LO QUE NUNCA DEBARIA HABER PASADO PACTO CiU PSC (Roque).pptx
Normas sobre discriminación positiva según criterios de edad en las elecciones internas del pro
1. Normas Sobre Discriminación Positiva según criterios de edad en
las elecciones internas del PRO
A continuación se informa a la comunidad progresista de los criterios de discriminación positiva
según edad para las próximas elecciones internas del partido progresista en observación a lo
que establecen sus estatutos.
A lo menos 5 miembros del Consejo General1 elegidos por los Consejos Regionales, deberán ser
menores de 30 años al momento de iniciar su período como miembro del Consejo General2.
Para ello, los 5 Consejos Regionales en los que el Partido tenga un mayor porcentaje de
Afiliados que sean menores de 30 años, deberán elegir para integrar el Consejo General, al
menos un miembro que sea menor de 30 años.
El criterio señalado precedentemente se aplicará de manera progresiva, de forma que para la
primera elección del Consejo General, los 2 Consejos Regionales en los que el partido tenga un
mayor porcentaje de Afiliados que sean menores de 30 años, deberán elegir, cada uno, al menos
un miembro del Consejo General que cumpla con dicha característica.
En la segunda elección de miembros del Consejo General, los 4 Consejos Regionales en los que
el partido tenga un mayor porcentaje de Afiliados que sean menores de 30 años, deberán elegir,
cada uno, al menos un miembro del Consejo General que cumpla con dicha característica.
A partir de la tercera elección, deberá cumplirse la regla de que al menos 5 miembros menores
de 30 años integren el Consejo General.
En el evento que la votación obtenida por los miembros menores de 30 años en el respectivo
Consejo Regional no fuere suficiente para cumplir con las citadas exigencias, se elegirán como
miembros del Consejo General aquellos menores de 30 años que hubieren obtenido mayor
número de votos. Por otra parte, en caso que no existieren suficientes candidatos menores de 30
años para completar los cupos señalados, las presentes normas de discriminación positiva sólo
se aplicarán respecto de los candidatos existentes menores de 30 años, quedando los restantes
cupos bajo la regla general.
Comité Pro + Democracia
Partido Progresista de Chile (PRO)
1
El Consejo General del Partido estará integrado por los y las Senadores(as) y Diputados(as) Afiliados
al Partido. Además existirán 45 miembros fijos. Cada uno de los 15 Consejos Regionales elegirán 3
miembros fijos. A ello se suma un número de miembros variable, ya que cada Consejo Regional podrá
elegir un miembro adicional por cada 0,5% de Afiliados en la región, adicionales al porcentaje mínimo
de Afiliados que exige la Ley para la constitución del Partido en la Región respectiva.
2
Estatutos Partido Progresista, Art. 15, letra b.