SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 35
TRABAJO POR:
ERIKA VIVIANA ORREGO PULGARIN
MONICA PATRICIA URREGO CARRILLO
RETOS DE LA EDUCACIÓN INFANTIL EN COLOMBIA
POLÍTICAS EDUCATIVAS INTERNACIONALES
DECLARACIÓN MUNDIAL SOBRE EDUCACIÓN PARA TODOS
"SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES BÁSICAS DE APRENDIZAJE"
JOMTIEN, TAILANDIA, 5 AL 9 DE MARZO, 1990
Recordando, que la educación es un derecho fundamental de todos, hombres y mujeres, de
todas las edades y en el mundo entero.
Reconociendo que la educación puede contribuir a lograr un mundo más seguro, o más sano,
más próspero y ambientalmente más puro y que al mismo tiempo favorece el progreso social,
económico y cultural, la tolerancia y la cooperación internacional.
Consciente de que una adecuada educación básica es fundamental para fortalecer los niveles
superiores de la educación y de la enseñanza y la formación científica y tecnológica y, por
consiguiente, para alcanzar un desarrollo autónomo.
Reconociendo la necesidad de ofrecer a las generaciones presentes y venideras una visión
ampliada de la educación básica y un renovado compromiso en favor de ella, para hacer frente
a la amplitud y a la complejidad del desafío, proclamamos la siguiente.
EDUCACIÓN PARA TODOS: OBJETIVOS
Educación para Todos: Objetivos
Artículo 1. Satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje
Cada persona -niño, joven o adulto- deberá estar en condiciones de aprovechar
las oportunidades educativas ofrecidas para satisfacer sus necesidades básicas de
aprendizaje. Estas necesidades abarcan tanto las herramientas esenciales para el
aprendizaje (como la lectura y la escritura, la expresión oral, el cálculo, la solución
de problemas) como los contenidos básicos del aprendizaje (conocimientos
teóricos y prácticos, valores y actitudes) necesarios para que los seres humanos
puedan sobrevivir, desarrollar plenamente sus capacidades, vivir y trabajar con
dignidad, participar plenamente en el desarrollo, mejorar la calidad de su vida,
tomar decisiones fundamentadas y continuar aprendiendo.
Artículo 2. Perfilando la visión
Satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje exige algo más que una
renovación del compromiso con la educación básica en su estado actual. Lo
se requiere es una “visión ampliada” que vaya más allá de los recursos actuales,
las estructuras institucionales, los planes de estudios y los sistemas tradicionales
de instrucción, tomando como base lo mejor de las prácticas en uso. Hoy día
existen nuevas posibilidades que son fruto de la convergencia entre el
de la información y la capacidad sin precedentes de comunicación. Esas
posibilidades debemos aprovecharlas con espíritu creador y con la
de acrecentar su eficacia..
Artículo 3. Universalizar el acceso a la educación y fomentar la equidad
La educación básica debe proporcionarse a todos los niños, jóvenes y adultos. Con tal fin
habría que aumentar los servicios educativos de calidad y tomar medidas coherentes para
reducir las desigualdades.
Artículo 4. Concentrar la atención en el aprendizaje
Que el incremento de las posibilidades de educación se traduzca en un desarrollo genuino del individuo
de la sociedad depende en definitiva de que los individuos aprendan verdaderamente como resultado
esas posibilidades, esto es, que verdaderamente adquieran conocimientos útiles, capacidad de
aptitudes y valores. En consecuencia, la educación básica debe centrarse en las adquisiciones y los
resultados efectivos del aprendizaje, en vez de prestar exclusivamente atención al hecho de
de participar de forma continuada en los programas de instrucción y de obtener el certificado final.
Artículo 5. Ampliar los medios y el alcance de la educación básica
La diversidad, la complejidad y el carácter cambiante de las necesidades básicas de aprendizaje de los
niños, jóvenes y adultos exigen ampliar y redefinir constantemente el alcance de la educación básica de
modo que en ella se incluyan los siguientes elementos:
El aprendizaje comienza con el nacimiento.
EI principal sistema para impartir la educación básica fuera de la familia es la escuela primaria.
Las necesidades básicas de aprendizaje de jóvenes y adultos son diversas y pueden satisfacerse
sistemas variados.
Artículo 8. Desarrollar políticas de apoyo
Es necesario desarrollar políticas de apoyo en los sectores social, cultural y
económico para poder impartir y aprovechar de manera cabal la educación básica
con vistas al mejoramiento del individuo y de la sociedad.
Dispensar educación básica a todos depende de un compromiso y una voluntad
políticos apoyados en adecuadas medidas fiscales y reforzados por reformas de
política educativa y por la vitalización de las instituciones. Una política apropiada
en materia de economía, comercio, trabajo, empleo y salud fortalecerá los
incentivos de quienes aprenden y su contribución al desarrollo de la sociedad.
Artículo 9. Movilizar los recursos
Si las necesidades básicas de aprendizaje para todos se han de satisfacer a través de
de alcance mucho más amplio que en el pasado, será esencial movilizar tanto los recursos
financieros y humanos existentes como los nuevos recursos, públicos, privados o
Todos los miembros de la sociedad tienen una contribución que aportar, teniendo presente
que el tiempo, la energía y los fondos consagrados a la educación básica constituyen quizá
inversión humana más importante que pueda hacerse para el futuro de un país.
Artículo 10. Fortalecer la solidaridad internacional
La satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje constituye una común y universal
tarea humana. Para llevar a cabo esa tarea se requieren la solidaridad internacional y unas
relaciones económicas justas y equitativas a fin de corregir las actuales disparidades
económicas. Todas las naciones tienen valiosos conocimientos y experiencias que compartir
con vistas a elaborar políticas y programas de educación eficaces.
CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO.
Adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25,
de 20 de noviembre de 1989
Entrada en vigor: 2 de septiembre de 1990, de conformidad con el artículo 49
La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional de
las Naciones unidas, firmado en 1989, a través del cual se enfatiza que los niños
tienen los mismos derechos que los adultos, y se subrayan aquellos derechos que
se desprenden de su especial condición de seres humanos que, por no haber
alcanzado el pleno desarrollo físico y mental, requieren de protección especial.
Es el primer tratado vinculante a nivel internacional que reúne en un único texto
sus derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales. El texto de la CDN
al que suscriben los Estados está compuesto por un conjunto de normas para la
protección de la infancia y los derechos del niño. Esto quiere decir que los Estados
que se adhieren a la convención se comprometen a cumplirla.
ALGUNOS ARTÍCULOS
Artículo 1
Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de
dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes
la mayoría de edad.
Artículo 2
Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su
aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la
raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional,
étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra
condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales.
Artículo 3
En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de
bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una
consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
Artículo 4
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole
para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que
a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas
hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del
de la cooperación internacional.
Artículo 35
Los Estados Partes tomarán todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral
sean necesarias para impedir el secuestro, la venta o la trata de niños para cualquier fin o en
cualquier forma.
Artículo 36
Los Estados Partes protegerán al niño contra todas las demás formas de explotación que sean
perjudiciales para cualquier aspecto de su bienestar.
Artículo 38
Los Estados Partes se comprometen a respetar y velar por que se respeten las normas del derecho
