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ILUSTRE COLEGIO DE
ABOGADOS DE HUÁNUCO
ASIGNATURA:
…………………………………………………………….
TEMA
DOCENTE:
Dra……………………………………………………..
GRADUANDO
COLONIA ZEVALLOS LUIS ANGEL
HUÁNUCO - 2014
EL DECÁLOGO DEL ABOGADO
I. BREVE BIOGRAFÍA DE EDUARDO J. COUTURE (1904 – 1956)
Jurista y docente. Fue profesor titular de Derecho Procesal en la Universidad de la
República. Dirigió la "Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración", fue
Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Presidente del Colegio
de Abogados.
Sobre los temas de su especialización (procedimientos jurídicos y organización de
tribunales) dictó cursos universitarios y conferencias en varios países y también
dio a conocer diversos trabajos, entre otros un frecuentado "Vocabulario jurídico".
Presidió el Instituto Cultural Uruguayo - Brasileño y fue miembro de Número y vice
- presidente de la Academia Nacional de Letras. De su viaje por países de
América Latina, Europa y Estados Unidos dejó testimonio en un libro, "La comarca
y el mundo" (1953).
Su famosa frase quedará grabada para la posteridad: “Si el Derecho se
contrapone con la Justicia, inclínate por la Justicia”
Según Chanamé (1995), este ilustre abogado fue un insigne “Procesalista”
propulsor del Derecho Procesal Civil en la Universidad de Montevideo, república
oriental del Uruguay.
Entre sus principales obras tenemos:
Fundamentos de derecho procesal civil.
Estudios de derecho procesal civil.
Vocabulario de derecho procesal civil.
Proyecto del Código de procedimiento civil del Uruguay.
Introducción al estudio del proceso civil.
Los mandamientos del Abogado (más conocido como el Decálogo del
Abogado).
II. DECÁLOGO DEL ABOGADO DE COUTURE
De acuerdo con Flores (2002), el “Decálogo del Abogado”, es un mandamiento de
conducta y ética que la doctrina y los reglamentos profesionales o corporaciones
imponen a los abogados en el ejercicio de su profesión. En América Latina es muy
conocido el famoso “Decálogo del Abogado”, redactado por el eminente jurista
uruguayo Eduardo Couture, quien fue incorporado al “Colegio de Abogados de
Lima”, como Miembro de Honor en 1951.
El decálogo tiene como fin aspirar a decir en pocas palabras la jerarquía del
ministerio del abogado, pero tanto la abogacía como su ejercicio, sus necesidades
e ideales cambia en ella en medida en que pasa el tiempo teniendo como notas
determinantes de cambio, las exigencias de libertad humana, y los requerimientos
de la justicia social.
Por ello se puede decir que es al mismo tiempo arte, política, ética, acción y arte,
por tener reglas, pero no absolutas, sino libradas al poder creativo del hombre.
Política por ser la abogacía, la disciplina de libertad dentro del orden y en los
conflictos, el abogado es quien desata muchas veces las ráfagas de la tempestad
y puede contenerlas
Ética es un constante servicio de valores superiores que rigen la conducta
humana y cuando tiemblan los derechos individuales entonces es militancia en la
lucha por la libertad.
Ello es respecto a su contenido, ya que además contiene una forma, es decir un
estilo, el cual no se caracteriza por su unidad sino más bien por su diversidad.
Estudia:
Ningún abogado podría decir con seguridad conocer todas las disposiciones, ni
decir que su opinión, tuvo en cuenta la plenitud de la normativa.
Existen tantas posibilidades del error, que es por ello que la abogacía como
cualquier arte se aprende con sacrificio y perpetuo aprendizaje.
Piensa:
En el procedimiento escrito el abogado es el medio necesario entre la vida y l libro
en procedimiento oral sucede lo mismo con mayor acento.
Cuando los abogados entregan sus trabajos el juez debe escoger alguna de las
dos soluciones propuestas, o encontrar una tercera mejor.
