1. COMPROBANTES DE VENTA Sustento Crédito tributario Comprobantes SALIR Fuente: Ley de Régimen Tributario Interno Baja de Comprobantes No Sustento Crédito tributario
2. COMPROBANTES DE VENTA COMPROBANTES DE VENTA AUTORIZADOS boletos o ticket aéreos Documento Único De Importación Boletos o entradas a espectáculos públicos Tiquete De Máquinas Registradoras Facturas Liquidación De Compras De bienes O servicios Notas de Venta Son documentos que acreditan la transferencia de bienes o la prestación de servicios :
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6. COMPROBANTES DE VENTA SUSTENTAN CREDITO TRIBUTARIO Para ejercer el derecho al crédito tributario del Impuesto al Valor Agregado, se considerarán válidas las facturas, y las liquidaciones de compras de bienes y prestación de servicios. Liquidación Compras FACTURA Sustentan Crédito Tributario IVA
7. FACTURA La factura para ser válida debe cumplir con los requisitos exigidos por el SRI Transferencias De bienes O servicios a sociedades O personas Naturales (Compra Venta) Es decir se compra un bien para volver A vender Exportaciones SE EMITEN FACTURAS Cuando se realizan
8. REQUISITOS DE LA FACTURA Razón Social Nº RUC Nombre Comprobante Nº Documento Nº Autorización Datos Cliente Dirección Información detallada del bien o servicio Validez documentos Datos informativos de la imprenta Retornar
9. LIQUIDACION EN COMPRAS DE BIENES Y SERVICIOS Los requisitos que deben contener estos documentos son Se emiten en los siguientes casos Servicios prestados Transferencia Bienes o servicios Personas Naturales O Sociedades Extranjeras No residentes Personas naturales No obligadas A llevar contabilidad y que por su bajo nivel cultural no pueden elaborar Comprobantes De venta
10. LIQUIDACION EN COMPRAS DE BIENES Y SERVICIOS Razón Social Nº RUC Nombre Comprobante Nº Documento Nº Autorización Datos Cliente Dirección Información detallada del bien o servicio Validez documentos Datos informativos de la imprenta Retornar
11. COMPROBANTES DE VENTA AUTORIZADOS ¿Qué comprobantes de venta Que NO sustentan CREDITO TRIBUTARIO IVA y solo Sustentan costos y gastos
12. NOTA DE VENTA El emisor identificará al comprador exclusivamente cuando éste requiera sustentar costos y gastos o cuando el monto de la transacción supere al valor $ 200,00 La Nota de Venta debe cumplir con los requisitos exigidos por El SRI Retornar En Transferencias Bienes Servicios Consumidores Finales Se emiten Notas de Venta
13. REQUISITOS NOTA DE VENTA Retornar Razón Social Nombre Comprobante Nº RUC Nº Documento Nº Autorización Datos Cliente Dirección Información detallada del bien o servicio Validez documentos Datos informativos de la imprenta
14. BAJA COMPROBANTES DE VENTA Los contribuyentes podrán dar de baja comprobantes de venta, antes de que hayan sido emitidos. Para ello, presentarán en el SRI a correspondiente declaración en el Formulario 321 en el plazo máximo de quince días hábiles, contados a partir de la fecha en que se produzcan los siguientes hechos: Vencimiento del plazo de vigencia; Cierre del establecimiento; Cierre del punto de emisión; Deterioro; Robo o extravío; Cese de operaciones; Fallas técnicas generalizadas en los documentos; Por cambios de razón social, denominación, dirección u otras condiciones del contribuyente que hayan sido reportadas al RUC.
15. FORMULARIO 321 Retornar 1 7 1 0 0 9 5 3 8 7 0 0 1 Nº RUC CARLOS FRANCISCO ARIAS POSSO Contribuyente DECLARACION DE BAJA DE DOCUMENTOS PREIMPRESOS
16. FORMULARIO 321 1 7 1 5 1 1 6 1 1 1 x Señale una sola causa Nº Auto. SRI Causa Baja
19. FORMULARIO 321 Carlos Arias P Carlos Arias 1710095387 Firma Nombre Nº C.I Con el formulario 321 y los documentos respectivos se presentaran en el SRI para firman el Acta de destrucción de Documentos Preimpresos. Retornar
20. ACTA DESTRUCCION DE DOCUMENTOS PREIMPRESOS Una vez firmado El Acta de Baja De Documentos Puedes solicitar La nueva emisión De los comprobantes De venta, en cualquier Imprenta autorizada Por el SRI, donde Presentarás el RUC, Y la copia de Cédula De identidad Retornar
21. ACTA DESTRUCCION DE DOCUMENTOS PREIMPRESOS No emitir comprobantes de venta o no exigirlos al momento de la compra y emitirlos sin requisitos se sanciona con multa de hasta USD 1.000. Si la infracción es verificada por un Fedatario la sanción será la clausura del establecimiento. Retornar