internacional humanitario que les sean aplicables en los conflictos armados y que sean pertinentes
para el niño.
Artículo 39
Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física y
psicológica y la reintegración social de todo niño víctima de: cualquier forma de abandono,
explotación o abuso; tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; o
conflictos armados. Esa recuperación y reintegración se llevarán a cabo en un ambiente que fomente la
salud, el respeto de sí mismo y la dignidad del niño.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA
ARTICULO 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud
y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una
familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación
y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono,
violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y
trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución,
en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia. La familia, la sociedad
y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo
armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de
la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de los
niños prevalecen sobre los derechos de los demás.
LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
Ley 115 de Febrero 8 de 1994
Por la cual se expide la ley general de educación.
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA
DECRETA:
Educación preescolar
ARTICULO 15. Definición de educación preescolar. La educación preescolar corresponde a la
ofrecida al niño para su desarrollo integral en los aspectos biológico, cognoscitivo, sicomotriz,
socio-afectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas.
ARTICULO 16. Objetivos específicos de la educación preescolar. Son objetivos específicos
del nivel preescolar:
a) El conocimiento del propio cuerpo y de sus posibilidades de acción, así como la
adquisición de su identidad y autonomía.
b) El crecimiento armónico y equilibrado del niño, de tal manera que facilite la motricidad,
aprestamiento y la motivación para la lecto-escritura y para las soluciones de problemas
impliquen relaciones y operaciones matemáticas.
c) El desarrollo de la creatividad, las habilidades y destrezas propias de la edad, como
también de su capacidad de aprendizaje; d) La ubicación espacio-temporal y el ejercicio
memoria
e) El desarrollo de la capacidad para adquirir formas de expresión, relación y comunicación
para establecer relaciones de reciprocidad y participación, de acuerdo con normas de
respeto, solidaridad y convivencia.
f) La participación en actividades lúdicas con otros niños y adultos.
g) El estímulo a la curiosidad para observar y explorar el medio natural, familiar y social.
h) El reconocimiento de su dimensión espiritual para fundamentar criterios de comportamiento.
i) La vinculación de la familia y la comunidad al proceso educativo para mejorar la calidad de vida de
los niños en su medio.
j) La formación de hábitos de alimentación, higiene personal, aseo y orden que generen conciencia
sobre el valor y la necesidad de la salud.
ARTICULO 17. Grado obligatorio. El nivel de educación preescolar comprende, como mínimo, un (1)
grado obligatorio en los establecimientos educativos estatales para niños menores de seis (6) años de
edad.
En los municipios donde la cobertura del nivel de educación preescolar no sea total, se generalizará el
grado de preescolar en todas las instituciones educativas estatales que tengan primer grado de básica,
en un plazo de cinco (5) años contados a partir de la vigencia de la presente Ley, sin perjuicio de los
grados existentes en las instituciones educativas que ofrezcan más de un grado de preescolar.
ARTICULO 18. Ampliación de la atención. El nivel de educación preescolar de tres grados se
generalizará en instituciones educativas del Estado o en las instituciones que establezcan
programas para la prestación de este servicio, de acuerdo con la programación que
determinen las entidades territoriales en sus respectivos planes de desarrollo.
Para tal efecto se tendrá en cuenta que la ampliación de la educación preescolar debe ser
gradual a partir del cubrimiento del ochenta por ciento (80%) del grado obligatorio de
preescolar establecido por la Constitución y al menos del ochenta por ciento (80%) de la
educación básica para la población entre seis (6) y quince (15) años.
LEY 1098 DE 2006
POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE LA INFANCIA
Y LA ADOLESCENCIA.
Desde el 8 de noviembre del año 2006 Colombia cuenta con Código de La Infancia y la Adolescencia. A
través de la ley 1098 de 2008, se reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos titulares de
derechos. Se establece en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y se hace desarrollo del
artículo 44 de la Constitución Política Nacional.
Esta ley está dirigida a todos los niños y niñas hasta la edad de 18 años, y también a aquellos que han
llegado a esta edad y se encuentran bajo medida especial de protección del Estado. Todos cobijados bajo
los principios universales de igualdad, dignidad, solidaridad, equidad y justicia social.
Sus enfoques buscan garantizar a los niños, niñas y adolescentes su desarrollo pleno y armonioso, en un
ambiente sano y de convivencia, así como también velar por sus derechos y libertades consagrados en los
instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes.
Igualmente en esta Ley se eliminan todos los beneficios penales para las personas que cometan
delitos contra los niños, niñas y adolescentes en el país. Se acaban las rebajas de penas por
sentencia anticipada o confesión, así como la casa por cárcel.
Con este nuevo Código se establece la protección integral como el reconocimiento de los
niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los
mismos, la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento
inmediato, en desarrollo del principio del "interés superior del niño".
PRINCIPIOS Y DEFINICIONES
Algunos son :
ARTÍCULO 1o. FINALIDAD.
Este código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y
armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un
ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la
dignidad humana, sin discriminación alguna.
ARTÍCULO 2o. OBJETO.
El presente código tiene por objeto establecer normas sustantivas y procesales para la
protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus
derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos,
en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y
protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado.
ARTÍCULO 3o. SUJETOS TITULARES DE DERECHOS.
Para todos los efectos de esta ley son sujetos titulares de derechos todas las personas menores
de 18 años. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34 del Código Civil, se entiende por
niño o niña las personas entre los 0 y los 12 años, y por adolescente las personas entre 12 y 18
años de edad
ARTÍCULO 25. DERECHO A LA IDENTIDAD.
Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a tener una identidad y a conservar
los elementos que la constituyen como el nombre, la nacionalidad y filiación conformes a
ley. Para estos efectos deberán ser inscritos inmediatamente después de su nacimiento, en
el registro del estado civil. Tienen derecho a preservar su lengua de origen, su cultura e
idiosincrasia.
ARTÍCULO 27. DERECHO A LA SALUD.
Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la salud integral. La salud es un
estado de bienestar físico, psíquico y fisiológico y no solo la ausencia de enfermedad.
Ningún Hospital, Clínica, Centro de Salud y demás entidades dedicadas a la prestación del
servicio de salud, sean públicas o privadas, podrán abstenerse de atender a un niño, niña
que requiera atención en salud.
.
ARTÍCULO 28. DERECHO A LA EDUCACIÓN.
Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Esta
será obligatoria por parte del Estado en un año de preescolar y nueve de educación
básica. La educación será gratuita en las instituciones estatales de acuerdo con los
términos establecidos en la Constitución Política. Incurrirá en multa hasta de 20 salarios
mínimos quienes se abstengan de recibir a un niño en los establecimientos públicos de
educación
Políticas educativas internacionales

