1. Consejo Superior de la Judicatura
Juzgado Promiscuo Municipal de Santiago (P)
RADICACIÓN: 867604089001
2020 - 00061
PROCESO: EXONERACIÓN CUOTA
ALIMENTARIA
DEMANDANTE: OSCAR EDUARDO ACOSTA
APODERADO: CARLOS ARTURO HERRERA TORRES
DEMANDADO(S): MAYTE GISELA ACOSTA AREVALO
APODERADO:
FECHA DE RADICACIÓN: 1 DE SEPTIEMBRE DE 2020
CUADERNO No.: ___1___ PRINCIPAL
Calle 6 No. 4 - 23 B/ Nazaret
E-mail: jprmpal01sant@notificacionesrj.gov.co
Santiago - Putumayo
2. SEÑOR.
JUEZ PROMISUCO MUNICIPAL DE SANTIANGO PUTUMAYO.
E. S. D.
REF. PROCESO DE EXONERACION DE CUOTA ALIMENTARIA Y
ARCHIVO DEL MISMO.
CARLOS ARTURO HERRERA TORRES, mayor de edad y vecino de
la ciudad de Pasto, identificado como aparece al pie de mi
correspondiente firma , obrando en ejercicio del poder otorgado el señor
OSCAR EDUARDO ACOSTA , identificado con cedula de ciudadanía
no. 12.977.433 de Pasto, persona igualmente mayor de edad y vecino
de la ciudad de Pasto, con todo respeto me permito presentar demanda
de EXONERACION DE CUOTA ALIMENTARIA Y TERMINACION DE
PROCESO , y de continuar pagando alimentos a la señorita MAYTE
GISELA ACOSTA AREVALO, mayor de edad y vecina del Municipio
de Santiago Putumayo. Registrada en la notaria segunda de Pasto,
serial no. 26447443.quien viene recibiéndolo la cuota alimentaria a
orden de este juzgado de este Municipio.
HECHOS.
1.- Mi poderdante fue demandado en proceso de alimentos por la
señora AIDEE DEL SOCORRO AREVALO BENITEZ, Identificada con
cedula de ciudadanía no. 27.469.998 de Santiago Putumayo, madre y a
favor de la señorita MAYTE GISELA ACOSTA AREVALO, ante su
juzgado.
2.- en el proceso se me viene descontando por concepto de cuota
alimentaria la suma de $ 214.627 a favor de ella.
3.- hasta la fecha mi mandante ha cumplido con la obligación impuesta,
en los términos en la sentencia que lo condeno.
4.- Sin embargo la beneficiaria de dichos alimentos en el momento
cuenta con 27 años de edad, no tiene ningún impedimento, por lo que
ha cesado la obligación de suministrar alimentos conforme lo manda la
ley.
3. PRETENSIONES.
Con base en los hechos expuestos le solicito que mediante sentencia
se hagan las siguientes o parecidas declaraciones.
PRIMERA. Se exonere a mi poderdante de continuar pagando
alimentos a favor de la señorita MAYTE GISELA ACOSTA AREVALO,
quien en el momento tiene 27 años de edad y que en el momento se
encuentra por valor de $ 214.627 a ordenes de este juzgado, en proceso
promovido por su señora madre AIDEE DEL SOCORRO AREVALO
BENITEZ.
SEGUNDA. Comuníquese al pagador o tesorero de la caja de sueldos
de retiro Casar para que no se siga realizando dicho descuento y para
que en lo sucesivo se abstenga de efectuar retención alguna.
PRUEBAS.
Me permito se tenga en cuenta la siguiente.
Documental.
REGISTRO CIVIL DE NACIMIENTO.
Fotocopia cedula de ciudadanía de mi poderdante.
Fotocopia del desprendible de pago.
DERECHO.
Invoco como fundamento de derecho las siguientes normas.
Artículos 411 y ss., del código civil, decretos 2272 de 1989.
NOTIFICACIONES.
Mi poderdante y el suscrito recibirán las notificaciones en la cra 24 no.
17-18 edificio agresor de la ciudad de Pasto, oficina 303, teléfono celular
no. 3203704895, correo electrónico carlosarturo7085@hotmail.com
4. La demandada: dirección física es Barrio Perpetuo socorro del Municipio
Santiago Putumayo, correo electrónico maytecita90@hotmail.com,
teléfono celular 3156882894.
PROCESO Y CUANTIA.
Se trata de un proceso que por ser de su conocimiento por quien la
persona que viene disfrutando de los alimentos es mayor de edad y por
la naturaleza del asunto y la vecindad de la demandada, es usted
competente, señor Juez para conocer del presente asunto.
ANEXOS.
Me permito anexar el Poder a mi favor, los documentos aducidos como
prueba.
Del Señor Juez,
Atentamente,
CARLOS ARTURO HERRERA TORRES.
C.C. 12.997.085 de Pasto.
T.P. No. 279959 del C.S.Judicatura.
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9. 1/9/2020 Correo: Juzgado 01 Promiscuo Municipal - Putumayo - Santiago - Outlook
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buenas noches envió demanda confirmar recibido
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C
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otmail.com>
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10. 1/9/2020 Correo: Juzgado 01 Promiscuo Municipal - Putumayo - Santiago - Outlook
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