SlideShare una empresa de Scribd logo
1 de 6
Descargar para leer sin conexión
ANÁLISIS Y REVISIÓN DEL PROYECTO DE REGLAMENTO DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA PROPUESTO POR EL AYUNTAMIENTO DE
TORREÓN, COAHUILA, ELABORADO POR ALZANDO VOCES LAGUNA A.C.Y
RENACER LAGUNERO.
La participación ciudadana y la incidencia ciudadana en las decisiones
del gobierno municipal parte de un modelo teórico de la democracia
participativa que va más allá del derecho al voto. Surgiendo la
obligación del Estado de crear mecanismos idóneos para que se
materialicen de manera eficiente y efectiva los derechos a recibir y
difundir información, a la participación política y a tener un gobierno
transparente.
El marco constitucional prevé en el artículo 115 fracción II la obligación
de los municipios de asegurar la participación ciudadana y vecinal.
En el sentido apuntado, el Ayuntamiento de Torreón debe considerar
la participación ciudadana en el diseño, aplicación y fiscalización de la
política pública municipal para lograr la racionalidad, eficacia,
eficiencia y aceptabilidad de ellas a través de una participación
efectiva de la ciudadanía.
La finalidad del Reglamento de Participación ciudadana del
Ayuntamiento de Torreón, debe orientarse a establecer los
mecanismos idóneos que lleven a la efectividad en la aplicación de la
ley de participación ciudadana, operando como instrumento para la
consolidación de dicha participación sobre la base de:
- Principios que den soporte a los mecanismos.
- Mecanismos que consoliden la participación ciudadana a través
de los derechos de información, transparencia y rendición de
cuentas.
- Promover y fortalecer la organización ciudadana a través de
colectivos, grupos y asociaciones.
- Consolidar las tecnologías de la información y la comunicación,
especialmente Internet, a los mecanismos y herramientas de
participación.
Considerando que los derechos políticos se constituyen en derechos
humanos en sí mismos y guarda relación directa con la libertad de
expresión, la libertad de reunión y la libertad de asociación necesarios
en una sociedad democrática, el Proyecto de Reglamento de
Participación Ciudadana del Municipio de Torreón Coahuila,
presentado por el Ayuntamiento, no cumple con los estándares para
lograr una verdadera y eficaz participación ciudadana por lo siguiente:
PRIMERO.- TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN.
No existe en el reglamento propuesto, disposición alguna que imponga
la obligación del municipio de eficientar a través de la tecnología de la
información, la comunicación y la participación ciudadana.
SEGUNDO.- PRINCIPIOS RECTORES.
El proyecto presentado por el ayuntamiento de Torreón, Coahuila
enmarca en el artículo 7 propuesto, tres principios rectores: La
paridad de género, la pluralidad, la tolerancia y el respeto a las
diferencias. Sin embargo, omite establecer como principio: la
eficiencia, transparencia y equidad que deben imperar en el diseño,
implementación y fiscalización de las políticas públicas municipales
que lleven a garantizar y expandir la libertad, la justicia y el progreso.
TERCERO.- ENTIDADES DE LA SOCIEDAD CIVIL.
- El segundo párrafo del artículo 7 propuesto, atenta contra la
independencia de las organizaciones de la sociedad civil y la
libertad de asociación al permitir el control y vigilancia de ellas, y
obligar indirectamente a las organizaciones y colectivos a
inscribirse en un registro municipal de entidades ciudadanas.
- No se prevé en el reglamento la intervención de las entidades
ciudadanas en la revisión de las solicitudes para iniciar los
mecanismos de participación ciudadana ya que el artículo 12
establece que la revisión y determinación de omisiones
corresponde al secretario del ayuntamiento, ello se constituye en
un acto unilateral de autoridad.
- El artículo 62 propuesto por el ayuntamiento impone, a las
llamadas “entidades ciudadanas”, la obligación de inscribirse en
el registro municipal.
Si el artículo 62 propuesto, impone la obligación de inscripción
de las organizaciones de la sociedad civil, implica que si no está
registrada una organización, no tendrá los derechos previstos en
el artículo 65 propuesto por el ayuntamiento, entre ellos, a recibir
información solicitada. Violentando con ello el derecho a la
igualdad y por tanto haciendo nugatorio el derecho a la
transparencia y rendición de cuentas.
- El artículo 66 propuesto por el ayuntamiento impone como
obligaciones de las “entidades ciudadanas” promover el interés
general, solidaridad y ayuda mutua entre los habitantes del
municipio, cuando ésta es una obligación del ayuntamiento.
CUARTO.- OBSERVATORIOS CIUDADANOS.
El artículo 68 y 69 prevén la obligación de los observatorios
ciudadanos de registrarse como requisito para suscribir convenios de
coordinación y colaboración con el municipio y a través de dicho
convenio se establecerá la metodología mediante la cual se observará
al gobierno municipal. Tal disposición atenta contra la independencia