El abogado transforma la vida en lógica, y el juez la lógica en justicia.
Pero su lógica no es pura, su pensar es al mismo tiempo inteligencia, intuición,
sensibilidad y acción.
La lógica del derecho no es lógica formal, sino una lógica viva con todas las
sustancias de la experiencia humana.
Por ello, se dice que la jurisprudencia la hacen los abogados, porque el
pensamiento de los jueces es posterior lo primero corresponde al pensamiento del
abogado.
Trabaja:
Respecto a los casos en que trabaja el abogado estos se pueden dividir en
categorías diferentes.
La mayoría responde a los no judiciales, sino en dar consejos, orientaciones e
ideas en materia de familia aquí la ciencia cede el paso a la prudencia.
Luego suceden los de rutina, ya sea gestiones, tramites entre otras.
Después, aquellos con mayor demanda, aquellos de trabajo más intenso, pero
que todo hombre inteligente y laborioso está acostumbrado a ellos.
Y los menos frecuentes responden a la esencia de la abogacía, no se
caracterizan por su magnitud económica, sino por el esfuerzo físico e intelectual
que demanda superarlos, son aquellos aparentemente perdidos pero entre sus
fisuras se filtra un hilo de luz por el cual el abogado abre su brecha, situaciones
graves que deben sostenerse por meses o por años.
Lucha:
El derecho no es un fin sino un medio.
En la escala de valores no se encuentra el derecho, sino la justicia que es fin en
sí, y por lo que el derecho es medio de acceso.
Los asuntos no se dividen en chicos o grandes, sino en justos o injustos.
Los incidentes, dilatorias, apelaciones inmotivadas pocas veces son justas y
ayudan a ganar muchas veces batalla, pero lo que cuenta al final es la guerra.
El abogado se pone en día de prueba o muestra su calidad auténtica, el día que
puede decir a ese cliente con dignidad de su investidura y sencillez afectuosa de
su amistad, que la causa es indefendible.
Hasta ese día solo es un aprendiz.
Se leal:
Siempre se confunde la abogacía y la defensa. Ella no es dogmática, sino un arte
y como ella, no tiene dogmas.
Ella es escéptica e investigativa.
El abogado, una vez investigado los hechos y estudiado el derecho, acepta la
causa y entonces se transforma en abogado defensor.
Allí sus argumentos son ad probandum y su posición es terminante y se hace
enérgico e intransigente en sus actitudes.
Antes de aceptar la causa tiene libertad para decidir, pero cuando dice que si su
ley no es más la de la libertad, sino la de la lealtad.
La duda es para antes y no después de aceptar la causa. Tiene como límite el
tener la convicción de haberse equivocado al aceptar. Entonces, renuncia a la
causa con la máxima discreción posible.
Pero el mayor día de lealtad es al momento de fijar honorarios, pero esto es algo
que pertenece ya al fuero de la conciencia.
La lealtad respecto al adversario es necesaria, sino la lucha ya no sería de un
hombre honrado con un pillo, sino de dos pillos.
Frente al juez, también se debe lealtad, porque respecto a los hechos, el los
ignora, y debe creer de buena fe aquello que el abogado expone y respecto al
derecho, el abogado dispone para estudiar el derecho aplicable a un caso de todo
el tiempo que desea. Pero el juez no lo dispone.
Por ello, se dice que aquel abogado que traiciona a la lealtad, se traiciona a sí
mismo y a su ley.
Tolera:
Un abogado debe ser enérgico y cortes; práctico y sutil; eficaz y respetuoso;
combativo y digno. Estas son aptitudes que parecen imposibles poder
emplearlas al mismo tiempo, pero son necesarias para un buen abogado, y el
único medio para llevarlas a cabo, es la tolerancia, ya que en el litigio, nadie
tiene la razón hasta la cosa juzgada.
Por ello, la mejor regla del profesional no es aquella que anticipa la victoria,
sino aquella que anuncia al cliente que probablemente podrá contarse con ella.
