La Norma Oficial Mexicana NOM-011-SSA2-2011 establece lineamientos para prevenir y controlar la rabia humana y en perros y gatos. Describe a la rabia como una enfermedad viral aguda y mortal transmitida por fluidos de animales infectados. La norma es de cumplimiento obligatorio en todo México para centros de salud y de atención canina involucrados en acciones antirrábicas. Detalla protocolos de vacunación, vigilancia epidemiológica y tratamiento post-exposición.
1. Norma Oficial Mexicana NOM- 011-SSA2-2011,
Para la prevención y control de la rabia humana y
en los perros y gatos.
2. • Enfermedad infectocontagiosa, aguda y mortal,
que afecta al sistema nervioso central, causada
por un virus del género Lyssavirus y de la familia
Rhabdoviridae, presente en los fluidos de
personas o animales susceptibles de transmitir
la enfermedad como son perro, gato,
murciélago, zorrillo u otro animal.
3. • Esta norma tiene como objetivo establecer los
lineamientos y criterios de operación para la prevención
y control de la rabia humana y en los perros y gatos
Campo de aplicación
• Esta norma es de observancia obligatoria en todo el
territorio nacional para los establecimientos para la
atención médica, centros de atención canina, así como
para los profesionales, técnicos y auxiliares de la salud
de los sectores público, social y privado del Sistema
Nacional de Salud que llevan a cabo acciones
antirrábicas.
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8. • Vacunación antirrábica: a la administración de
antígenos rábicos a una persona o animal, en la dosis
adecuada con el propósito de inducir la producción de
anticuerpos específicos contra la rabia a niveles
protectores.
• Zoonosis: a las enfermedades que en condiciones
naturales se transmiten de los animales vertebrados al
hombre.
• Reservorio: a cualquier animal donde vive normalmente
un agente infeccioso y cuya presencia puede constituir
un riesgo para la salud pública.
• Lamedura: a la acción en la cual un animal pasa su
lengua por cualquier parte del cuerpo de otro animal o
9. • Inmunoglobulina antirrábica humana: a la solución
estéril de globulinas antirrábicas que se obtiene de
sangre humana utilizada como agente inmunogénico
pasivo.
• Área endémica: al sitio geográfico bien definido donde
se presenta habitualmente la rabia animal.
10. De acuerdo con la CIE 10 de la OMS, la rabia
humana se clasifica como:
• Rabia A82
• Rabia silvestre A82.0
• Rabia urbana A82.1
• Sin otra especificación A82.9.
11. Para efectos de esta Norma se han dividido
las actividades en:
• medidas de prevención
• Medidas de control
• Vigilancia epidemiológica
12. • La prevención de la rabia entre la
población en general se lleva a cabo
mediante actividades de promoción de la
salud, protección a grupos de población en
riesgo, vacunación en animales de
compañía, conservación y manejo de los
biológicos antirrábicos.
13. • Se llevan a cabo, cuando se han
presentado casos de rabia en humano, en
perro y/o gato confirmado por laboratorio,
o bien al ocurrir la exposición de una o
más personas con un perro o gato
sospechoso, animal doméstico de interés
económico en zona endémica así como
con animal silvestre.
14. Ante la sospecha de un caso de rabia en humano, el personal de salud acudirá al
lugar donde se presentó y corroborará los signos o síntomas sugestivos de la
enfermedad, los cuales son:
• a) Cefalea
• b) Fiebre
• c) Dolor radial en los sitios de la agresión
• d) Angustia
• e) Paresias
• f) Hidrofobia
• g) Aerofobia
• h) Fotofobia
• i) Parálisis
• j) Escurrimiento salival
• k) Deshidratación
• l) Delirio
• m) Convulsiones
• n) Muerte
15. • La notificación de los casos sospechosos,
probables, confirmados o descartados de
rabia humana, deberá efectuarse
siguiendo los lineamientos señalados en la
Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-
1994, citada en el apartado de Referencias
del presente documento
16. • El tratamiento se llevará a cabo mediante la aplicación
de vacuna antirrábica humana y, según sea el caso, la
aplicación de Inmunoglobulina antirrábica humana,
conforme al tratamiento pre o post exposición como se
especifica en la Guía para la atención médica y
antirrábica de la persona expuesta al virus de la rabia,
disponible en la página de internet oficial del
CENAPRECE.
17. Tratamiento Pauta terapéutica
Limpieza de heridas Todas las profilaxis para la posexposición deben comenzar con
la limpieza minuciosa e inmediata de todas las heridas con
agua y jabón. Enjuague las heridas con un viricida, como por
ejemplo, solución de povidona yodada, si cuenta con él.
Inmunoglobulina antirrábica (RIG) De ser posible, se debe infiltrar la dosis completa alrededor de
cualquier herida y la cantidad sobrante se debe administrar de
manera intramuscular en cualquier sitio anatómico distante del
sitio de la vacuna. Además, la inmunoglobulina antirrábica no
se debe administrar con la misma jeringa usada para la
vacuna. Debido a que la inmunoglobulina antirrábica puede
suprimir parcialmente la producción de anticuerpos, no se debe
administrar más de la dosis recomendada.
Vacuna HDCV o PCECV 1.0 mL, intramuscular (área deltoidea), una en
los días 0, 3, 7 y 14.
18. Tratamiento Pauta terapéutica
Limpieza de heridas Todas las profilaxis para la posexposición
deben comenzar con la limpieza minuciosa
e inmediata de todas las heridas con agua
y jabón. Enjuague las heridas con un
viricida, como por ejemplo, solución de
povidona yodada, si cuenta con él.
Inmunoglobulina antirrábica (RIG) No se debe administrar la inmunoglobulina
antirrábica
Vacuna HDCV o PCECV 1.0 mL, intramuscular
(área deltoidea), una en los días 0 y 3.
Profilaxis para la pos-exposición en personas que hayan recibido la
vacuna anteriormente