1. MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE HUMANGA
GERENCIA DE SERVICIOS MUNICIPALES
SUB GERENCIA DE LIMPIEZA Y ORNATO
INFORME Nº004-2013-MPH/43.45-GMRC.
SEÑOR : Ing. MAMERTO MITMA CHUMBILE.
Residente del Proyecto de Limpieza Pública.
ASUNTO : Informe sobre aplicación del RAISA.
REFERENCIA : MEMORANDO MÚLTIPLE Nº 35-2013-MPH/17.
FECHA : Ayacucho, 10 de julio del 2013.
Mediante la presente me dirijo a usted, a efectos de informar en atención
al documento de la referencia, sobre elestado situacional concerniente a la aplicación del
Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas (RAISA-2011), aprobado
mediante ORDENANZA MUNICIPAL N° 007-2011-MPH/A, y su respectiva Modificatoria,
aprobada a través de la Ordenanza Municipal N° 007-2012-MPH/A, por parte de esta Sub
Gerencia de Limpieza y Ornato, desde el Código 04-001 hasta el 04-055, según el detalle
siguiente:
1. ANTECEDENTES
Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, conforme lo prescribe el Artículo 194º de la Constitución Política
del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 28607, y, en concordancia
con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades.
Asimismo, la referida Ley Orgánica reconoce en el Capítulo II, Subcapítulo II, la Capacidad
Sancionadora de las Municipalidades, estableciendo en el Artículo 46º, que las normas que
emanan de éstas, son de carácter obligatorio y su eventual incumplimiento acarrea las
sanciones correspondientes. Del mismo modo, establece que las Ordenanzas determinan el
Régimen de Sanciones Administrativas, por infracción a sus disposiciones, debiendo
establecer la escala de multas en función a la gravedad de la falta, así como la imposición
de sanciones no pecuniarias.
En este sentido, a través de la Ordenanza Municipal Nª 037-2010-MPH/A, se estableció el
Procedimiento Sancionador y el Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones
Administrativas de la Municipalidad Provincial de Huamanga; sin embargo, dicho
instrumento fue reformulado y actualizado.
Así, mediante Resolución de Alcaldía Nº 234-2011-MPH/A, se aprobó la “Directiva para la
formulación e implementación del Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones
Administrativas (RAISA-2011)”, con el objetivo de establecer las normas específicas que
regulen el RAISA en la jurisdicción de la Municipalidad Provincial de Huamanga, conforme
los lineamientos de la política local y objetivos institucionales, así como, normar las pautas
metodológicas para la propuesta de nuevos procedimientos administrativos y sanciones
administrativas.
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SUB GERENCIA DE LIMPIEZA Y ORNATO
Posteriormente, mediante Acuerdo de Consejo Nº 093-2011, se acordó aprobar el Régimen
de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas (RAISA-2011) de la Municipalidad
Provincial de Huamanga, a través de la Ordenanza Municipal Nº 007-2011-MPH/A, el 11 de
agosto de 2011.
Del mismo modo, dicho instrumento fue reformulado de acuerdo a la nueva estructura
orgánica de la Municipalidad Provincial de Huamanga –aprobada mediante Ordenanza
Municipal Nº 003-2012-MPH/A-, y el Reglamento de Organización y Funciones de la
Municipalidad Provincial de Huamanga (ROF-2012) –aprobada a través de la Ordenanza
Municipal Nº 004-2012-MPH/A-; expidiéndose, la Ordenanza Municipal Nº 007-2012-MPH/A.
Finalmente, en mérito al Memorando Nº 127-2013-MPH/43, de fecha 17 de junio de 2013, fui
designada como personal adscrita a esta Sub Gerencia,con el objetivo de Implementar y
efectivizar la aplicabilidad por parte de esta Sub Gerencia, de las 55 infracciones y
sanciones administrativas, que corren desde el Código 04-001 hasta el Código 04-055,
previstas en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA-2011) 1 de la
Municipalidad Provincial de Huamanga; advirtiendo las siguientes observaciones:
2. BASE NORMATIVA
Constitución Política del Perú.
Ley de Bases de la Descentralización (Ley Nº 27783)
Ley Orgánica de Municipalidades (Ley Nº 27972)
Ley de Procedimiento Administrativo General (Ley Nº 27444)
Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones Administrativas (RAISA-2011) -
(Ordenanza Municipal Nº 007-2011-MPH/A)
Modificatoria del RAISA-2011 (Ordenanza Municipal Nº 007-2012-MPH/A).
Estructura orgánica de la Municipalidad Provincial de Huamanga (Ordenanza
Municipal Nº 003-2012-MPH/A).
Reglamento de Organización y Funciones, de la Municipalidad Provincial de
Huamanga (ROF-2012)- (Ordenanza Municipal Nº 004-2012-MPH/A).
Manual de Organización y Funciones, de la Municipalidad Provincial de Huamanga
(MOF-2012)- (Decreto de Alcaldía Nº 018-2012-MPH/A).
Cuadro de Asignación de Personal (CAP-2012) - (Ordenanza Municipal Nº 005-2012-
MPH/A).
Texto Único de Procedimiento Administrativo (TUPA-2010) - (Ordenanza Municipal Nº
038-2010-MPH/A).