La tolerancia nos lleva, por respeto al prójimo y por respeto a nuestra propia
debilidad, a proceder con fe en la victoria pero sin desdén jactancioso en el
combate.
Ten paciencia:
Para escuchar, ya que cada cliente cree que su asunto es el más importante.
Para hallar la solución, ya que no siempre aparece a primera vista.
Para soportar al adversario, la cual se logra con lealtad y tolerancia
Para esperar la sentencia, en su transcurso, el abogado debe contener el
desfallecimiento del cliente ya que a veces, lo gana quien consigue durar tan solo
un minuto más que el adversario.
Y sobre todo para soportar la sentencia adversa.
Ten fe:
En el derecho, ya que el hombre hasta ahora, no ha encontrado ningún
instrumento que le asegure mejor convivencia.
En la justicia, el cual, es el contenido normal del derecho, y sus soluciones, aun
las aparentemente injustas, son la mayoría de las veces más justas que las
contrarias.
En la paz, por ser un valor en el orden humano, que invita a renunciar de tanto en
tanto a una parte de los bienes, para asegurarse aquello que esta prometido en la
tierra a los hombres de buena voluntad.
Respecto a la fe en la libertad, ella no necesita explicación en este mandamiento,
sin ella, no existirían ni el derecho, ni la justicia, ni la paz.
Olvida:
Los pleitos, se defienden como propios y se pierden como ajenos. Por ello, el
acatamiento respetuoso de las decisiones del árbitro, es parte del fairplay de la
abogacía.
Ama a tu profesión:
El amor al oficio lo eleva a una jerarquía de arte.
En el momento en que el abogado ha llegado al punto de aconsejar a su hijo, el decirle
que siga su propia profesión, es porque en ella ha hallado algo más que un oficio.
Y a pesar de que, la abogacía no es camino glorioso, ya que contiene penas y
exaltaciones, amarguras y esperanzas, desfallecimientos e ilusiones, sería virtuoso
entrever ese pequeño hilo de oro de la gloria que ansiamos para nuestro hijo.
Ya que se tiene un poco de gloria y mucho de angustia. Pero está en la ley de la vida
que es esta el precio que se paga por aquella.
III. ANÁLISIS DEL DECÁLOGO
“El Derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos será cada día
un poco menos Abogado.” (Tomado del Decálogo de Eduardo J. Couture).
Espero que sí. Hay un decálogo escrito por un jurista uruguayo, Eduardo Couture,
que se llama Mandamientos del abogado; uno de ellos dice estudia, si no lo haces,
cada día serás menos abogado. Eso se aplica a todos los oficios; si no estudia
uno, cada día es menos periodista, menos ingeniero, menos médico. De modo
que yo espero sí, ser mejor que hace 40 y tantos años que comencé porque he
querido serlo, a lo mejor el resultado No, sin duda sí.
George Gurdjieff, filósofo oriental, decía que los comunicadores debían ser como
en Babilonia, reconocidos por sus méritos y su vida honrada, e incluso estar
obligados a prestar juramento para ejercer este oficio, ¿comparte esta idea?
Sería deseable que todas esas características y esa práctica ocurrieran ahora.
Hay mucha banalidad, mucha improvisación impuesta por la maquinaria industrial
que es la hechura de la información y la reflexión. Tendríamos que volver atrás y
tener esa calma, que, por otro lado, si la ejerciéramos seríamos expulsados del
mercado.
IV. CONCLUSIÓN
El decálogo de Eduardo C. Couture enuncia los deberes de todo abogado en el
ejercicio de la abogacía.
Estoy de acuerdo respecto a las exigencias que enumera, ya que como toda
profesión necesita unos lineamientos básicos que la caractericen y, él de un modo
casi poético los resume en diez títulos.
A pesar de que cada una tiene igual importancia, que en la realidad suenan
hasta un poco idílico algunas de ellas ya que, muchas no son tenidas en cuenta
dando como ejemplo claro la cuarta referida a la lucha (más específicamente a
quienes dilatan el proceso), la sexta, que habla de la lealtad entre adversarios e
inclusive la primera respecto al estudio.
