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Los 10 Principios
del Pacto Mundial
de Naciones Unidas
Sostenibilidad y prácticas empresariales responsables
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El Pacto Mundial de las Naciones Unidas,
lanzado en julio de 2000, es una plataforma
política y un marco práctico para las empresas
comprometidas con la sostenibilidad y las
prácticas empresariales responsables; una
iniciativa de liderazgo, que ha sido refrendada
por directores generales, pretende armonizar
en todo el mundo las operaciones y estrategias
comerciales con diez principios universalmente
aceptados en los ámbitos de los derechos humanos,
los estándares laborales, el medio ambiente y la
lucha contra la corrupción.
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El Pacto Mundial de las Naciones Unidas no es
un instrumento normativo, sino una iniciativa
voluntaria basada en la rendición pública de
cuentas, la transparencia y la divulgación
de información destinada a complementar
la regulación y ofrecer un espacio
para la innovación.
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El Pacto Mundial ofrece la posibilidad de trabajar
con las Naciones Unidas, compartir experiencias
con las empresas y sus organizaciones en todo
el mundo, y entablar un diálogo con los
sindicatos y otros grupos.
A las empresas compete incorporar en sus prácticas
diarias los diez principios reconocidos desde hace
mucho tiempo por la comunidad internacional
como universales, en tratados y declaraciones
oficiales, y promoverlos dentro de sus
esferas de influencia.
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Al apoyar el Pacto Mundial, los participantes
deciden incorporarse a una red de empresas
empeñadas en mejorar las prácticas comerciales,
en cuatro áreas en las que se puede propiciar
una globalización más justa e incluyente: los
derechos humanos, las normas laborales, la
protección del medio ambiente y la lucha
contra la corrupción.
También deciden entablar un diálogo encaminado
a promover los objetivos de las Naciones Unidas
y ayudar a impulsar objetivos más amplios de
la sociedad; entre otros, una legislación sólida
en relación con las diez áreas de los principios,
un estado de derecho mejor y una buena
gestión política y administrativa.
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“Los principios laborales del Pacto Mundial de las Naciones
Unidas tal vez se cuenten entre los más específicos de los
diez principios de la iniciativa; sin embargo, ello no
significa que sean los más fáciles de aplicar. A muchas
empresas les resulta difícil entender qué se espera de
ellas y qué más pueden hacer para apoyar estos principios.
Por lo tanto, hay mucho margen para el aprendizaje, el
diálogo y la acción colectiva, incluidas las alianzas, como
vías para complementar otros enfoques destinados a
lograr prácticas laborales responsables. Esta es
la aportación que se procura concretar mediante
el Pacto Mundial de las Naciones Unidas.
En la actualidad, este Pacto constituye la mayor
iniciativa de responsabilidad cívica de las empresas, y
en ella intervienen más de 6.000 empresas y otras
partes interesadas en más de 130 países”.
Georg Kell
Director Ejecutivo
Oficina del Pacto Mundial de las Naciones Unidas
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El Pacto Mundial de Naciones Unidas opera
en España a través de la Red Española, que
cuenta actualmente con 2.600 entidades
adheridas a esta iniciativa de responsabilidad
social empresarial: de las cuales el 12% son
grandes empresas, el 72% son PYME y el 16%
son otro tipo de entidades (tercer sector,
sindicatos / asociaciones empresariales
e instituciones educativas).
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La Red Española es, desde su creación,
una de las primeras plataformas nacionales
del Pacto Mundial y la Red Local con mayor
número de firmantes.
Su modelo de gestión y su estructura organizativa
es de los más avanzados del Pacto Mundial, y
también es una destacada red local por el tipo de
actividades y herramientas creadas para fomentar la
implantación de los 10 Principios del Pacto Mundial
entre las entidades firmantes para la sostenibilidad
empresarial y el desarrollo sostenible.
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Derechos Humanos
Principio 1.
“Las empresas deben apoyar y respetar la protección
de los derechos humanos fundamentales, reconocidos
internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia".
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Derechos Humanos.
Los derechos humanos son derechos inherentes
a todos los seres humanos, sin distinción alguna
de nacionalidad, lugar de residencia, sexo,
origen nacional o étnico, color, religión, lengua,
o cualquier otra condición. Estos derechos
son interrelacionados, interdependientes
e indivisibles, según la definición que nos
proporciona la Oficina del Alto Comisionado
para losDerechos Humanos de Naciones Unidas.
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Porque los Derechos Humanos son importantes
para las empresas.
La responsabilidad de respetar los derechos
humanos no le corresponde sólo a los gobiernos o
a los estados soberanos. Los derechos humanos
son importantes tanto para los individuos como
para las organizaciones que los individuos crean.
Parte del compromiso asumido por el Pacto
Mundial es que la comunidad empresarial tiene
la responsabilidad de hacer que se respeten los
derechos humanos tanto en los lugares de trabajo
como en su esfera de influencia más amplia.
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Componente ético-social.
El imperativo ético se impone como
salvaguardia de un comportamiento cívico;
además públicamente se reconoce que el
respeto a los derechos humanos contribuye
a mejorar la producción de las empresas.
Las empresas tienen una influencia directa en
la sociedad, por lo que deben tener en cuenta
las repercusiones de sus actuaciones y esforzarse
por cumplir no sólo la legalidad vigente en el país
en el que desarrollen su actividad, sino ayudarla
a mejorar en la medida de lo posible.
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Consideraciones en materia de DD.HH.
Dentro del ámbito de los derechos humanos,
algunas de las cuestiones que las empresas
deben abordar son:
- Por un lado, el acceso a la información global
supone que los consumidores están cada vez más
informados sobre el origen de los productos que
consumen y sobre las condiciones en que éstos
se fabrican. Un enfoque dinámico de la cuestión
de los derechos humanos puede contribuir a
reducir el impacto potencialmente negativo que
ejerce la información adversa difundida desde
las organizaciones de consumidores y desde
otras comunidades de intereses.
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- Otro punto que debe abordar la entidad es la gestión
de la cadena de suministro. Las fuentes de materias
primas y la fabricación a nivel mundial hacen que
las empresas necesiten conocer a fondo las
responsabilidades en cuestión de derechos humanos
en ambos extremos del flujo de producción.
Promover buenas prácticas en relación con los
derechos humanos permitirá a las empresas aliarse
con los socios que más les convengan.
- Otro aspecto importante es potenciar el talento
y la carrera profesional de los empleados. Los
empleados tratados con dignidad y que son
retribuidos de manera justa y equitativa son más
productivos y están más inclinados a guardar
fidelidad a la empresa. Los solicitantes de empleo
tienen cada vez más en cuenta la reputación de
las empresas cuando seleccionan una empresa
en la que desearían trabajar.
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Las empresas deben abordar de igual manera las
relaciones con la sociedad global. Las empresas
que trabajan en un ámbito internacional están
sometidas al escrutinio global como resultado de
los avances producidos en las tecnologías de la
información. Un acercamiento positivo hacia la
cuestión de los derechos humanos puede resultar
beneficioso tanto en los propios centros
de trabajo, a nivel de la comunidad local
particular, como en el terreno comunal
mundial en el que operan las compañías.