de los observatorios para vigilar las actuaciones municipales con
libertad; restringe la independencia de los observatorios sin bases de
legalidad, no obstante que en el segundo párrafo se describa lo
contrario.
El artículo 72 propuesto es discriminatorio y trasgresor del derecho
humano a la transparencia y acceso a la información ya que establece:
- Que los observatorios ciudadanos que suscriban el convenio
contaran con facilidades y colaboración del ayuntamiento para
realizar la observación, monitoreo y estudios relativos a su
objeto. Lo anterior implica que los que no lo suscriban no tendrán
tal derecho, trasgrediendo los principios de igualdad,
transparencia y rendición de cuentas.
- Que los observatorios que suscriban el convenio tendrán acceso
a la base de datos del instituto (se supone que se refiere al
instituto de planeación y competitividad) por tanto, si no se
suscribe el convenio no tendrá derecho a ello.
- Que los observatorios registrados tendrán derecho a recibir de
las dependencias municipales todo tipo de información relativa o
relacionada al objeto social de su observación. Ello implica que
solo recibirán información que se encuentre relacionada con su
objeto social y no otra; y que sólo se proporcionara tal
información a los observatorios registrados.
- Que los observatorios registrados recibirán todo el apoyo del
ayuntamiento cuando organicen o celebren reuniones, foros o
seminarios y por tanto, excluye de esos apoyos a los
observatorios no registrados
Con lo anterior, el reglamento propuesto atenta contra la
independencia de los observatorios, imponiéndoles obligaciones de
registro y excluyendo de derechos a observatorios que decidan no
registrarse en el ayuntamiento.
QUINTO.- EFECTIVIDAD DE LOS INSTRUMENTOS DE
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
Si bien es cierto que en la propuesta al artículo 4 del reglamento
se establece la remoción de obstáculos que impidan o dificulten
la participación ciudadana, no menos cierto es que no establece
la obligación del municipio y del cabildo de crear las condiciones
para su ejercicio (función esencial de todo reglamento), es decir
los mecanismos necesarios para la efectividad de los
instrumentos.
SEXTO.- EL MECANISMO DEL PLEBISCITO Y REFERENDO
- No conceptualiza ni enmarca uno y otro mecanismo
- Son tratados en un mismo apartado (capítulo II) cuando el
concepto, trámite y objetivos son diversos.
- No establece ni mucho menos garantiza con medidas positivas
el ejercicio de los instrumentos descritos.
- No establece los supuestos de un plebiscito ni referendo
municipal, los mecanismos para su ejercicio y los efectos de
ellos.
QUINTO.- INICIATIVAS CIUDADANAS
- Relativo a las iniciativas ciudadanas previstas en el capítulo III
no prevé el proceso de dictaminación de la comisión de
gobernación del cabildo.
- El plazo de 120 días que tiene la comisión para presentarla a
cabildo no es razonable.
- No prevé el plazo para que el cabildo resuelva sobre la iniciativa.
SEXTO.- CABILDO ABIERTO.
- La restricción al cabildo abierto es inconvencional ya que excluye
de él los supuestos del articulo 31, es decir, no se incluyen los
reglamentos y ordenamientos jurídicos que integran el Sistema
de Normatividad Municipal, así como sus reformas; La
destitución de funcionarios municipales; las materias contenidas
en la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del
Municipio.
- No prevé a las asociaciones civiles. Está destinado a grupos o
colectivos.
SÉPTIMO.- PRESUPUESTO PARTICIPATIVO.
- Los foros propuestos no son mecanismos idóneos.
- Los resultados no son obligatorios.
OCTAVO.- CONSULTA POPULAR.
- No son vinculatorios para el ayuntamiento.
- El objeto de la consulta se limita a pedir la opinión de los
ciudadanos.
CONCLUSIÓN:
LA PROPUESTA DE REGLAMENTO NO CUMPLE CON EL OBJETIVO DE LOS
MECANISMOS QUE ES EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA Y EL
PLURALISMO POLÍTICO.
LA PROPUESTA NO GARANTIZA CON MEDIDAS POSITIVAS QUE TODA
PERSONA QUE FORMALMENTE SEA TITULAR DE DERECHOS POLÍTICOS
TENGA LA OPORTUNIDAD REAL PARA EJERCERLOS.
LA PROPUESTA DE REGLAMENTO NO GARANTIZA LA GENERACIÓN DE
CONDICIONES Y MECANISMOS ÓPTIMOS PARA QUE LOS DERECHOS
POLÍTICOS PUEDAN SER EJERCIDOS DE FORMA EFECTIVA, RESPETANDO
EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN.
LA PROPUESTA ATENTA CONTRA LA INDEPENDENCIA DE LAS
ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y LA LIBERTAD DE ASOCIACION.
EL REGLAMENTO PROPUESTO NO ESTABLECE EL ACCESO A UNA FORMA
DIRECTA DE PARTICIPACIÓN EN EL DISEÑO, DESARROLLO Y EJECUCIÓN
DE LAS POLÍTICAS MUNICIPALES.
NO PREVÉ EL ESTABLECIMIENTO DE ASPECTOS ORGANIZATIVOS O
INSTITUCIONALES CON PARTICIPACIÓN CIUDADANA.
LA PROPUESTA ES INOPERANTES POR CARECER DE UNA DETALLADA
REGULACIÓN Y UN COMPLEJO APARATO INSTITUCIONAL, ECONÓMICO Y
HUMANO QUE LES DÉ LA EFICACIA.
NO EXISTE DENTRO DEL REGLAMENTO LOS MEDIOS Y MECANISMOS DE
PROPAGANDA Y MOVILIZACIÓN LO QUE IMPLICA QUE NO SERA FACTIBLE
SU EJERCICIO, SIENDO ÉSTOS ELEMENTOS SUSTANCIALES.

