPEj,el Jurado Nacional de Elecciones(JNE)y las demás autoridades locales yjudiciales del fuero común y arbitral, con todas las facultades y atribuciones generales de representación que señalan lo artículos 74,75 y 77 del Código ProcesalCivil. g. Conjuntamente con el Tesorero de "TODOS POR El PERÚ" abrir y cerrar cuentas corrientes, de l1Iahorro,a plazos o de cualquier otro género; girar contra ellas; transferir fondos de ellas; efectuar retiros y sobregirarse en cuentas corrientes con o sin garantra prendaría, hipotecaria, avalo fianza en todo tipo de instituciones de crédito; contratar cajas de seguridad, abrirlas, operarlaso cerrarlas. Girar , endosar, aceptar, avalar, descontar, depositar, retirar, cobrar, protestar, reaceptar, renovar, cancelar, dar en garantra o en procuración, según su naturaleza, letras de cambio, pagarés, vales, cheques y, en general, todo tipo de títulos valores, así como cualquier otro documento mercantil o civil, incluyendo pólizas, conocimientos de embarque, cartas porte, cartas de crédito, certificados de depósitos, warrants, además de su constitución, fianzas o avales; celebrar, activa y pasivamente, contratos de mutuo con instituciones bancarias, financieras o con cualquier otra persona natural o jurídica, con o sin garantías; dar en prenda, constituir hipotecas, otorgar avales, fianzas y cualquier otra garantfa a favor de terceros, para afianzar operaciones crediticias, financieras o comerciales con bancos, financieras, compañías seguros, cajas de ahorro, cooperativas o con cualquier otra institución crediticia, persona natural, jurrdica o extranjera. En general, celebrar todo tipo de obligaciones de crédito con las que garantice u obtenga beneficio o crédito a favor de "TODOSPOREl PERÚ".111 h. Administrar los servicios, el personal rentado y los recursos materiales del partido. 111 i. Establecer,desarrollar, administrar y controlar el registro patrimonial. j. Mantener y actualizar las estadísticas, los registros de afiliados, de simpatizantes y los locales partidarios 111 k. Llevar y conservar el acervo documenta río del partido, los libros de actas y los acuerdos de lasl1lAsambleasGenerales, Comité Ejecutivo Nacional, Comité Consultivo Nacional, Comisión Nacional de Política, Tribunal Nacional de Ética y Disciplina y Tribunal Nacional Electoral. Estaenumeración es meramente enunciativa más no restrictiva. Iil 1. Mantener y actualizar el portal electrónico del partido. Iil m. Coordinar con el Tesorero Nacional la administración financiera y contable del partido. 111 n. las demás que señalen los reglamentos y directivas.1il En casode que el Secretario General asf lo requiera, podrá nombrar a un administrador, el cual cumplirá estrictamente con las funciones administrativas arriba descritas (puntos de la"a" ala"I"), sin que por ello pierda su condición dentro dei cuadro de autoridades políticas. Para respaldar la labor del Secretario General, cada Comité Ejecutivo contará con un dirigente responsable del manejo administrativo en su circunscripción, de acuerdo con lo establecido en el Reglamentode Organización y Funciones,y en el Reglamento de Administración y Finanzas. Articulo 33.-. las Secretarias Nacionalesson las siguientes: . a. Organizacióny Movilización. b. CiudadaníaActiva y Capacitación.ro n.,..,S' SC'III~.~~.- -, ~ hll1t' r" 111111 ••• '11 ••••• " ••••••
  • 27. TODOS POR EL PERÚ c. Organizaciones Sociales, Gremiales y de Base.1il d. Planes y Propuestas de Gobierno III e. Programas Sociales f. Imagen y Comunicaciones g. Recursos Humanos, Seguridad y Disciplina.1lJ h. Economla i. Asuntos Electorales y Personeros j. Universidades y Juventudes. k. Acción Comunitaria 1. Asuntos de la Familia y de la Mujer m. Prensa y Difusión n. Gobiernos Regionales y Locaies o. Relaciones InternacionalesllJ Artículo 34,-Para postular a los cargos a las Secretarias Nacionales es requisito estar afiliado a "TODOS POR ELPERÚ" Y no haber sido sancionado por el Tribunal Nacional de Ética y Disciplina. En caso de vacancia de cualquier Secretario Nacional, el Comité Ejecutivo Nacional designa al sustituto, ei mismo que solo completará ei periodo del titular. Articulo 35,- La Secretaría Nacional de Organización y Movilización es la encargada de: a. Planificar y organizar la estructura partidaria agrupando a los dirigentes, afiliadosy simpatizantes en los diversos comités territoriales de "TODOS POR EL PERÚ". b. Llevar el Registro Nacional de Afiliados, asl como el Padrón Nacional de Afiliados en los formatos requeridos por las autoridades electorales. c. Extender los carnés de los afiliados.1ll d. Velar por la existencia de locales de "TODOS POR EL PERÚ", impartiendo directivas sobre sulllfuncionamiento, identificación y seguridad. III e. Lasdemás atribuciones que señale el reglamento.1lI f. Programar, organizar y ejecutar las movilizaciones de "TODOS POR ELPERÚ". g. Apoyar al Tribunal Nacional Electoral con la organización logística de las actividades electorales.1ll ArtIculo 36,- La Secretaría Nacional de Ciudadanra Activa y Capacitación, es la encargada de: a. Difundir la doctrina de "TODOS POR EL PERÚ". rn b. Promover el concepto de ciudadanfa activa.1ll c. Fomentar estudios y elaborar trabajos sobre ambos conceptos. III d. Aportar enfoques doctrinarios que orienten las decisiones de otros órganos de "TODOS POR ELPERU". III e. Emitir opinión en aquellos aspectos que el Comité Ejecutivo Nacional requiera. III f. Llevar a cabo programas de capacitación doctrinaria y sobre temas de ciudadanía activa.1lJ Artículo 37,- La Secretaría Nacional de Organizaciones Sociales, Gremiales y de Base es la ~ 11 SO/:lNE. fS,:;,•.:;",:•..Q,Z.!:, &