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Las empresas deben vigilar como otro aspecto
destacado que la actividad desarrollada en sus
centros se realice siguiendo los criterios de
Seguridad yPrevención de Riesgos Laborales.
Se entiende por Prevención de Riesgos Laborales
el conjunto de actividades o medidas adoptadas
o previstas en todas las fases de actividad de
la empresa, a fin de evitar o disminuir los
riesgos derivados del trabajo.
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Derechos Humanos
Principio 2.
“Las empresas deben asegurarse de que sus empresas no
son cómplices en la vulneración de los Derechos Humanos”.
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Complicidad.
El término complicidad se refiere a estar implicado
en algún caso de abuso de los derechos humanos
que empresas, gobiernos u otro tipo de
entidades estén llevando a cabo.
Respetar los derechos humanos también hace
referencia a asegurar su cumplimiento por parte
de otras empresas, que formen parte de la cadena
de suministro, más allá del negocio directo.
El riesgo de ser cómplices en el abuso de los derechos
humanos es particularmente alto en países con
gobiernos débiles o en los que la vulneración de
los derechos humanos está generalizada, este riesgo
de complicidad existe en todos los sectores y países.
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Tipología.
Es importante entender que en un contexto
empresarial la noción de complicidad puede
llegar a producirse de variadas maneras:
• Por una parte se puede dar la complicidad directa
que tiene lugar cuando una empresa, a sabiendas,
colabora con una empresa u otro tipo de entidad
en la vulneración de los derechos humanos.
Un ejemplo de ello es el caso en el que una empresa
colabora en el desplazamiento forzoso de poblaciones
en circunstancias derivadas de la actividad de su negocio.
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• Por otro lado puede surgir la complicidad por beneficio
indirecto que sugiere que una empresa se beneficia
directamente de los abusos cometidos por un tercero
en cuestiones de derechos humanos. Por ejemplo, son
a menudo citados en este contexto los abusos cometidos
por los cuerpos de seguridad, como la prohibición de
protestas pacíficas contra determinadas actividades
de un negocio o el uso de medidas represivas en la
protección de las instalaciones de una empresa.
• Otro tipo de complicidad sería la complicidad silenciada
que describe la forma en que los defensores de los
derechos humanos aprecian indicios de que una empresa
ha incurrido en la vulneración sistemática o continuada
de los derechos humanos en su relación con las
autoridades de un país. Por ejemplo, la pasividad o
aceptación por parte de las empresas de prácticas de
discriminación sistemática en las leyes de contratación
aplicadas a grupos concretos discriminados por raza o
sexo, podrían originar acusaciones de complicidad
silenciada.
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Principios Laborales.
Principio 3.
“Las empresas deben apoyar la libertad de asociación
y el reconocimiento efectivo del derecho a la
negociación colectiva”.
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La libertad de asociación supone el respeto
del derecho de todos los empleadores y de
todos los trabajadores a crear libremente
y voluntariamente grupos para promover
y defender sus intereses profesionales,
e incorporarse a los mismos.
Los trabajadores y los empleadores tienen
derecho a crear y dirigir sus propias
organizaciones e incorporarse a las
mismas sin interferencia del
Estado o cualquier otra entidad.
Los empleadores no deben interferir en la
decisión de los trabajadores de asociarse, ni
tratar de influir en su decisión de ningún modo,
ni discriminar a los trabajadores que decidan
asociarse, ni a sus representantes.
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La negociación colectiva sólo puede funcionar
efectivamente si todas las partes intervienen
de forma voluntaria y de buena fe. Ello supone:
• esforzarse por llegar a un acuerdo;
• celebrar negociaciones genuinas y constructivas;
• evitar demoras injustificadas;
• respetar los acuerdos celebrados y aplicarlos
de buena fe; y
• dedicar suficiente tiempo para que las partes
debatan y resuelvan conflictos colectivos.
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Principios Laborales.
Principio 4.
“Las empresas deben apoyar la eliminación de
toda forma de trabajo forzoso u obligatorio”.
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Trabajo forzoso u obligatorio es todo trabajo
o servicio exigido a un individuo bajo la
amenaza de una pena cualquiera y para
el cual dicho individuo no se ha
ofrecido voluntariamente.
El pago de un salario u otra forma de compensación
no indica necesariamente que el trabajo no sea
forzoso u obligatorio. Por derecho, el trabajo debe
otorgarse libremente, y el empleado debe tener
la libertad de dejar su trabajo, con sujeción a una
notificación previa entregada con la debida antelación.
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El trabajo forzoso es una violación fundamental
de los derechos humanos.Plantea un desafío a
prácticamente todos los países del mundo.
La OIT calcula que en el mundo hay al menos
12,3 millones de personas sometidas al trabajo
forzoso; el 80%, a manos de agentes privados.
La mayoría de las víctimas percibe ganancias magras
o no percibe ganancia alguna, y trabaja horarios
prolongados en condiciones de salud y seguridad
extremadamente malas. El trabajo forzoso es un
problema de alcance mundial; también tiene lugar
en países desarrollados, donde afecta principalmente
a trabajadores migrantes que han sido objeto de la
trata. Afecta a hombres y mujeres, pero también a
niños, por lo menos el 40% de todas las víctimas.
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En general, para lograr la erradicación de las prácticas de
trabajo forzoso se necesita adoptar una combinación
de medidas en el lugar de trabajo y en la comunidad.
EN EL LUGAR DE TRABAJO:
• Observar las disposiciones sobre trabajo forzoso contempladas en la legislación y la normativa
nacional; y, cuando la legislación nacional resultase insuficiente, tomar en consideración
las normas internacionales del trabajo.
• Por lo que respecta a las operaciones de la empresa y a su trato con otras, asegurarse de
que todos los empleados tienen un contrato de trabajo en el que se establecen los términos
y condiciones de servicio, la naturaleza voluntaria del empleo, la libertad de renunciar al
puesto (incluidos los procedimientos pertinentes) y toda penalización asociada con la
renuncia o el cese del trabajo.
• Instituir políticas y procedimientos que prohíban exigir a los trabajadores un depósito
financiero a la empresa.
• Alentar a los gerentes a estudiar el recuadro 4 y adoptar las medidas correspondientes.
• Si se constata la existencia de trabajo forzoso en la esfera de influencia de la empresa, disponer
el retiro de dichos trabajadores del lugar de trabajo y ofrecerles servicios adecuados. En la
medida de lo posible, ayudar a que los trabajadores tengan acceso a alternativas viables.
• Actuar con el debido cuidado en el trato con otras empresas.
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EN LA COMUNIDAD DONDE SE DESARROLLAN SUS OPERACIONES:
• Las empresas podrán optar por contribuir, cuando ello sea posible, a otras actividades
de la comunidad encaminadas a eliminar el trabajo forzoso, y ayudar a las personas
rescatadas a encontrar un empleo elegido libremente.
