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Causas y consecuencias de los conflictos limítrofes que nicargaua ha tenido.
1. CAUSAS Y CONSECUENCIAS DE LOS
CONFLICTOS LIMÍTROFES QUE
NICARAGUA HA TENIDO.
Honduras
Colombia
Costa Rica
El salvador
2. El territorio nacional es el comprendido
entre el Mar Caribe y el Océano Pacífico y
las Repúblicas de Honduras y Costa Rica.
La soberanía, jurisdicción y derechos de
Nicaragua se extienden a las islas, cayos
y bancos adyacentes, así como a las
aguas interiores, el mar territorial, la zona
contigua, la plataforma continental, la
zona económica exclusiva y el espacio
aéreo correspondiente, de conformidad
con la ley y las normas de Derecho
Internacional. La República de Nicaragua
únicamente reconoce obligaciones
internacionales sobre su territorio que
hayan sido libremente consentidas y de
conformidad con la Constitución Política
de la República y con las normas de
Derecho Internacional. Asimismo, no
acepta los tratados suscritos por otros
países en los cuales Nicaragua no sea Parte
3. Litigio con Honduras
En tiempos de la Colonia Española, Nicaragua como Provincia tenía una extensión mucho mayor de la que hoy
posee como república independiente, sus límites se extendían por el Norte hasta el río Aguán, abarcando un tercio
de la parte oriental de la actual Honduras.
En octubre de 1904, Honduras y Nicaragua, viendo que no llegan a ningún acuerdo, deciden someterse al arbitraje
del rey de España, quien en 1905 nombra una Comisión de Examen. En diciembre de 1906, la comisión establece
la línea divisoria, marcando la frontera en la vaguada del río Coco, quedando el pueblo de Cabo Gracias a Dios en
territorio nicaragüense.
En 1912, Honduras solicita la intervención de Estados
Unidos para mediar en el conflicto,
pero sus intentos diplomáticos fracasan.
4. Llegamos a 1956, cuando Nicaragua se encuentra sumida en revueltas internas (el dictador Anastasio
Somoza es ajusticiado por Ricardo López), momento que Honduras aprovecha para atacar el puesto
fronterizo de Mokorón.
Para evitar un conflicto bélico, interviene la OEA, quién convence a ambos países para que se
presenten el caso ante la Corte Internacional de Justicia. En su resolución, la Corte Internacional de
Justicia validaba en 1960, el laudo del rey de España de 1906, fijando la frontera terrestre hasta la
desembocadura del río Coco.
En 1977, tras las concesiones realizadas por el
gobierno de Nicaragua a empresas
norteamericanas para la explotación de
yacimientos de petróleo en la zona próxima al
paralelo 15, Nicaragua trata de iniciar nuevamente
negociaciones con Honduras con el fin de delimitar
definitivamente las fronteras marítimas en la zona
del Atlántico y del Mar Caribe.
5. En 1981 se producen incidentes marítimos en el Golfo
de Fonseca. Honduras: ataques a barcos pesqueros
nicaragüenses
En Agosto de 1986, el Presidente de Colombia
Belisario Betancur, y el recién electo Presidente de
Honduras, José Azcona, suscribieron en la Isla de San
Andrés el Tratado de Delimitación Marítima. Por medio
de él se dividían la mayor parte de las áreas insulares,
marinas y submarinas de Nicaragua, y también áreas
que podrían corresponder a Jamaica.
El 8 de Octubre del 2007 la Corte Internacional de
Justicia (CIJ) falló a favor de Honduras por la
soberanía de cuatro islas en el Caribe, en disputa con
Nicaragua, aunque estableció una nueva frontera
marítima que reconoce parte de las peticiones de
Managua sobre 130.000 km2.
6. Problemas limítrofes con Colombia.
A pesar de la sentencia y tratados a favor de Nicaragua;
Honduras, Costa Rica y la ultramar República de Colombia, han
cercenado y siguen queriendo cercenar nuestro patrimonio
territorial y marítimo. Nicaragua y España celebraron en Madrid
el 25 de Julio de 1850, el tratado Marcoleta - Pidal que dice
textualmente: Su majestad católica cede en uso de sus
facultades y por decreto de las Cortes Generales del Reino, a la
Provincia de Nicaragua (hoy República), todos los territorios que
se hubieren incorporados a dicha República entre el mar
Atlántico y el mar Pacífico son sus islas adyacentes, es decir a la
hoy República de Nicaragua, de mar a mar.