  • 28. I .o~o' 0'0 TODOS POR EL PERÚ encargada de elaborar. actualizar y coordinar todos los aspectos relativos a la participación de esas organizaciones en las actividades de ''TODOS POR EL PERÚ". Artículo 38.- La Secretaría Nacional de Planes y Propuestas de Gobierno es la encargada de coordinar, elaborar y actualizar los planes y las propuestas de gobierno de ''TODOS POR EL PERÚ". sobre la base de los objetivos y los lineamientos consignados en el Ideario, tanto en los aspectos generales cuanto en los sectoriales y regionales. Para ello, constituirá las comisiones que estime conveniente, convocando a los especialistas que requiera para sus fines. Artículo 39.- La Secretaría Nacional de Programas Sociales es la encargada de: a. Diseñar la estrategia de "TODOS POR EL PERÚ" destinada a disminuir los niveles de pobreza en el país. b. Elaborar propuestas de programas sociales sostenibles y ejecutarlos de manera participativa con otros actores de la sociedad. c. Realizar actividades de cooperación y proyección social.llI Artículo 40.- La Secretaría Nacional de Imagen y Comunicaciones es la encargada de desarrollar e implementar los planes y propuestas que permitan proyectar una adecuada imagen pública de "TODOS POR EL PERÚ", debiendo utilizar para tal efecto, los medios de comunicación social. Artículo 41.- La Secretaría Nacional de Recursos Humanos, Seguridad y Disciplina es la encargada de velar por el cumplimiento del presente Estatuto por parte de los afiliados. Estas funciones las ejerce a través de sus organismos competentes, con la máxima independencia y autonomía, de acuerdo con reglamento respectivo. Artículo 42.- La Secretaría Nacional de Economía es la encargada de planificar la captación racional de los recursos financieros que requiera ''TODOS POR EL PERÚ" para llevar a cabo sus labores. Es fundamental su trabajo conjunto con la Secretaría General en las facultades previstas en el artículo 32 del presente Estatuto. Artículo 44.- La Secretaría Nacional de Universidades y Juventudes es la encargada de: ~ 12 {¿; o f'll"l 8' ,'JU~~j~- - -l!' nc~ramlhü1.1~m."mUlI",,'''''' a. Elaborar, actualizar y coordinar los planes y programas destinados a la vinculación de "TODOS POR EL PERÚ" con las universidades. b. Formare impulsar la participación de la juventud en las actividades del partido. Artículo 43.- La Secretaria Nacional de Asuntos Electorales y Personeros es la encargada de: -ta. Coordinar los aspectos electorales internos y externos de "TODOS POR EL PERÚ", . • conjuntamente con el Tribunal Nacional Electoral. b. Organizar, captar, capacitar y movilizar a los personeros que el partido requiera para dichos procesos electorales. c. Elaborar, organizar y actualizar el Registro Nacional de Personeros y mantener permanente comunicación con ellos.
  • 29. TODOS POR EL PERÚ Artículo 45.- La Secretaria Nacional de Acción Comunitaria es Promover actividades de participación ciudadana, fomentando el desarrollo empresarial en la comunidad. Articulo 46.- La Secretaría Nacional de Asuntos de la Familia y de la Mujer es la encargada de elaborar, actualizar y coordinar todos los aspectos relativos a los planes y programas destinados a los temas de familia, formación y participación de la mujer en las actividades de "TODOSPOREL PERÚ".Asimismo, coordina aquellas actividades de proyección social del partido Articulo 47.- LaSecretaría Nacional de Presay Difusión es la encargada de mantener permanente relación con los diversos medios de comunicación nacionales y extranjeros, y se encarga de la divulgación de las actividades efectuadas por "TODOSPORELPERÚ". Artículo 48.- LaSecretaria Nacional de Gobiernos Regionalesy Localeses la encargada de: a. Elaborar, actualizar y coordinar todos los aspectos relativos a los planes y los programas de gobierno regionales y iocales de "TODOS POR EL PERÚ", obteniendo información, efectuando las consultas pertinentes y convocando a los especialistas que fueren necesarios. b. Prestar apoyo, asesoría y capacitación a los Gobernadores Regionales, Consejeros Regionales,Alcaldes y Regidores de "TODOSPORELPERÚ"en todo el país,coordinando, evaluando y supervisando que cumplan con los programas planteados en sus campañas electorales, de acuerdo con los principios éticos y partidarios, en función a las posibilidades presupuéstales. c. Otras funciones que señale el reglamento. Puedenorganizarse Comisiones descentralizadas para la elaboración y actualización de los planes y programas de gobierno regionales y locales, así como tratar aquellos aspectos descentralizados de los planesnacionales. Artículo 49.- LaSecretaría Nacional de RelacionesInternacionales es la encargada de: a. Establecer, desarrollar y mantener relaciones permanentes con los organismos internacionales y con los partidos políticos inspirados o vinculados al Humanismo de Centro, así como con otras instituciones u organismos extranjeros de carácter privado o público. b. Coordinar con ios comités de peruanos en el exterior. c. Otras funciones que señale el reglamento. Articulo 50.-La Comisión Nacional de PolíticallJ Es el órganode gobierno de dirección política queaprueba, evalúa y define permanentemente la línea política de "TODOS POR EL PERÚ". En virtud a sus funciones, adopta decisiones sobre aspectos del quehacer político nacional;interpreta el Estatuto en caso de vacío o duda; toma accionesque por su urgencia o naturaleza requieren solución inmediata. No tiene competencia en asuntos relativos a la organización y al funcionamiento interno de á- 13 .- n~9'SC~NE.'fS:.,II.,III'III ••';.lln'•••••••••• ~i