• Trabajar de forma conjunta con otras empresas, asociaciones sectoriales y organizaciones
de empleadores, para idear una estrategia que abarque a todo el sector en la solución de este
problema; y entablar relación con los sindicatos; con las autoridades encargadas de hacer
cumplir la ley; con la inspección del trabajo y demás interesados.
• Crear un grupo de trabajo o comité sobre trabajo forzoso o incorporarse a un grupo de este
tipo en su organización representativa de los empleadores, sea de ámbito local, estatal
o nacional.
• Apoyar la formulación de un plan de acción nacional contra el trabajo forzoso, como parte
de los mecanismos políticos e institucionales clave para combatirlo en el nivel nacional.
• Dentro de la esfera de influencia de la empresa, participar en programas de prevención
y reintegración para antiguas víctimas de trabajo forzoso, ofreciéndoles la posibilidad
de desarrollar sus calificaciones y recibir capacitación para el empleo.
• De ser posible, participar en programas nacionales e internacionales, incluidas campañas
en los medios de comunicación y coordinar la actuación con las autoridades locales y
nacionales, las organizaciones de trabajadores y demás partes interesadas.
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Principios Laborales.
Principio 5.
“La empresas deben apoyar la abolición efectiva
del trabajo infantil”.
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El termino “trabajo infantil” no debe confundirse
con el de “empleo juvenil”.
A partir de la edad mínima para entrar en el
mercado laboral, los jóvenes tendrían que poder
acceder a un trabajo decente, pero todavía
necesitan ser protegidos de trabajos peligrosos
y otras de las peores formas de trabajo infantil.
El trabajo infantil es una forma de explotación que
viola un derecho humano. Ha sido reconocido y
definido en los instrumentos internacionales.
Tanto la comunidad internacional como casi
todos los gobiernos declaran su adhesión a
la política de abolición del trabajo infantil.
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Crear conciencia y comprender las causas y
consecuencias del trabajo infantil son las
primeras medidas que una empresa puede adoptar.
Ello significa definir las circunstancias, y determinar
si el problema del trabajo infantil incumbe o no al
ámbito de la empresa. Las empresas que se abastecen
en sectores industriales específicos, y cuyas cadenas
de suministro tienen una ubicación geográfica
distante, deben estar particularmente atentas.
Proceder con debido cuidado también supone estudiar
las investigaciones de la OIT y otras fuentes para estar
al corriente de los sectores susceptibles de estar
afectados por el trabajo infantil en las zonas
donde opera una empresa.
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EN EL LUGAR DE TRABAJO:
• Respetar las disposiciones relativas a la edad mínima,
consignadas en la legislación y la normativa laboral
nacional, y, cuando la legislación nacional resulte
insuficiente, tomar en consideración las normas
internacionales del trabajo.
• Usar mecanismos adecuados y verificables para
controlar la edad.
• Si en el lugar de trabajo se constata la presencia de
niños menores de la edad mínima legal para trabajar,
tomar medidas para retirarlos del trabajo.
• En lo posible, ayudar a los niños retirados del lugar de
trabajo y a su familia, a acceder a servicios adecuados
y a alternativas viables.
• Instar a los subcontratistas, los proveedores y demás
socios comerciales a combatir el trabajo infantil.
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EN LA COMUNIDAD DONDE SE DESARROLLAN SUS OPERACIONES:
• Las empresas podrán optar por contribuir, de ser posible, a esfuerzos más amplios de la
comunidad encaminados a eliminar el trabajo infantil y ayudar a los niños retirados del
trabajo a acceder a una educación de calidad y protección social.
• Trabajar de forma conjunta con otras empresas, asociaciones sectoriales y organizaciones
de empleadores, a fin de idear una estrategia para todo el sector en la solución de este problema;
y entablar vínculos con los sindicatos; las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley; la
inspección del trabajo; y demás partes interesadas.
• Crear un grupo de trabajo o comité sobre trabajo infantil o incorporarse a un grupo de este tipo
en su organización representativa de los empleadores, sea de ámbito local, estatal o nacional.
• Apoyar la formulación y ejecución de un plan de acción nacional contra el trabajo infantil, como
parte de los mecanismos políticos e institucionales clave para combatirlo en el nivel nacional.
• Dentro de la esfera de influencia de la empresa, participar en programas de prevención y
reintegración para niños retirados del trabajo infantil, ofreciéndoles oportunidades para
desarrollar sus calificaciones y capacitarse para el empleo.
• De ser posible, participar en programas nacionales e internacionales, incluidas campañas en
los medios de comunicación, y coordinar la actuación con las autoridades locales y nacionales,
los sindicatos y demás partes interesadas.
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Principios Laborales.
Principio 6.
“La empresas deben apoyar la eliminación de la
discriminación en materia de empleo y ocupación”.
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La discriminación en el empleo y la ocupación
ocurre cuando un candidato recibe un trato
diferente, o menos favorable, debido a
características no relacionadas con sus
méritos o los requisitos inherentes al puesto.
En la legislación nacional, por lo general, entre
estas características se incluyen las siguientes:
raza, color, sexo, religión, opinión política,
ascendencia nacional u origen social.
Además, algunos países han ampliado la
protección a otras áreas, como la orientación
sexual, la edad, el VIH/SIDA y otros.
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La discriminación puede adoptar diversas formas.
Es directa cuando, por ejemplo, las leyes o reglas
explícitamente limitan el acceso de una persona
al empleo.
Sin embargo, por lo general es indirecta y tiene
lugar de modo informal a través de actitudes y
conductas. Algunas formas de discriminación
pueden incluso tener raíces culturales.
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ESTRATEGIAS PARA ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN.
EN EL LUGAR DE TRABAJO:
• Instituir en la empresa políticas y procedimientos que hagan de las calificaciones,
las competencias y la experiencia la base de la contratación, la colocación, la
capacitación y la promoción del personal en todos los niveles.
• Asignar responsabilidad por temas relativos a la igualdad en el empleo a un
encargado de alto nivel; definir políticas y procedimientos claros para toda la
empresa a fin de orientar las prácticas en la materia; y relacionar la
promoción con el desempeño deseado en este campo.
• Impartir formación al personal sobre políticas y prácticas de no discriminación;
incluso la sensibilización sobre las discapacidades. Adaptar razonablemente el
entorno físico, para garantizar la salud y seguridad a los empleados, clientes
y otros visitantes con discapacidades.
• Trabajar respecto de cada caso de forma individual para evaluar si una distinción
es un requisito inherente a un puesto de trabajo; y evitar pedir una serie
de requisitos para un puesto, que sistemáticamente sitúen en situación
de desventaja a ciertos grupos.
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EN EL LUGAR DE TRABAJO:
• Llevar registros actualizados de la contratación, la capacitación y las promociones,
en aras de la transparencia, respecto de las oportunidades ofrecidas a los empleados,
y su evolución dentro de la organización.
• Al detectar una situación de discriminación, concebir procedimientos de presentación
de quejas, para atender los reclamos, gestionar las apelaciones y ofrecer posibilidades
de recurso a los empleados. La adopción de este y otro tipo de medidas para evitar o
remediar la discriminación, es particularmente importante en el contexto de las
negociaciones y los convenios colectivos.