Más contenido relacionado

La actualidad más candente

Ley del poder publico municipal:IAFJSR
Ley del poder publico municipal:IAFJSRLey del poder publico municipal:IAFJSR
Ley del poder publico municipal:IAFJSR
Mauri Rojas
 
Material servicio policia_comunal_dig
Material servicio policia_comunal_digMaterial servicio policia_comunal_dig
Material servicio policia_comunal_dig
Julio Jose Marin
 
Participación ciudadana y transparencia municipal - manual ciudadanía - ACubías
Participación ciudadana y transparencia municipal - manual ciudadanía - ACubíasParticipación ciudadana y transparencia municipal - manual ciudadanía - ACubías
Participación ciudadana y transparencia municipal - manual ciudadanía - ACubías
Aurora Cubias
 
Contraloria para los consejos comunales
Contraloria para los consejos comunalesContraloria para los consejos comunales
Contraloria para los consejos comunales
juan ibarra
 
Juntas administradoras locales
Juntas administradoras localesJuntas administradoras locales
Juntas administradoras locales
asoedilesmaicao
 
Veeduria presentacion
Veeduria   presentacionVeeduria   presentacion
Veeduria presentacion
casadelvocal
 
Compedio de leyes
Compedio de leyesCompedio de leyes
Compedio de leyes
jochefer
 
Ley de consejos Comunales
Ley de consejos ComunalesLey de consejos Comunales
Ley de consejos Comunales
frandesi
 
Consejo comunales y cooperativas
Consejo comunales y cooperativasConsejo comunales y cooperativas
Consejo comunales y cooperativas
ajmendezbrito
 

La actualidad más candente (18)

Ley No.170-07
Ley No.170-07Ley No.170-07
Ley No.170-07
 
Alcalde y órganos auxiliares del poder municipal
Alcalde y órganos auxiliares del poder municipalAlcalde y órganos auxiliares del poder municipal
Alcalde y órganos auxiliares del poder municipal
 
Ley del poder publico municipal:IAFJSR
Ley del poder publico municipal:IAFJSRLey del poder publico municipal:IAFJSR
Ley del poder publico municipal:IAFJSR
 
Material servicio policia_comunal_dig
Material servicio policia_comunal_digMaterial servicio policia_comunal_dig
Material servicio policia_comunal_dig
 
Participación ciudadana y transparencia municipal - manual ciudadanía - ACubías
Participación ciudadana y transparencia municipal - manual ciudadanía - ACubíasParticipación ciudadana y transparencia municipal - manual ciudadanía - ACubías
Participación ciudadana y transparencia municipal - manual ciudadanía - ACubías
 