  • 30. I I 1 I I ~- -... ,-- TODOS POR EL PERÚ "TODOS POR El PERÚ".1il la Comisión Nacional de Política se reúne por lo menos una vez cada trimestre, cuando sea convocada de manera extraordinaria por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional o a solicitud del 30% de 105 Secretarios Nacionales. Este órgano partidario estáconformado por las siguientes personas:1il a. Fundadores del partido. b. El Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, quien la presidirá.m c. Miembros del Comité Ejecutivo Nacional.l1i d. Autoridades electas por el partido en ejercicio de sus funciones. e. El Presidente del Tribunal Nacional de Ética.11i f. El Presidente del Tribunal Nacional Electoral.l1i g. El Personero legal Titular ante el Jurado Nacional de Elecciones. Artículo Sl.-EI Tribunal Nacional de Ética y Discipllnalll () t ( 14 o/ SCt.'IIl~.FS~..... n3 O~n¡;' """""""••,,'_,,_ ~ Es el organismo competente para admitir, tramitar y resolver, en segunda instancia, aquellas denuncias que se planteen contra afiliados o dirigentes. Goza de autonomía e independencia frente a 105 otros órganos de "TODOS POR El PERÚ" Y se rige por su reglamento.m Está integrado por cinco miembros titulares y dos suplentes,elegidos por el CEN entre 105 milítantes de reconocida y probada solvencia moral y de sólida reputación personal. El Presidente debe ser preferentemente abogado titulado Vcolegiado.1ll Si alguno de 105 miembros del Tribunal Nacional de Ética V Disciplina se excusa en razón de alguna incompatibilidad, lo reemplaza el suplente respectivo. ArtículoS2.-EI Tribunal Nacional Electoral (TNE)1lJ Es el órgano que dirige 105 procesos electorales internos de "TODOS POR El PERÚ".Goza de autonomía e independencia frente a otros órganos del partido V se rige por su reglamento.mEI Tribunal Nacional Electoral está compuesto por tres (3) miembros titulares, 105 cuales desempeñarán 105 cargos de Presidente, Secretario V Vocal; V un (1) Suplente. Son requisitos para ser miembro del Tribunal Nacional Electoral, del Tribunal Regional Electoral o del Tribunal Provincial Electoral: los miembros del TNEson elegidos por el CEN entre 105 militantes de reconocida V probada solvencia moral V de sólida reputación personal.lllEI resultado de la elección de 105 miembros del fTNE será publicado en la página WEB de "TODOS POR EL PERÚ", dentro de 105 cinco (5) días hábiles siguientes. la vigencia del TNE será de cuatro años y su instalación al día siguiente hábil de su elección.IllEI Tribunal Nacional Electoral designa a 105 integrantes delos Tribunales Regionales Electorales (TRE) y de 105 Tribunales Provinciales Electorales (TPE) , I I II
  • 31. TODOS POR EL PERÚ a. Ser Afiliado de "TODOS POR EL PERÚ".III b. No estar impedido por ley de ejercer derechos civiles.1'/I c. No tener ninguna sanción partidaria. d. Haber cumplido con el ejercicio de sus funciones.1'/I e. No ser candidato en las elecciones en la que es miembro del TNE, TRE o TPE. Tiene a su cargo la realización de todas las etapas de los procesos electorales del partido, incluidas las convocatorias a elecciones internas y a la Asamblea Eleccionaria, cronograma electoral, inscripción de candidatos, cómputo de los votos o verificación del quórum estatutario, proclamación de resultados y resolución de impugnaciones a las que hubiera lugar. Resuelve en última instancia todas las controversias que se susciten.En general, cumple con todas las funciones relativas al proceso electoral conforme al presente Estatuto y a su reglamento y, supletoria mente, a la ley de Partidos Políticos vigente.I'/ISu sede central estará en la ciudad de Lima. Ei TNE es competente para dictar las normas internas en materia electoral y para designar las instancias descentralizadas que requieran los procesos electorales que se lleven a cabo en "TODOS POR ELPERÚ".1ll Capítulo 111 De los Órganos Partidarios de NivelRegional Artículo 54.- la Asamblea Regionall'/l ~ 15 W SClJNt.FS-- -- - 0':11 ."1111111"",,, 1"•••••••••••••• a. El Secretario General Regional. 1'/1 b. Los Secretarios Regionales. III c. Los congresiStas representantes de la región electos por el partido y en ejercicio de sus funciones. d. Los miembros electospor el partido del gobierno regional en ejercicio. III e. Los Alcaldes Provinciales y los Alcaldes Distritales de la región, pertenecientes al partido. Artículo 53.- La estructura de "TODOS POR EL PERÚ" se sostiene en la división política nacional vigente y cuenta con hasta la misma cantidad de órganosregionales como regiones existen en el Perú. Son organismos regionales de "TODOS POR EL PERÚ": a. La Asamblea Regional 1'/1 b. Comíté Ejecutivo Regionallll Es el órgano deliberativo en el que se deciden las estrategias y ias tácticas del trabajo político regional y donde se evalúa periódicamente la situación política, así como ia marcha de "TODOS POR ELPERÚ".IllSe reúne cuando menos una vez al año. Es convocada y presidida por el Secreta río General del Comité Ejecutivo Regional o a solicitud del 30% de los miembros de la Asamblea. Integran la Asamblea Regional:
  • 32. 1555- - . - ':~-- , TODOS POR EL PERÚ f. Los Regidores Provinciales, incluidos los de la capital de región, pertenecientes al partido. g. Los Secretarios Generales Provinciales o un delegado de los Comités Ejecutivos Provinciales.1il h. Los Secretarios Generales Distritales de la provincia capital.llJ Artículo 54.- El Comité Ejecutivo Regionallil Es el órgano ejecutivo de cada Región. Ejecuta las decisiones de los órganos nacionales de "TODOS POR EL PERÚ" Y define las actividades en la región y en la provincia capital. Son miembros de Comité Ejecutivo Regional: a. ElSecretario General Regional.llJ b. Los Secretarios Regionales, con los cargos de los diez (10) Secretarios enunciados del literal a) a j) del articulo 33 del presente Estatuto. Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional o Secretarios Generales Provinciales de la región podrán asistir a las reuniones del Comité Ejecutivo Regional si su presencia coincide con el día de la sesión. El Reglamento regula su participación. (J. Artículo 55.- El Secretario General Regional es la máxima autoridad de "TODOS POR ELPERÚ" en la Región; es responsable de ia organización y funcionamiento de la base respectiva y de la dirección de los distintos órganos que la integran. 16 Articulo 56.