1. 2 SESION
SISTEMA TRIBUTARIO EN PERU
PRINCIPALES TRIBUTOS
GOBIERNO CENTRAL GOBIERNO LOCAL
TRIBUTOS
• IMPUESTO A LA RENTA
• IMPUESTO GENERAL A LAS VENTAS
• IMPUESTO A LAS IMPORTACIONES
• REGIMEN UNICO SIMPLIFICADO
CONTRIBUCIONES
• ESSALUD
• ONP
• SENATI
• SENSICO
• IMPUESTO PREDIAL
• IMPUESTO PROPIEDAD
VEHICULAR
• IMPUESTO A LA ALCABALA
FACULTADES DELA ADMINISTRACION TRIBUTARIA:
Recaudar los tributos y contratar directamente los servicios de las entidades del
sistema bancario.
2. Conceder aplazamiento y/o fraccionamiento tributario
Fiscalizar y Determinar la obligación tributaria (sobre base cierta y sobre base
presunta).
Trabar medidas cautelares previas
Cobrar coactivamente la deuda exigible.
Determinar la comisión de infracciones y aplicar discrecionalmente las sanciones
prevista en la Ley (multa, cierre de local, comiso, internamiento temporal de
vehículos).
Requerir información a otras instituciones públicas
Primera instancia en el procedimiento contencioso-tributario
Establecer obligación de presentar DJ Informativas
No obstante estas facultades, la principal limitación que enfrenta la SUNAT, en cuanto a
acceso a información, es el secreto bancario consagrado en la constitución política.
REGISTRO UNICO DEL CONTRIBUYENTE – RUC
• Definición.-
Es el registro de contribuyentes del Perú cuya gestión y reglamentación se
encuentra a cargo de Superintendencia Nacional de Administración Tributaria, y tiene por
finalidad identificar a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones
tributarias y para la actuación de estos ante otros organismos del Estado.
• ¿Quiénes deben inscribirse?
– Las personas Naturales o Jurídicas que perciban renta
• ¿Quiénes no deben inscribirse?
– Trabajadores dependientes
– Extranjeros no domiciliados (retención en la fuente)
• El RUC es un código numérico compuesto por once (11) dígitos, con la siguiente
estructura, según si se trata de una persona física (PF) o de una persona jurídica
(PJ)
3. TTiippoo ddee
CCoonnttrriibbuuyyeennttee
11eerr yy 22ddoo
ddííggiittoo
DDeell 33eerr aall 1100ºº ddííggiittoo 1111ºº ddííggiittoo
((ddííggiittoo
vveerriiffiiccaaddoorr))
PPFF ’’1100’’ <<<<DDNNII**>>>> CCuummppllee MM1111
PPNN ’’2200’’ <<<<CCoorrrreellaattiivvoo>>>> CCuummppllee MM1111
RUC – Formas de inscripción y actualización
• Presencial Gracias a que el sistema es centralizado, la inscripción se pueda dar
en cualquiera de lo Centros de Servicios al Contribuyente ubicados en todo el
ámbito nacional.
• Virtual Del mismo modo, a través de SUNAT Operaciones en Línea (SOL) en
nuestro portal (SUNAT Virtual), para el caso de personas físicas exclusivamente.
Impuesto a la Renta
Grava las rentas que provienen de:
• Capital, del trabajo o de la aplicación conjunta de ambos factores.
EMPRESA
• Fuente durable y susceptible de generaringresosperiódicos.
4. CATEGORIAS DE IMPUESTO A LA RENTA
Primeracategoría,las rentasreales(enefectivooenespecie) del arrendamientoosub -
arrendamiento,el valorde lasmejoras,provenientesde losprediosrústicosyurbanoso
de bienesmuebles.
CATEGORIAS DE IMPUESTO A LA RENTA
Segundacategoría,intereses porcolocaciónde capitales,regalías,patentes,rentasvitalicias,
derechosde llave yotros.
CATEGORIAS DE IMPUESTO A LA RENTA
6. RENTA DE TRABAJO
Rentas de Cuarta Categoría
• Ingresospor el ejercicioindividual e independiente de cualquierprofesión,arte,ciencia
u oficio.
• Ingresosde directoresde empresas,síndicos,mandatarios, gestoresde negocios,
albaceas y actividadessimilares.
• Dietas de regidoresmunicipales.
Obligacionestributarias
Rentas de cuarta categoría
Formales:
1. Inscripciónen el RUC
2. Emisiónde Recibospor Honorarios
3. Libro de Ingresos
4. Declaracionesmensualesy anual.
Sustancial:
1. Pago del Impuesto a la Renta.
7. Inscripciónen el RUC
Acercarse a un Centro de Serviciosu Oficinade la SUNATcon el original y una copia del
DNI y de un recibode luz,agua, teléfono,autovalúoo ImpuestoPredial.
