Presentación del Dr. Absalón Méndez Cegarra, en el I Encuentro Nacional de Profesores Universitarios sobre los sistemas de previsión social que el estado y las universidades debe proveer a su personal académico.
2. PREVISIÓN SOCIAL DE LOS MIEMBROS
DEL PERSONAL DOCENTE Y DE
INVESTIGACIÓN DE LAS
UNIVERSIDADES NACIONALES
Absalón Méndez Cegarra
FAPUV
3. I. Aspectos Conceptuales
1 -¿Qué se entiende por previsión social?
Por previsión social se entiende la conducta
(individual – grupal) orientada a la protección de
las personas en relación con ciertas contingencias
o estados de necesidad que pueden ocurrir tanto
en la vida cotidiana como en la vida laboral.
4. La previsión social comporta, a su
vez, dos conductas o actos:
a) Prever, es decir, mirar anticipadamente los
riesgos a los que las personas están expuestas.
b) Proveer, es decir, disponer de los recursos que
permitan solventar el estado de necesidad y
siniestro una vez que ocurre.
5. 2- Relación conceptual entre:
Protección Social. Previsión Social.
Seguridad Social. Bienestar Social
6. FORMAS DE PROTECCIÓN SOCIAL
a) Formas de protección
son todas las medidas o
modalidades ideadas por
los seres humanos para
brindar ayuda a las
personas que la necesitan
b) Formas de Previsión Social, son
modalidades técnicas de protección
social, en las que se consideran
algunos estados de necesidad
(prever) y se acumulan recursos
para su satisfacción (proveer)
CARIDAD MUTUALIDAD
PREVISIÓN
SOCIAL
ASISTENCIA
SOCIAL
SEGURIDAD SOCIAL
BIENESTAR SOCIAL
7. II. Base Constitucional y Legal de la Previsión
Social de los Miembros del Personal Docente y de
Investigación de las Universidades Nacionales.
1. Base Constitucional
“La educación estará a cargo de personas de reconocida
moralidad y de comprobada idoneidad académica. El
Estado estimulará su actualización permanente y les
garantizará la estabilidad en el ejercicio de la carrera
docente, bien sea pública o privada, atendiendo a esta
Constitución y a la ley, en un régimen de trabajo y nivel
de vida acorde con su elevada misión (…)”. Artículo 104 de
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela
(CRBV)
8. 2. Base Legal
“Las Universidades deben protección a los miembros de su
personal docente y de investigación y procurarán, por todos los
medios, su bienestar y mejoramiento. A este fin, la Universidad
establecerá los sistemas que permitan cubrir los riesgos de
enfermedad, muerte o despido; creará centros sociales,
vacacionales y recreativos; fundará una caja de previsión social, y
abogará porque los miembros del personal docente y de
investigación, así como sus familiares, se beneficien en todos
aquellos servicios médicos o sociales que se presten a través de sus
institutos y dependencias”. (Artículo 114. Ley de Universidades)
9. III. Bases Reglamentarias y
Contractuales
1) Reglamentos Internos o Estatutos de
Personal
2) Contratos Colectivos
3) Normas de Homologación
4) Convención Colectiva Única
10. IV. Previsión Social de los Miembros del Personal
Docente y de Investigación de las Universidades
Nacionales
CONTINGENCIAS
AMPARADAS
CAMPO DE
APLICACIÓN
PERSONAL.
PERSONAS CON
DERECHO
PRESTACIONES
MONTO O CUANTÍA DE
LAS PRESTACIONES
REQUISITOS
ÓRGANO
GESTOR
FUENTES DE
FINANCIAMIENTO
Vejez –
Jubilación
Profesor
Ordinario
Pensión -
Jubilación
• 100% última
remuneración
• Promedio
últimas
remuneraciones
• Ajustable en el
tiempo
• Vitalicia
• Artículo 102
de la Ley de
Universidades:
20 años de
servicios y 60
de edad. 25
años de
servicios y
cualquier edad.