Contraloria para los consejos comunales
Contraloria para los consejos comunalesContraloria para los consejos comunales
Contraloria para los consejos comunales
 
Juntas administradoras locales
Juntas administradoras localesJuntas administradoras locales
Juntas administradoras locales
 
Veedurías ciudadanas
Veedurías ciudadanasVeedurías ciudadanas
Veedurías ciudadanas
 
Veeduria presentacion
Veeduria   presentacionVeeduria   presentacion
Veeduria presentacion
 
Compedio de leyes
Compedio de leyesCompedio de leyes
Compedio de leyes
 
Auditoria social - CGC
Auditoria social  - CGCAuditoria social  - CGC
Auditoria social - CGC
 
contraloria social
contraloria socialcontraloria social
contraloria social
 
Ley de consejos Comunales
Ley de consejos ComunalesLey de consejos Comunales
Ley de consejos Comunales
 
Estatutos j.a.c.
Estatutos j.a.c.Estatutos j.a.c.
Estatutos j.a.c.
 
Acción Comunal
Acción ComunalAcción Comunal
Acción Comunal
 
Taller sobre la rendición de cuentas
Taller sobre la rendición de cuentasTaller sobre la rendición de cuentas
Taller sobre la rendición de cuentas
 
Consejo comunales y cooperativas
Consejo comunales y cooperativasConsejo comunales y cooperativas
Consejo comunales y cooperativas
 
Laminas consejo comunales y Cooperativas
Laminas consejo comunales y CooperativasLaminas consejo comunales y Cooperativas
Laminas consejo comunales y Cooperativas
 

Destacado

Destacado (7)

Reglamento de participación 4
Reglamento de participación 4Reglamento de participación 4
Reglamento de participación 4
 
INFORME FINAL INTEGRADO DE MONITOREO SANITARIO AMBIENTAL PARTICIPATIVO DE LA ...
INFORME FINAL INTEGRADO DE MONITOREO SANITARIO AMBIENTAL PARTICIPATIVO DE LA ...INFORME FINAL INTEGRADO DE MONITOREO SANITARIO AMBIENTAL PARTICIPATIVO DE LA ...
INFORME FINAL INTEGRADO DE MONITOREO SANITARIO AMBIENTAL PARTICIPATIVO DE LA ...
 
Monitoreo y Vigilancia Participativos (Marco Legal Rol de Actores y Recomenda...
Monitoreo y Vigilancia Participativos (Marco Legal Rol de Actores y Recomenda...Monitoreo y Vigilancia Participativos (Marco Legal Rol de Actores y Recomenda...
Monitoreo y Vigilancia Participativos (Marco Legal Rol de Actores y Recomenda...
 
Minam presentation
Minam presentationMinam presentation
Minam presentation
 
Afianzando confianza en el monitoreo participativo para el desarrollo DECISI...
Afianzando  confianza en el monitoreo participativo para el desarrollo DECISI...Afianzando  confianza en el monitoreo participativo para el desarrollo DECISI...
Afianzando confianza en el monitoreo participativo para el desarrollo DECISI...
 
Informe de monitoreo ambiental participativo sobre calidad de agua y aire (Ar...
Informe de monitoreo ambiental participativo sobre calidad de agua y aire (Ar...Informe de monitoreo ambiental participativo sobre calidad de agua y aire (Ar...
Informe de monitoreo ambiental participativo sobre calidad de agua y aire (Ar...
 
Transparencia y Acceso a la Información Pública en el Perú
Transparencia y Acceso a la Información Pública en el PerúTransparencia y Acceso a la Información Pública en el Perú
Transparencia y Acceso a la Información Pública en el Perú
 

Similar a Análisis y Revision del Proyecto de Reglamento de Participación Ciuadana de Torreón

Ley 850-de-2003-gestor-normativo
Ley 850-de-2003-gestor-normativoLey 850-de-2003-gestor-normativo
Ley 850-de-2003-gestor-normativo
dnandop
 
Control Social y Democracia Participativa para Funcionarios Públicos
Control Social y Democracia Participativa para Funcionarios PúblicosControl Social y Democracia Participativa para Funcionarios Públicos
Control Social y Democracia Participativa para Funcionarios Públicos
Muma GP
 
4. ley orgánica de contraloría social
4.  ley orgánica de contraloría social4.  ley orgánica de contraloría social
4. ley orgánica de contraloría social
Albert Ramirez
 
5 control social ponencia gerencia i
5 control social ponencia gerencia i5 control social ponencia gerencia i
5 control social ponencia gerencia i
Eduardo Noguera
 