- El Secretario General Regional y los demás miembros del Comité Ejecutivo Regional son elegidos por voto universal, directo, secreto y voluntario de los militantes de ''TODOS POR EL PERÚ" de toda la Región.IilLa elección del Secretario General Regional, los Secretarios Provinciales y Distritales, se realiza bajo la fórmula de lista completa. Para postular a los cargos regionales es requisito tener militancia, no haber sido sancionado por el Tribunal Nacional de Ética y Disciplina, y cumplir con los demás requisitos que señale el reglamento.IilEn caso de vacancia del Secretario General Regional, asume ese cargo el Secretario Regional que el Comité Ejecutivo Regional designe. Tratándose de la vacancia de los Secretarios Regionales, el Comité Ejecutivo Regional designa al reemplazante, quien cumple dicha función solo hasta completar el período para el que fue elegido el titular. Artículo 57.- El Tribunal Regional Electoral(TRE) es elórgano descentralizado del Tribunal Nacional Electoral yforma parte de él. Dirige y organiza los procesos electorales internos a nivel regionalde "TODOS POR ELPERÚ" Ygoza de autonomía e independencia frente a otros órganos del partido. v K" Está compuestos por tres (3) Miembros Titulares y un (1) Suplente, los cuales desempeñan los f/ cargos de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente, los mismos que son designados por el Tribunal Electoral Nacional.lilSu sede es el local central dei Comité Regional de "TODOS POR EL PERÚ".IilLosTREse instala al primer día hábil siguiente a su designación y permanece vigente por 4 años.1il
  • 33. """",,r,!, I.I I I , I I I , , 11 I , TODOS POR EL PERÚ ,cada TRE en su respectiva regióntiene a su cargo todas las etapas de los procesos electorales del : partido, da a conocer los resultados de las elecciones, resuelve todas las controversias que se susciten. Cumplen con todas las funciones que le asigne el TNE relativas al desarrollo del proceso , electoral. Capítulo IV De los Órganos Partidarios de NivelProvincial Artículo 58.- la estructura de "TODOS POR El PERÚ" se sostiene en la división política nacional vigente y cuenta con hasta la misma cantidad de organismos provinciales como provincias existen en el Perú. En las provincias capitales de departamento, las funciones del Comité Ejecutivo Provincial son asumidas por ei Comité Ejecutivo Regional, salvo que sea el único Comité vigente en la región, en cuyo caso sólo se Constituye el Comité Ejecutivo Provincial de la provincia capital de la región. Son organismos provinciales de "TODOS POR ELPERÚ": Integran la Asamblea Provincial: Está formada por los Afiliados de la provincia. Se reúne cuando menos una vez al año, bajo la presidencia del Secretario General Provincial o a solicitud del 30% de sus miembros. En ella se tratan temas concernientes a la situación política de la provincia, la región, el pafs y la marcha de "TODOS POR El PERÚ"; se recibe el informe de las autoridades de la localidad y se recogen opiniones sobre la conducta política del partido en relación con asuntos de interés local. se/JNE-. FS,;-,;..;-:",~..íla.:L Artículo 59. la Asamblea Provinciallll Ia. El Secretario General Provincial. l1J b. los Secretarios Provinciales.1lI ~ c. El Alcalde Provincial y los Alcaldes Distritales de la provincia, pertenecientes al partido. ~', d. los Regidores Provinciales pertenecientes al partido. / e. los Secretarios Generales Distritales de la provincia. III Artículo 60.- El Comité Ejecutivo Provinciallll Es el órgano ejecutivo de la base territorial de la provincia. Ejecuta las decisiones de los órganos " ,; partidarios nacionales y regionales, y define las actividades partidarias en la provincia. Tiene {/ coordinación permanente con el Comité Ejecutivo Regional. Se encarga de definir el plan de trabajo de la Provincia. Son miembros del Comité Ejecutivo Provincial: a. la Asamblea Provincial. III b. El Comité Ejecutivo Provincial. III ! I I i I : ;' I ~,Ii I #:ir1'.:, ., .' 111: I, j I I I ~i~. j I;{; :j (¡ i 1;:/ i ~~ l' !"I ~ !
  • 34. I ~. , TODOS POR EL PERÚ ." •••.~. ..r •••7l r •••~....••. o'.,. <.J ~/ ~. ~ I 1 a. El Secretario General Provincial.llIlI b. los Secretarios Provincialescon los cargos de los diez (10) Secretarios enunciados del literal al a j) del artículo 33 del presente Estatuto. Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional, el Secretario General Regional o los Secretarios Generales Distritales de la provincia respectiva, podrán asistir a las reuniones del Comité Ejecutivo Provincial si su presencia coincide con el día de la sesión. El Reglamento regula su participación, Artículo 61." El Secretario General Provincial es la máxima autoridad de "TODOS POR El PERÚ" en la provincia. Es responsable de la organización y funcionamiento de la base respectiva y de la dirección de los distintos órganos que la integran. Artículo 62." Ei Secretario General Provincial y los Secretarios Provinciales son elegidos por voto universal, directo, secreto y voluntario de los miiitantes de "TODOS POR El PERÚ" de la provincia respectiva. Su elección se realiza bajo la fórmula de lista completa.I1JPara postular a los cargos provinciales es requisito tener militancia, no haber sido sancionado por el Tribunal Nacional de Ética y disciplina, y cumplir con los demás requisitos que señale el reglamento. En el caso de vacancia del Secretario General Provincial o de uno de los Secretarios Provinciales, el Comité Ejecutivo Provincial designa al sustituto, quien cumple dicha función solo hasta completar el período para el que fue elegido el titular. En caso de vacancia de más de uno de los integrantes del Comité Ejecutivo Provincial, el Comité Ejecutivo Regional designará a los sustitutos, quienes asumirán dichos cargos solo hasta completar el período para el que fueron elegidos los titulares. ArtícuI063." El Tribunal Provincial Electoral (TPE) es elórganos descentralizado del Tribunal Nacional Electoral yforma parte de él. Dirige y organiza los procesos electorales internos a nivel provincial y distritalde "TODOS POR El PERÚ" Y goza de autonomía e independencia frente a otros órganos del partido. Está compuesto por tres (3) Miembros Titulares y un (1) Suplente, los cuales desempeñan los cargos de Presidente, Secretario y Vocal respectivamente, los mismos que son designados por el Tribunal Electoral Nacional rnsu sede es el local central del Comité Regional o Comité Provincial de "TODOS POR El PERÚ",11JLos TPE se instalarán al primer día hábil siguiente a su designación y permanecerá vigentes por 4 años.11l Cada TPE en su respectiva provincia y en ios distritos pertenecientes a ésta, tienen a su cargo todas las etapas de los procesos electorales del partido, dan a conocer los resultados de las elecciones, resuelven todas las controversias que se susciten. Cumple con todas las funciones que le asigne el TNE relativas al desarrollo del proceso electoral. Capítulo V De los Órganos Partidarios de NivelDistrital SCI:tNE.~S~'- - 034 '111••• 11.111 •••••• 11•••••••••••••