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

La educación en la constitución guadalupe ruiz (1)
La educación en la constitución guadalupe ruiz (1)La educación en la constitución guadalupe ruiz (1)
La educación en la constitución guadalupe ruiz (1)Guadalupeyeruiz
 
Marco normativo nacional definitivo 1
Marco normativo nacional   definitivo 1Marco normativo nacional   definitivo 1
Marco normativo nacional definitivo 1NCecily
 
El Derecho a la Educación
El Derecho a la EducaciónEl Derecho a la Educación
El Derecho a la EducaciónEdward Rodriguez
 
Ley de juventud
Ley de juventudLey de juventud
Ley de juventudlaryenso
 
Matriz lizbeth (1)
Matriz lizbeth (1)Matriz lizbeth (1)
Matriz lizbeth (1)lizbethyanez
 
Como prevenir las drogas en los hogares colombianos
Como prevenir las drogas en los hogares colombianosComo prevenir las drogas en los hogares colombianos
Como prevenir las drogas en los hogares colombianosvalenmartinezleguizamon
 
Derecho a la educación entreculturas version2 nov. 2010
Derecho a la educación entreculturas version2 nov. 2010Derecho a la educación entreculturas version2 nov. 2010
Derecho a la educación entreculturas version2 nov. 2010troyasalfaroj
 
República dominicana ley_136-03
República dominicana ley_136-03República dominicana ley_136-03
República dominicana ley_136-03Alexander Vargas
 
MICRO PROYETO DE POLITICAS PÚBLICAS
MICRO PROYETO DE POLITICAS PÚBLICASMICRO PROYETO DE POLITICAS PÚBLICAS
MICRO PROYETO DE POLITICAS PÚBLICASGabyCifuentes5
 
Cuadro comparativo todas las reformas al articulo tercero
Cuadro comparativo todas las reformas al articulo tercero Cuadro comparativo todas las reformas al articulo tercero
Cuadro comparativo todas las reformas al articulo tercero GreverlyAlexisJosGar
 
La educación en la constitución guadalupe.r
La educación en la constitución guadalupe.rLa educación en la constitución guadalupe.r
La educación en la constitución guadalupe.rGuadalupeyeruiz
 
La educación en la constitución 1
La educación en la constitución 1La educación en la constitución 1
La educación en la constitución 1Guadalupeyeruiz
 

La actualidad más candente (18)

La educación en la constitución guadalupe ruiz (1)
La educación en la constitución guadalupe ruiz (1)La educación en la constitución guadalupe ruiz (1)
La educación en la constitución guadalupe ruiz (1)
 
Manual de convivencia
Manual de convivenciaManual de convivencia
Manual de convivencia
 
proyecto buen trato
proyecto buen tratoproyecto buen trato
proyecto buen trato
 
Derecho a la educación (análisis)
Derecho a la educación (análisis)Derecho a la educación (análisis)
Derecho a la educación (análisis)
 
Marco normativo nacional definitivo 1
Marco normativo nacional   definitivo 1Marco normativo nacional   definitivo 1
Marco normativo nacional definitivo 1
 
Ley Nacional de Juventud
Ley Nacional de JuventudLey Nacional de Juventud
Ley Nacional de Juventud
 
