Convenio 182 sobre las peores formas de trabajo infantil
Abandono y revoca poder y confiere uno nuevo
1. EN LO PRINCIPAL: Abandono de procedimiento
OTROSI: Revoca poder delegado y confiere uno nuevo
S J L en lo Civil (3º)
MARIA LUZ TATTER ACLEH, abogado habilitada para el
ejercicio de la profesión , por la parte demandada en autos sobre Terminación
de contrato de Comodato, caratulada “ ZAMBRANO con CLUB DE LA
TERCERA EDAD” causa Rol Nº 13.513-B, a US respetuosamente digo:
Que por esta presentación vengo en solicitar a S.S., promover el
incidente de abandono de procedimiento en razón de que la parte demandante
no ha efectuado gestión útil alguna durante el plazo que establece la ley,
incumpliendo con la carga procesal de dar impulso al proceso por ser la que
sostiene la pretensión.
Ha transcurrido, desde la última resolución útil de autos, en
exceso, el plazo de seis meses completo, término de días corridos.
POR TANTO, y de acuerdo con lo dispuesto por los artículos
152 a 156 del Código de Procedimiento Civil.
RUEGO A US; se sirva tener por formulado incidente de
abandono del procedimiento,
OTROSI: Por este acto vengo en revocar el poder conferido a don
RODRIGO ANDRES FICA BAHAMONDE y confiero un nuevo poder al
habilitado de Derecho, de la Universidad Autónoma del Sur don LUIS
OSVALDO SOTO MALDONADO, con todas y cada una de las facultades
señaladas en ambos incisos el artículo séptimo del Código de Procedimiento
Civil, las que doy íntegramente por reproducidas en esta presentación, en que
además tendré poder conjunta e indistintamente con el nuevo habilitado, y
conservando el Patrocinio que se me ha conferido en autos, estando ambos
2. domiciliados para estos efectos en calle Pudeto Nº 570, sector Santa Rosa de
la ciudad de Temuco.
POR TANTO;
RUEGO A US., Tener presente el nuevo poder conferido, para todos
los efectos legales.