• Tener presentes las estructuras formales y las cuestiones culturales que pueden
impedir que los empleados planteen sus preocupaciones y quejas.
• Crear programas para promover el acceso al desarrollo de las calificaciones, la
formación y determinadas ocupaciones.
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EN LA COMUNIDAD DONDE DESARROLLAN SUS OPERACIONES:
• Alentar y apoyar las actividades encaminadas a generar un clima de tolerancia
e igualdad ante las oportunidades de desarrollo profesional, como
programas de educación para adultos y servicios de salud y guardería.
• En sus operaciones internacionales, las empresas tal vez tengan que incorporar
tradiciones culturales, y trabajar con los representantes de los trabajadores
y las autoridades gubernamentales para garantizar el acceso al empleo
de las mujeres y las minorías en pie de igualdad.le
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Principios sobre el medio Ambiente.
Principio 7.
“Las empresas deberán mantener un enfoque
preventivo que favorezca el medio ambiente”.
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El enfoque preventivo se define de la forma siguiente:
“Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la
falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse
como razón para postergar la adopción de medidas
eficaces en función de los costos para impedir la
degradación del medio ambiente”.
El enfoque preventivo exige la aplicación sistemática
de la evaluación de los riesgos (determinación de los
riesgos, caracterización de los peligros, evaluación
de la exposición y caracterización del riesgo), la
gestión y la notificación de los riesgos.
Cuando exista una sospecha razonable de daños
y los responsables de la adopción de decisiones
tengan que aplicar un enfoque preventivo,
deben tener en cuenta el grado de
incertidumbre de la evaluación científica.
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Principios sobre el medio Ambiente.
Principio 8.
“Las empresas deben fomentar las iniciativas que
promuevan una mayor responsabilidad ambiental”.
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Las empresas tienen la responsabilidad de garantizar
que sus actividades no perjudiquen al medio
ambiente de sus vecinos.
La sociedad también espera que las empresas sean
buenos vecinos. La empresa consigue su legitimidad
satisfaciendo las necesidades de la sociedad, y la
sociedad manifiesta cada vez más la clara necesidad
de adoptar prácticas más sostenibles desde
el punto de vista ambiental.
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Principios sobre el medio Ambiente.
Principio 9.
“Las empresas deben favorecer el desarrollo
y la difusión de las tecnologías respetuosas
con el medio ambiente”.
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Las tecnologías respetuosas con el medio ambiente
son aquellas que protegen el medio ambiente,
contaminan menos, utilizan los recursos de
una forma más sostenible, reciclan más sus
desechos y productos y tratan los residuos de
una manera más aceptable que las tecnologías
a las que sustituyen.
Las tecnologías respetuosas con el medio ambiente
comprenden una variedad de procesos de producción
más limpios y de tecnologías para prevenir la
contaminación, así como tecnologías de etapa final
y de supervisión. También pueden agrupar sistemas
integrales que incluyan conocimientos técnicos,
procedimientos, bienes y servicios y equipos, así
como procedimientos de organización y gestión.
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Algunas medidas propuestas:
- Facilitar información a los consumidores y a las partes interesadas de la organización
sobre los posibles riesgos para el medio ambiente que entrañan los productos y servicios.
- Sumarse a los esfuerzos del sector para intercambiar conocimientos y abordar las cuestiones que
preocupan, en particular los procesos de producción y los productos acerca de los cuales existe
un alto grado de incertidumbre y sensibilidad.
- Elaborar programas de producción y consumo sostenibles con objetivos de rendimiento claros, para
que, a largo plazo, la organización vaya más allá del mero cumplimiento de las normas.
- Establecer una política institucional sobre el empleo de tecnologías respetuosas con el medio ambiente.
- Cambiar el proceso, la técnica de fabricación y/o los insumos, así como introducir cambios en el producto
y los procedimientos relacionados con la reutilización de los materiales en la propia instalación.
- Medir el progreso realizado en la incorporación de principios de sostenibilidad en las prácticas
empresariales, hacer un seguimiento e informar de dicho progreso.
- Intercambiar y difundir información que ilustre las ventajas de emplear tecnologías limpias.
- Utilizar evaluaciones del ciclo de vida a la hora de desarrollar nuevas tecnologías y nuevos productos.
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Principio contra la corrupción.
Principio 10.
“Las empresas deben trabajar contra la
corrupción en todas sus formas, incluidas
la extorsión y el soborno”.
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La corrupción, que se ha definido como el abuso, con
fines de lucro privado, de las facultades confiadas,
puede adoptar muchas formas que varían en cuanto
al grado de gravedad, desde los casos leves de
utilización de la influencia hasta el soborno
institucionalizado.
La corrupción plantea riesgos para la reputación de
la empresa y aumenta la exposición a los riesgos
jurídicos, financieros y de otra índole.
La OCDE define la extorsión del siguiente modo:
“sobornar es el acto de pedir o tentar a otro a
cometer soborno. Se convierte en extorsión
cuando esta exigencia está acompañada por
amenazas que ponen en peligro la integridad
personal o la vida de las personas involucradas.”
Soborno se define como “Un ofrecimiento o recepción
de cualquier regalo, préstamo, honorario, recompensa
u otra ventaja para o de cualquier persona como una
forma de inducir a que se haga algo deshonesto o
ilegal en la conducta de la gestión de una empresa.”
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Algunas medidas propuestas:
- Introducir y aplicar políticas y programas eficaces de tolerancia cero y adoptar
un código ético en la empresa.
- Capacitar a los empleados con vistas a asegurar el desarrollo de una cultura ética
dentro de la empresa y su integración en los sistemas de gestión.
- Adoptar procedimientos internos de presentación de informes.
- Aplicar la rendición de cuentas y la transparencia en todas las transacciones
de la empresa.
- Cooperar con las autoridades en la investigación y el procesamiento de los
casos de corrupción.
- Participar en la acción empresarial colectiva con las empresas homólogas
del sector para crear condiciones equitativas para todos.
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Páginas
relacionadas
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http://www.pactomundial.org/category/aprendizaje/10-principios/
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http://www.econ.uba.ar/unai/archivos/pacto_global/ATS_ES.pdf
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http://www.centroregionalpmal.org/web-pacto/esp/sites/default/files/UNGC_Management_Model_Brochure-crops.pdf

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  • 1. José María Olayo olayo.blogspot.com Los 10 Principios del Pacto Mundial de Naciones Unidas Sostenibilidad y prácticas empresariales responsables
  • 2. José María Olayo olayo.blogspot.com El Pacto Mundial de las Naciones Unidas, lanzado en julio de 2000, es una plataforma política y un marco práctico para las empresas comprometidas con la sostenibilidad y las prácticas empresariales responsables; una iniciativa de liderazgo, que ha sido refrendada por directores generales, pretende armonizar en todo el mundo las operaciones y estrategias comerciales con diez principios universalmente aceptados en los ámbitos de los derechos humanos, los estándares laborales, el medio ambiente y la lucha contra la corrupción.