El Derecho a la Educación
El Derecho a la EducaciónEl Derecho a la Educación
El Derecho a la Educación
 
Ley nº 1063 (siñañi)
Ley nº 1063 (siñañi)Ley nº 1063 (siñañi)
Ley nº 1063 (siñañi)
 
Ley de juventud
Ley de juventudLey de juventud
Ley de juventud
 
Matriz lizbeth (1)
Matriz lizbeth (1)Matriz lizbeth (1)
Matriz lizbeth (1)
 
Entendiendo la ley fundamental de educación
Entendiendo la ley fundamental de educaciónEntendiendo la ley fundamental de educación
Entendiendo la ley fundamental de educación
 
Como prevenir las drogas en los hogares colombianos
Como prevenir las drogas en los hogares colombianosComo prevenir las drogas en los hogares colombianos
Como prevenir las drogas en los hogares colombianos
 
Derecho a la educación entreculturas version2 nov. 2010
Derecho a la educación entreculturas version2 nov. 2010Derecho a la educación entreculturas version2 nov. 2010
Derecho a la educación entreculturas version2 nov. 2010
 
República dominicana ley_136-03
República dominicana ley_136-03República dominicana ley_136-03
República dominicana ley_136-03
 
MICRO PROYETO DE POLITICAS PÚBLICAS
MICRO PROYETO DE POLITICAS PÚBLICASMICRO PROYETO DE POLITICAS PÚBLICAS
MICRO PROYETO DE POLITICAS PÚBLICAS
 
Cuadro comparativo todas las reformas al articulo tercero
Cuadro comparativo todas las reformas al articulo tercero Cuadro comparativo todas las reformas al articulo tercero
Cuadro comparativo todas las reformas al articulo tercero
 
La educación en la constitución guadalupe.r
La educación en la constitución guadalupe.rLa educación en la constitución guadalupe.r
La educación en la constitución guadalupe.r
 
La educación en la constitución 1
La educación en la constitución 1La educación en la constitución 1
La educación en la constitución 1
 

Destacado

Everyone Active Profile Presentation
Everyone Active Profile PresentationEveryone Active Profile Presentation
Everyone Active Profile Presentationleroy phillips
 
El corazon humano
El corazon humanoEl corazon humano
El corazon humanoGabo Reigns
 
Políticas educativas internacionales
Políticas educativas internacionalesPolíticas educativas internacionales
Políticas educativas internacionaleserihk
 
CSU Newsletter
CSU NewsletterCSU Newsletter
CSU NewsletterJ Ruiz
 
Prezentatsia1
Prezentatsia1Prezentatsia1
Prezentatsia1nvk-zosh7
 
أعمال التاكسيات
أعمال التاكسياتأعمال التاكسيات
أعمال التاكسياتahmed elsaid
 
Osos de peluches (1)
Osos de peluches (1)Osos de peluches (1)
Osos de peluches (1)gabriela_04
 
Proyecto emisora escolar
Proyecto emisora escolarProyecto emisora escolar
Proyecto emisora escolardayanaguti11
 
Science learning
Science learningScience learning
Science learningLipika Sahu
 
Osos de peluches (1)
Osos de peluches (1)Osos de peluches (1)
Osos de peluches (1)gabriela_04
 
Proyecto emisora escolar
Proyecto emisora escolarProyecto emisora escolar
Proyecto emisora escolardayanaguti11
 

Destacado (17)

Everyone Active Profile Presentation
Everyone Active Profile PresentationEveryone Active Profile Presentation
Everyone Active Profile Presentation
 
El corazon humano
El corazon humanoEl corazon humano
El corazon humano
 
Políticas educativas internacionales
Políticas educativas internacionalesPolíticas educativas internacionales
Políticas educativas internacionales
 
CSU Newsletter
CSU NewsletterCSU Newsletter
CSU Newsletter
 
Prezentatsia1
Prezentatsia1Prezentatsia1
Prezentatsia1
 
1. introduccion
1. introduccion1. introduccion
1. introduccion
 
أعمال التاكسيات
أعمال التاكسياتأعمال التاكسيات
أعمال التاكسيات
 
La valla
La valla La valla
La valla
 
Osos de peluches (1)
Osos de peluches (1)Osos de peluches (1)
Osos de peluches (1)
 
Proyecto emisora escolar
Proyecto emisora escolarProyecto emisora escolar
Proyecto emisora escolar
 
Science learning
Science learningScience learning
Science learning
 
Osos de peluches (1)
Osos de peluches (1)Osos de peluches (1)
Osos de peluches (1)
 
Nvk seminar
Nvk seminarNvk seminar
Nvk seminar
 
Juventude e Movimentos Sociais
Juventude e Movimentos SociaisJuventude e Movimentos Sociais
Juventude e Movimentos Sociais
 
El tiempo
El tiempoEl tiempo
El tiempo
 
Proyecto emisora escolar
Proyecto emisora escolarProyecto emisora escolar
Proyecto emisora escolar
 
Slideshare
SlideshareSlideshare
Slideshare
 

Similar a Políticas educativas internacionales

Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales pdf3.pdf
Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales pdf3.pdfPacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales pdf3.pdf
Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales pdf3.pdfFabioChvez2
 
Resumen politica infancia
Resumen politica infanciaResumen politica infancia
Resumen politica infanciamaritza_nv
 
La educación como derecho de orden público e interés nacional unidad 1
La  educación como derecho de orden público e interés nacional unidad 1La  educación como derecho de orden público e interés nacional unidad 1
La educación como derecho de orden público e interés nacional unidad 1Jose Francisco Silva Sanchez
 
