2. Planteamiento del problema
Mecanismos Internacionales
Elementos de información de la violencia
docente
Propuesta de Cartel y Tríptico
Conclusión
Bibliografía
3. La violencia de género, física y entre pares es
observable entre estudiantes de los CETIS del D.F.
63 por ciento viven violencia familiar,
En la escuela se reporta violencia verbal y física en
43 por ciento respectivamente,
15 por ciento sufre discriminación.
52 por ciento reporta maltrato por parte del
personal del plantel
44 por ciento maltrato entre pares o sea entre
compañeros. (AMDH, A.C. 2008)
4. En los CETIS del
Distrito Federal se
identificaron
niveles de violencia
docente, ejercida
como forma de
mantener el poder
dentro del grupo.
5. Los alumnos no externan este punto por
temor a recibir represalias en sus
calificaciones. Esta situación no ha generado
conflictos, sólo expresiones aisladas,
tratadas por el área de orientación
educativa. (AMDH, A.C. 2008)
6. “La sociedad contemporánea reconoce
que todo ser humano, por el hecho de
serlo tiene derechos frente al Estado,
derechos que éste, o bien tiene el deber
de respetar y garantizar o bien está
llamado a organizar su acción a fin de
satisfacer su plena realización. Estos
derechos, atributos de toda persona e
inherentes a su dignidad que el Estado
está en el deber de respetar, garantizar o
satisfacer son los que hoy conocemos
como derechos humanos”. (Nikken)
7. La protección de los Derechos Humanos
utiliza mecanismos aplicados por el
sistema de Naciones Unidas para el caso
de proteger la igualdad y no
discriminación entre hombres y
mujeres.
CEDAW
Convención de Belém Do Pará
8. Para este estudio, se
consideró como
punto de partida los
artículos 3, 4, y 7 de
la Convención de
Belén Do Pará
“Artículo 3. Toda mujer tiene derecho
a una vida libre de violencia, tanto en
el ámbito público como el privado”.
Artículo 4. Toda mujer tiene
derecho al reconocimiento, goce,
ejercicio y protección de todos los
derechos humanos y a las libertades
consagradas por los instrumentos
regionales e internacionales sobre
derechos humanos. …”
Artículo 7. Los Estados Partes
condenan todas las formas de violencia
contra la mujer y convienen en adoptar,
por todos los medios apropiados y sin
dilaciones, políticas orientadas a
prevenir, sancionar y erradicar dicha
violencia y llevar a cabo lo siguiente:
h) Adoptar las disposiciones
legislativas o de otra índole que
sean necesarias para hacer efectiva
esta Convención.
9. Ley General de Acceso
de las Mujeres a una Vida
Libre de Violencia,
publicada en el Diario
Oficial el 1º de febrero de
2007, tipifica la violencia
contra las mujeres en su
artículo sexto.
10. ARTÍCULO 6. Los tipos de violencia contra las
mujeres son:
I. La violencia psicológica. Es cualquier acto u
omisión que dañe la estabilidad psicológica, que
puede consistir en: negligencia, abandono, descuido
reiterado, celotipia, insultos, humillaciones,
devaluación, marginación, indiferencia, infidelidad,
comparaciones destructivas, rechazo, restricción a la
autodeterminación y amenazas, las cuales conllevan
a la víctima a la depresión, al aislamiento, a la
devaluación de su autoestima e incluso al suicidio;
11. Modalidades de la violencia
en el Capítulo II en donde
se plantea la violencia
laboral y docente.
ARTÍCULO 10.- Violencia
Laboral y Docente: Se ejerce
por las personas que tienen
un vínculo laboral, docente o
análogo con la víctima,
independientemente de la
relación jerárquica,
consistente en un acto o una
omisión en abuso de poder
que daña la autoestima,
salud, integridad, libertad y
seguridad de la víctima, e
impide su desarrollo y atenta
contra la igualdad.
12. La Ley menciona la atención a víctimas, en
el Capítulo IV, del artículo 51 al 53, en el
caso de la violencia docente las autoridades
deben informar a las autoridades
competentes de los casos de violencia que
ocurran en las escuelas. Un aspecto que se
solicita es que el agresor sea reeducado.
13. Dice la Ley que: Es un acto o una omisión en
abuso de poder que daña, sobre esta frase hablar
de omisión implica que se deja de decir, se guarda
silencio sobre el asunto de manera voluntaria o
involuntaria, y como en las escuelas existe la
relación docente-alumno, puede darse una relación
de subordinación y de abuso de poder que se
puede considerar como algo cotidiano, por no
hacerse conciente la violencia docente.
14. La misma Ley considera que: daña la autoestima,
salud, integridad, libertad y seguridad de la víctima, e
impide su desarrollo y atenta contra la igualdad.