  • 3. José María Olayo olayo.blogspot.com El Pacto Mundial de las Naciones Unidas no es un instrumento normativo, sino una iniciativa voluntaria basada en la rendición pública de cuentas, la transparencia y la divulgación de información destinada a complementar la regulación y ofrecer un espacio para la innovación.
  • 4. José María Olayo olayo.blogspot.com El Pacto Mundial ofrece la posibilidad de trabajar con las Naciones Unidas, compartir experiencias con las empresas y sus organizaciones en todo el mundo, y entablar un diálogo con los sindicatos y otros grupos. A las empresas compete incorporar en sus prácticas diarias los diez principios reconocidos desde hace mucho tiempo por la comunidad internacional como universales, en tratados y declaraciones oficiales, y promoverlos dentro de sus esferas de influencia.
  • 5. José María Olayo olayo.blogspot.com Al apoyar el Pacto Mundial, los participantes deciden incorporarse a una red de empresas empeñadas en mejorar las prácticas comerciales, en cuatro áreas en las que se puede propiciar una globalización más justa e incluyente: los derechos humanos, las normas laborales, la protección del medio ambiente y la lucha contra la corrupción. También deciden entablar un diálogo encaminado a promover los objetivos de las Naciones Unidas y ayudar a impulsar objetivos más amplios de la sociedad; entre otros, una legislación sólida en relación con las diez áreas de los principios, un estado de derecho mejor y una buena gestión política y administrativa.
  • 6. José María Olayo olayo.blogspot.com “Los principios laborales del Pacto Mundial de las Naciones Unidas tal vez se cuenten entre los más específicos de los diez principios de la iniciativa; sin embargo, ello no significa que sean los más fáciles de aplicar. A muchas empresas les resulta difícil entender qué se espera de ellas y qué más pueden hacer para apoyar estos principios. Por lo tanto, hay mucho margen para el aprendizaje, el diálogo y la acción colectiva, incluidas las alianzas, como vías para complementar otros enfoques destinados a lograr prácticas laborales responsables. Esta es la aportación que se procura concretar mediante el Pacto Mundial de las Naciones Unidas. En la actualidad, este Pacto constituye la mayor iniciativa de responsabilidad cívica de las empresas, y en ella intervienen más de 6.000 empresas y otras partes interesadas en más de 130 países”. Georg Kell Director Ejecutivo Oficina del Pacto Mundial de las Naciones Unidas
  • 7. José María Olayo olayo.blogspot.com El Pacto Mundial de Naciones Unidas opera en España a través de la Red Española, que cuenta actualmente con 2.600 entidades adheridas a esta iniciativa de responsabilidad social empresarial: de las cuales el 12% son grandes empresas, el 72% son PYME y el 16% son otro tipo de entidades (tercer sector, sindicatos / asociaciones empresariales e instituciones educativas).
  • 8. José María Olayo olayo.blogspot.com La Red Española es, desde su creación, una de las primeras plataformas nacionales del Pacto Mundial y la Red Local con mayor número de firmantes. Su modelo de gestión y su estructura organizativa es de los más avanzados del Pacto Mundial, y también es una destacada red local por el tipo de actividades y herramientas creadas para fomentar la implantación de los 10 Principios del Pacto Mundial entre las entidades firmantes para la sostenibilidad empresarial y el desarrollo sostenible.
  • 9. José María Olayo olayo.blogspot.com Derechos Humanos Principio 1. “Las empresas deben apoyar y respetar la protección de los derechos humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia".
  • 10. José María Olayo olayo.blogspot.com Derechos Humanos. Los derechos humanos son derechos inherentes a todos los seres humanos, sin distinción alguna de nacionalidad, lugar de residencia, sexo, origen nacional o étnico, color, religión, lengua, o cualquier otra condición. Estos derechos son interrelacionados, interdependientes e indivisibles, según la definición que nos proporciona la Oficina del Alto Comisionado para losDerechos Humanos de Naciones Unidas.
  • 11. José María Olayo olayo.blogspot.com Porque los Derechos Humanos son importantes para las empresas. La responsabilidad de respetar los derechos humanos no le corresponde sólo a los gobiernos o a los estados soberanos. Los derechos humanos son importantes tanto para los individuos como para las organizaciones que los individuos crean. Parte del compromiso asumido por el Pacto Mundial es que la comunidad empresarial tiene la responsabilidad de hacer que se respeten los derechos humanos tanto en los lugares de trabajo como en su esfera de influencia más amplia.
  • 12. José María Olayo olayo.blogspot.com Componente ético-social. El imperativo ético se impone como salvaguardia de un comportamiento cívico; además públicamente se reconoce que el respeto a los derechos humanos contribuye a mejorar la producción de las empresas. Las empresas tienen una influencia directa en la sociedad, por lo que deben tener en cuenta las repercusiones de sus actuaciones y esforzarse por cumplir no sólo la legalidad vigente en el país en el que desarrollen su actividad, sino ayudarla a mejorar en la medida de lo posible.
  • 13. José María Olayo olayo.blogspot.com Consideraciones en materia de DD.HH. Dentro del ámbito de los derechos humanos, algunas de las cuestiones que las empresas deben abordar son: - Por un lado, el acceso a la información global supone que los consumidores están cada vez más informados sobre el origen de los productos que consumen y sobre las condiciones en que éstos se fabrican. Un enfoque dinámico de la cuestión de los derechos humanos puede contribuir a reducir el impacto potencialmente negativo que ejerce la información adversa difundida desde las organizaciones de consumidores y desde otras comunidades de intereses.
  • 14. José María Olayo olayo.blogspot.com - Otro punto que debe abordar la entidad es la gestión de la cadena de suministro. Las fuentes de materias primas y la fabricación a nivel mundial hacen que las empresas necesiten conocer a fondo las responsabilidades en cuestión de derechos humanos en ambos extremos del flujo de producción. Promover buenas prácticas en relación con los derechos humanos permitirá a las empresas aliarse con los socios que más les convengan. - Otro aspecto importante es potenciar el talento y la carrera profesional de los empleados. Los empleados tratados con dignidad y que son retribuidos de manera justa y equitativa son más productivos y están más inclinados a guardar fidelidad a la empresa. Los solicitantes de empleo tienen cada vez más en cuenta la reputación de las empresas cuando seleccionan una empresa en la que desearían trabajar.
  • 15. José María Olayo olayo.blogspot.com Las empresas deben abordar de igual manera las relaciones con la sociedad global. Las empresas que trabajan en un ámbito internacional están sometidas al escrutinio global como resultado de los avances producidos en las tecnologías de la información. Un acercamiento positivo hacia la cuestión de los derechos humanos puede resultar beneficioso tanto en los propios centros de trabajo, a nivel de la comunidad local particular, como en el terreno comunal mundial en el que operan las compañías.
  • 16. José María Olayo olayo.blogspot.com Las empresas deben vigilar como otro aspecto destacado que la actividad desarrollada en sus centros se realice siguiendo los criterios de Seguridad yPrevención de Riesgos Laborales. Se entiende por Prevención de Riesgos Laborales el conjunto de actividades o medidas adoptadas o previstas en todas las fases de actividad de la empresa, a fin de evitar o disminuir los riesgos derivados del trabajo.