Cto sspd 47_2010 csdc_veedur
Cto sspd 47_2010 csdc_veedurCto sspd 47_2010 csdc_veedur
Cto sspd 47_2010 csdc_veedur
casadelvocal
 

Similar a Análisis y Revision del Proyecto de Reglamento de Participación Ciuadana de Torreón (20)

Todo Acerca de las Veedurías Ciudadanas
Todo Acerca de las Veedurías CiudadanasTodo Acerca de las Veedurías Ciudadanas
Todo Acerca de las Veedurías Ciudadanas
 
Todo Sobre Veeduría
Todo Sobre VeeduríaTodo Sobre Veeduría
Todo Sobre Veeduría
 
Ley 850-de-2003-gestor-normativo
Ley 850-de-2003-gestor-normativoLey 850-de-2003-gestor-normativo
Ley 850-de-2003-gestor-normativo
 
Propuestas al borrador de RPC de Huelva
Propuestas al borrador de RPC de HuelvaPropuestas al borrador de RPC de Huelva
Propuestas al borrador de RPC de Huelva
 
El Comité de Vigilancia del presupuesto participativo de los gobiernos locale...
El Comité de Vigilancia del presupuesto participativo de los gobiernos locale...El Comité de Vigilancia del presupuesto participativo de los gobiernos locale...
El Comité de Vigilancia del presupuesto participativo de los gobiernos locale...
 
Nº 33 año 2008, gaceta municipal extraordinaria (ordenanzas contraloría socia...
Nº 33 año 2008, gaceta municipal extraordinaria (ordenanzas contraloría socia...Nº 33 año 2008, gaceta municipal extraordinaria (ordenanzas contraloría socia...
Nº 33 año 2008, gaceta municipal extraordinaria (ordenanzas contraloría socia...
 
Mecanismos de participación ciudadana en la ley 176 07
Mecanismos de participación ciudadana en la ley 176 07Mecanismos de participación ciudadana en la ley 176 07
Mecanismos de participación ciudadana en la ley 176 07
 
Presentacion Estatutos Sociales CCUQ.pptx
Presentacion Estatutos Sociales CCUQ.pptxPresentacion Estatutos Sociales CCUQ.pptx
Presentacion Estatutos Sociales CCUQ.pptx
 
Ley 850 de 2003
Ley 850 de 2003Ley 850 de 2003
Ley 850 de 2003
 
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANAREGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA
 
Control Social y Democracia Participativa para Funcionarios Públicos
Control Social y Democracia Participativa para Funcionarios PúblicosControl Social y Democracia Participativa para Funcionarios Públicos
Control Social y Democracia Participativa para Funcionarios Públicos
 
Consejo comunal contraloria social
Consejo comunal contraloria socialConsejo comunal contraloria social
Consejo comunal contraloria social
 
Presupuesto Participativo Municipal Alcaldía de Vargas
Presupuesto Participativo Municipal Alcaldía de VargasPresupuesto Participativo Municipal Alcaldía de Vargas
Presupuesto Participativo Municipal Alcaldía de Vargas
 
20071100 Participacion Ciudadana Gobierno Politicas Publicas Ciudadania
20071100  Participacion Ciudadana  Gobierno  Politicas Publicas  Ciudadania20071100  Participacion Ciudadana  Gobierno  Politicas Publicas  Ciudadania
20071100 Participacion Ciudadana Gobierno Politicas Publicas Ciudadania
 
4. ley orgánica de contraloría social
4.  ley orgánica de contraloría social4.  ley orgánica de contraloría social
4. ley orgánica de contraloría social
 
Participación Ciudadana y Contraloria Social en Venezuela
Participación Ciudadana y Contraloria Social en VenezuelaParticipación Ciudadana y Contraloria Social en Venezuela
Participación Ciudadana y Contraloria Social en Venezuela
 
5 control social ponencia gerencia i
5 control social ponencia gerencia i5 control social ponencia gerencia i
5 control social ponencia gerencia i
 
Presentación ley 1757 participación democrática
Presentación ley 1757 participación democráticaPresentación ley 1757 participación democrática
Presentación ley 1757 participación democrática
 
Cto sspd 47_2010 csdc_veedur
Cto sspd 47_2010 csdc_veedurCto sspd 47_2010 csdc_veedur
Cto sspd 47_2010 csdc_veedur
 
