Planes de trabajo gobiernos locales rendición cuentas
1. Planes de trabajo su
utilidad durante la gestión
de los gobiernos locales y
la rendición de cuentas
Elecciones seccionales 2019
2. ¿Qué es el Plan de Trabajo y para qué
sirve?
1. Es la proyección de lo que el candidato o candidata
espera llevar a cabo durante su gestión.
2. El Plan de Trabajo es un requisito para inscribir una
candidatura.
3. El Plan de Trabajo es un compromiso adquirido con la
ciudadanía.
4. El Plan de Trabajo es el primer momento de la gestión
local participativa.
5. El Plan de Trabajo marca la gestión del gobierno local
4. Planes de trabajo, Planificación
institucional y Rendición de
cuentas
Planes de trabajo
Diseñados por
el/ candidato/a.
Base de la
campaña
electoral
Planificación institucional - Gestión del
gobierno local
Instrumento de
planificación de
las acciones a
realizarse por el
gobierno local
Rendición de cuentas
Transparentar a
la ciudadanía la
gestión realizada
a partir de lo
ofrecido y lo
programado.
5. ¿Qué sucede si no se cumple el Plan de
trabajo?
Ley de Participación Ciudadana
Art. 25.- Las electoras y electores podrán revocar democráticamente
el mandato a las autoridades de elección popular por
incumplimiento de su plan de trabajo, de las disposiciones
legales relativas a la participación ciudadana y las demás
funciones y obligaciones establecidas en la Constitución de la
República .
Ley Orgánica Electoral y de Organizaciones Políticas
Art. 199.- Los electores podrán revocar el mandato a las autoridades
de elección popular. La solicitud de revocatoria del mandato podrá
presentarse una vez cumplido el primero y antes del último año del
período para el que fue electa la autoridad cuestionada. La solicitud y
el proceso de revocatoria del mandato deberán cumplir con lo
previsto en la ley que regula la participación ciudadana.
6. Rendición de cuentas
• Las/os ecuatorianas y ecuatorianos gozan del derecho a
fiscalizar los actos del poder público (CRE, Art. 61, No. 5).
• Los/as ecuatorianas y ecuatorianos gozan del derecho de
exigir rendición de cuentas y la transparencia de la
información que los sujetos políticos proporcionan a la
ciudadanía (Código de la Democracia, Art. 2, No. 8).
• Por lo que es obligación de los candidatos/as de elección
popular prever mecanismos para rendir cuentas de su
gestión a los electores/as (Código de la Democracia, Art. 2,
No. 8).
7. Rendición de cuentas: Mecanismos
y herramientas
Mecanismos Herramientas
De estructura institucional. Espacios responsables de
facilitar acceso a información pública
Centros de atención al público
Ventanas ciudadanas
Espacios permanentes de procesamiento de
peticiones de información pública
De contacto directo con la ciudadanía: información
que se socializa con la sociedad civil.
Límite: tiempo e información oral
Tipo de información: puntual y de acuerdo con la
demanda.
Reuniones, asambleas
Otras instancias de participación
Espacios de control social (observatorios, veedurías,
mesas de trabajo, etc.).
De democracia electrónica: todos los gobiernos
(nacional, regional, provincial, cantonal y parroquial)
deben subir la información de su gestión en la web, en
cumplimiento de la norma.
Páginas web
Informes anuales de rendición de cuentas
En escenarios de difícil accesibilidad (juntas
parroquiales rurales, jurisdicciones especiales de
pueblos y nacionalidades), la alternativa es crear un
espacio de cómputo sin necesidad de conectividad,
alimentado periódicamente con los datos.
Publicación periódica (semestral y anual)
resumen/informe de los principales indicadores de la
gestión de la institución, en medios de comunicación
Medios de comunicación masiva (prensa)
Medios de comunicación alternativa (internet, redes
sociales)
Boletines informativos difundidos en espacios públicos