Ley general de_educacion_28044
Ley general de_educacion_28044Ley general de_educacion_28044
Ley general de_educacion_28044Julio Alegria
 
normatividad en torno a la convivencia escolar.pptx
normatividad en torno a la convivencia escolar.pptxnormatividad en torno a la convivencia escolar.pptx
normatividad en torno a la convivencia escolar.pptxMissSabrinaCuriel
 
Ley 28044 y modificatorias educacion calidadyequidad
Ley 28044 y modificatorias educacion calidadyequidadLey 28044 y modificatorias educacion calidadyequidad
Ley 28044 y modificatorias educacion calidadyequidadNilo15SJ
 
Peru ley general de educacion 28044
Peru ley general de educacion 28044Peru ley general de educacion 28044
Peru ley general de educacion 28044bruss666
 
Ley general de educación° 28044
Ley general de educación° 28044Ley general de educación° 28044
Ley general de educación° 28044abelest7
 
Ley general de_educacion2003
Ley general de_educacion2003Ley general de_educacion2003
Ley general de_educacion2003Gabo Sual
 
Ley de etica de la administracion publica
Ley de etica de la administracion publicaLey de etica de la administracion publica
Ley de etica de la administracion publicaCarlos T. Chavez
 
Ley 28044 general de educacion
Ley 28044 general de educacionLey 28044 general de educacion
Ley 28044 general de educacionmartinianosunidos
 
Declaracion mundial-educacion-para-todospdf-1227974269476967-9
Declaracion mundial-educacion-para-todospdf-1227974269476967-9Declaracion mundial-educacion-para-todospdf-1227974269476967-9
Declaracion mundial-educacion-para-todospdf-1227974269476967-9amor 91
 

Similar a Políticas educativas internacionales (20)

Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales pdf3.pdf
Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales pdf3.pdfPacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales pdf3.pdf
Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales pdf3.pdf
 
Resumen politica infancia
Resumen politica infanciaResumen politica infancia
Resumen politica infancia
 
La educación como derecho de orden público e interés nacional unidad 1
La  educación como derecho de orden público e interés nacional unidad 1La  educación como derecho de orden público e interés nacional unidad 1
La educación como derecho de orden público e interés nacional unidad 1
 
La educación como derecho de orden público
La  educación como derecho de orden públicoLa  educación como derecho de orden público
La educación como derecho de orden público
 
253 201109141438
253 201109141438253 201109141438
253 201109141438
 
253 201109141438
253 201109141438253 201109141438
253 201109141438
 
Educacion calidad y equidad
Educacion calidad y equidadEducacion calidad y equidad
Educacion calidad y equidad
 
Ley general de_educacion_28044
Ley general de_educacion_28044Ley general de_educacion_28044
Ley general de_educacion_28044
 
Ley 28044
Ley 28044Ley 28044
Ley 28044
 
Ley general de_educacion2003
Ley general de_educacion2003Ley general de_educacion2003
Ley general de_educacion2003
 
normatividad en torno a la convivencia escolar.pptx
normatividad en torno a la convivencia escolar.pptxnormatividad en torno a la convivencia escolar.pptx
normatividad en torno a la convivencia escolar.pptx
 
Ley 28044 y modificatorias educacion calidadyequidad
Ley 28044 y modificatorias educacion calidadyequidadLey 28044 y modificatorias educacion calidadyequidad
Ley 28044 y modificatorias educacion calidadyequidad
 
Peru ley general de educacion 28044
Peru ley general de educacion 28044Peru ley general de educacion 28044
Peru ley general de educacion 28044
 
Ley general de educación° 28044
Ley general de educación° 28044Ley general de educación° 28044
Ley general de educación° 28044
 
Ley general de_educacion2003
Ley general de_educacion2003Ley general de_educacion2003
Ley general de_educacion2003
 
Ley de etica de la administracion publica
Ley de etica de la administracion publicaLey de etica de la administracion publica
Ley de etica de la administracion publica
 
Ley 28044
Ley 28044Ley 28044
Ley 28044
 
Ley 28044 general de educacion
Ley 28044 general de educacionLey 28044 general de educacion
Ley 28044 general de educacion
 
Carpeta pedagogica 2014
Carpeta pedagogica 2014Carpeta pedagogica 2014
Carpeta pedagogica 2014
 
Declaracion mundial-educacion-para-todospdf-1227974269476967-9
Declaracion mundial-educacion-para-todospdf-1227974269476967-9Declaracion mundial-educacion-para-todospdf-1227974269476967-9
Declaracion mundial-educacion-para-todospdf-1227974269476967-9
 

Último

Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdfNeurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfAngélica Soledad Vega Ramírez
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMarjorie Burga
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCCesarFernandez937857
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadAlejandrino Halire Ccahuana
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdfDemetrio Ccesa Rayme
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.José Luis Palma
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...JonathanCovena1
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...JAVIER SOLIS NOYOLA
 
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptxEcosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptxolgakaterin
 
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxTECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxKarlaMassielMartinez
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteRaquel Martín Contreras
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.amayarogel
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptxFelicitasAsuncionDia
 

Último (20)

Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdfNeurociencias para Educadores  NE24  Ccesa007.pdf
Neurociencias para Educadores NE24 Ccesa007.pdf
 
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdfSesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
Sesión de clase: Defendamos la verdad.pdf
 
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdfSELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
SELECCIÓN DE LA MUESTRA Y MUESTREO EN INVESTIGACIÓN CUALITATIVA.pdf
 
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grandeMAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
MAYO 1 PROYECTO día de la madre el amor más grande
 
Identificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PCIdentificación de componentes Hardware del PC
Identificación de componentes Hardware del PC
 
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdfTema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
Tema 8.- PROTECCION DE LOS SISTEMAS DE INFORMACIÓN.pdf
 
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la InvestigaciónUnidad 3 | Metodología de la Investigación
Unidad 3 | Metodología de la Investigación
 
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdadLecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
Lecciones 04 Esc. Sabática. Defendamos la verdad
 
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdfPlanificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria   2024   Ccesa007.pdf
Planificacion Anual 4to Grado Educacion Primaria 2024 Ccesa007.pdf
 
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza MultigradoPresentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
Presentacion Metodología de Enseñanza Multigrado
 
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
 
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
La empresa sostenible: Principales Características, Barreras para su Avance y...
 
