Este documento proporciona instrucciones sobre el manejo, ejecución y rendición de cuentas de los recursos financieros descentralizados en el sistema educativo dominicano. Explica cómo las juntas de centros, distritos y regiones deben solicitar, recibir, gastar y rendir cuentas de los fondos asignados, incluidos los requisitos de presupuesto, comprobantes, plazos y sanciones. También describe las cuentas presupuestarias permitidas y los procedimientos contables requeridos.
3. FUNCION DE LAS JUNTAS DE CENTRO
EN EL MANEJO DE LOS RECURSOS
Participar y conocer el proyecto de
presupuesto anual de gasto y sugerir los
presupuestos extraordinarios necesarios.
Velar por el adecuado manejo de los
recursos y evaluar la ejecución de planes
y programas de su jurisdicción.
Rendir informe a la instancia que
corresponda.
4. MANEJO DE LOS RECURSOS
TRANSFERIDOS A LAS JUNTAS POR
LAS CUENTAS DEL DISTRITO
Las juntas de centros que reciban cada
trimestre de RD$1.00 a RD$50,000.00 por
transferencia y que no poseen cuentas, se les
entregará un cheque sujeto a liquidación, previa
presentación de su presupuesto aprobado por
el comité financiero de dichas juntas. Asimismo,
a las que se les asigne de RD$50,000.00 en
adelante, recibirán los recursos en cheques de
RD$50,000.00, previa presentación de su
presupuesto aprobado por el referido comité.
Cada cheque recibido deberá ser liquidado
antes de recibir el siguiente.
5. El tiempo entre la solicitud de desembolso y
la emisión del cheque no debe exceder los 15
días calendario para las juntas de centros que
recibirán el cheque contentivo del
desembolso único.
El período de liquidación de cada cheque no
deberá sobrepasar los quince días calendario
6. EJECUCION DE FONDOS
Se autorizará el gasto a aquellos centros
educativos que presenten una necesidad de
emergencia que no pueda ser pospuesta, aunque
el monto sobrepase los niveles establecidos EN
EL RENGLON AL QUE CORRESPONDE,
siempre que el centro cuente con la disponibilidad
de los recursos requeridos para financiar la
actividad. Este gasto deberá formalizarse a través
de un acto administrativo emanado de la junta de
centro o de distrito, según corresponda.
7. OBRAS MENORES
Los centros educativos que funcionan en un mismo
plantel deberán compartir los gastos de servicios de
reparación menor y mantenimiento de la planta física y
del mobiliario y equipo del plantel de uso común de los
centros. Dicho gasto se distribuirá proporcionalmente
en función del tamaño de la matrícula de cada uno de
estos centros.
Las obras menores no deben exceder de la suma de
RD$76,885,00, esto incluye mano de obra y
materiales. Los mismos no deben pasar del 50% del
monto transferido. Además estas deben ser
supervisadas y autorizadas por una comisión del
distrito .
8. RENDICION DE CUENTAS
Los recursos económicos que reciben las juntas
descentralizadas serán auditados conforme los
procedimientos establecidos en las leyes nacionales.
Las juntas beneficiadas deberán realizar un informe de
ejecución o resumen de gasto trimestral, en físico y en
archivo electrónico, mediante el Formulario de
Rendición de Cuentas de Recursos Financieros y el
Formulario de Rendición de Cuentas de Actividades
Programadas, debidamente completado.
9. Las juntas deberán archivar el expediente del resumen de
gasto. Este deberá contener: el Formulario de Rendición
de Cuentas de Recursos Financieros, debidamente
completado
el Formulario de Rendición de Cuentas de Actividades
Programadas, debidamente completado.
las copias de los cheques emitidos por la dependencia y
sus cotizaciones correspondientes
la factura original y copia con el número de comprobante
fiscal gubernamental (NCFG);
el recibo de pago original y copia con el Registro Nacional
de Contribuyente (RCN);
10. El Ministerio de Educación suspenderá la transferencia de los
recursos, a las juntas que no realicen rendición de cuenta o que
ejecuten de manera diferente a lo establecido en este instructivo.
Esta suspensión se mantendrá, hasta tanto sea rectificada la
rendición de cuenta, la cual se hará en un plazo no mayor a
treinta (30) días, fijado por la junta de la instancia superior. Para
asegurar la ejecución de las actividades en las instancias
respectivas, se procederá de la siguiente manera:
Si la anomalía fue cometida por la Junta de Centro, la Junta
Distrital correspondiente se responsabilizará por la ejecución de
los fondos del centro.
Si la anomalía fue cometida por la Junta Distrital, la Junta
Regional correspondiente se responsabilizará por la ejecución
de los fondos del distrito.
Si la anomalía fue cometida por la Junta Regional, el
Viceministerio Administrativo del Ministerio se hará cargo de la
ejecución de los fondos de la regional.
11. SOBRE LOS REGISTROS
CONTABLES
Para registrar las operaciones contables las
juntas deberán contar con el libro de ingresos
y gastos.
