Este documento presenta las normas de auditoría que los contadores públicos deben seguir al realizar auditorías o exámenes de estados financieros. Describe normas personales relacionadas con la independencia, habilidades y diligencia del contador, así como normas relativas a la planificación, ejecución y documentación del trabajo de auditoría y a la emisión de informes. Finalmente, lista las Normas Internacionales de Auditoría generalmente aceptadas.
3. Las normas de auditoría contienen las reglas
básicas que el contador público debe seguir de
manera estricta en la realización de una auditoría,
revisoría fiscal o en el examen de estados
financieros, o sea cuando el contador público realiza
una actividad pública.
4. Las normas de auditoría generalmente aceptadas.
Las normas de auditoría generalmente aceptadas,
se relacionan con las cualidades profesionales el
contador público, con el empleo de su buen juicio en
la ejecución de su examen y en su informe referente
al mismo.
6. a) El examen debe ser ejecutado por personas
que tengan entrenamiento adecuado y
estén habilitadas legalmente para ejercer la
contaduría pública en Colombia.
7. b) El contador público debe tener independencia
mental en todo lo relacionado con su trabajo,
para garantizar la imparcialidad y objetividad de
sus juicios.
8. c) En la ejecución de su examen y en la preparación
de sus informes, debe proceder con diligencia
profesional.
10. a) El trabajo debe ser técnicamente planeado y debe
ejercerse una supervisión
apropiada sobre los asistentes, si los hubiere.
11. b) Debe hacerse un apropiado estudio y una
evaluación del sistema de control interno existente,
de manera que se pueda confiar en él como base
para la determinación de la extensión y oportunidad
de los procedimientos de auditoría.
12. c) Debe obtenerse evidencia válida y suficiente por
medio de análisis, inspección, observación,
interrogación, confirmación, y otros procedimientos
de auditoría, con el propósito de allegar bases
razonables para el otorgamiento de un dictamen
sobre los Estados Financieros sujetos a revisión.
14. a) Siempre que el nombre de un contador público
sea asociado con estados financieros, deberá
expresar de manera clara e inequívoca la naturaleza
de su relación con tales estados. Si practico un
examen de ellos, el contador público deberá
expresar claramente el carácter de su examen, su
alcance y su dictamen profesional sobre lo
razonable de la información contenida en dichos
Estados Financieros.
15. b) El informe debe contener indicación sobre si los
Estados Financieros están presentados de acuerdo
con principios de contabilidad generalmente
aceptados en Colombia.
16. c) El informe debe contener indicación sobre si tales
principios han sido aplicados de manera uniforme
en el período corriente en relación con el período
anterior.
17. d) Cuando el contador público considere necesario
expresar salvedades sobre algunas
de las afirmaciones genéricas de su informe y
dictamen, deberá expresarlas de manera clara.
18. e) inequívocas, a cual de tales afirmaciones se
refiere y los motivos e importancia de la salvedad en
relación con los Estados Financieros tomados en
conjunto.
19. e) Cuando el contador público considere no estar en
condiciones de expresar un dictamen sobre los
Estados Financieros tomados en conjunto deberá
manifestarlo explícita y claramente.
21. NIA-ES 200. Objetivos globales del auditor
independiente y realización de la Auditoría de
conformidad con las Normas Internacionales de
Auditoría.
NIA-ES 210. Acuerdos de los términos del encargo
de auditoría.
NIA-ES 220. Control de Calidad de la Auditoría de
Estados Financieros.
NIA-ES 230. Documentación de Auditoría.
22. NIA-ES 240. Responsabilidades del Auditor en la
Auditoría de Estados Financieros con respecto al
Fraude.
NIA-ES 250.Consideración de las Disposiciones
Legales y Reglamentarias en la Auditoría de
Estados Financieros.
NIA-ES 260. Comunicación con los responsables
del gobierno de la Entidad.
NIA-ES 265. Comunicación de las Deficiencias en
el Control Interno a los responsables del gobierno y
a la dirección de la Entidad.
23. NIA-ES 300. Planificación de la Auditoría de Estados
Financieros.
NIA-ES 315. Identificación y valoración de los riesgos
de incorrección material mediante el conocimiento
de la Entidad y de su entorno.
NIA-ES 320. Importancia relativa o materialidad en
la planificación y ejecución de la Auditoría.
NIA-ES 330. Respuestas del auditor a los riesgos
valorados.
24. NIA-ES 402. Consideraciones de Auditoría relativas a
una entidad que utiliza una organización de
servicios.
NIA-ES 450. Evaluación de las incorrecciones
identificadas durante la realización de la Auditoría.
NIA-ES 500. Evidencia de Auditoría.
NIA-ES 501. Evidencia de Auditoría Consideraciones
específicas para determinadas Áreas.
25. NIA-ES 505. Confirmaciones Externas.
NIA-ES 510. Encargos iniciales de Auditoría –
Saldos de Apertura.
NIA-ES 520. Procedimientos Analíticos.
NIA-ES 530. Muestreo de Auditoría.
NIA-ES 540. Auditoría de estimaciones contables,
incluidas las de Valor Razonable, y de la
información relacionada a revelar.
26. NIA-ES 550. Partes Vinculadas.
NIA-ES 560. Hechos posteriores al cierre.
NIA-ES 570. Empresa en Funcionamiento.
NIA-ES 580. Manifestaciones escritas.
NIA-ES 600. Consideraciones Especiales –
Auditorías de Estados Financieros de Grupos
(Incluido el Trabajo de los Auditores de los
Componentes).
27. NIA-ES 610. Utilización del Trabajo de los Auditores
Internos.
NIA-ES 620. Utilización del Trabajo de un Experto del
Auditor.
NIA-ES 700. Formación de la opinión y emisión del
Informe de Auditoría sobre los Estados Financieros.
NIA-ES 705. Opinión modificada en el Informe
emitido por un Auditor independiente.
28. NIA-ES 706. Párrafo de énfasis y párrafos de sobre
otras cuestiones en el Informe emitido por un
Auditor independiente.
NIA-ES 710. Información Comparativa: Cifras
correspondientes a períodos anteriores y estados
financieros
NIA-ES 720. Responsabilidad del Auditor con
respecto a otra información incluida en los
documentos que contienen los estados financieros
auditados.