  • 35. - -- -~- ,- TODOS POR EL PERÚ Artículo 64.-La estructura de "TODOS POR EL PERÚ" se sostiene en la división política nacional vigente y cuenta con hasta la misma cantidad de organismos distritales como distritos existen en el Perú.Son organismos distritales de "TODOS POR EL PERÚ": a. La Asamblea Distrital. llJ b. Comité Ejecutivo Distrital. III Artículo 65.- La Asamblea Distritallll Esel órgano deliberativo del Comité Ejecutivo Distrital y está integrada por todos los militantes del distrito. Se reúne cuando menos una vez al año, bajo la presidencia del Secretario General Distrital, o a solicitud del 30% de sus miembros, y en ella se brinda información relativa a la situación política del distrito, la provincia, la región, el país y "TODOS POR EL PERÚ".Se recibe el informe de las autoridades locales y se recogen opiniones sobre la posición delpartidorespecto de asuntos de interés local, emitiendo pronunciamientos sobre el particular. A ella concurren las autoridades elegidas para brindar informes y recibir solicitudes. Artículo 66.- El Comité Ejecutivo DistritalllJ Es el órgano que ejecuta las decisiones de los órganos superiores de "TODOS POR EL PERÚ" Y define las actividades en el distrito. Tiene vinculación permanente con los comités de la provincia y de la región a la que pertenece. Se encarga de definir el plan de trabajo del distrito. Son miembros del Comité Ejecutivo Distrital:1lI a. El Secretario General Distrital.liJ b. Los Secretarios Distritales, con los cargos de los diez (10) Secretarios enunciados del literal al a j) del artículo 33 del presente Estatuto. Los miembros del Comité Ejecutivo Nacional, el Secretario General Regional, el Secretario General Provincial podrán asistir a las reuniones de un Comité Ejecutivo Distrital si su presencia coincide con el día de la sesión. El reglamento regula su participación. Artículo 67.- El Secretario General Distrital es la máxima autoridad de "TODOS POR EL PERÚ" en el Distrito, es responsable de la organización y del funcionamiento de la base respectiva, así como de la dirección de los distintos órganos que la integran. Artículo 68.- El Secretario General Distrital y los demás miembros del Comité Ejecutivo Distrital son elegidos por voto universal, directo, secreto y voluntario de los militantes de "TODOS POR EL PERÚ" del distrito. La elección se lleva a cabo bajo la fórmula de lista completa (cerrada y bloqueada).IiJPara postular a los cargos distritales es requisito tener militancia, no haber sido sancionado por el Tribunal Nacional de Ética y cumplir con los demás requisitos que señale el reglamento. SCIJNE.• FS _.' ('18 5.Iltllrllll ••' ••••II" ••NI•••••••
  • 36. TODOS POR EL PERÚ En el caso de vacancia del Secretario General Distrital o de un Secretario Distrital, el Comité Ejecutivo Distrital designa al sustituto, quien ejerce dicho cargo solo hasta completar el período para el que fue elegido el titular. En caso de vacancia de dos miembros del Comité Ejecutivo Distrital, el Comité Ejecutivo Provincial designará a los sustitutos, quienes cumplen dichas funciones solo hasta completar el período para el que fueron elegidos los titulares. Capitulo VI De los comités de peruanos en el exterior Artículo 69,- Los comités de peruanos en el exterior son núcleos abiertos de "TODOS POR EL PERÚ"que se organizan en función del interés de los peruanos que viven fueran del país. Su funcionamiento lo autoriza el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional, a propuesta del Secretario Nacionalde Asuntos Internacionales. A través de dichos comités, "TODOSPOREl PERÚ"mantiene comunicación personalizada con los electores peruanos en el exterior y promueve la afiliación de nuevos miembros, asícomo la participación de simpatizantes. ~ FS -' ~ .. ll?;S Se/JAt- ..............•.......- ..-. W Capítulo VII Dela Reorganización de los órganosregionales, provinciales, distritales y de peruanos en el exterior a. Reorganizarla basede la circunscripción respectiva.m pb. Verificar el padrón de afiliados.m c. Designar o ratificar a los integrantes del Comité respectivo que completarán el periodo hasta la nueva elección. En todos los casos, la Comisión Reorganizadora deberá contar entre sus integrantes con un delegado de la Secretaría Nacional de Organización y Movilización. Artículo 70,- Cadacomité de peruanos en el exterior elegirá, mediante votación universal, directa, secreta y obligatoria, a un Secretario General, y su organización interna obedecerá a las caracterfsticaspropias de los paíseso lugares donde se establezcan. la vinculación de los Comités de Peruanos en el Exterior se realizará a través del Secretario Nacional de Relaciones Internacionales. Artículo 71,- la Asamblea Generalo la Comisión Nacional de Política pueden acordar que se declare en reorganización un Comité Ejecutivo Regional, Provincial, Distrital o de Peruanos en el Exterior cuando surjan problemas o conflictos internos que dificulten su funcionamiento.mEn tal situación, el Presidente o el Vicepresidente del Comité Ejecutivo Nacional que reciba el encargo, deberá conformar una Comisión Reorganizadora integrada por tres (3) militantes cuya misión, en un plazode 30 días prorrogables por 30 drasmás,será: Artículo 72.- Durante el ejercicio de sus funciones la Comisión Reorganizadora tiene rango equivalente y atribuciones de Comité Ejecutivo.