7. Colombia perdió el control sobre una
importante porción de una zona marítima al
oriente del meridiano 82º, los que la corte
reconoció como de soberanía nicaragüense,
aunque otorga a la jurisdicción de Colombia
una «lengua» de jurisdicción a la latitud de
las islas de San Andrés y Providencia, del
mismo modo que dos enclaves marinos de
un radio de 12 millas náuticas alrededor de
los cayos de Quitasueño y Serrana , los que
estarán encerrados por aguas
nicaragüenses, en razón de que, según
entiende la corte, cada isla o cayo , por
pequeña que sea, debe tener anexado
un mar territorial . Estos territorios son ricos
en petróleo, gas, y pesca, con abundancia
de peces, caracoles , y en especial
de langostas .
8. El fallo definitivo. Para los expertos se trata del gran triunfo
diplomático nicaragüense. La CIJ, en una decisión
considerada salomónica, cedió la soberanía del archipiélago
de San Andrés, Providencia, Santa Catalina, Cayos Serrana,
Serranilla, Roncador y Quitasueño a Colombia, mientras que
otorgó a Nicaragua la soberanía sobre una amplia plataforma
en el mar Caribe.
A pesar de la sentencia de la Corte Internacional de Justicia,
Colombia se negó a aceptarla, retirándose del Pacto de
Bogotá. Por tal razón, Nicaragua acudió nuevamente a la
Corte para obligar a Colombia a acatar la resolución y
solicitar la definición de su plataforma extendida en el Mar
Caribe.
9. Problemas limítrofes con Costa Rica
Desde el período colonial, el Partido de Nicoya y
Guanacaste habían permanecido sujetos a la
administración de la Provincia de León
(Nicaragua). Al proclamarse la Independencia en
1821, el vacío de poder entre las élites locales
provocó la disputa por el poder, dando como
resultado las guerras civiles en el Estado de
Nicaragua.
Finalmente, Nicaragua suscribió el Tratado
Cañas-Jerez en abril de 1858, con el cual se
cedía a Costa Rica la soberanía sobre
Guanacaste y Nicoya después de una larga
disputa; pero Nicaragua tendría el dominio y
sumo imperio sobre las aguas del Río San Juan
10. Los límites acordados mediante este convenio fueron
violentamente impugnados por la nación costarricense
hasta que los dos países solicitaron el arbitraje del
Presidente de los Estados Unidos, quien en 1888
confirmó la demarcación acordada en el Tratado Cañas-
Jerez, través del Laudo Cleveland. .
Por virtud del tratado de 1858, Costa Rica tiene
solamente derecho de navegación con objetos de
comercio sobre las aguas del Río San Juan a partir de la
sección donde la frontera tica se arrima a la ribera
derecha del río. Las aguas de la Bahía de Salinas como
la isla interior llamada Bolaños son compartidas por
ambos países.
11. En la sentencia de la Corte Internacional de
Justicia, con sede en La Haya (Holanda) del 13
de julio de 2009, los derechos de Costa Rica se
limitaban a navegar con objetos de comercio en
la parte del Río San Juan autorizada por el
Tratado de 1858, pero no puede hacerlo con
buques o embarcaciones que ejerzan funciones
de policía o con fines de relevo de personal en
puestos de policía fronteriza a lo largo de la
margen derecha del río y del avituallamiento de
estos puestos, con el equipamiento oficial,
incluyendo armas de servicio y municiones.
La Corte Internacional de Justicia decidió
agrupar en un solo juicio ambas demandas. En
su sentencia resolvió que Isla Portillos es
posesión de Costa Rica, que Nicaragua provocó
daños ambientales, en cambio a Nicaragua le
ratificó el derecho soberano de realizar labores
de dragado en el Río San Juan.
12. Problemas limítrofes con El Salvador.
El golfo de Fonseca con una extensión de 3,200km² ha sido escenario de tenciones
políticas entre los tres países.
En 1916, los gobiernos de El Salvador y Costa Rica recurrieron a la Corte de Justicia
Centroamericana, para protestar por las cláusulas del tratado que consideraban que
vulneraban sus derechos. Costa Rica no había sido consultada por Nicaragua para
suscribir el convenio, a pesar de que así lo disponían el tratado Cañas-Jerez de 1858,
ratificado por el laudo Cleveland de 1888; El Salvador reclamaba el condominio de las
aguas del Golfo de Fonseca, del que es ribereño.
La Corte de Justicia Centroamericana falló en 1916 a favor de Costa Rica y en 1917 a
favor de El Salvador, pero Nicaragua anunció que no aceptaría esas sentencias y retiró
su magistrado del tribunal. Los Estados Unidos y Nicaragua hicieron caso omiso de la
decisión, lo que contribuyó significativamente al colapso de la corte en 1918.
13. En 1992 la CIJ delimita las fronteras en el golfo entre las Repúblicas de Honduras
Nicaragua y El Salvador.
En el 2009 los presidentes de los tres países antes mencionados, acuerdan declarar
al golfo de Fonseca, como zona de paz y desarrollo sostenible. Ratificado el 25 de
Agosto 2014.