  • 17. José María Olayo olayo.blogspot.com Derechos Humanos Principio 2. “Las empresas deben asegurarse de que sus empresas no son cómplices en la vulneración de los Derechos Humanos”.
  • 18. José María Olayo olayo.blogspot.com Complicidad. El término complicidad se refiere a estar implicado en algún caso de abuso de los derechos humanos que empresas, gobiernos u otro tipo de entidades estén llevando a cabo. Respetar los derechos humanos también hace referencia a asegurar su cumplimiento por parte de otras empresas, que formen parte de la cadena de suministro, más allá del negocio directo. El riesgo de ser cómplices en el abuso de los derechos humanos es particularmente alto en países con gobiernos débiles o en los que la vulneración de los derechos humanos está generalizada, este riesgo de complicidad existe en todos los sectores y países.
  • 19. José María Olayo olayo.blogspot.com Tipología. Es importante entender que en un contexto empresarial la noción de complicidad puede llegar a producirse de variadas maneras: • Por una parte se puede dar la complicidad directa que tiene lugar cuando una empresa, a sabiendas, colabora con una empresa u otro tipo de entidad en la vulneración de los derechos humanos. Un ejemplo de ello es el caso en el que una empresa colabora en el desplazamiento forzoso de poblaciones en circunstancias derivadas de la actividad de su negocio.
  • 20. José María Olayo olayo.blogspot.com • Por otro lado puede surgir la complicidad por beneficio indirecto que sugiere que una empresa se beneficia directamente de los abusos cometidos por un tercero en cuestiones de derechos humanos. Por ejemplo, son a menudo citados en este contexto los abusos cometidos por los cuerpos de seguridad, como la prohibición de protestas pacíficas contra determinadas actividades de un negocio o el uso de medidas represivas en la protección de las instalaciones de una empresa. • Otro tipo de complicidad sería la complicidad silenciada que describe la forma en que los defensores de los derechos humanos aprecian indicios de que una empresa ha incurrido en la vulneración sistemática o continuada de los derechos humanos en su relación con las autoridades de un país. Por ejemplo, la pasividad o aceptación por parte de las empresas de prácticas de discriminación sistemática en las leyes de contratación aplicadas a grupos concretos discriminados por raza o sexo, podrían originar acusaciones de complicidad silenciada.
  • 21. José María Olayo olayo.blogspot.com Principios Laborales. Principio 3. “Las empresas deben apoyar la libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la negociación colectiva”.
  • 22. José María Olayo olayo.blogspot.com La libertad de asociación supone el respeto del derecho de todos los empleadores y de todos los trabajadores a crear libremente y voluntariamente grupos para promover y defender sus intereses profesionales, e incorporarse a los mismos. Los trabajadores y los empleadores tienen derecho a crear y dirigir sus propias organizaciones e incorporarse a las mismas sin interferencia del Estado o cualquier otra entidad. Los empleadores no deben interferir en la decisión de los trabajadores de asociarse, ni tratar de influir en su decisión de ningún modo, ni discriminar a los trabajadores que decidan asociarse, ni a sus representantes.
  • 23. José María Olayo olayo.blogspot.com La negociación colectiva sólo puede funcionar efectivamente si todas las partes intervienen de forma voluntaria y de buena fe. Ello supone: • esforzarse por llegar a un acuerdo; • celebrar negociaciones genuinas y constructivas; • evitar demoras injustificadas; • respetar los acuerdos celebrados y aplicarlos de buena fe; y • dedicar suficiente tiempo para que las partes debatan y resuelvan conflictos colectivos.
  • 24. José María Olayo olayo.blogspot.com Principios Laborales. Principio 4. “Las empresas deben apoyar la eliminación de toda forma de trabajo forzoso u obligatorio”.
  • 25. José María Olayo olayo.blogspot.com Trabajo forzoso u obligatorio es todo trabajo o servicio exigido a un individuo bajo la amenaza de una pena cualquiera y para el cual dicho individuo no se ha ofrecido voluntariamente. El pago de un salario u otra forma de compensación no indica necesariamente que el trabajo no sea forzoso u obligatorio. Por derecho, el trabajo debe otorgarse libremente, y el empleado debe tener la libertad de dejar su trabajo, con sujeción a una notificación previa entregada con la debida antelación.
  • 26. José María Olayo olayo.blogspot.com El trabajo forzoso es una violación fundamental de los derechos humanos.Plantea un desafío a prácticamente todos los países del mundo. La OIT calcula que en el mundo hay al menos 12,3 millones de personas sometidas al trabajo forzoso; el 80%, a manos de agentes privados. La mayoría de las víctimas percibe ganancias magras o no percibe ganancia alguna, y trabaja horarios prolongados en condiciones de salud y seguridad extremadamente malas. El trabajo forzoso es un problema de alcance mundial; también tiene lugar en países desarrollados, donde afecta principalmente a trabajadores migrantes que han sido objeto de la trata. Afecta a hombres y mujeres, pero también a niños, por lo menos el 40% de todas las víctimas.
  • 27. José María Olayo olayo.blogspot.com En general, para lograr la erradicación de las prácticas de trabajo forzoso se necesita adoptar una combinación de medidas en el lugar de trabajo y en la comunidad. EN EL LUGAR DE TRABAJO: • Observar las disposiciones sobre trabajo forzoso contempladas en la legislación y la normativa nacional; y, cuando la legislación nacional resultase insuficiente, tomar en consideración las normas internacionales del trabajo. • Por lo que respecta a las operaciones de la empresa y a su trato con otras, asegurarse de que todos los empleados tienen un contrato de trabajo en el que se establecen los términos y condiciones de servicio, la naturaleza voluntaria del empleo, la libertad de renunciar al puesto (incluidos los procedimientos pertinentes) y toda penalización asociada con la renuncia o el cese del trabajo. • Instituir políticas y procedimientos que prohíban exigir a los trabajadores un depósito financiero a la empresa. • Alentar a los gerentes a estudiar el recuadro 4 y adoptar las medidas correspondientes. • Si se constata la existencia de trabajo forzoso en la esfera de influencia de la empresa, disponer el retiro de dichos trabajadores del lugar de trabajo y ofrecerles servicios adecuados. En la medida de lo posible, ayudar a que los trabajadores tengan acceso a alternativas viables. • Actuar con el debido cuidado en el trato con otras empresas.
