Este documento compara las características y naturaleza jurídica de diferentes tipos de sociedades mercantiles en Venezuela de acuerdo al Código de Comercio, incluyendo la sociedad anónima, sociedad de responsabilidad limitada, compañías en nombre colectivo, compañías en comandita simple y compañías en comandita por acciones. Resalta las diferencias en términos de su constitución, capital social, responsabilidad de los socios, representación y artículos del Código de Comercio que las rigen.
1. UNIVERSIDAD FERMIN TORO
VICE RECTORADO ACADEMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURIDICAS Y POLITICAS
ESCUELA DE DERECHO
Colmenárez Fabiola
C.I. V-24.550.110
SAIA B
Barquisimeto, Septiembre 2015
2. Sociedades
Mercantiles
Sociedad o Compañía
Anónima
Sociedad de
Responsabilidad Limitada
Diferencias
Esta constituida por dos o
mas personas.
El capital social está dividido
por acciones o títulos de
valores que pueden cederse
sin el consentimiento de los
demás socios.
Existe una Junta
Administrativa.
Esta constituida por un
mínimo de una persona.
El capital estará integrado
por las aportaciones de
todos los socios, divido en
participaciones sociales,
indivisibles y acumulables.
Su responsabilidad es
limitada al capital aportado.
Existen dos Gerentes.
Naturaleza
Jurídica
Artículo 201 Ordinal 3 del
Código de Comercio.
Artículos 242 al 311
Ejusdem.
Artículo 201 Ordinal 4 del
Código de Comercio.
Artículos 212 al 336
Ejusdem.
3. Sociedades
Mercantiles
Compañías en
Nombre Colectivo
Compañías en
Comandita
Simple
Compañías en
Comandita por
Acciones
Diferencias
Esta constituida por
una Razón Social.
Los socios deben
responder con su
aporte de capital y
con sus bienes
personales.
Las participaciones
están representadas
por Cuotas.
La administración
corresponde a los
socios.
Esta constituida
por una Razón
Social.
Se compone de
uno o mas
socios o
comanditos.
Se representan
por Cuotas.
Esta constituida
por uno o mas
socios
comanditados
que responden
de manera
subsidiaria.
Se representan
por Cuotas y
Acciones.
Naturaleza
Jurídica
Artículos 227 al 234
del Código de
Comercio.
Artículos 234 al
241 del Código
de Comercio.
Artículos 234 al
241 del Código
de Comercio.