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Según la normativa catalana*, son ludotecas los centros, equipamientos o espacios
delimitados que tienen una finalidad lúdica, socioeducativa, cívica, cultural e
inclusiva que elaboran y llevan a cabo un proyecto socioeducativo, y que tienen
como objetivo principal garantizar el derecho del niño y del joven menor de edad al
juego, colaborando así en el desarrollo integral de la persona, para lo que están
dotados de un fondo organizado de juegos, juguetes y otros elementos lúdicos.
Las salas de juegos de azar, apuestas, sorteos, rifas, tómbolas, combinaciones
aleatorias y en general todas las instalaciones donde se hacen actividades en las
que se aventuren dinero u otros objetos económicos evaluables sobre los
resultados, independientemente de que predomine la habilidad de quien participa,
tanto si es a través de máquinas automáticas como si es por simple actividad
humana;
Los locales comerciales que prestan servicios de parque infantil y espacios de
juego, ni las actividades de ocio y tiempo libre de carácter esporádico.
Tipos de ludotecas
Las ludotecas pueden ser:
A. Permanentes: son las que ejercen sus actividades de manera continuada y
en el mismo espacio físico.
B. Temporales: son las que ejercen sus actividades en espacios físicos
variables y por un periodo de tiempo no superior a dos meses.
Usuarios de las ludotecas
Las ludotecas están dirigidas a usuarios y usuarias cuya edad esté comprendida
entre los 0 años y la mayoría de edad.
 Los menores de 4 años deben estar acompañados de la persona legalmente
responsable del menor o de cualquier otra persona adulta autorizada por
aquélla, durante toda la estancia en la ludoteca. En ningún caso, los y las
profesionales del centro pueden ser autorizados como acompañantes del
menor.
 La persona legalmente responsable de menores de edad de entre 4 a 16
años debe firmar un documento autorizando al menor la estancia en la
ludoteca y aceptando las condiciones del funcionamiento interno y el
régimen de responsabilidades del centro. La autorización debe ser registrada
y se actualiza anualmente.

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Ludotecas

  • 1. Según la normativa catalana*, son ludotecas los centros, equipamientos o espacios delimitados que tienen una finalidad lúdica, socioeducativa, cívica, cultural e inclusiva que elaboran y llevan a cabo un proyecto socioeducativo, y que tienen como objetivo principal garantizar el derecho del niño y del joven menor de edad al juego, colaborando así en el desarrollo integral de la persona, para lo que están dotados de un fondo organizado de juegos, juguetes y otros elementos lúdicos. Las salas de juegos de azar, apuestas, sorteos, rifas, tómbolas, combinaciones aleatorias y en general todas las instalaciones donde se hacen actividades en las que se aventuren dinero u otros objetos económicos evaluables sobre los resultados, independientemente de que predomine la habilidad de quien participa, tanto si es a través de máquinas automáticas como si es por simple actividad humana; Los locales comerciales que prestan servicios de parque infantil y espacios de juego, ni las actividades de ocio y tiempo libre de carácter esporádico.
  • 2. Tipos de ludotecas Las ludotecas pueden ser: A. Permanentes: son las que ejercen sus actividades de manera continuada y en el mismo espacio físico. B. Temporales: son las que ejercen sus actividades en espacios físicos variables y por un periodo de tiempo no superior a dos meses. Usuarios de las ludotecas Las ludotecas están dirigidas a usuarios y usuarias cuya edad esté comprendida entre los 0 años y la mayoría de edad.  Los menores de 4 años deben estar acompañados de la persona legalmente responsable del menor o de cualquier otra persona adulta autorizada por aquélla, durante toda la estancia en la ludoteca. En ningún caso, los y las profesionales del centro pueden ser autorizados como acompañantes del menor.  La persona legalmente responsable de menores de edad de entre 4 a 16 años debe firmar un documento autorizando al menor la estancia en la ludoteca y aceptando las condiciones del funcionamiento interno y el régimen de responsabilidades del centro. La autorización debe ser registrada y se actualiza anualmente.