  • 28. José María Olayo olayo.blogspot.com EN LA COMUNIDAD DONDE SE DESARROLLAN SUS OPERACIONES: • Las empresas podrán optar por contribuir, cuando ello sea posible, a otras actividades de la comunidad encaminadas a eliminar el trabajo forzoso, y ayudar a las personas rescatadas a encontrar un empleo elegido libremente. • Trabajar de forma conjunta con otras empresas, asociaciones sectoriales y organizaciones de empleadores, para idear una estrategia que abarque a todo el sector en la solución de este problema; y entablar relación con los sindicatos; con las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley; con la inspección del trabajo y demás interesados. • Crear un grupo de trabajo o comité sobre trabajo forzoso o incorporarse a un grupo de este tipo en su organización representativa de los empleadores, sea de ámbito local, estatal o nacional. • Apoyar la formulación de un plan de acción nacional contra el trabajo forzoso, como parte de los mecanismos políticos e institucionales clave para combatirlo en el nivel nacional. • Dentro de la esfera de influencia de la empresa, participar en programas de prevención y reintegración para antiguas víctimas de trabajo forzoso, ofreciéndoles la posibilidad de desarrollar sus calificaciones y recibir capacitación para el empleo. • De ser posible, participar en programas nacionales e internacionales, incluidas campañas en los medios de comunicación y coordinar la actuación con las autoridades locales y nacionales, las organizaciones de trabajadores y demás partes interesadas.
  • 29. José María Olayo olayo.blogspot.com Principios Laborales. Principio 5. “La empresas deben apoyar la abolición efectiva del trabajo infantil”.
  • 30. José María Olayo olayo.blogspot.com El termino “trabajo infantil” no debe confundirse con el de “empleo juvenil”. A partir de la edad mínima para entrar en el mercado laboral, los jóvenes tendrían que poder acceder a un trabajo decente, pero todavía necesitan ser protegidos de trabajos peligrosos y otras de las peores formas de trabajo infantil. El trabajo infantil es una forma de explotación que viola un derecho humano. Ha sido reconocido y definido en los instrumentos internacionales. Tanto la comunidad internacional como casi todos los gobiernos declaran su adhesión a la política de abolición del trabajo infantil.
  • 31. José María Olayo olayo.blogspot.com Crear conciencia y comprender las causas y consecuencias del trabajo infantil son las primeras medidas que una empresa puede adoptar. Ello significa definir las circunstancias, y determinar si el problema del trabajo infantil incumbe o no al ámbito de la empresa. Las empresas que se abastecen en sectores industriales específicos, y cuyas cadenas de suministro tienen una ubicación geográfica distante, deben estar particularmente atentas. Proceder con debido cuidado también supone estudiar las investigaciones de la OIT y otras fuentes para estar al corriente de los sectores susceptibles de estar afectados por el trabajo infantil en las zonas donde opera una empresa.
  • 32. José María Olayo olayo.blogspot.com EN EL LUGAR DE TRABAJO: • Respetar las disposiciones relativas a la edad mínima, consignadas en la legislación y la normativa laboral nacional, y, cuando la legislación nacional resulte insuficiente, tomar en consideración las normas internacionales del trabajo. • Usar mecanismos adecuados y verificables para controlar la edad. • Si en el lugar de trabajo se constata la presencia de niños menores de la edad mínima legal para trabajar, tomar medidas para retirarlos del trabajo. • En lo posible, ayudar a los niños retirados del lugar de trabajo y a su familia, a acceder a servicios adecuados y a alternativas viables. • Instar a los subcontratistas, los proveedores y demás socios comerciales a combatir el trabajo infantil.
  • 33. José María Olayo olayo.blogspot.com EN LA COMUNIDAD DONDE SE DESARROLLAN SUS OPERACIONES: • Las empresas podrán optar por contribuir, de ser posible, a esfuerzos más amplios de la comunidad encaminados a eliminar el trabajo infantil y ayudar a los niños retirados del trabajo a acceder a una educación de calidad y protección social. • Trabajar de forma conjunta con otras empresas, asociaciones sectoriales y organizaciones de empleadores, a fin de idear una estrategia para todo el sector en la solución de este problema; y entablar vínculos con los sindicatos; las autoridades encargadas de hacer cumplir la ley; la inspección del trabajo; y demás partes interesadas. • Crear un grupo de trabajo o comité sobre trabajo infantil o incorporarse a un grupo de este tipo en su organización representativa de los empleadores, sea de ámbito local, estatal o nacional. • Apoyar la formulación y ejecución de un plan de acción nacional contra el trabajo infantil, como parte de los mecanismos políticos e institucionales clave para combatirlo en el nivel nacional. • Dentro de la esfera de influencia de la empresa, participar en programas de prevención y reintegración para niños retirados del trabajo infantil, ofreciéndoles oportunidades para desarrollar sus calificaciones y capacitarse para el empleo. • De ser posible, participar en programas nacionales e internacionales, incluidas campañas en los medios de comunicación, y coordinar la actuación con las autoridades locales y nacionales, los sindicatos y demás partes interesadas.
  • 34. José María Olayo olayo.blogspot.com Principios Laborales. Principio 6. “La empresas deben apoyar la eliminación de la discriminación en materia de empleo y ocupación”.
  • 35. José María Olayo olayo.blogspot.com La discriminación en el empleo y la ocupación ocurre cuando un candidato recibe un trato diferente, o menos favorable, debido a características no relacionadas con sus méritos o los requisitos inherentes al puesto. En la legislación nacional, por lo general, entre estas características se incluyen las siguientes: raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social. Además, algunos países han ampliado la protección a otras áreas, como la orientación sexual, la edad, el VIH/SIDA y otros.
  • 36. José María Olayo olayo.blogspot.com La discriminación puede adoptar diversas formas. Es directa cuando, por ejemplo, las leyes o reglas explícitamente limitan el acceso de una persona al empleo. Sin embargo, por lo general es indirecta y tiene lugar de modo informal a través de actitudes y conductas. Algunas formas de discriminación pueden incluso tener raíces culturales.
  • 37. José María Olayo olayo.blogspot.com ESTRATEGIAS PARA ELIMINAR LA DISCRIMINACIÓN. EN EL LUGAR DE TRABAJO: • Instituir en la empresa políticas y procedimientos que hagan de las calificaciones, las competencias y la experiencia la base de la contratación, la colocación, la capacitación y la promoción del personal en todos los niveles. • Asignar responsabilidad por temas relativos a la igualdad en el empleo a un encargado de alto nivel; definir políticas y procedimientos claros para toda la empresa a fin de orientar las prácticas en la materia; y relacionar la promoción con el desempeño deseado en este campo. • Impartir formación al personal sobre políticas y prácticas de no discriminación; incluso la sensibilización sobre las discapacidades. Adaptar razonablemente el entorno físico, para garantizar la salud y seguridad a los empleados, clientes y otros visitantes con discapacidades. • Trabajar respecto de cada caso de forma individual para evaluar si una distinción es un requisito inherente a un puesto de trabajo; y evitar pedir una serie de requisitos para un puesto, que sistemáticamente sitúen en situación de desventaja a ciertos grupos.
  • 38. José María Olayo olayo.blogspot.com EN EL LUGAR DE TRABAJO: • Llevar registros actualizados de la contratación, la capacitación y las promociones, en aras de la transparencia, respecto de las oportunidades ofrecidas a los empleados, y su evolución dentro de la organización. • Al detectar una situación de discriminación, concebir procedimientos de presentación de quejas, para atender los reclamos, gestionar las apelaciones y ofrecer posibilidades de recurso a los empleados. La adopción de este y otro tipo de medidas para evitar o remediar la discriminación, es particularmente importante en el contexto de las negociaciones y los convenios colectivos. • Tener presentes las estructuras formales y las cuestiones culturales que pueden impedir que los empleados planteen sus preocupaciones y quejas. • Crear programas para promover el acceso al desarrollo de las calificaciones, la formación y determinadas ocupaciones.