Comprobantesde pago
• Solicitar la autorización de impresiónde los recibospor honorariosen cualquier
imprenta autorizada e interconectadapor Internetcon la SUNAT.
• Emitir y entregar recibospor honorarios en el momento de recibirla retribucióny por el
monto recibido.
Libro de ingresos
RECIBO POR
HONORARIO
8. • Legalizaciónante notario, Juezde Paz Letrado o Juezde Paz NoLetrado del domicilio
fiscal del contribuyente.
• Para la legalizacióndel segundoo siguienteslibros,se debe acreditar que se concluyó
con el anterior,que se perdió o destruyó.
• Pérdidao destrucciónde libros:
Se debe comunicar a SUNAT, plazo15 días hábiles.
Declaraciones:
Se debe declarar el tributo generado,exceptoenlos casos en que todo el impuestoestácubierto
por las retencioneso cuando el ingresomensual no supera los topesestablecidos.
Pago del impuesto
Impuestoa la Renta:
Pago a cuenta mensual o retención:10%.
Pago de regularizaciónanual:
Hasta 27 UIT =15%
Por el excesode 27 UIT y hasta 54 UIT= 21%
Por el excesode 54 UIT = 30%
Solicitudde suspensión:
Procede la suspensiónpara las personas naturales que percibieronrentasde cuarta categoría,
cuando los ingresosproyectados no superenel importe de S/.32,375.00 anuales.
Procede la suspensióntratándose de directoresde empresas,síndicos,mandatarios,gestoresde
negocios,albaceas o similares que percibanrentas de cuarta categoría, cuando los ingresosque
proyectan percibiren el ejerciciogravable por rentas de cuarta categoría o por rentas de cuarta
y quinta categorías no superenel importe de S/.25,900.00.
Efectosde la solicitudde suspensión:
9. La suspensiónoperará:
• Respectoa las retenciones,apartir del día siguiente de suautorización
• Respectoa lospagos a cuenta, a partir del periodotributario en que se autoriza la
suspensión.
RENTA DE QUINTA CATEGORIA
Quiénespercibenrentasde quintacategoría?
Los trabajadores dependientesosubordinados,que debenfigurar enla planillade las empresas,
entidadese institucionespúblicasy privadas.
¿Cuándo se dice que existe trabajo subordinado?
El requisitoesencial para que existacontrato de trabajo y la renta se considere de quinta
categoría es la subordinación.Esto es, cuando el trabajador presta serviciosde acuerdo a las
reglas o pautas establecidasgeneralmente porel empleador.En efecto,el trabajador debe
cumplir un horario de trabajo, labor asignada, es fiscalizadoy controlado por el principal que
abona la remuneración.
RENTA DE QUINTA CATEGORIA
Remuneracionesafectasa la quinta categoría
Toda retribuciónque recibe el trabajador por el servicioprestado,cualquiera sea la
denominaciónque se le dé (asignación,bonificación,bono,etc.) y que seade libre disposición
del trabajador.
Conceptosno gravados con la quinta categoría
Las indemnizacionespordespidoarbitrario,incluyendola indemnizaciónpordespidoantes que
venza el plazo de los contratados a plazo fijo.Igualmente,no estágravado el tercer sueldopor
no haber gozado de vacacionesoportunamente,las pensionesde jubilación,cesantíay los
depósitosde CTS.
FORMA DE PAGO
La renta de quinta se cancela mediante retención:
En todos los casos, el obligado a retenerel impuestoes el empleador.La retenciónlo hará
mensualmente,considerando lasremuneracionesde c/u de lostrabajadores, siempre que
10. superena S/. 1,800 mensualesde promedio.Para efectuar la retención,el empleadorproyecta
el sueldohasta diciembre,se agrega las gratificacionesde julioy diciembre a percibir,se deduce
las 7 UIT y sobre la renta neta se aplica la escaladel IR - 15%, 21% y 30% segúnlos casos, del
impuestomensual se descuentanlas retencionesanteriores,etc.).
En Diciembre se debe regularizarel pago.
CALCULO RENTA NETA DE 5TA
Del total de remuneraciones percibidasenel año, el trabajador dependiente sólotiene derecho
a deducirde su renta bruta el equivalente a7 UIT “para que el trabajador pueda vivir durante el
año libre de impuesto”.Así por ejemplo,si las remuneracionesenel año fueronS/. 90,000,
descontará S/. 25,900 (7 x 3,700). En este caso, su renta imponible será90,000 - 25,200 = 64,100
x 15% = S/. 9,615 (impuestoanual).