1. Lima, 05 de agosto de 2010 Taller: El divorcio. Aspectos fundamentales para solicitarlo Presentador: Ivan Cavero de la Peña
2. Acerca del presentador Ivan Cavero de la Peña Es abogado ‘Egresado’ de la Facultad de Derecho de la Universidad de San Martin de Porres, con estudios de ‘maestría en Derecho civil’ en la Pontificia Universidad Católica del Perú, con ‘especialización en gestión empresarial’ por la Universidad ESAN, y de ‘especialización en Argumentación jurídica e interpretación de derechos fundamentales’ en el Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional del Perú. Sus trabajos han sido publicados en medios especializados nacionales y extranjeros y ha sido conferencista internacional
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5. Vías para solicitarlo Vía notarial o municipal Vía judicial Voluntad común No tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad. Salvo contar con una sentencia No mantener bienes en sociedad de gananciales Adulterio Violencia física o psicológica Atentado contra la vida Injuria grave Abandono hogar Conducta deshonrosa Uso habitual de drogas Enfermedad grave de transmisión sexual Homosexualidad Condena por delito doloso Imposibilidad de hacer vida común Separación de hecho
6. Adulterio ‘ el adulterio se produce por la cohabitación ilegítima de un hombre y una mujer, siendo uno de ellos o ambos casados’ Expediente196-98, Sala 6, del 20 de marzo de 1998 ‘ procede cuando uno de los cónyuges tiene relaciones sexuales con un tercero, requiriéndose que se acredite la cópula sexual’ Casación 550-2004, Sala Civil.Transitoria de la Corte Suprema. 30 de septiembre de 2005
7. Violencia física y psicológica ‘ Se entiende por violencia física y psicológica como el trato reiterado y cruel de uno de los cónyuges hacia el otro, quien dejándose arrastrar por brutales inclinaciones, ultraja de hecho o psicológicamente a su consorte, salvando los límites del recíproco respeto que supone la vida en común’ Casación 207-T-97, Sala Civil transitoria de la Corte Suprema de la República. 11 de noviembre de 1997 es el incumplimiento de uno de los deberes conyugales como es el deber de asistencia, que tiene sustento ético-moral y en la falta de respeto a la integridad física del otro cónyuge cuyo sufrimiento no sólo hace mortificante la vida en común, sino que altera gravemente las relaciones familiares Casación 112-01, Sala Civil transitoria de la Corte Suprema de la República. 17 de agosto de 2001
8. Atentado contra la vida ‘ es un acto lo suficientemente grave que está dirigido a poner en peligro la vida del consorte; que en este caso revelan un alto grado de agresividad contra la cónyuge, estos se dirigen a afectar su integridad física y no a violentar su vida, por lo que no resulta amparable esta causal’ Expediente 224-97, Sala 6. 1 de setiembre de 1997
9. Injuria grave ‘ el sólo dicho de la demandante no representa prueba suficiente, además de que todos los actos acaecidos no configuran dicha causal, por la falta de publicidad de la injuria, pues todo aconteció en el interior del seno familiar y no delante de terceros extraños al mismo’ Expediente 145-98. Sala 6. 23 de marzo de 1998 ‘ el acto injurioso, se refiere a expresiones difamatorias vertidas por uno de los cónyuges contra el otro ante varias personas y por escritos presentados a las autoridades, es decir que dichas expresiones importan una ofensa inexcusable que haga imposible la vida en común’ Expediente 577-88. 26 Juzgado Civil. 30 de abril de 1985
10. Abandono injustificado del hogar Casación 577-98. Sala Civil Permanente de la Corte Suprema. 16 de octubre de 1998 ‘ se presenta cuando uno de los cónyuges deja el hogar conyugal por más de dos años continuos, con el propósito evidente de sustraerse del cumplimiento de sus obligaciones conyugales’ ‘ no se concluye que haya habido un abandono injustificado de la casa conyugal, sino que la esposa se retiró al hogar de sus padres por los continuos maltratos que le infiere su esposo, quien se negaba a pasarle los alimentos para sus hijos Expediente 645-86.14 de julio de 1987
11. Conducta deshonrosa ‘ es el proceder incorrecto de una persona, que se encuentra en oposición al orden público, la moral y el respeto de la familia, condiciones en las cuales resulta insoportable la vida en común; en hechos tales como la vagancia, la ebriedad habitual, la reiterada intimidación amorosa con persona distinta del cónyuge, salidas injustificadas, entre otras’ Casación 2090-01. Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema. 13 de diciembre de 2001 Casación 2090-01. Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema. 13 de diciembre de 2001 ‘ La conducta deshonrosa importa actos repetitivos que revelan manifiesta infidelidad y atentan contra la armonía y unidad conyugal
12. Uso habitual de drogas alucinógenas ‘ debido al grave peligro que uno de los cónyuge ingiera sustancias sicoactivas, en forma habitual, que puede influir en su uso al cónyuge sano como al resto de la familia, la historia clínica del demandado remitida por el Hospital Víctor Larco Herrera es prueba idónea y suficiente que produce convicción para amparar la demanda’. Expediente 144-98. Sala 6. 8 de abril de 1998
13. Condena por delito doloso ‘ es causal de divorcio la condena por delito doloso a pena privativa de libertad mayor de dos años, impuesta después de la celebración del matrimonio’ Casación 2095-97. Sala Civil de la Corte Suprema. 2 de setiembre de 1998
14. Enfermedad grave de transmisión sexual Homosexualidad No existen sentencias o pronunciamientos de los tribunales peruanos Ambas exigen que se haya contraído o producido con posterioridad al matrimonio
15. Imposibilidad de hacer vida en común ‘ representa una gravedad en la intensidad y trascendencia de los hechos producidos que hace imposible al cónyuge ofendido el mantenimiento de la convivencia y su imputabilidad al otro consorte; por eso deben exponerse los hechos que, imputados al otro consorte, provocan la imposibilidad de continuar o reanudar la vida en común’ Casación 2871-2005. Sala Civil Permanente de la Corte Suprema. 31 de enero de 2007
16. Separación de hecho ‘ es la interrupción de la vida en común de los cónyuges, que se produce por voluntad de uno de ellos o de ambos en un plazo de dos años’ Casación 1120-2002. Sala Civil Transitoria de la Corte Suprema. 31 de marzo de 2003 ‘ para invocar la separación de hecho, el demandante deberá acreditar que se encuentra al día en el pago de sus obligaciones alimentarias u otras que hayan sido pactadas por los cónyuges de mutuo acuerdo’ Casación 1658-2006- 7 de agosto de 2006
17. Efectos legales de un divorcio Afectan a dos grupos Cónyuge Hijos comunes Alimentos Patria Potestad Sociedad de gananciales La pierde el cónyuge culpable del divorcio Los pierde el cónyuge culpable del divorcio El divorcio extingue la obligación con el otro cónyuge. Pero la mantiene con los menores Indemnización Daño moral. Responde el cónyuge culpable
18. Prácticas para proteger el patrimonio Necesariamente implica un análisis de cada situación de hecho Pero la más recomendable es: Adquisición de acciones de una empresa Separación de patrimonios Primer lugar Segundo lugar Menos costosa Más costosa
19. Recomendaciones para una saludable vida familiar Todo divorcio supone una ruptura familiar y una afectación al estado emocional El divorcio no sólo es un tema legal, es un tema que trasciende ello: Es un tema que requiere asistencia psicológica profesional Esa asistencia va a permitir Que la persona entienda cuál será su nueva dinámica de vida