  • 39. José María Olayo olayo.blogspot.com EN LA COMUNIDAD DONDE DESARROLLAN SUS OPERACIONES: • Alentar y apoyar las actividades encaminadas a generar un clima de tolerancia e igualdad ante las oportunidades de desarrollo profesional, como programas de educación para adultos y servicios de salud y guardería. • En sus operaciones internacionales, las empresas tal vez tengan que incorporar tradiciones culturales, y trabajar con los representantes de los trabajadores y las autoridades gubernamentales para garantizar el acceso al empleo de las mujeres y las minorías en pie de igualdad.le
  • 40. José María Olayo olayo.blogspot.com Principios sobre el medio Ambiente. Principio 7. “Las empresas deberán mantener un enfoque preventivo que favorezca el medio ambiente”.
  • 41. José María Olayo olayo.blogspot.com El enfoque preventivo se define de la forma siguiente: “Cuando haya peligro de daño grave o irreversible, la falta de certeza científica absoluta no deberá utilizarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces en función de los costos para impedir la degradación del medio ambiente”. El enfoque preventivo exige la aplicación sistemática de la evaluación de los riesgos (determinación de los riesgos, caracterización de los peligros, evaluación de la exposición y caracterización del riesgo), la gestión y la notificación de los riesgos. Cuando exista una sospecha razonable de daños y los responsables de la adopción de decisiones tengan que aplicar un enfoque preventivo, deben tener en cuenta el grado de incertidumbre de la evaluación científica.
  • 42. José María Olayo olayo.blogspot.com Principios sobre el medio Ambiente. Principio 8. “Las empresas deben fomentar las iniciativas que promuevan una mayor responsabilidad ambiental”.
  • 43. José María Olayo olayo.blogspot.com Las empresas tienen la responsabilidad de garantizar que sus actividades no perjudiquen al medio ambiente de sus vecinos. La sociedad también espera que las empresas sean buenos vecinos. La empresa consigue su legitimidad satisfaciendo las necesidades de la sociedad, y la sociedad manifiesta cada vez más la clara necesidad de adoptar prácticas más sostenibles desde el punto de vista ambiental.
  • 44. José María Olayo olayo.blogspot.com Principios sobre el medio Ambiente. Principio 9. “Las empresas deben favorecer el desarrollo y la difusión de las tecnologías respetuosas con el medio ambiente”.
  • 45. José María Olayo olayo.blogspot.com Las tecnologías respetuosas con el medio ambiente son aquellas que protegen el medio ambiente, contaminan menos, utilizan los recursos de una forma más sostenible, reciclan más sus desechos y productos y tratan los residuos de una manera más aceptable que las tecnologías a las que sustituyen. Las tecnologías respetuosas con el medio ambiente comprenden una variedad de procesos de producción más limpios y de tecnologías para prevenir la contaminación, así como tecnologías de etapa final y de supervisión. También pueden agrupar sistemas integrales que incluyan conocimientos técnicos, procedimientos, bienes y servicios y equipos, así como procedimientos de organización y gestión.
  • 46. José María Olayo olayo.blogspot.com Algunas medidas propuestas: - Facilitar información a los consumidores y a las partes interesadas de la organización sobre los posibles riesgos para el medio ambiente que entrañan los productos y servicios. - Sumarse a los esfuerzos del sector para intercambiar conocimientos y abordar las cuestiones que preocupan, en particular los procesos de producción y los productos acerca de los cuales existe un alto grado de incertidumbre y sensibilidad. - Elaborar programas de producción y consumo sostenibles con objetivos de rendimiento claros, para que, a largo plazo, la organización vaya más allá del mero cumplimiento de las normas. - Establecer una política institucional sobre el empleo de tecnologías respetuosas con el medio ambiente. - Cambiar el proceso, la técnica de fabricación y/o los insumos, así como introducir cambios en el producto y los procedimientos relacionados con la reutilización de los materiales en la propia instalación. - Medir el progreso realizado en la incorporación de principios de sostenibilidad en las prácticas empresariales, hacer un seguimiento e informar de dicho progreso. - Intercambiar y difundir información que ilustre las ventajas de emplear tecnologías limpias. - Utilizar evaluaciones del ciclo de vida a la hora de desarrollar nuevas tecnologías y nuevos productos.
  • 47. José María Olayo olayo.blogspot.com Principio contra la corrupción. Principio 10. “Las empresas deben trabajar contra la corrupción en todas sus formas, incluidas la extorsión y el soborno”.
  • 48. José María Olayo olayo.blogspot.com La corrupción, que se ha definido como el abuso, con fines de lucro privado, de las facultades confiadas, puede adoptar muchas formas que varían en cuanto al grado de gravedad, desde los casos leves de utilización de la influencia hasta el soborno institucionalizado. La corrupción plantea riesgos para la reputación de la empresa y aumenta la exposición a los riesgos jurídicos, financieros y de otra índole. La OCDE define la extorsión del siguiente modo: “sobornar es el acto de pedir o tentar a otro a cometer soborno. Se convierte en extorsión cuando esta exigencia está acompañada por amenazas que ponen en peligro la integridad personal o la vida de las personas involucradas.” Soborno se define como “Un ofrecimiento o recepción de cualquier regalo, préstamo, honorario, recompensa u otra ventaja para o de cualquier persona como una forma de inducir a que se haga algo deshonesto o ilegal en la conducta de la gestión de una empresa.”
  • 49. José María Olayo olayo.blogspot.com Algunas medidas propuestas: - Introducir y aplicar políticas y programas eficaces de tolerancia cero y adoptar un código ético en la empresa. - Capacitar a los empleados con vistas a asegurar el desarrollo de una cultura ética dentro de la empresa y su integración en los sistemas de gestión. - Adoptar procedimientos internos de presentación de informes. - Aplicar la rendición de cuentas y la transparencia en todas las transacciones de la empresa. - Cooperar con las autoridades en la investigación y el procesamiento de los casos de corrupción. - Participar en la acción empresarial colectiva con las empresas homólogas del sector para crear condiciones equitativas para todos.
  • 50. José María Olayo olayo.blogspot.com Páginas relacionadas
  • 51. José María Olayo olayo.blogspot.com http://www.pactomundial.org/category/aprendizaje/10-principios/
  • 52. José María Olayo olayo.blogspot.com http://pactomundial.org/wp-content/uploads/2015/04/ppios-laborales-del-PactoMundial-guia-para-empresas.pdf
  • 53. José María Olayo olayo.blogspot.com http://www.econ.uba.ar/unai/archivos/pacto_global/ATS_ES.pdf
  • 54. José María Olayo olayo.blogspot.com http://www.centroregionalpmal.org/web-pacto/esp/sites/default/files/UNGC_Management_Model_Brochure-crops.pdf