3. OBSERVACIONES Y/O DEFICIENCIAS ADVERTIDAS
A partir de la revisión efectuada a los diversos instrumentos normativos que rigen el
Procedimiento Sancionador Municipal, se ha advertido que si bien, en el Reglamento de
Organización y Funciones de la Municipalidad Provincial de Huamanga (ROF-2012), se
estipula en el Artículo 161º que corresponde a la Sub Gerencia de Limpieza y Ornato, las
siguientes funciones y atribuciones: (…) 7.Aplicar el Régimen de Aplicación de Infracciones y
Sanciones Administrativas vigente, según sus competencias. 8. Emitir proyectos de resolución
de los procedimientos sancionadores de su competencia, calificando la comisión de
1
Aprobado mediante la Segunda Disposición Final de la Ordenanza Municipal Nº 007-2011-MPH/A, y su Modificatoria -
Ordenanza Municipal Nº 007-2012-MPH/A.
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infracciones o en su caso absolviendo en concordancia al Régimen de Aplicación de
Infracciones y Sanciones Administrativas vigente. (...), se ha constatadolo siguiente:
- Mediante INFORME Nº 001-2013-MPH/43.45-GMRC, de fecha 02 de julio de 2013, se
puso en conocimiento del Sub Gerente de Limpieza y Ornato, la carencia de
formatos para la aplicación del RAISA, alcanzándose la PROPUESTA de cinco (05)
formatos a emplearse, según el detalle siguiente: Notificación Preventiva,
Notificación de Sanción, Acta de Constatación y/o Fiscalización, Aviso Previo de
Notificación de Acto Administrativo, y el Acta de Imposibilidad de Recepción. Sin
embargo, es de precisar que esta Sub Gerencia viene haciendo uso de talonarios
de “Notificación Preventiva”, los cuáles fueron expedidas desde el año 2011, a fin de
prevenir la comisión de conductas constitutivas de infracción administrativa
tipificadas como tal, en el Cuadro de Infracciones y Sanciones Administrativas (CISA-
2011); empero, no se pudo continuar con el Procedimiento Administrativo
Sancionador Municipal, debido a la carencia de otros formatos2.
- Asimismo, a través del INFORME Nº 003 -2013-MPH/43.45-GMRC, de fecha 07 de julio
de 2013, se hace de conocimiento del Sub Gerente de Limpieza y Ornato, la falta de
“Personal Competente”, para que pueda suscribir los formatos antes referidos. Pues,
conforme se detalló en el precitado Informe, según lo establecido en el quinto
párrafo del Artículo 10º del Régimen de Aplicación de Infracciones y Sanciones
Administrativas (RAISA-2011), se contempla que, “Detectada una o varias
infracciones a las disposiciones Municipales, los órgano señalados en el Artículo 2º de
la presente Ordenanza, emitirán las notificaciones preventivas las mismas que
deberán ser llenadas, en forma clara y precisa, firmada por un FISCALIZADOR,
INSPECTOR O POLICÍA MUNICIPAL, (…)”. Asimismo, en el Artículo 12º, se establece
que, a fin de elaborar el Acta de Constatación y/o Fiscalización, se deberá cumplir
con diversos requisitos, entre los cuales figuran los NOMBRES DE LOS RESPONSABLES DE
LA FISCALIZACIÓN. En base a lo glosado, es de precisar, que a partir de la revisión
efectuada al ROF3, MOF4 y al CAP5, esta Sub Gerencia de Limpieza y Ornato, no
cuenta con personal tales como: Fiscalizador, Inspector o Policía Municipal; en este
sentido, pese a los esfuerzos desplegados por los PROMOTORES -adscritos a esta Sub
Gerencia-, respecto al llenado de las “Notificaciones Preventivas”, estas no surtirán
efecto alguno, pues se advierte que el formato consigna información
desactualizada y que fueron suscritas por personal no competente; por ello, se ha
presentado una propuesta respecto a las “Funciones de Fiscalización” a
desarrollarse.
4. CONCLUSIONES
En base a lo observaciones expuestas precedentemente, es claro que esta Sub Gerencia
de Limpieza y Ornato aún no viene aplicando el RAISA en su totalidad; sin embargo,
2
Notificación de Sanción y el Acta de Fiscalización y/o Constatación.
3
Reglamento de Organización y Funciones, de la Municipalidad Provincial de Huamanga (ROF-2012)- (Ordenanza Municipal
Nº 004-2012-MPH/A).
4
Manual de Organización y Funciones, de la Municipalidad Provincial de Huamanga (MOF-2012)- (Decreto de Alcaldía Nº
018-2012-MPH/A).
5
Cuadro de Asignación de Personal (CAP-2012) - (Ordenanza Municipal Nº 005-2012-MPH/A).
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actualmente se vienen desarrollando diversas acciones tendientes a efectivizar su
aplicabilidad en el rubro ambiental.
Por ahora, se encuentra en curso la impresión de todos los formatos a emplearse, asimismo,
se viene buscando implementar personal(Fiscalizadores Ambientales), a fin de iniciar con las
intervenciones correspondientes. Finalmente, se fortalecerá y desarrollará capacidades del
personal inmerso en este tema, mediante la realización de talleres y charlas, a fin que no se
generen posteriormente defectos formales, que impidan el normal desarrollo del
Procedimiento Administrativo Sancionador Municipal.
Es todo cuanto informo a usted para su conocimiento y fines
administrativos.
Atentamente,
……………….…………………….
Gandy M. ROJAS CORDERO
Promotor Ambiental
c.c.
Archivo.