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LA LIBERTAD EN NUESTRO PAÍS.dddddddddddddddddddddddddddddpptx
1. LA LIBERTAD EN NUESTRO PAÍS
• Siglo XX y XXI: A lo largo del siglo XX y principios del siglo XXI, el Perú
ha atravesado diferentes etapas políticas, incluyendo períodos de
inestabilidad, autoritarismo y democracia. La Constitución Política de
1993 estableció un marco legal que garantiza una serie de derechos y
libertades, incluyendo la libertad de expresión, de asociación y de
religión, entre otros.
• En el Perú, las libertades y derechos de los ciudadanos están
protegidos por la Constitución Política del Perú y por diversos
tratados internacionales de derechos humanos.
2. Existen dos tipos de libertades:
• Las libertades individuales: fundamentales son la libertad de opinión,
de expresión, de circulación, de pensamiento, de consciencia, de
religión y el derecho a la vida privada.
• Las libertades colectivas: Las libertades colectivas son aquellas que
corresponden a un grupo de personas. Se trata particularmente de la
libertad de asociación, de reunión pacífica, la libertad sindical y el
derecho a la manifestación.
3. algunas de las libertades más importantes
que existen en el Perú incluyen:
• Libertad de Expresión: Los ciudadanos peruanos tienen el derecho a
la libertad de expresión, lo que significa que pueden expresar sus
opiniones y puntos de vista libremente, ya sea a través de medios de
comunicación, redes sociales u otras plataformas.
• Libertad de Prensa: Los medios de comunicación en el Perú tienen la
libertad de operar y difundir información sin censura gubernamental,
aunque existen leyes que regulan el contenido y la ética periodística.
4. • Libertad de Religión: Los ciudadanos tienen la libertad de practicar la
religión de su elección o de no practicar ninguna religión. El Perú es
un país con diversidad religiosa.
• Libertad de Reunión y Asociación: Los ciudadanos tienen el derecho
de reunirse pacíficamente y asociarse con otros para fines legítimos,
como la formación de organizaciones y grupos sociales.
5. Derechos Fundamentales de la Persona
(Artículo 1 al 3)
• Artículo 2 inciso 3 y 4
• 3. A la libertad de conciencia y de religión, en forma individual o
asociada. No hay persecución por razón de ideas o creencias. No hay
delito de opinión. El ejercicio público de todas las confesiones es libre,
siempre que no ofenda la moral ni altere el orden público.
• 4. A las libertades de información, opinión, expresión y difusión del
pensamiento mediante la palabra oral o escrita o la imagen, por
cualquier medio de comunicación social, sin previa autorización ni
censura ni impedimento algunos, bajo las responsabilidades de ley.
6. Artículo 2
inciso 8 y 24
• 8. A la libertad de creación intelectual, artística, técnica y científica, así como a la
propiedad sobre dichas creaciones y a su producto. El Estado propicia el acceso a
la cultura y fomenta su desarrollo y difusión.
• 24. A la libertad y a la seguridad personales. En consecuencia:
• a. Nadie está obligado a hacer lo que la ley no manda, ni impedido de hacer lo
que ella no prohíbe.
• b. No se permite forma alguna de restricción de la libertad personal, salvo en los
casos previstos por la ley. Están prohibidas la esclavitud, la servidumbre y la trata
de seres humanos en cualquiera de sus formas.