  • 37. j , l' 1..!:::." Ur) ~td ( TODOS POR EL PERÚ CapítuloVlI De la toma de decisiones internas válidas ,Artículo 73.- La convocatoria para las sesiones de cada órgano del partido se efectúa con una anticipación no menor de cinco (5) días hábiles a la fecha determinada. 'Artículo 74.- La convocatoria debe tener cuando menos la agenda a tratar, el lugar donde se llevará a cabo la reunión, así como la fecha y la hora en que se realizará la misma. I Artículo 75.- Las reuniones no podrán realizarse sin contar con el quórum correspondiente: la I mitad más uno de los participantes, en primera citación. En segunda citación se podrá dar inicio con cualquier número de asistentes. Artículo 76.- La convocatoria a Asamblea deberá contar con un mínimo de dos citaciones. El Reglamento Interno regulará las condiciones del quórum de acuerdo con las mismas . .,,' Artículo 77.- Las decisiones se tomarán por unanimidad, consenso, mayorfa calificada y mayoría simple. El reglamento regulará los aspectos específicos en cada caso. Artículo 7S.- Las decisiones se registrarán en el Libro de Actas para cada caso. 1" SC/JNE .f~...~,,,,;-;,,",,,D.31 Hay incompatibilidad de estos cargos y la postulación a funciones públicas de origen electoral. Artículo St.-Personero Legal El Personero Legal Titular y los Personeros Técnicos representan a "TODOS POR EL PERÚ" ante el .J{ Jurado Nacional de Elecciones, la Oficina Nacional de Procesos Electorales, el Registro Nacional de f/ Identidad y Estado Civil y demás autoridades. Artículo SO.- En caso de no obtenerse dicha mayoría en dos votaciones llevadas a cabo en distintas sesiones, el Presidente propondrá nuevas ternas hasta encontrar acuerdo. Capítulo IX De los Representantes Legales y Tesorería Artículo 79.- El Comité Ejecutivo Nacional designa y remueve a los Representantes Legales (Personero Legal Titular, Personero Legal Alterno, entre otros), al Personero Técnico, al Personero Técnico suplente, al Tesorero y al Tesorero Suplente de "TODOS POR EL PERÚ" a nivel nacional.rnPara la designación de los Representantes Legales, del Personero Técnico, del Personero Técnico suplente, del Tesorero y del Tesorero Suplente se requiere del acuerdo de las 2/3 partes de los miembros del Comité Ejecutivo Nacional. Los Personeros Alternos reemplazan a los titulares en caso de ausencia, renuncia o por encargo específico del mismo. I "':1, : I ' . ~t/V 7(1 #/ II, Ik..' WY. :t'¡,# . lit, [1 I 1 I~,', I
  • 38. ,. -~ , TODOS POR EL PERÚ '-7'Lj'J Artículo 82.-Tesorería Nacional La Tesorería Nacional, a cargo del tesorero, es la responsable de la administración de los ingresos y de los gastos de todos los recursos del partido, así como de la operación de sus cuentas a nivel nacional. Estará a cargo, de preferencia, de un contador público colegiado rentado, conjuntamente con un tesorero suplente.I1lLa designación del Tesorero y Tesorero suplente obedecerá a lo señalado en el presente Estatuto, El nivel de descentralización de la Tesorería Nacional estará dada por las directivas internas emitidas por el tesorero, de acuerdo con lo que este estime necesario, en relación con los requerimientos propios para el desarrollo de las actividades partidarias. La Tesorería Nacionai tendrá las funciones siguientes: a. La recepción y el gasto de los fondos de "TODOS POR EL PERU" como competencia exclusiva. 111 b. El control del manejo financiero y contable de "TODOS POR EL PERU", velando por la aplicación estrictal1lde todas las normas electorales y legales que rigen la materia 111 c. La presentación de informes mensuales al Comité Ejecutivo Nacional a través del Secretario General, yI1lentoda oportunidad que sea requerido.1iJ d. Coadyuvar al desarrollo de los órganos regionales encargados de la administración de los I1lrecursos del partido. 111 e, Consolidar y conservar los libros y documentos que sustentan las transacciones realizadas. f. Presentar al órgano que señale la ley, el Balance General y los Estados Financieros anuales, así como los relativos a las campañas electoraies, 111 g. Acceder con firma mancomunada del Secretario General Nacional a las cuentas del partido en el sistema financiero nacional,llI h. Contratar la publicidad de "TODOS POR EL PERU". i. Las demás funciones que le asignen la ley, este Estatuto y los reglamentos de "TODOS POR ELPERÚ". ,. n•..•8 SCIJNE l:S~'..~, l!'-' •r IUflllfllIl"""IIU' ••••,_. Capítulo X De la Disolución de "TODOS POR ELPERÚ" Articulo 83.-. La aprobación de la disolución del partido solo podrá ser acordada por la Asamblea y:; General, mediante el voto calificado de al menos dos terceras partes de los asistentes, y siempre (J/ que la misma haya sido convocada para este fin, Para respaldar la labor de la Tesorería Nacional, cada Comité Ejecutivo contará con un dirigente responsable del manejo económico en su circunscripción, de acuerdo con lo determinado en el reglamento pertinente, Artículo 84.- De aprobarse la disolución, queda expresamente prohibida la distribución de su patrimonio y de sus rentas entre sus afiliados, debiendo distribuirse los mismos a una entidad sin fines de lucro cuyos objetivossean afines a los de "TODOS POR EL PERÚ", I I ~!, IV
  • 39. ... ~- , . ",.. - - - - TODOS POR EL PERÚ TíTULO TERCEROI1l Del REGIMEN DISCIPLINARIO Capítulo I De la Faltas 15'72 Artículo 85.- Se consideran faltas a aquellos actos contrarios a la ética, a los principios partidarios, a la buena gestión y a la buena imagen de "TODOS POR El PERÚ" en que incurran sus miembros, considerándose faltas principales las siguientes: a. Incumplimiento de las disposiciones del Estatuto, los Reglamentos Internos y demás normativa interna, los acuerdos de lal1lAsamblea General y las resoluciones del Comité Ejecutivo Nacional. 111 b. Los actos reñidos contra la honestidad de sus dirigentes o aquellos que difamen el prestigio de I1l"TODOSPOR El PERÚ" en forma verbal o por escrito. 111 c. las actuaciones contra los fines y los objetivos de "TODOS POR EL PERÚ" en perjuicio de los mismos y del1lsusmiembros. 111 d. las acciones dolosas o de mala fe que impidan directa o indirectamente el desarrollo de la Asamblea General, de las sesiones del Comité Ejecutivo Nacional y de los demás órganos de "TODOS POR El PERÚ". 111 e. la difusión de ideas malsanas derivadas de tendencias contrarias a "TODOS POR ELPERÚ", ya sea durante las Asambleas de carácter nacional, regional o local; en las sesiones o fuera de ellas y dentro de la vida institucional. III Artículo 86.- Constituye falta contra la gestión de la administración de "TODOS POR El PERÚ" los actos cometidos por los miembros del Comité Ejecutivo Nacional y por los del Tribunal Nacional de ~tica en los siguientes casos: a. Cuando incumplan plenamente sus atribuciones y funciones espedficas.1ll b. Cuandoinfrinjan las disposiciones del presente Estatuto y de sus reglamentos aprobados en Asamblea General, así como de las resoluciones del mismo Comité Ejecutivo Nacional. III Artículo 87.-Constituye traición al partido: a. Participar abiertamente en campañas contra el partido. III b. Sostener públicamente posiciones y realizar acciones manifiestamente contrarias a los principiosllléticos e ideológicos del partido.1ll c. Contravenir los principios políticos esenciales que el partido enarbole. III d. Abandonar la representación del partido cuando se ejerce un cargo público de elección popular.1ll e. Sostener públicamente posiciones manifiestamente contrarias a la línea política adoptada por lalllComisi6n Nacional de Política.1ll Artículo 88.- Todos los miembros integrantes de "TODOS POR El PERÚ", independientemdte de '~ 23 SCIJNE .1S::lIj7:''':II .•.It~':1