Es decir, que es claro que habrán abogados que cumplen con todas estas
condiciones y por ello estarán tranquilos en su conciencia, pero los medios y la
misma sociedad, solo ponen a la luz, o les interesa hablar, de aquellos que no
cumplen estas aptitudes, que solo pueden ser conocidos por infames, lo cual
hace que la abogacía sea vista con malos ojos por la sociedad.
Es por ello, que el decálogo debería ser un libro que tendría que estar en la
biblioteca de todo abogado, porque, pese a ser escrito en el año 1949, no pierde
su vigencia, y hace recordar a muchos, la noble razón por la que eligió esta
carrera entre tantas existentes.
V. BIBLIOGRAFÍA
Chanamé Orbe, Raúl. Diccionario jurídico moderno. Lima, Ed. San Marcos,
1995.
Couture, Eduardo J. Los mandamientos del abogado. Comentados. México,
IURE editores, 2002.
Cueva Sevillano, Alfonso, editor. Gran diccionario jurídico. Lima, A.F.A
Editores Importadores, 2000.
De La Torre, Francisco Javier “Etica y Deontología Jurídica”, Dykinson SL
Libros, San Salvador, 2000 P.44. http://www.salvador.edu.ar/003-fuer.htm
Enciclopedia Jurídica Omeba. Buenos Aires, Driskill, 1979.
Flores Polo, Pedro. Diccionario jurídico fundamental. 2° ed. Lima, Grijley,
2002.
Gomez, R. Deontología Jurídica. Madrid. España: Ed. Ponsa, 1999.
Gutierrez, Fèlix Del Valle “La Ley de Abogados”. Historia de la Abogacìa en
Venezuela y en el Mundo” Clase Magistral, UCAB, 2004.
Ludovico Candelero, Manuel José. “El Pensamiento Jurídico Actual”
Sistema Social y Justicia. En http:// www.eft.com. ar / doctrina/libros
/elpensamiento.htm
Pérez - Fernández, B. Deontología Jurídica. México, D.F., Porrúa, 1997.

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Decalogo del abogado

  • 1. ILUSTRE COLEGIO DE ABOGADOS DE HUÁNUCO ASIGNATURA: ……………………………………………………………. TEMA DOCENTE: Dra…………………………………………………….. GRADUANDO COLONIA ZEVALLOS LUIS ANGEL HUÁNUCO - 2014 EL DECÁLOGO DEL ABOGADO
  • 2. I. BREVE BIOGRAFÍA DE EDUARDO J. COUTURE (1904 – 1956) Jurista y docente. Fue profesor titular de Derecho Procesal en la Universidad de la República. Dirigió la "Revista de Derecho, Jurisprudencia y Administración", fue Decano de la Facultad de Derecho y Ciencias Sociales y Presidente del Colegio de Abogados. Sobre los temas de su especialización (procedimientos jurídicos y organización de tribunales) dictó cursos universitarios y conferencias en varios países y también dio a conocer diversos trabajos, entre otros un frecuentado "Vocabulario jurídico". Presidió el Instituto Cultural Uruguayo - Brasileño y fue miembro de Número y vice - presidente de la Academia Nacional de Letras. De su viaje por países de América Latina, Europa y Estados Unidos dejó testimonio en un libro, "La comarca y el mundo" (1953). Su famosa frase quedará grabada para la posteridad: “Si el Derecho se contrapone con la Justicia, inclínate por la Justicia” Según Chanamé (1995), este ilustre abogado fue un insigne “Procesalista” propulsor del Derecho Procesal Civil en la Universidad de Montevideo, república oriental del Uruguay. Entre sus principales obras tenemos: Fundamentos de derecho procesal civil. Estudios de derecho procesal civil. Vocabulario de derecho procesal civil. Proyecto del Código de procedimiento civil del Uruguay. Introducción al estudio del proceso civil. Los mandamientos del Abogado (más conocido como el Decálogo del Abogado).