Este párrafo, hace mención a diversos aspectos para
tomar en cuenta, por un lado que el alumno ó alumna
que vive violencia docente es considerada víctima, Si
se desea erradicar la violencia es obligación del Estado
protegerla, no es responsable de haberse convertido en
víctima y no puede defenderse sola. Para ello requiere
toda una estructura estatal.
15. Se menciona en la Ley que el que ejerce violencia
docente son: las personas que tienen un vínculo
laboral, docente o análogo con la víctima,
independientemente de la relación jerárquica, queda
claro en este caso que quien ejerce violencia docente es
quien está contratado por una institución educativa, y
tiene vínculo con la víctima, pero no explica qué
significa “independientemente de la relación
jerárquica. En el artículo 12, se hace más claro que
“son conductas que dañen…e infligen maestros y
maestras”
16. La ley menciona que violencia docente son las
conductas que dañan:
• La autoestima de las alumnas.
• Los actos de discriminación por su sexo, edad,
condición social, académica, limitaciones y/o
características físicas.
• El hostigamiento sexual, que se expresa en
conductas verbales, físicas o ambas, relacionadas con
la sexualidad de connotación lasciva. (Artículo 13)
• El acoso sexual es una forma de violencia (Artículo
13)
17. La violencia docente debe ser reportada y
sus directivos no pueden hacer acto de
omisión, ya que estarían violentando con
ello, a la víctima.
La Ley menciona que se debe de Informar a
la autoridad competente de los casos de
violencia que ocurran en los centros
educativos. (LGAMVLV Artículo 51)
18. Los alumnos en primer lugar deben reconocer
cuando son violentados ó actos disciplinarios,
dado que existen muchas conductas docentes que
los adolescentes son sobrevaluados, en este caso es
muy importante identificar la situación del
problema, porque la ley menciona que violencia
docente: Puede consistir en un solo evento dañino
o en una serie de eventos cuya suma produce el
daño. (LGAMVLV Artículo 10) y tener muy claro
cuando pueden ser objeto un alumno de violencia
docente y convertirse en víctima.
19. La Ley no menciona ningún procedimiento en
especial para reportar violencia docente, pero hace
hincapié en el respeto de los Derechos Humanos,
por lo que es evidente que la primera instancia es
la Comisión de DH Local. Ya que los docentes son
funcionarios públicos representa al Estado
Mexicano y si viola los derechos humanos de los
gobernados no puede ser impune su acto.
20. Comisión de Derechos
Humanos del Distrito Federal
Av. Universidad 1449, col.
Florida, Pueblo de Axotla,
Delegación Álvaro Obregón,
01030 México Distrito Federal.
Teléfono: 52295600,
www.cdhdf.org.mx
e-mail: cdhdf@cdhdf.org.mx
21. Agencias del Ministerio Público en el Distrito
Federal de la Procuraduría General de Justicia del
Distrito Federal.
https://mpvirtual.pgjdf.gob.mx/CiberDenuncia/Bien
venida.aspx
22. Crear espacios seguros es la idea prioritaria en
estos tiempos en donde la violencia en nuestro país
se ha convertido en un elemento cotidiano y
familia, la escuela es las institución ideal, sin
embargo las relaciones interpersonales que se dan
a su interior, todavía se encuentran en reeducación
23. La escuela es una institución que reproduce
esquemas que el entorno le inyecta. No es
un ente aislado y por lo tanto las relaciones
interpersonales que se dan día con día
pueden llevar a conflictos.
Docente-docente
Alumno-docente
Alumno-alumno
24. La población objetivo tiene un rango de edad entre
los 15 y 21 años.
La forma en la que se implementará en el plantel,
consistirá en la presentación del cartel y la
repartición de los trípticos en las horas de tutorías.
Se dará una breve explicación sobre el tema.
25.
26.
27.
28. El tema “La violencia docente” es un tema
controversial, dado que existe un alto nivel de
impunidad en el sistema mexicano, puede ser
utilizado para reducir actos que dañan a los
alumnos y alumnas, como la discriminación, el
hostigamiento sexual. Cómo ser utilizado para
eliminar a los docentes que las autoridades no
desean en las instituciones.
29. Losada José Luis ¿Violencia en la escuela ó violencia de la escuela?
Nikken Pedro, El concepto de Derechos Humanos.
Prieto Marcia, Educación para la democracia en las escuelas: Un desafío
pendiente, Instituto de Educación, Universidad Católica de
Valparaíso, Chile
Ramírez Gloria, Concepto Y Fundamentación De Los Derechos
Humanos. Un Debate Necesario.
Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de
Violencia, Diario Oficial 1° febrero de 2007