  • 40. TODOS POR EL PERÚ A quienes colaboren en la comisión de una falta o encubran a los responsables la misma, se les aplicará la sanción que corresponda al autor de la falta, pudiendo reducirse esta prudencialmente, X de acuerdo con su grado de participación. V - I la categoría que posean, estarán afectos a las sanciones, según sea el caso. contenidas en el Capítulo 11del presente Título. Artículo 89,- El Comité Ejecutivo Nacional resolverá, en primera instancia, las denuncias sobre temas de disciplina o ética, y su dictamen podrá pasar en segunda y última instancia al Tribunal Nacional de Ética. Todo proceso disciplinario se sujetará al debido proceso, de acuerdo con lo que establecen los reglamentos internos de "TODOS POR EL PERÚ".1lI Capítulo" De las Sanciones Artículo 90,- Será sancionado todo miembro que incumpla el presente Estatuto, los reglamentos internos aprobados por la Asamblea General, asl como los acuerdos de la misma Asamblea General y del Comité Ejecutivo Nacional. Artículo 91,- Las sanciones disciplinarias tienen por objeto corregir la conducta impropia de sus miembros e impulsar el cumplimiento de las normas que rigen la vida partidaria. El ejercicio de la autoridad para imponer sanciones disciplinarias no es atributo personal de los dirigentes, sino una prerrogativa que corresponde a la jerarquía de los órganos de justicia partidaria. Artículo 92,- Las sanciones son: a. Amonestación escrita l'iJ b. Multa III c. Inhabilitaciónlll d. Suspensión (separación temporal) III e. Expulsión (separación definitiva).- Los actos de traición al partido se sancionan con la expulsión,llImediante proceso reglamentario sumarfsimo del CEN.1lI Artículo 93,- Reducción y agravantes de las sanciones Las sanciones podrán ser reducidas por debajo de los límites señalados por las circunstancias personales de quien cometió la falta y cuando haya realizado actos conducentes a reparar el daño cometido con anterioridad a la imposición de la sanción.IlISe considera agravante de la falta cometida si el infractor ejerce un cargo de dirigente, lo que determinará que se le aplique la máxima sanción que el caso amerite. 8 I 24 Artículo 94.- Los Comités Descentralizados sólo podrán imponer las sanciones previstas en los incisos a y b del artkulo 89 del presente Estatuto. Estas podrán ser apeladas ante el Tribunal Nacional de Ética y Disciplina. Artículo 95,- Las sanciones de inhabilitación, suspensión y expulsión, aplicadas a cualquier ,,_ JI. A ",0 ("');.~J ~ @; )(, rJ1 '
  • 41. - - - ~-- -, TODOS POR EL PERÚ 1574 • miembro de "TODOS POR ELPERÚ" en el territorio de la República, tendrán que ser aprobados por 2/3 (dos tercios) del Comité Ejecutivo Nacional. El sancionado podrá apelar ante el Tribunal Nacional de Ética en última instancia. Artículo 96.- Son causales de inhabilitación, suspensión y expulsión: a. Incumplir los deberes o los acuerdos de la Asamblea General.ltl b. Malversar fondos. c. Apropiarse ilícitamente de las aportaciones económicas o de los bienes y enseres de "TODOS PORI1IELPERÚ".1tl d. Utilizar el nombre de "TODOS POR ELPERÚ" con fines lucrativos y personales. Itl e. Adoptar actitudes de división o socava miento de "TODOS POR EL PERÚ", asf como posicionesltlpúblicas de calumnia y difamaciónhacia alguno de sus dirigentes. Itl f. Sufrir condena por delito expresamente establecido en las Leyes Nacionales, en un marco de un Estadoltldemocrático y constitucional de Derecho.1tl g. Realizar, tanto al interior cuanto fuera de ''TODOS POR EL PERÚ", prácticas ajenas a las normasltlestablecidas en el presente Estatuto. Itl h. Adeudar más de tres (3) mensualidades sin causa justificada.1tl i. Falsificar o adulterar el Documento de Identificación partidario u otros documentos de Itl"TODOS POR EL PERÚ" en agravio de la misma o de sus dirigentes.1tl j. Aprovechar las Asambleas para hacer circular listas, pasquines o panfletos contrarios a laltlnaturaleza de los fines para los cuales fue convocada.1tl k. Faltar, sin causa justificada, a las sesiones de sus respectivas áreas de trabajo.1tl 1. No sufragar en las elecciones de los directivos de "TODOS POR EL PERÚ".1tl m. Inscribirse en otro partido, movimiento o agrupación polftica.1tl n. Postular en elecciones políticas nacionales, regionales o locales por otro partido, movimiento o agrupación politica, o respaldar de manera abierta o encubierta otras candidaturas que postulen en competencia directa con listas patrocinadas por "TODOS POR EL PERÚ". En todos los casos en los que se interponga recurso de apelación contra estas sanciones, se tendrá en cuenta, en adición a la gravedad de la falta, su reincidencia. Artículo 97.- El miembro inhabilitado está impedido de ocupar cargo alguno. La sanción será levantada por la misma instancia que lo inhabilitó o por la instancia jerárquicamente superior. Articulo 98.- La suspensión alcanza un tiempo mínimo de un mes y un máximo de doce meses, recuperando automáticamente su condición plena una vez cumplida la sanción. Artículo 99." Todo miembro expulsado o retirado voluntariamente, no tiene derecho a la devolución de los beneficios que haya prestado a "TODOS POR EL PERÚ". Capítulo 111 De la Responsabilidad Penal y Civil Artículo 100.- La aplicación de la responsabilidad penal se hará de acuerdo con lo estipulado en el 25 SCl~NE.fS:;";;,,,,,...n~..1_
