El sistema de salud chileno está compuesto por subsistemas público y privado. El subsistema público incluye organismos como el Ministerio de Salud, los Servicios de Salud, el Instituto de Salud Pública, la Central de Abastecimiento y FONASA. Estas entidades se encargan de la formulación de políticas, prestación de servicios de salud, abastecimiento e financiamiento respectivamente. El subsistema privado incluye clínicas, ISAPRES y mutuales de seguridad que prestan servicios con o sin fines de lucro.
2. SALUD El sector Salud está compuesto por todas las personas e instituciones, públicas y privadas, que ejecutan o contribuyen a la realización de actividades destinadas a la promoción, protección, recuperación de la salud y rehabilitación en comunidades y personas enfermas.
3. Participan en el sector Salud: 1.-La población: objeto y objetivo del quehacer organizado en salud. Dentro de la población se identifican diferentes grupos con distintas demandas y posibilidades de acceso al sistema de salud.
4. 2.- El Estado:con sus diferentes poderes y componentes, actúa como garante y protector de los derechos de los ciudadanos en esta materia. Le corresponde el desarrollo de las leyes y reglamentos, que garanticen el adecuado funcionamiento del sistema, así como la fiscalización de su cumplimiento, la formulación de políticas de salud, la contribución al financiamiento del sistema y la administración del subsistema público.
5. 3.- Los sistemas previsionales de salud: corresponden a las instituciones administradoras de los fondos de salud.
6. 4.- Los sistemas asistenciales de salud: constituyen la red prestadora de servicios de salud
7. ORGANIZACIÓN ACTUAL DEL SISTEMA DE SALUD EN CHILE El Estado, en su rol de garantizar el acceso de la población a las acciones de salud, es el responsable del funcionamiento del sistema, en forma global. Su ente operativo es el Ministerio de Salud.
8. El MINISTERIO DE SALUD El Ministerio de Salud es la máxima autoridad nacional, en materia de Salud. Forma parte del poder ejecutivo. El nombramiento del ministro es facultad del Presidente de la República. El Ministerio de Salud representa el nivel normativo dentro de la organización del sistema de salud.
9. Al Ministerio le corresponde formular las políticas de Salud. Entre sus funciones, se cuentan: Dirigir y orientar todas las actividades del Estado, relativas al Sistema Nacional de Servicios de Salud. Formular los planes y programas generales del Sistema.
10. Supervisar, controlar y evaluar el cumplimiento de las políticas y planes de Salud. Coordinar las actividades de los organismos del Sistema y propender al desarrollo de las acciones de Salud por otros organismos y personas del sector.
11. SEREMI ( Secretaria Regional Ministerial) Las secretarías regionales ministeriales (SEREMI), se ubican en cada una de las regiones de la división político administrativa del país. Están dirigidas por un médico nombrado por el Ministro y representan al Ministerio, en la región.
12. SUBSISTEMA PUBLICO En el subsistema público, el nivel operativo está representado en: Los servicios de Salud El Instituto de Salud Pública Central de Abastecimiento.
13. SUBSISTEMA PUBLICO El nivel financiero corresponde a: Fondo Nacional de Salud (FONASA).
14. DAN FORMA AL SISTEMA NACIONAL DE SERVICIOS DE SALUD: Todos ellos son organismos de dependencia directa del Ministerio de Salud y que trabajan en conjunto Los servicios de Salud El Instituto de Salud Pública Central de Abastecimiento. Fondo Nacional de Salud (FONASA).
15. OTROS Existe otro grupo de instituciones públicas que, sin pertenecer al SNS, otorgan prestaciones de Salud. Es el caso de las Fuerzas Armadas y otras, cuyos servicios de Salud incluyen instalaciones propias para la atención de sus beneficiarios.
17. POBLACIÓN BENEFICIARIA SISTEMA PÚBLICO. La población beneficiaria estimada del subsistema público, correspondía, en 1.996, al 60% de la población total del país (aproximadamente 8.700.000 personas).
18. LOS SERVICIOS DE SALUD Los servicios de salud son los responsables de la ejecución de las acciones de fomento, protección y recuperación de la salud y rehabilitación de las personas enfermas. Son organismos descentralizados, que poseen personalidad jurídica y patrimonio propio. Cada servicio está a cargo de un Director, que es un funcionario de confianza del Presidente de la República.
19. FUNCIONES SERVICIOS DE SALUD: Entre sus funciones están la supervisión, coordinación y control de los establecimientos y servicios del sistema, ubicados en su territorio, para el cumplimiento de las políticas, normas, programas y directivas, en general, emanadas del Ministerio de Salud.