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptxPower Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
Power Point: Fe contra todo pronóstico.pptx
 
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
ACERTIJO DE LA BANDERA OLÍMPICA CON ECUACIONES DE LA CIRCUNFERENCIA. Por JAVI...
 
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
Fe contra todo pronóstico. La fe es confianza.
 
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptxEcosistemas Natural, Rural y urbano  2021.pptx
Ecosistemas Natural, Rural y urbano 2021.pptx
 
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptxTECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
TECNOLOGÍA FARMACEUTICA OPERACIONES UNITARIAS.pptx
 
Historia y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arteHistoria y técnica del collage en el arte
Historia y técnica del collage en el arte
 
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.La triple Naturaleza del Hombre estudio.
La triple Naturaleza del Hombre estudio.
 
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptxRegistro Auxiliar - Primaria  2024 (1).pptx
Registro Auxiliar - Primaria 2024 (1).pptx
 

Políticas educativas internacionales

  • 1. TRABAJO POR: ERIKA VIVIANA ORREGO PULGARIN MONICA PATRICIA URREGO CARRILLO
  • 2. RETOS DE LA EDUCACIÓN INFANTIL EN COLOMBIA
  • 4. DECLARACIÓN MUNDIAL SOBRE EDUCACIÓN PARA TODOS "SATISFACCIÓN DE LAS NECESIDADES BÁSICAS DE APRENDIZAJE" JOMTIEN, TAILANDIA, 5 AL 9 DE MARZO, 1990 Recordando, que la educación es un derecho fundamental de todos, hombres y mujeres, de todas las edades y en el mundo entero. Reconociendo que la educación puede contribuir a lograr un mundo más seguro, o más sano, más próspero y ambientalmente más puro y que al mismo tiempo favorece el progreso social, económico y cultural, la tolerancia y la cooperación internacional. Consciente de que una adecuada educación básica es fundamental para fortalecer los niveles superiores de la educación y de la enseñanza y la formación científica y tecnológica y, por consiguiente, para alcanzar un desarrollo autónomo. Reconociendo la necesidad de ofrecer a las generaciones presentes y venideras una visión ampliada de la educación básica y un renovado compromiso en favor de ella, para hacer frente a la amplitud y a la complejidad del desafío, proclamamos la siguiente.
  • 5. EDUCACIÓN PARA TODOS: OBJETIVOS Educación para Todos: Objetivos Artículo 1. Satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje Cada persona -niño, joven o adulto- deberá estar en condiciones de aprovechar las oportunidades educativas ofrecidas para satisfacer sus necesidades básicas de aprendizaje. Estas necesidades abarcan tanto las herramientas esenciales para el aprendizaje (como la lectura y la escritura, la expresión oral, el cálculo, la solución de problemas) como los contenidos básicos del aprendizaje (conocimientos teóricos y prácticos, valores y actitudes) necesarios para que los seres humanos puedan sobrevivir, desarrollar plenamente sus capacidades, vivir y trabajar con dignidad, participar plenamente en el desarrollo, mejorar la calidad de su vida, tomar decisiones fundamentadas y continuar aprendiendo.
  • 6.
  • 7. Artículo 2. Perfilando la visión Satisfacer las necesidades básicas de aprendizaje exige algo más que una renovación del compromiso con la educación básica en su estado actual. Lo se requiere es una “visión ampliada” que vaya más allá de los recursos actuales, las estructuras institucionales, los planes de estudios y los sistemas tradicionales de instrucción, tomando como base lo mejor de las prácticas en uso. Hoy día existen nuevas posibilidades que son fruto de la convergencia entre el de la información y la capacidad sin precedentes de comunicación. Esas posibilidades debemos aprovecharlas con espíritu creador y con la de acrecentar su eficacia.. Artículo 3. Universalizar el acceso a la educación y fomentar la equidad La educación básica debe proporcionarse a todos los niños, jóvenes y adultos. Con tal fin habría que aumentar los servicios educativos de calidad y tomar medidas coherentes para reducir las desigualdades.
  • 8. Artículo 4. Concentrar la atención en el aprendizaje Que el incremento de las posibilidades de educación se traduzca en un desarrollo genuino del individuo de la sociedad depende en definitiva de que los individuos aprendan verdaderamente como resultado esas posibilidades, esto es, que verdaderamente adquieran conocimientos útiles, capacidad de aptitudes y valores. En consecuencia, la educación básica debe centrarse en las adquisiciones y los resultados efectivos del aprendizaje, en vez de prestar exclusivamente atención al hecho de de participar de forma continuada en los programas de instrucción y de obtener el certificado final. Artículo 5. Ampliar los medios y el alcance de la educación básica La diversidad, la complejidad y el carácter cambiante de las necesidades básicas de aprendizaje de los niños, jóvenes y adultos exigen ampliar y redefinir constantemente el alcance de la educación básica de modo que en ella se incluyan los siguientes elementos: El aprendizaje comienza con el nacimiento. EI principal sistema para impartir la educación básica fuera de la familia es la escuela primaria. Las necesidades básicas de aprendizaje de jóvenes y adultos son diversas y pueden satisfacerse sistemas variados.
  • 9.
  • 10. Artículo 8. Desarrollar políticas de apoyo Es necesario desarrollar políticas de apoyo en los sectores social, cultural y económico para poder impartir y aprovechar de manera cabal la educación básica con vistas al mejoramiento del individuo y de la sociedad. Dispensar educación básica a todos depende de un compromiso y una voluntad políticos apoyados en adecuadas medidas fiscales y reforzados por reformas de política educativa y por la vitalización de las instituciones. Una política apropiada en materia de economía, comercio, trabajo, empleo y salud fortalecerá los incentivos de quienes aprenden y su contribución al desarrollo de la sociedad.