Reglamento de participación ciudadana del Ayuntamiento de Benalup-Casas Viejas
Reglamento de participación ciudadana del Ayuntamiento de Benalup-Casas ViejasReglamento de participación ciudadana del Ayuntamiento de Benalup-Casas Viejas
Reglamento de participación ciudadana del Ayuntamiento de Benalup-Casas Viejas
 

Último

marrufo el homosexual.docxmdlknckncknknkk
marrufo el  homosexual.docxmdlknckncknknkkmarrufo el  homosexual.docxmdlknckncknknkk
marrufo el homosexual.docxmdlknckncknknkk
JuniorLlatas
 

Último (10)

FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL (2).pdf
FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL (2).pdfFUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL (2).pdf
FUENTES DEL DERECHO CONSTITUCIONAL (2).pdf
 
PRESENTACION Plan de Desarrollo Municipal 2024-2027 AL CTP.pptx
PRESENTACION Plan de Desarrollo Municipal 2024-2027 AL CTP.pptxPRESENTACION Plan de Desarrollo Municipal 2024-2027 AL CTP.pptx
PRESENTACION Plan de Desarrollo Municipal 2024-2027 AL CTP.pptx
 
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
110º ANIVERSARIO DE CITY BELL: CELEBRACIÓN INTEGRADORA PARA LA COMUNIDAD
 
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENASEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
SEGUNDO PISO UN ABISMO. RAZONES PARA NO VOTAR POR MORENA
 
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdfClub Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
Club Rotario Cartago - Revista 04-2024.pdf
 
PROTOCOLO DE RESPUESTA PARA LLAMADAS DE EMERGENCIA AL 911.docx
PROTOCOLO DE RESPUESTA PARA LLAMADAS DE EMERGENCIA AL 911.docxPROTOCOLO DE RESPUESTA PARA LLAMADAS DE EMERGENCIA AL 911.docx
PROTOCOLO DE RESPUESTA PARA LLAMADAS DE EMERGENCIA AL 911.docx
 
marrufo el homosexual.docxmdlknckncknknkk
marrufo el  homosexual.docxmdlknckncknknkkmarrufo el  homosexual.docxmdlknckncknknkk
marrufo el homosexual.docxmdlknckncknknkk
 
el nuevo sistema de salud latinoamerica.pptx
el nuevo sistema de salud latinoamerica.pptxel nuevo sistema de salud latinoamerica.pptx
el nuevo sistema de salud latinoamerica.pptx
 
Alojamiento temporal para emergen y desastrescias
Alojamiento temporal para emergen y desastresciasAlojamiento temporal para emergen y desastrescias
Alojamiento temporal para emergen y desastrescias
 
Formato de revision de la stps para el cumplimiento
Formato de revision de la stps para el cumplimientoFormato de revision de la stps para el cumplimiento
Formato de revision de la stps para el cumplimiento
 

Análisis y Revision del Proyecto de Reglamento de Participación Ciuadana de Torreón