20. La red asistencial de los servicios está constituida por: Hospitales. Consultorios generales, urbanos y rurales. Postas rurales de Salud Estaciones médico-rurales.
21. INSTITUTO DE SALUD PUBLICA DE CHILE (ISP) El ISP actúa como Laboratorio Nacional y de referencia, normalizador y supervisor de los laboratorios de Salud Pública, en los campos de microbiología, inmunología, bromatología, farmacología, laboratorio clínico, contaminación ambiental y salud ocupacional
22. FUNCIONES DEL ISP Sus funciones se refieren: Al control de calidad de los medicamentos y demás productos afectos a control sanitario. Autorizar la instalación y supervisar el funcionamiento de laboratorios. Autorizar y registrar los medicamentos. Controlar las condiciones para su internación, exportación, fabricación, distribución, expendio, propaganda, promoción y uso. Además, lleva a cabo la producción de algunos productos biológicos.
23. CENTRAL DE ABASTECIMIENTO DEL SNSS Es un organismo descentralizado, dependiente del Ministerio de Salud. Su función es adquirir y proveer de medicamentos, instrumental y otros elementos e insumos a los establecimientos y personas pertenecientes o adscritas al Sistema Nacional de Servicios de Salud, para que estos ejecuten las acciones de salud que les corresponden para cumplir los planes y programas del Ministerio.
24. FUNCIONES Adquirir y proveer de medicamentos, instrumental y otros elementos e insumos a los establecimientos y personas pertenecientes o adscritas al Sistema Nacional de Servicios de Salud. Para que estos ejecuten las acciones de salud que les corresponden para cumplir los planes y programas del Ministerio.
25. También le corresponde atender las necesidades en el caso de emergencias nacionales, cuando así lo dispone el Gobierno. Estas funciones se realizan sin perjuicio de la facultad de los servicios y establecimientos, de realizar sus adquisiciones a otros proveedores.
26. FONDO NACIONAL DE SALUD (FONASA) El FONASA es el ente encargado de recaudar, administrar y distribuir los dineros estatales, destinados a Salud. Constituye el Seguro Público de Salud, solidario y equitativo, sin discriminación de ninguna especie.
27. FUNCIONES FONASA Financiar las acciones de salud, la adquisición de equipos, instrumental, implementos y otros elementos de infraestructura que requiera el SNSS. Financiar totalmente, o en parte, las prestaciones que se otorguen bajo la modalidad de libre elección.
28. Otorgar préstamos a usuarios, para financiar acciones de Salud. Colaborar con el Ministerio de Salud, en la evaluación y definición de presupuesto de los Servicios de Salud y otros organismos relacionados con el presupuesto global de Salud.
29. FINANCIAMIENTO Los recursos de que el FONASA dispone, provienen de aportes de la ley de presupuesto nacional, de la cotización obligatoria de salud (7 %) de los trabajadores afiliados al sistema público, co-pagos de prestaciones y otros.
30. SUBSISTEMA PRIVADO El subsistema privado está formado por todas aquellas personas e instituciones que prestan servicios de salud acreditados por las instancias públicas pertinentes, pero que no pertenecen al SNSS.
32. CATEGORIAS: Instituciones y organismos que realizan estas prácticas, con fines de lucro: hospitales, clínicas, centros médicos, consultorios, laboratorios clínicos, farmacias y profesionales en general, que prestan atención de Salud bajo un modo y arancel de financiamiento, que ha sido establecido o preconvenido en forma particular. El nivel financiero está constituido por las Instituciones de Salud Previsional (ISAPRES).
33. Instituciones que las realizan sin fines de lucro: Cruz Roja, ONGs, departamentos médicos de mutuales, departamentos médicos de empresas, hospitales y otros servicios delegados.
34. MUTUALES Y ADMINISTRACIONES DELEGADAS Estas entidades surgen de la dictación, en 1.968, de la ley 16.744 de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.
35.
36. La ley 16.744 establece un seguro obligatorio de cargo del empleador, que protege a las siguientes personas: Todos los trabajadores por cuenta ajena. Funcionarios públicos de la administración civil del Estado, municipalidades e instituciones descentralizadas. Estudiantes que realizan trabajos para su plantel.
37. Trabajadores dependientes y trabajadores familiares. Estudiantes de establecimientos fiscales y particulares por accidentes que sufran con ocasión de sus estudios o práctica profesional.