  • 3. II. DECÁLOGO DEL ABOGADO DE COUTURE De acuerdo con Flores (2002), el “Decálogo del Abogado”, es un mandamiento de conducta y ética que la doctrina y los reglamentos profesionales o corporaciones imponen a los abogados en el ejercicio de su profesión. En América Latina es muy conocido el famoso “Decálogo del Abogado”, redactado por el eminente jurista uruguayo Eduardo Couture, quien fue incorporado al “Colegio de Abogados de Lima”, como Miembro de Honor en 1951. El decálogo tiene como fin aspirar a decir en pocas palabras la jerarquía del ministerio del abogado, pero tanto la abogacía como su ejercicio, sus necesidades e ideales cambia en ella en medida en que pasa el tiempo teniendo como notas determinantes de cambio, las exigencias de libertad humana, y los requerimientos de la justicia social. Por ello se puede decir que es al mismo tiempo arte, política, ética, acción y arte, por tener reglas, pero no absolutas, sino libradas al poder creativo del hombre. Política por ser la abogacía, la disciplina de libertad dentro del orden y en los conflictos, el abogado es quien desata muchas veces las ráfagas de la tempestad y puede contenerlas Ética es un constante servicio de valores superiores que rigen la conducta humana y cuando tiemblan los derechos individuales entonces es militancia en la lucha por la libertad. Ello es respecto a su contenido, ya que además contiene una forma, es decir un estilo, el cual no se caracteriza por su unidad sino más bien por su diversidad. Estudia: Ningún abogado podría decir con seguridad conocer todas las disposiciones, ni decir que su opinión, tuvo en cuenta la plenitud de la normativa. Existen tantas posibilidades del error, que es por ello que la abogacía como cualquier arte se aprende con sacrificio y perpetuo aprendizaje. Piensa: En el procedimiento escrito el abogado es el medio necesario entre la vida y l libro en procedimiento oral sucede lo mismo con mayor acento.
  • 4. Cuando los abogados entregan sus trabajos el juez debe escoger alguna de las dos soluciones propuestas, o encontrar una tercera mejor. El abogado transforma la vida en lógica, y el juez la lógica en justicia. Pero su lógica no es pura, su pensar es al mismo tiempo inteligencia, intuición, sensibilidad y acción. La lógica del derecho no es lógica formal, sino una lógica viva con todas las sustancias de la experiencia humana. Por ello, se dice que la jurisprudencia la hacen los abogados, porque el pensamiento de los jueces es posterior lo primero corresponde al pensamiento del abogado. Trabaja: Respecto a los casos en que trabaja el abogado estos se pueden dividir en categorías diferentes. La mayoría responde a los no judiciales, sino en dar consejos, orientaciones e ideas en materia de familia aquí la ciencia cede el paso a la prudencia. Luego suceden los de rutina, ya sea gestiones, tramites entre otras. Después, aquellos con mayor demanda, aquellos de trabajo más intenso, pero que todo hombre inteligente y laborioso está acostumbrado a ellos. Y los menos frecuentes responden a la esencia de la abogacía, no se caracterizan por su magnitud económica, sino por el esfuerzo físico e intelectual que demanda superarlos, son aquellos aparentemente perdidos pero entre sus fisuras se filtra un hilo de luz por el cual el abogado abre su brecha, situaciones graves que deben sostenerse por meses o por años. Lucha: El derecho no es un fin sino un medio. En la escala de valores no se encuentra el derecho, sino la justicia que es fin en sí, y por lo que el derecho es medio de acceso. Los asuntos no se dividen en chicos o grandes, sino en justos o injustos. Los incidentes, dilatorias, apelaciones inmotivadas pocas veces son justas y ayudan a ganar muchas veces batalla, pero lo que cuenta al final es la guerra.