  • 11. Artículo 9. Movilizar los recursos Si las necesidades básicas de aprendizaje para todos se han de satisfacer a través de de alcance mucho más amplio que en el pasado, será esencial movilizar tanto los recursos financieros y humanos existentes como los nuevos recursos, públicos, privados o Todos los miembros de la sociedad tienen una contribución que aportar, teniendo presente que el tiempo, la energía y los fondos consagrados a la educación básica constituyen quizá inversión humana más importante que pueda hacerse para el futuro de un país. Artículo 10. Fortalecer la solidaridad internacional La satisfacción de las necesidades básicas de aprendizaje constituye una común y universal tarea humana. Para llevar a cabo esa tarea se requieren la solidaridad internacional y unas relaciones económicas justas y equitativas a fin de corregir las actuales disparidades económicas. Todas las naciones tienen valiosos conocimientos y experiencias que compartir con vistas a elaborar políticas y programas de educación eficaces.
  • 12. CONVENCIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS DEL NIÑO. Adoptada y abierta a la firma y ratificación por la Asamblea General en su resolución 44/25, de 20 de noviembre de 1989 Entrada en vigor: 2 de septiembre de 1990, de conformidad con el artículo 49
  • 13. La Convención sobre los Derechos del Niño es un tratado internacional de las Naciones unidas, firmado en 1989, a través del cual se enfatiza que los niños tienen los mismos derechos que los adultos, y se subrayan aquellos derechos que se desprenden de su especial condición de seres humanos que, por no haber alcanzado el pleno desarrollo físico y mental, requieren de protección especial. Es el primer tratado vinculante a nivel internacional que reúne en un único texto sus derechos civiles, políticos, sociales, económicos y culturales. El texto de la CDN al que suscriben los Estados está compuesto por un conjunto de normas para la protección de la infancia y los derechos del niño. Esto quiere decir que los Estados que se adhieren a la convención se comprometen a cumplirla.
  • 14.
  • 15. ALGUNOS ARTÍCULOS Artículo 1 Para los efectos de la presente Convención, se entiende por niño todo ser humano menor de dieciocho años de edad, salvo que, en virtud de la ley que le sea aplicable, haya alcanzado antes la mayoría de edad. Artículo 2 Los Estados Partes respetarán los derechos enunciados en la presente Convención y asegurarán su aplicación a cada niño sujeto a su jurisdicción, sin distinción alguna, independientemente de la raza, el color, el sexo, el idioma, la religión, la opinión política o de otra índole, el origen nacional, étnico o social, la posición económica, los impedimentos físicos, el nacimiento o cualquier otra condición del niño, de sus padres o de sus representantes legales. Artículo 3 En todas las medidas concernientes a los niños que tomen las instituciones públicas o privadas de bienestar social, los tribunales, las autoridades administrativas o los órganos legislativos, una consideración primordial a que se atenderá será el interés superior del niño.
  • 16. Artículo 4 Los Estados Partes adoptarán todas las medidas administrativas, legislativas y de otra índole para dar efectividad a los derechos reconocidos en la presente Convención. En lo que a los derechos económicos, sociales y culturales, los Estados Partes adoptarán esas medidas hasta el máximo de los recursos de que dispongan y, cuando sea necesario, dentro del de la cooperación internacional. Artículo 35 Los Estados Partes tomarán todas las medidas de carácter nacional, bilateral y multilateral sean necesarias para impedir el secuestro, la venta o la trata de niños para cualquier fin o en cualquier forma.
  • 17. Artículo 36 Los Estados Partes protegerán al niño contra todas las demás formas de explotación que sean perjudiciales para cualquier aspecto de su bienestar. Artículo 38 Los Estados Partes se comprometen a respetar y velar por que se respeten las normas del derecho internacional humanitario que les sean aplicables en los conflictos armados y que sean pertinentes para el niño. Artículo 39 Los Estados Partes adoptarán todas las medidas apropiadas para promover la recuperación física y psicológica y la reintegración social de todo niño víctima de: cualquier forma de abandono, explotación o abuso; tortura u otra forma de tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; o conflictos armados. Esa recuperación y reintegración se llevarán a cabo en un ambiente que fomente la salud, el respeto de sí mismo y la dignidad del niño.
  • 18.
  • 19. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN
  • 20. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA ARTICULO 44. Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia. La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás.
  • 21.
  • 22. LEY GENERAL DE EDUCACIÓN Ley 115 de Febrero 8 de 1994 Por la cual se expide la ley general de educación. EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA DECRETA: Educación preescolar ARTICULO 15. Definición de educación preescolar. La educación preescolar corresponde a la ofrecida al niño para su desarrollo integral en los aspectos biológico, cognoscitivo, sicomotriz, socio-afectivo y espiritual, a través de experiencias de socialización pedagógicas y recreativas.
  • 23.
  • 24. ARTICULO 16. Objetivos específicos de la educación preescolar. Son objetivos específicos del nivel preescolar: a) El conocimiento del propio cuerpo y de sus posibilidades de acción, así como la adquisición de su identidad y autonomía. b) El crecimiento armónico y equilibrado del niño, de tal manera que facilite la motricidad, aprestamiento y la motivación para la lecto-escritura y para las soluciones de problemas impliquen relaciones y operaciones matemáticas. c) El desarrollo de la creatividad, las habilidades y destrezas propias de la edad, como también de su capacidad de aprendizaje; d) La ubicación espacio-temporal y el ejercicio memoria e) El desarrollo de la capacidad para adquirir formas de expresión, relación y comunicación para establecer relaciones de reciprocidad y participación, de acuerdo con normas de respeto, solidaridad y convivencia. f) La participación en actividades lúdicas con otros niños y adultos.