38. ACCIDENTE DE TRABAJO Toda lesión que cause incapacidad o muerte y que se produzca, a causa o con ocasión del trabajo. Se incluyen los accidentes ocurridos en el trayecto directo, de ida o regreso, entre la habitación y el lugar de trabajo; y los sufridos por dirigentes sindicales, a causa del desempeño de sus labores gremiales.
39. Patrick Lawler tuvo un accidente laboral en el que un martillo mecánico le dejó un clavo incrustado en el cráneo
40. ENFERMEDAD PROFESIONAL Enfermedad causada de manera directa por el ejercicio de la profesión o el trabajo que realice una persona y que le produzca incapacidad o muerte
41. SILICOSIS LUMBAGO DERMATITIS TENDINITIS
42. BENEFICIOS: Las víctimas de un accidente del trabajo o enfermedad profesional, tienen derecho a atención médica integral gratuita, hasta la curación completa o mientras subsistan los síntomas de las secuelas causadas por el accidente o la enfermedad.
43. Tienen derecho a percibir un subsidio por incapacidad temporal, mientras dure el tratamiento hasta la curación, o hasta que se declare la invalidez del trabajador; en cuyo caso, debe recibir una indemnización o pensión. En caso de muerte del trabajador, su cónyuge, hijos, ascendientes y descendientes, causantes de asignación familiar, tienen derecho a una pensión de supervivencia.
44. FINANCIAMIENTO Este seguro se financia con una cotización básica general, de 0,9% de las remuneraciones imponibles y una cotización adicional diferenciada en función del riesgo y actividad de la empresa y que no puede exceder el 3,4% de las remuneraciones imponibles. Ambas, de cargo del empleador.
46. El sistema global de salud se financia desde múltiples fuentes, entre las que destacan: Los impuestos administrados por el Gobierno. Los tributos comunales administrados por las municipalidades. La cotización obligatoria del 7% del salario de los trabajadores afiliados a FONASA o ISAPRES, en virtud del régimen del seguro de salud.
47. El co-pago de bienes y servicios de salud por los usuarios mediante bonos a FONASA e ISAPRES. El aporte de las empresas en el pago del Seguro de Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales. El pago directo de los usuarios a los prestadores.
49. El sistema público atiende a: Los afiliados que realizan cotizaciones en FONASA y sus cargas familiares. Las mujeres embarazadas y hasta el 6° mes del hijo, sean o no beneficiarias o afiliadas al sistema. Los niños menores de 6 años. Las personas indigentes y las que gocen de pensiones asistenciales y sus cargas familiares.
50. Estos beneficiarios tienen derecho a recibir prestaciones entregadas por los establecimientos del SNSS, en las áreas de: Medicina preventiva: destinadas a la detección oportuna de tuberculosis, enfermedades de transmisión sexual, glaucoma, cáncer, diabetes, cardiopatías, hipertensión arterial, insuficiencia renal crónica y otras que puedan tener una evolución irreversible.
53. Es el primer nivel de la organización del sistema de Salud, que es aquel de mayor cobertura poblacional y menor complejidad. Corresponde a la red de establecimientos de atención ambulatoria.
54. La Atención Primaria en Salud, por su parte, es una estrategia de intervención "...es la asistencia sanitaria esencial basada en métodos y tecnologías prácticos, científicamente fundados y socialmente aceptables, puestos al alcance de todos los individuos y familias de la comunidad mediante su plena participación y a un costo que la comunidad y el país pueden soportar en todas y cada una de las etapas de su desarrollo, con un espíritu de autorresponsabilidad y autodeterminación".
55. COMPONENTES BÁSICOS: El enfoque intersectorial. La participación de la comunidad organizada. Uso de tecnologías apropiadas. Aplicación del enfoque de riesgo. Alta prioridad a la promoción y prevención de la salud en la comunidad.
56. El nivel primario de atención está constituido por Los consultorios generales, urbanos y rurales. Las postas rurales de Salud y las estaciones médico-rurales.
57. FINANCIAMIENTO El año 1.981, se inició el traspaso de estos establecimientos a la administración de las respectivas municipalidades, proceso prácticamente completado hacia 1.990. Los establecimientos son administrados en base a convenios entre los Servicios de Salud y las Municipalidades.
58. PROGRAMAS INNOVADORES Implementación de Servicios de Atención Primaria de Urgencia (SAPU). Programa Nacional de Infecciones Respiratorias Agudas (IRA). Programa Nacional de Enfermedad Respiratorias Adulto (ERA). Programas de Salud Mental e implementación de los Centros de Salud Mental (COSAM). Implementación de laboratorios básicos y otros