  • 5. El abogado se pone en día de prueba o muestra su calidad auténtica, el día que puede decir a ese cliente con dignidad de su investidura y sencillez afectuosa de su amistad, que la causa es indefendible. Hasta ese día solo es un aprendiz. Se leal: Siempre se confunde la abogacía y la defensa. Ella no es dogmática, sino un arte y como ella, no tiene dogmas. Ella es escéptica e investigativa. El abogado, una vez investigado los hechos y estudiado el derecho, acepta la causa y entonces se transforma en abogado defensor. Allí sus argumentos son ad probandum y su posición es terminante y se hace enérgico e intransigente en sus actitudes. Antes de aceptar la causa tiene libertad para decidir, pero cuando dice que si su ley no es más la de la libertad, sino la de la lealtad. La duda es para antes y no después de aceptar la causa. Tiene como límite el tener la convicción de haberse equivocado al aceptar. Entonces, renuncia a la causa con la máxima discreción posible. Pero el mayor día de lealtad es al momento de fijar honorarios, pero esto es algo que pertenece ya al fuero de la conciencia. La lealtad respecto al adversario es necesaria, sino la lucha ya no sería de un hombre honrado con un pillo, sino de dos pillos. Frente al juez, también se debe lealtad, porque respecto a los hechos, el los ignora, y debe creer de buena fe aquello que el abogado expone y respecto al derecho, el abogado dispone para estudiar el derecho aplicable a un caso de todo el tiempo que desea. Pero el juez no lo dispone. Por ello, se dice que aquel abogado que traiciona a la lealtad, se traiciona a sí mismo y a su ley. Tolera: Un abogado debe ser enérgico y cortes; práctico y sutil; eficaz y respetuoso; combativo y digno. Estas son aptitudes que parecen imposibles poder emplearlas al mismo tiempo, pero son necesarias para un buen abogado, y el
  • 6. único medio para llevarlas a cabo, es la tolerancia, ya que en el litigio, nadie tiene la razón hasta la cosa juzgada. Por ello, la mejor regla del profesional no es aquella que anticipa la victoria, sino aquella que anuncia al cliente que probablemente podrá contarse con ella. La tolerancia nos lleva, por respeto al prójimo y por respeto a nuestra propia debilidad, a proceder con fe en la victoria pero sin desdén jactancioso en el combate. Ten paciencia: Para escuchar, ya que cada cliente cree que su asunto es el más importante. Para hallar la solución, ya que no siempre aparece a primera vista. Para soportar al adversario, la cual se logra con lealtad y tolerancia Para esperar la sentencia, en su transcurso, el abogado debe contener el desfallecimiento del cliente ya que a veces, lo gana quien consigue durar tan solo un minuto más que el adversario. Y sobre todo para soportar la sentencia adversa. Ten fe: En el derecho, ya que el hombre hasta ahora, no ha encontrado ningún instrumento que le asegure mejor convivencia. En la justicia, el cual, es el contenido normal del derecho, y sus soluciones, aun las aparentemente injustas, son la mayoría de las veces más justas que las contrarias. En la paz, por ser un valor en el orden humano, que invita a renunciar de tanto en tanto a una parte de los bienes, para asegurarse aquello que esta prometido en la tierra a los hombres de buena voluntad. Respecto a la fe en la libertad, ella no necesita explicación en este mandamiento, sin ella, no existirían ni el derecho, ni la justicia, ni la paz. Olvida: Los pleitos, se defienden como propios y se pierden como ajenos. Por ello, el acatamiento respetuoso de las decisiones del árbitro, es parte del fairplay de la abogacía.