  • 42. TODOS POR EL PERÚ Código Penal Peruano y demás normas que conforman la legislación penal vigente. la responsabilidad civil se hará de acuerdo con la legislación común en vigencia. Estas acciones se harán efectivas a criterio del Comité Ejecutivo Nacional, a través del Representante legal. TíTULO CUARTO DE LA CONSTITUCiÓN DEALIANZAS Capítulo I De la constitución de alianzas Articulo 101,- La decisión de ir en alianza con otras organizaciones políticas a las Elecciones Generales, de Parlamento Andino, Regionales, Municipales u otras, será tomada' por la Asamblea General Ordinaria o Extraordinarla.IllEI procedimiento para la constitución de alianzas con otros grupos políticos se sujetará a las disposiciones que establezca la Comisión Nacional de Política para tal efecto, de acuerdo con las normas electorales vigentes. la Alianza será firmada por el Presidente del Comité Ejecutivo Nacional. TíTULO QUINTO DEMOCRACIA INTERNA Capítulo I De la Democracia Interna Artículo 102.- la elección de las autoridades partidarias y de los candidatos a cargos de elección popular de "TODOS POR El PERÚ", en todos los niveles, se rige por la Ley de Partidos Políticos, sus normas conexas, la norma que contiene la Convocatoria respectiva, por el presente Estatuto, por el Reglamento Electoral y las directivas que dicte el Tribunal Nacional Electoral o el órgano pertinente.1ll Corresponde a la Asamblea General decidir la modalidad de elección de las autoridades partidarias y de los candidatos a cargos de elección popular. Sólo en lo referente a la elección de autoridades partidarias de nivel nacional, en caso la Asamblea no pueda sesionar antes de determinada elección, corresponderá por defecto llevar a cabo la elección a través de Asamblea Electoral. Al Tribunal Nacional Electoral le corresponde aprobar el Reglamento Electoral en el que se datallarán las modalidades de elección, plazos de inscripción y condiciones en las que se ejerce e sufragio, entre otros. Asimismo, el Tribunal Nacional Electoral es el órgano encargado de realizar la convocatoria y de establecer el cronograma de elecciones internas. Articulo 103.-Candidatos a cargos de elección popular sujetos a elección ~ Están sujetos a elección interna los candidatos a los siguientes cargos: a. Presidente de la República b. Vicepresidentes de la República ~ ' c. Representantes al Congreso de la República
  • 43. TODOS POR EL PERÚ • d. Representantes al Parlamento Andino e. Gobernador, Vicegobernador y Consejeros Regionales. f. Alcaldes y Regidores de los Concejos Municipales. Los candidatos son elegidos conjuntamente con un suplente o accesitario, quien los reemplazará en caso de fallecimiento, enfermedad, renuncia, exclusión o cualquier otra causa que imposibilite su participación como candidato. Los suplentes o accesitarios serán reemplazados por candidatos del mismo sexo. Al menos las cuatro quintas partes de número de total de los candidatos y candidatas a cargos públicos electivos a los que se refiere el articulo 100 son elegidos en la correspondiente circunscripción electoral, para lo cual el órgano la Asamblea General decide, en cada caso, las modalidades que se aplicarán entre las siguientes: a. Elecciones con voto universal, libre, igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados y ciudadanos no afiliados, b. Elecciones con voto universal, libre, Igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados. c, Elecciones a través de los delegados elegidos por los órganos partidarios conforme lo disponga el estatuto, Hasta una quinta parte del número total de candidatos puede ser designada directamente por el Comité Ejecutivo Nacional. El Tribunal Electoral Nacional establece el procedimiento para la designación, que debe concluir antes de la realización de las elecciones internas. Esta facultad es indelegable. Articulo 104. Asamblea Electoral Es el órgano partidario autónomo e independiente, frente a otros órganos partidarios, encargado de elegir a los candidatos a cargos públicos electivos cuando la Asamblea General acuerde adoptar la modalidad indirecta de elección y de elegir a las autoridades partidarias. La Asamblea Electoral estará compuesta por los miembros del Comité Ejecutivo Nacional y los delegados regionales y/o provinciales elegidos para tal fin. Estos delegados serán elegidos por el voto universal, libre, igual, voluntario, directo y secreto de los afiliados de "TODOS POR EL PERÚ", según su circunscripción, La Asamblea Electoral se regirá de acuerdo al presente Estatuto, ei Reglamento Electoral y las directivas elaboradas por el Tribunal Nacional Electoral. La Asamblea Electoral se convoca por correo postal, correo electrónico o página web. La notificación de la convocatoria se hace con anticipación no menor de quince (10) días de la fecha fijada para la elección. El quórum para la instalación y funcionamiento de la Asamblea Electoral es, en primera citación, la mitad más uno de sus miembros hábiles; y, en segunda citación, con los asistentes presentes cuando haya transcurrido media hora de la primera citación, Los acuerdos se adoptan con el voto 27 SCI'II~-F5:: .' o,, ni: 3 .v"t. IIIUIIU'IIIIfIlIIlIt"M.í_
  • 44. TODOS POR EL PERÚ ww28 confonne de la mayoría simple de los asistentes, salvo en los casos que el reglamentoo la directiva disponganalgo distinto. TITULO FINAL DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS PRIMERA.- Para los efectos de la elección de las primeras autoridades de los diferentes órganos nacionales de "TODOS POR EL PERÚ", déjese en suspenso el periodo de militancia requerido para su designación.IllPara el caso de los órganos de gobierno regionales, provinciales y distritales que se hubieren organizado transitoriamente, amplíese su vigencia hasta que el Comité Ejecutivo Nacional convoque a elecciones generales de acuerdo a los dispuesto en las normas pertinentes. El Comité Ejecutivo Nacional designará Comisiones Organizadoras Regionales, las que se encargaran de organizar los Comités Ejecutivos Regionales, los mismos que serán ratificados por el Comité Ejecutivo Nacional. Los Comités Ejecutivos Regionales designarán Comisiones Organizadoras Provinciales, las que se encargarán de organizar los Comités Ejecutivos Provinciales y Distritales, ios mismos que serán ratificados por el Comité Ejecutivo Regional.llJ SEGUNDA. El Comité Ejecutivo Nacional se encargará de la elaboración de reglamentos, manuales de funciones y normas administrativas que regulen el normal funcionamiento de "TODOS POR EL PERÚ". TERCERA.Suspéndase el sistema de elecciones a que se refiere el presente Estatuto hasta que se aprueben los reglamentos normativos. CUARTA. Los primeros integrantes 'de la Comisión Nacional de Política, del Tribunal Nacional de Ética y Disciplina, y del Tribunal Nacional Electoral, serán designados por el Comité Ejecutivo Nacional. QUINTA. El presente Estatuto entra en vigencia a partir de su aprobación en la Primera Asamblea General de "TODOS POR EL PERÚ", que bajo el nombre de Congreso Nacional se llevó a cabo ellO de octubre del 2003, en el distrito de Surquillo de ia ciudad de Lima. SEXTA.- Los comités nacionales, regionales, provinciales y distritales podrán implementarse de manera virtual, a través de un software y aplicación informática que se adapten para tales fines. Lima, 10 de octubre de 2015 SClmE'. FS -. n¿~4'. IIlltIlIlIU.'UlluunNII""" ó