  • 25. g) El estímulo a la curiosidad para observar y explorar el medio natural, familiar y social. h) El reconocimiento de su dimensión espiritual para fundamentar criterios de comportamiento. i) La vinculación de la familia y la comunidad al proceso educativo para mejorar la calidad de vida de los niños en su medio. j) La formación de hábitos de alimentación, higiene personal, aseo y orden que generen conciencia sobre el valor y la necesidad de la salud. ARTICULO 17. Grado obligatorio. El nivel de educación preescolar comprende, como mínimo, un (1) grado obligatorio en los establecimientos educativos estatales para niños menores de seis (6) años de edad. En los municipios donde la cobertura del nivel de educación preescolar no sea total, se generalizará el grado de preescolar en todas las instituciones educativas estatales que tengan primer grado de básica, en un plazo de cinco (5) años contados a partir de la vigencia de la presente Ley, sin perjuicio de los grados existentes en las instituciones educativas que ofrezcan más de un grado de preescolar.
  • 26. ARTICULO 18. Ampliación de la atención. El nivel de educación preescolar de tres grados se generalizará en instituciones educativas del Estado o en las instituciones que establezcan programas para la prestación de este servicio, de acuerdo con la programación que determinen las entidades territoriales en sus respectivos planes de desarrollo. Para tal efecto se tendrá en cuenta que la ampliación de la educación preescolar debe ser gradual a partir del cubrimiento del ochenta por ciento (80%) del grado obligatorio de preescolar establecido por la Constitución y al menos del ochenta por ciento (80%) de la educación básica para la población entre seis (6) y quince (15) años.
  • 27.
  • 28. LEY 1098 DE 2006 POR LA CUAL SE EXPIDE EL CÓDIGO DE LA INFANCIA Y LA ADOLESCENCIA. Desde el 8 de noviembre del año 2006 Colombia cuenta con Código de La Infancia y la Adolescencia. A través de la ley 1098 de 2008, se reconoce a los niños, niñas y adolescentes como sujetos titulares de derechos. Se establece en la Convención Internacional de los Derechos del Niño y se hace desarrollo del artículo 44 de la Constitución Política Nacional. Esta ley está dirigida a todos los niños y niñas hasta la edad de 18 años, y también a aquellos que han llegado a esta edad y se encuentran bajo medida especial de protección del Estado. Todos cobijados bajo los principios universales de igualdad, dignidad, solidaridad, equidad y justicia social. Sus enfoques buscan garantizar a los niños, niñas y adolescentes su desarrollo pleno y armonioso, en un ambiente sano y de convivencia, así como también velar por sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes.
  • 29.
  • 30. Igualmente en esta Ley se eliminan todos los beneficios penales para las personas que cometan delitos contra los niños, niñas y adolescentes en el país. Se acaban las rebajas de penas por sentencia anticipada o confesión, así como la casa por cárcel. Con este nuevo Código se establece la protección integral como el reconocimiento de los niños, niñas y adolescentes como sujetos de derechos, la garantía y cumplimiento de los mismos, la prevención de su amenaza o vulneración y la seguridad de su restablecimiento inmediato, en desarrollo del principio del "interés superior del niño". PRINCIPIOS Y DEFINICIONES Algunos son : ARTÍCULO 1o. FINALIDAD. Este código tiene por finalidad garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión. Prevalecerá el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna.
  • 31.
  • 32. ARTÍCULO 2o. OBJETO. El presente código tiene por objeto establecer normas sustantivas y procesales para la protección integral de los niños, las niñas y los adolescentes, garantizar el ejercicio de sus derechos y libertades consagrados en los instrumentos internacionales de Derechos Humanos, en la Constitución Política y en las leyes, así como su restablecimiento. Dicha garantía y protección será obligación de la familia, la sociedad y el Estado. ARTÍCULO 3o. SUJETOS TITULARES DE DERECHOS. Para todos los efectos de esta ley son sujetos titulares de derechos todas las personas menores de 18 años. Sin perjuicio de lo establecido en el artículo 34 del Código Civil, se entiende por niño o niña las personas entre los 0 y los 12 años, y por adolescente las personas entre 12 y 18 años de edad
  • 33. ARTÍCULO 25. DERECHO A LA IDENTIDAD. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a tener una identidad y a conservar los elementos que la constituyen como el nombre, la nacionalidad y filiación conformes a ley. Para estos efectos deberán ser inscritos inmediatamente después de su nacimiento, en el registro del estado civil. Tienen derecho a preservar su lengua de origen, su cultura e idiosincrasia. ARTÍCULO 27. DERECHO A LA SALUD. Todos los niños, niñas y adolescentes tienen derecho a la salud integral. La salud es un estado de bienestar físico, psíquico y fisiológico y no solo la ausencia de enfermedad. Ningún Hospital, Clínica, Centro de Salud y demás entidades dedicadas a la prestación del servicio de salud, sean públicas o privadas, podrán abstenerse de atender a un niño, niña que requiera atención en salud. .
  • 34. ARTÍCULO 28. DERECHO A LA EDUCACIÓN. Los niños, las niñas y los adolescentes tienen derecho a una educación de calidad. Esta será obligatoria por parte del Estado en un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones estatales de acuerdo con los términos establecidos en la Constitución Política. Incurrirá en multa hasta de 20 salarios mínimos quienes se abstengan de recibir a un niño en los establecimientos públicos de educación