  • 7. Ama a tu profesión: El amor al oficio lo eleva a una jerarquía de arte. En el momento en que el abogado ha llegado al punto de aconsejar a su hijo, el decirle que siga su propia profesión, es porque en ella ha hallado algo más que un oficio. Y a pesar de que, la abogacía no es camino glorioso, ya que contiene penas y exaltaciones, amarguras y esperanzas, desfallecimientos e ilusiones, sería virtuoso entrever ese pequeño hilo de oro de la gloria que ansiamos para nuestro hijo. Ya que se tiene un poco de gloria y mucho de angustia. Pero está en la ley de la vida que es esta el precio que se paga por aquella. III. ANÁLISIS DEL DECÁLOGO “El Derecho se transforma constantemente. Si no sigues sus pasos será cada día un poco menos Abogado.” (Tomado del Decálogo de Eduardo J. Couture). Espero que sí. Hay un decálogo escrito por un jurista uruguayo, Eduardo Couture, que se llama Mandamientos del abogado; uno de ellos dice estudia, si no lo haces, cada día serás menos abogado. Eso se aplica a todos los oficios; si no estudia uno, cada día es menos periodista, menos ingeniero, menos médico. De modo que yo espero sí, ser mejor que hace 40 y tantos años que comencé porque he querido serlo, a lo mejor el resultado No, sin duda sí. George Gurdjieff, filósofo oriental, decía que los comunicadores debían ser como en Babilonia, reconocidos por sus méritos y su vida honrada, e incluso estar obligados a prestar juramento para ejercer este oficio, ¿comparte esta idea? Sería deseable que todas esas características y esa práctica ocurrieran ahora. Hay mucha banalidad, mucha improvisación impuesta por la maquinaria industrial que es la hechura de la información y la reflexión. Tendríamos que volver atrás y tener esa calma, que, por otro lado, si la ejerciéramos seríamos expulsados del mercado. IV. CONCLUSIÓN El decálogo de Eduardo C. Couture enuncia los deberes de todo abogado en el ejercicio de la abogacía.
  • 8. Estoy de acuerdo respecto a las exigencias que enumera, ya que como toda profesión necesita unos lineamientos básicos que la caractericen y, él de un modo casi poético los resume en diez títulos. A pesar de que cada una tiene igual importancia, que en la realidad suenan hasta un poco idílico algunas de ellas ya que, muchas no son tenidas en cuenta dando como ejemplo claro la cuarta referida a la lucha (más específicamente a quienes dilatan el proceso), la sexta, que habla de la lealtad entre adversarios e inclusive la primera respecto al estudio. Es decir, que es claro que habrán abogados que cumplen con todas estas condiciones y por ello estarán tranquilos en su conciencia, pero los medios y la misma sociedad, solo ponen a la luz, o les interesa hablar, de aquellos que no cumplen estas aptitudes, que solo pueden ser conocidos por infames, lo cual hace que la abogacía sea vista con malos ojos por la sociedad. Es por ello, que el decálogo debería ser un libro que tendría que estar en la biblioteca de todo abogado, porque, pese a ser escrito en el año 1949, no pierde su vigencia, y hace recordar a muchos, la noble razón por la que eligió esta carrera entre tantas existentes. V. BIBLIOGRAFÍA Chanamé Orbe, Raúl. Diccionario jurídico moderno. Lima, Ed. San Marcos, 1995. Couture, Eduardo J. Los mandamientos del abogado. Comentados. México, IURE editores, 2002. Cueva Sevillano, Alfonso, editor. Gran diccionario jurídico. Lima, A.F.A Editores Importadores, 2000. De La Torre, Francisco Javier “Etica y Deontología Jurídica”, Dykinson SL Libros, San Salvador, 2000 P.44. http://www.salvador.edu.ar/003-fuer.htm Enciclopedia Jurídica Omeba. Buenos Aires, Driskill, 1979. Flores Polo, Pedro. Diccionario jurídico fundamental. 2° ed. Lima, Grijley, 2002. Gomez, R. Deontología Jurídica. Madrid. España: Ed. Ponsa, 1999. Gutierrez, Fèlix Del Valle “La Ley de Abogados”. Historia de la Abogacìa en Venezuela y en el Mundo” Clase Magistral, UCAB, 2004. Ludovico Candelero, Manuel José. “El Pensamiento Jurídico Actual” Sistema Social y Justicia. En http:// www.eft.com. ar / doctrina/libros /elpensamiento.htm Pérez - Fernández, B. Deontología Jurídica. México, D.F., Porrúa, 1997.