1. Investigación
Derecho Constitucional I
Nombre: Cristela Pun ID: 8-835-1692
Profesor: Alexis R. Medina H.
1. ¿Qué es La Ley Orgánica?
Una ley es un precepto que manda o prohíbe algo en consonancia con la justicia. Se trata de preceptos
dictados por las autoridades y que obedecen a ciertos principios, como la generalidad (afecta a todos los
individuos) y la obligatoriedad (es imperativa), entre otros.
Se conoce como ley orgánica a la ley que se necesita desde el punto de vista constitucional para regular
algún aspecto de la vida social. Las leyes orgánicas tienen una competencia diferente a las leyes
ordinarias y requieren de algunos requisitos extraordinarios, como la mayoría absoluta a la hora de su
aprobación.
Su origen se remonta a la Constitución francesa de 1958. Aunque depende de cada legislación nacional,
suele considerarse a las leyes orgánicas como un nexo o etapa intermedia entre las leyes ordinarias y la
Constitución. Las características particulares de las leyes orgánicas exigen la amplia mayoría
parlamentaria (por tratarse de temas muy sensibles para la sociedad) y la mayor rigidez en la regulación
(las leyes orgánicas no pueden modificarse con facilidad o por voluntad de un gobernante).
La ley orgánica, por lo tanto, tratan el desarrollo de las libertades públicas y los derechos fundamentales.
En España, por ejemplo, la ley orgánica está prevista en la Constitución de 1978 y requiere el voto
positivo de la mayoría absoluta del Congreso de los Diputados.
El Tribunal Constitucional español ha interpretado de forma restrictiva aquellas materias que son
susceptibles de regulación a través de las leyes orgánicas. El principio de competencia es la manera más
usual para establecer las relaciones entre leyes ordinarias y leyes orgánicas.
2. ¿Qué es La Ley Ordinaria?
La Ley Ordinaria es la norma de rango legal que constituye, generalmente, el último escalón en la
jerarquía jurídica de las leyes de un Estado, tras la Constitución y las leyes orgánicas u otras
equivalentes (que suelen poseer requisitos extraordinarios para su aprobación y versan sobre materias
especiales).
Su aprobación corresponde al Congreso o Parlamento, normalmente, por mayoría simple. En los
sistemas democráticos los miembros del parlamento o congreso son elegido por sufragio universal. La
aprobación de las leyes se puede realizar por votación en el pleno de la cámara, o por alguna de las
2. comisiones legislativas que puede tener.
Las leyes ordinarias inician su tramitación, bien a iniciativa de la propia Cámara, o bien por iniciativa
del poder ejecutivo. En algunos sistemas, además, se admite que sea a través de una iniciativa popular.
Son también leyes ordinarias las dictadas por los órganos legislativos de los estados federados,
territorios o comunidades autónomas que, dentro de un Estado federal, regional o de autonomías, tienen
atribuida esta capacidad.
3. Análisis sobre la doble ciudadanía en el caso de Bosco Vallarino
Este tema de la doble nacionalidad de un ciudadano debe estar por encima de la simple circunstancia
temporal de la conveniencia política coyuntural, que ha desorientado a algunos juristas que intentan que
el Estado abuse de su poder y se limiten los derechos políticos a un nacido en territorio istmeño
desposeyéndolo de un triunfo electoral claramente ganado en las urnas.
Valga decir, que el solo hecho de haberse discutido ampliamente durante los meses previos a las
elecciones generales con la frente en alto de cara al sol, en todos los medios de comunicación públicos,
prensa, radio y televisión, el tema de la doble nacionalidad de Bosco Vallarino y de haber ganado la
elección, a pesar de todo lo negativo dicho en contra del Alcalde Bosco Vallarino, es suficiente para
considerar que el veredicto soberano ha convalidado y saneado cualquier vicio que pudiera
subjetivamente atribuirse a dicha candidatura.
Lejos están los años tenebrosos, en el que imperaba la omnipotencia del amo, rey o emperador sobre sus
esclavos, vasallos o súbditos.
Una interpretación a favor libertatis impone admitir categóricamente, que los efectos de una orden de
suspensión de ciudadanía sólo pueden tener validez después que quede ejecutoriada e inscrita como
marginal en la partida de nacimiento del ciudadano, el cual quedará en situación de "capitis diminutio"
(capacidad disminuida).
La actuación del Tribunal Electoral respetando la voluntad del primer órgano del Estado, político por
excelencia, ha garantizado al pueblo panameño la eficacia del sufragio popular, como soberano
dirimente del controvertido electoral. Así lo demuestra una encuesta de Dichter & Neira publicada en el
periódico La Prensa, que indicó que más del sesenta y seis (66%) por ciento (una mayoría abrumadora),
están de acuerdo con la decisión de permitir el pleno ejercicio de los derechos ciudadanos de Bosco
Vallarino como Alcalde y otra de PSM Sigma2 que demostró que el 72% está de acuerdo con el
reconocimiento de la rehabilitación de los derechos del Alcalde.