  • 1. ANÁLISIS Y REVISIÓN DEL PROYECTO DE REGLAMENTO DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA PROPUESTO POR EL AYUNTAMIENTO DE TORREÓN, COAHUILA, ELABORADO POR ALZANDO VOCES LAGUNA A.C.Y RENACER LAGUNERO. La participación ciudadana y la incidencia ciudadana en las decisiones del gobierno municipal parte de un modelo teórico de la democracia participativa que va más allá del derecho al voto. Surgiendo la obligación del Estado de crear mecanismos idóneos para que se materialicen de manera eficiente y efectiva los derechos a recibir y difundir información, a la participación política y a tener un gobierno transparente. El marco constitucional prevé en el artículo 115 fracción II la obligación de los municipios de asegurar la participación ciudadana y vecinal. En el sentido apuntado, el Ayuntamiento de Torreón debe considerar la participación ciudadana en el diseño, aplicación y fiscalización de la política pública municipal para lograr la racionalidad, eficacia, eficiencia y aceptabilidad de ellas a través de una participación efectiva de la ciudadanía. La finalidad del Reglamento de Participación ciudadana del Ayuntamiento de Torreón, debe orientarse a establecer los mecanismos idóneos que lleven a la efectividad en la aplicación de la ley de participación ciudadana, operando como instrumento para la consolidación de dicha participación sobre la base de: - Principios que den soporte a los mecanismos. - Mecanismos que consoliden la participación ciudadana a través de los derechos de información, transparencia y rendición de cuentas. - Promover y fortalecer la organización ciudadana a través de colectivos, grupos y asociaciones. - Consolidar las tecnologías de la información y la comunicación, especialmente Internet, a los mecanismos y herramientas de participación.
  • 2. Considerando que los derechos políticos se constituyen en derechos humanos en sí mismos y guarda relación directa con la libertad de expresión, la libertad de reunión y la libertad de asociación necesarios en una sociedad democrática, el Proyecto de Reglamento de Participación Ciudadana del Municipio de Torreón Coahuila, presentado por el Ayuntamiento, no cumple con los estándares para lograr una verdadera y eficaz participación ciudadana por lo siguiente: PRIMERO.- TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN. No existe en el reglamento propuesto, disposición alguna que imponga la obligación del municipio de eficientar a través de la tecnología de la información, la comunicación y la participación ciudadana. SEGUNDO.- PRINCIPIOS RECTORES. El proyecto presentado por el ayuntamiento de Torreón, Coahuila enmarca en el artículo 7 propuesto, tres principios rectores: La paridad de género, la pluralidad, la tolerancia y el respeto a las diferencias. Sin embargo, omite establecer como principio: la eficiencia, transparencia y equidad que deben imperar en el diseño, implementación y fiscalización de las políticas públicas municipales que lleven a garantizar y expandir la libertad, la justicia y el progreso. TERCERO.- ENTIDADES DE LA SOCIEDAD CIVIL. - El segundo párrafo del artículo 7 propuesto, atenta contra la independencia de las organizaciones de la sociedad civil y la libertad de asociación al permitir el control y vigilancia de ellas, y obligar indirectamente a las organizaciones y colectivos a inscribirse en un registro municipal de entidades ciudadanas. - No se prevé en el reglamento la intervención de las entidades ciudadanas en la revisión de las solicitudes para iniciar los mecanismos de participación ciudadana ya que el artículo 12 establece que la revisión y determinación de omisiones corresponde al secretario del ayuntamiento, ello se constituye en un acto unilateral de autoridad.
  • 3. - El artículo 62 propuesto por el ayuntamiento impone, a las llamadas “entidades ciudadanas”, la obligación de inscribirse en el registro municipal. Si el artículo 62 propuesto, impone la obligación de inscripción de las organizaciones de la sociedad civil, implica que si no está registrada una organización, no tendrá los derechos previstos en el artículo 65 propuesto por el ayuntamiento, entre ellos, a recibir información solicitada. Violentando con ello el derecho a la igualdad y por tanto haciendo nugatorio el derecho a la transparencia y rendición de cuentas. - El artículo 66 propuesto por el ayuntamiento impone como obligaciones de las “entidades ciudadanas” promover el interés general, solidaridad y ayuda mutua entre los habitantes del municipio, cuando ésta es una obligación del ayuntamiento. CUARTO.- OBSERVATORIOS CIUDADANOS. El artículo 68 y 69 prevén la obligación de los observatorios ciudadanos de registrarse como requisito para suscribir convenios de coordinación y colaboración con el municipio y a través de dicho convenio se establecerá la metodología mediante la cual se observará al gobierno municipal. Tal disposición atenta contra la independencia de los observatorios para vigilar las actuaciones municipales con libertad; restringe la independencia de los observatorios sin bases de legalidad, no obstante que en el segundo párrafo se describa lo contrario. El artículo 72 propuesto es discriminatorio y trasgresor del derecho humano a la transparencia y acceso a la información ya que establece: - Que los observatorios ciudadanos que suscriban el convenio contaran con facilidades y colaboración del ayuntamiento para realizar la observación, monitoreo y estudios relativos a su objeto. Lo anterior implica que los que no lo suscriban no tendrán tal derecho, trasgrediendo los principios de igualdad, transparencia y rendición de cuentas.