• Normas Sub-
legales y
contractuales
Universidad • Estado
(Presupuesto
Universitario)
• Cotización al
Fondo de
Jubilaciones y
Pensiones en
porcentajes
variables
11. IV. Previsión Social de los Miembros del Personal
Docente y de Investigación de las Universidades
Nacionales
CONTINGENCIAS
AMPARADAS
CAMPO DE
APLICACIÓN
PERSONAL.
PERSONAS CON
DERECHO
PRESTACIONES MONTO O CUANTÍA REQUISITOS ÓRGANO GESTOR
FUENTES DE
FINANCIAMIENTO
Enfermedad o
Accidente
Profesor Afiliado
y su grupo
familiar
• Medicina
Ambulatoria
• Medicina
Hospitalaria
(HCM)
• Medicinas
• Prótesis
• Rehabilitación
•Básica. Muy baja.
HCM.
• Ilimitada
•Exclusiones
•Preexistencia
•Tiempo de espera
•Complementaria
•Estatutarios
•Contractuales
• Universidad
•Institutos de
Previsión Social
Otros
•Universidad. (Póliza
Básica) monto
variable
•Acuerdos Federativos
(NH)
•Caja de Ahorro
•Fondo de
Jubilaciones
•Pagos directos
(afiliado)
12. IV. Previsión Social de los Miembros del Personal
Docente y de Investigación de las Universidades
Nacionales
CONTINGENCIAS
AMPARADAS
CAMPO DE
APLICACIÓN
PERSONAL.
PERSONAS CON
DERECHO
PRESTACIONES MONTO O CUANTÍA REQUISITOS ÓRGANO GESTOR
FUENTES DE
FINANCIAMIENTO
Discapacidad Profesor Ordinario
Pensión – Discapacidad
(Invalidez)
Porcentaje último
salario
• Calificación
de la
Discapacidad.
A partir de
décimo año
de servicio.
Artículo 102.
Ley de
Universidades
Universidad Universidad
Muerte
(Sobrevivencia)
Profesor Afiliado
Montepío
Asignaciones Funerarias
Pensión de Sobrevivencia
Variable
Únicos y
Universales
Herederos
- Universidad
- Instituto de
Previsión Social
- Seguro
Funerario
- Universidad
- Pagos directos
13. IV. Previsión Social de los Miembros del Personal
Docente y de Investigación de las Universidades
Nacionales
CONTINGENCIAS
AMPARADAS
CAMPO DE
APLICACIÓN
PERSONAL.
PERSONAS CON
DERECHO
PRESTACIONES MONTO O CUANTÍA REQUISITOS ÓRGANO GESTOR
FUENTES DE
FINANCIAMIENTO
Vivienda
Profesor
Afiliado
Créditos
Hipotecarios
Muy baja. Carece
de significación
Miembro de la
Caja de Ahorro
Caja de Ahorro
Aportes a la Caja
de Ahorro
Educación
• Profesor
Afiliado
• Grupo
familiar
calificado
•Becas,
Créditos
Educativos,
Subsidios
Variable
Profesor
Afiliado
• Universidad
•Instituto de
Previsión Social
•Asociación de
Profesores
• Universidad
• Pagos directos
• Aportes a la
Caja de Ahorro
14. IV. Previsión Social de los Miembros del Personal
Docente y de Investigación de las Universidades
Nacionales
CONTINGENCIAS
AMPARADAS
CAMPO DE
APLICACIÓN
PERSONAL.
PERSONAS CON
DERECHO
PRESTACIONES MONTO O CUANTÍA REQUISITOS ÓRGANO GESTOR
FUENTES DE
FINANCIAMIENTO
Recreación
• Profesor
Afiliado
•Grupo Familiar
calificado
Casa del
Profesor
Mínimas
prestaciones
Profesor
Afiliado
Asociación de
Profesores
Pagos directos
Formación
Académica
Profesor
Ordinario
•Becas.
