Flores Galindo, A. - La ciudad sumergida. Aristocracia y plebe en Lima, 1760-...
Retencion en la fuente
1.
2. La retención en la fuente surgió originalmente como
mecanismo de recaudo del impuesto sobre la renta
para inversionistas extranjeros sin domicilio en el
país, por concepto de dividendos. El artículo 99 del
Decreto 1651 de 1961 autorizó al Gobierno Nacional
para “establecer retenciones en la fuente con el fin
de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del
impuesto sobre la renta y complementarios, las
cuales serán tenidas como anticipos”.
3. La retención en la fuente
no es un impuesto, sino un
mecanismo de cobro
anticipado de un impuesto
en el momento en que
sucede el hecho
generador.
Contrario el concepto
popular, la retención en la
fuente no es ningún
impuesto, sino que es el
simple cobro anticipado de
un impuesto, que bien
4. • Surge originalmente como un mecanismo de
recaudo del Impuesto sobre la Renta para
inversionistas extranjeros sin domicilio en el país,
por concepto de dividendos. El D.1651/61
autorizó al Gobierno para “establecer
retenciones en la fuente con el fin de facilitar,
acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre
la renta y sus complementarios, las cuales serán
tenidas como buena cuenta o anticipos.
5. Los agentes retenedores son empresas
fiscales, semifiscales o organismo fiscales,
municipalidades, personas jurídicas en
general, sean o no contribuyentes de la Ley
de la Renta y tengan que llevar
contabilidad o no, personas naturales o
jurídicas.
6. • 1. Cuando la operación económica no supera los topes mínimos de 4
UVT para servicios y de 27 UVT para compras.
•
2. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre
responsables del Régimen común.
•
3. Cuando el que compra es Régimen común y el que vende es un
Gran contribuyente o una Entidad estatal.
•
4. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre una
Entidad estatal y un Gran contribuyente.
•
5. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre Entidades
estatales.
•
6. Cuando la operación sujeta a retención se realiza entre Grandes
7. • Acelera y asegura el recaudo de los
impuestos.
• Da liquidez al estado, consiguiendo que el
impuesto en lo posible, sea recaudado en
el mismo ejercicio gravable en el cual se
cause.
• Mecanismo de Control y Cruce de
información.
• Previene la Evasión.
8. • Sujeto activo: Es el estado. Existe un
sujeto que representa al estado que es
el AGENTE RETENEDOR.
• Sujeto pasivo: Persona sobre quien se
realiza la retención.
• Hecho generador: Pago o abono en
cuenta.
• Base: Valor de la transacción, sin tener
en cuenta IVA, descuentos no
condicionados, tributos en general, etc.
9. • Son los contribuyentes (personas
naturales y jurídicas) autorizados para
aplicar cambio de sujeto del IVA, por lo
que adquieren la calidad de agentes
retenedores del Impuesto al Valor
Agregado (IVA).
• De esta forma se hacen responsables de la
obligación tributaria de retener, declarar
y pagar los Impuestos correspondientes.