  • 4. - Que los observatorios que suscriban el convenio tendrán acceso a la base de datos del instituto (se supone que se refiere al instituto de planeación y competitividad) por tanto, si no se suscribe el convenio no tendrá derecho a ello. - Que los observatorios registrados tendrán derecho a recibir de las dependencias municipales todo tipo de información relativa o relacionada al objeto social de su observación. Ello implica que solo recibirán información que se encuentre relacionada con su objeto social y no otra; y que sólo se proporcionara tal información a los observatorios registrados. - Que los observatorios registrados recibirán todo el apoyo del ayuntamiento cuando organicen o celebren reuniones, foros o seminarios y por tanto, excluye de esos apoyos a los observatorios no registrados Con lo anterior, el reglamento propuesto atenta contra la independencia de los observatorios, imponiéndoles obligaciones de registro y excluyendo de derechos a observatorios que decidan no registrarse en el ayuntamiento. QUINTO.- EFECTIVIDAD DE LOS INSTRUMENTOS DE PARTICIPACIÓN CIUDADANA Si bien es cierto que en la propuesta al artículo 4 del reglamento se establece la remoción de obstáculos que impidan o dificulten la participación ciudadana, no menos cierto es que no establece la obligación del municipio y del cabildo de crear las condiciones para su ejercicio (función esencial de todo reglamento), es decir los mecanismos necesarios para la efectividad de los instrumentos. SEXTO.- EL MECANISMO DEL PLEBISCITO Y REFERENDO - No conceptualiza ni enmarca uno y otro mecanismo - Son tratados en un mismo apartado (capítulo II) cuando el concepto, trámite y objetivos son diversos. - No establece ni mucho menos garantiza con medidas positivas el ejercicio de los instrumentos descritos.
  • 5. - No establece los supuestos de un plebiscito ni referendo municipal, los mecanismos para su ejercicio y los efectos de ellos. QUINTO.- INICIATIVAS CIUDADANAS - Relativo a las iniciativas ciudadanas previstas en el capítulo III no prevé el proceso de dictaminación de la comisión de gobernación del cabildo. - El plazo de 120 días que tiene la comisión para presentarla a cabildo no es razonable. - No prevé el plazo para que el cabildo resuelva sobre la iniciativa. SEXTO.- CABILDO ABIERTO. - La restricción al cabildo abierto es inconvencional ya que excluye de él los supuestos del articulo 31, es decir, no se incluyen los reglamentos y ordenamientos jurídicos que integran el Sistema de Normatividad Municipal, así como sus reformas; La destitución de funcionarios municipales; las materias contenidas en la Ley de Ingresos y el Presupuesto de Egresos del Municipio. - No prevé a las asociaciones civiles. Está destinado a grupos o colectivos. SÉPTIMO.- PRESUPUESTO PARTICIPATIVO. - Los foros propuestos no son mecanismos idóneos. - Los resultados no son obligatorios. OCTAVO.- CONSULTA POPULAR. - No son vinculatorios para el ayuntamiento. - El objeto de la consulta se limita a pedir la opinión de los ciudadanos.
  • 6. CONCLUSIÓN: LA PROPUESTA DE REGLAMENTO NO CUMPLE CON EL OBJETIVO DE LOS MECANISMOS QUE ES EL FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA Y EL PLURALISMO POLÍTICO. LA PROPUESTA NO GARANTIZA CON MEDIDAS POSITIVAS QUE TODA PERSONA QUE FORMALMENTE SEA TITULAR DE DERECHOS POLÍTICOS TENGA LA OPORTUNIDAD REAL PARA EJERCERLOS. LA PROPUESTA DE REGLAMENTO NO GARANTIZA LA GENERACIÓN DE CONDICIONES Y MECANISMOS ÓPTIMOS PARA QUE LOS DERECHOS POLÍTICOS PUEDAN SER EJERCIDOS DE FORMA EFECTIVA, RESPETANDO EL PRINCIPIO DE IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN. LA PROPUESTA ATENTA CONTRA LA INDEPENDENCIA DE LAS ORGANIZACIONES DE LA SOCIEDAD CIVIL Y LA LIBERTAD DE ASOCIACION. EL REGLAMENTO PROPUESTO NO ESTABLECE EL ACCESO A UNA FORMA DIRECTA DE PARTICIPACIÓN EN EL DISEÑO, DESARROLLO Y EJECUCIÓN DE LAS POLÍTICAS MUNICIPALES. NO PREVÉ EL ESTABLECIMIENTO DE ASPECTOS ORGANIZATIVOS O INSTITUCIONALES CON PARTICIPACIÓN CIUDADANA. LA PROPUESTA ES INOPERANTES POR CARECER DE UNA DETALLADA REGULACIÓN Y UN COMPLEJO APARATO INSTITUCIONAL, ECONÓMICO Y HUMANO QUE LES DÉ LA EFICACIA. NO EXISTE DENTRO DEL REGLAMENTO LOS MEDIOS Y MECANISMOS DE PROPAGANDA Y MOVILIZACIÓN LO QUE IMPLICA QUE NO SERA FACTIBLE SU EJERCICIO, SIENDO ÉSTOS ELEMENTOS SUSTANCIALES.