•Año Sabático
Mínimas
prestaciones
Variable Universidad Universidad
Asignación
Económica
por Gastos
Funerarios
Profesor
Afiliado
Cobertura de
Gastos Funerarios
Total o parcial
Inscrito en
Plan
Funerario
•IPP –
Asociación de
Profesores
•Pago directo -
Eventualmente
Aporte de la
Universidad
15. OBSERVACIONES GENERALES
El cuadro anterior resume, en términos generales, el
conjunto de prestaciones que recibe el profesorado
universitario, con la característica que varía en cada
Institución, tanto en cuantía como en requisitos
exigidos, sobre todo en lo que respecta a
financiamiento, que oscila en una banda que va desde
cero contribución directa (financiamiento) y cobertura
total del siniestro o necesidad, hasta cien por ciento
financiamiento a cargo del profesor. En consecuencia,
cero homologación.
Sobre este particular es importante destacar lo
siguiente:
16. 1. Los Miembros del Personal Docente y de Investigación, no cuentan con
un Sistema Propio de Seguridad Social bien sustentado institucional,
organizativo, gerencial y financieramente.
2. Lo existente en materia de prestaciones es variable, no homologado.
3. El financiamiento de las prestaciones, en lo fundamental, corre a cargo
del profesorado. La contribución de la Universidad, en la mayoría de los
casos, es mínima y extemporánea.
17. 4. Los logros alcanzados es producto de la lucha gremial. La
Universidad poco aporta al respecto, muchas veces interfiere,
con lo que incumple el mandato establecido en el Artículo 114 de
la Ley de Universidades.
5. La Universidad incumple con lo establecido en la Ley de
Universidades, en la Contratación Colectiva, en las Normas de
Homologación y en la Primera Convención Colectiva Única. El
gremio (Asociaciones de Profesores) se muestra en extremo
débil, complaciente y, hasta cómplice, ante el incumplimiento
legal y contractual.
18. 6. Los Miembros del Personal Docente y de Investigación
Jubilados o Pensionados, comienzan a constituirse en
el grupo olvidado de la lucha gremial y de la atención
institucional.
7. La Universidad, en términos generales y, por diversas
causas, se ha desdibujado como patrono de los
Miembros del Personal Docente y de Investigación.
19. ¿QUÉ HACER? ACCIONES URGENTES
1. Crear un Programa Nacional de Atención Especial a los
Profesores Adultos Mayores que incluya una red nacional de
casas -hogares para aquellos profesores que por diversas
circunstancias lo requieran. A manera de ejemplo, el promedio
de edad de la población afiliada al IPP.UCV es: 67 años.
2. Desarrollar un verdadero Programa de Cuidado Integral
de la Salud propio, el cual puede ser auto-administrado,
contratado con terceros, convenios, etc., con cobertura ilimitada,
sin exclusiones, sin tiempos de espera y financiado mediante
diversas fuentes (Caja de Ahorro, Fondo de Jubilaciones,
Acuerdos Federativos, Aportes Institucionales, Aportes
Directos).
20. 3. Mantenimiento, consolidación y fortalecimiento del
Régimen de Jubilaciones y Pensiones de carácter contributivo
directo; pero, uniforme o igual en todas las Universidades
Nacionales.
4. Creación de una red nacional de Centros de Recreación y
Programas de Turismo Social, tipo Círculos Militares.
5. Creación de un Fondo Nacional para el desarrollo de
Programas Habitacionales.
21. 6. Creación y Fortalecimiento de una Política Crediticia
que permita el acceso a ciertos bienes y servicios.
7. Creación inmediata del Fideicomiso de Prestaciones
Sociales para que el profesor cobre este beneficio al
término de su relación laboral.
8. Reivindicación de la Universidad como patrono o
empleador y determinación de la responsabilidad patronal
de las Autoridades Universitarias.
22. 9. Reivindicación de la Contratación Colectiva como
vía para regular las relaciones laborales Universidad-
Profesores.
10. Desarrollar acciones orientadas a la defensa del
profesor jubilado y pensionado para que se respete su
condición y la homologación respecto a los profesores
ordinarios.