Los comprobantes (facturas, recibos u otros
soportes) de pago deberán tener estampado
el sello de pagado.
12. DESGLOCE DE LAS CUENTAS ADICIONADAS AL
PRESUPUESTO
2 SERVICIOS NO PERSONALES
222 Agua,
Gastos por consumo de agua, pago de
servicios de agua potable.
282 Maquinarias y equipos
Gastos de conservación y reparación menor de,
maquinarias y equipos de oficina y muebles. Incluye
mantenimiento y reparaciones de equipos de
computación, mantenimiento de sistemas y otros
necesarios para disponer de procesamiento de datos
en computadoras.
13. 295 Servicios especiales
Gastos por servicios especiales de carpintería, ebanistería, plomería,
albañilería, etc. amparados por un contrato escrito
299 Otros servicios no personales
actividades culturales, deportivas, de asistencia social y fomento y ayuda a
organizaciones de participación social, servicios de vigilancia de edificios,
oficinas y otras instalaciones que prestan empresas especializadas. No
incluye las transferencias otorgadas para estos propósitos
14. 332 Productos de papel y cartón
Gastos en adquisición de papel, servilletas, toallas, pañuelos y fundas
de papel, cajas y otros envases. Además, papel de envolver, papel
higiénico, cartones, cintas, rollos, tarjetas, etc. de papel o cartulina,
con o sin impresiones.
333 Productos de artes gráficas
Gastos en productos gráficos terminados como: formularios, planillas,
folletos de cualquier índole, cuadernos, libros de contabilidad, libretas,
carpetas, calendarios,libretas memorando, guías, etc
15. 342 Productos químicos y conexos
Gastos para la adquisición de productos químicos inorgánicos: aire
líquido y comprimido, acetileno y gases refrigerantes, sulfato de cobre,
soda cáustica, carbonato de sodio y otros compuestos químicos
inorgánicos. Incluye productos químicos orgánicos, tales como
alcoholes, glicerina, aguarrás y otros compuestos orgánicos.
Incluye además gastos para compra de tintas para escribir, dibujar y
para imprenta, pinturas, barnices, esmaltes y lacas, colorantes y otros
para uso en imprenta y talleres gráficos; masillas y preparados
similares no refractarios, para relleno y enlucido, disolventes,
diluyentes y removedores de pintura.
16. 355 Artículos de plástico
Comprende los gastos en materiales de plástico y de nylon, tubos
utilizados en instalaciones eléctricas y sanitarias, envases y demás
productos en cuya elaboración se utilizó material plástico.
362 Productos de vidrio, loza y porcelana
Gastos por la adquisición de productos de vidrio tales como: ceniceros,
floreros, adornos, vidrio en barras, en varilla, vidrio y cristales, etc.;
productos elaborados en loza y porcelana como jarros, vajillas,
inodoros, lavamanos, etc.
17. 365 Productos metálicos
Gastos para la adquisición de productos metálicos
sin elaborar y semi elaborados y sus manufacturas,
como son: perfiles, alambres, varillas, etc., siempre
que sean de hierro o acero;. otros artículos de
hojalata, cuchillería, llaves, tornillos, tuercas, redes,
cercas y demás productos metálicos; puertas,
ventanas, cortinas, tinglados, placas de
reconocimiento y medallas, ya sean de oro, plata,
bronce, etc. Incluye además herramientas y equipos
menores como: destornilladores, alicates, martillos,
tenazas, serruchos, picos, palas y otros.
18. 366 Minerales
Gastos destinados a la adquisición de materiales
y suministros para la construcción en general
como arena, cascajo, piedra triturada, tierras y
rocas refractarias, caolín y tierra arcillosa,
piedras para construcción y uso en general.
19. 612 Equipo Educacional y Recreativo
Inversiones y reparaciones en bienes destinados a la
enseñanza y a la recreación. Incluye aparatos
audiovisuales como: proyectores, películas y fotografías
para proyección, cámaras fotográficas, micrófonos,
grabadores; equipos recreativos: carruseles, aparatos para
parques infantiles y equipo menor de gimnasia; incluye
muebles especializados para uso escolar, tales como
pupitres, pizarrones, globos terráqueos, sillas, bancos,
mesas y anaqueles, aun estando destinados para uso
docente. Se incluye también la adquisición de bibliotecas,
sean especializadas, de consulta general, libros técnicos,
etc.
20. 619 Equipos Varios
Compra de equipos. Incluye equipos de
laboratorio de meteorología y sismología, de
física, de pruebas de materiales; equipos de
alojamiento, colchones, guardarropas, roperos,
mesas de noche, maquinarias, equipos,
teodolitos, telescopios etc. Incluye además la
reparación de los equipos mencionados en esta
sub-cuenta
21. CAJA CHICA
Los fondos de caja chica de los Centros,
Distrito y de la Regional provendrán de sus
respectivos presupuestos y será de un valor
de RD$5,000.00. Este fondo está destinado a
la atención de necesidades inmediatas y de
menor cuantía, según lo establece la Orden
Departamental No. 6´95 que reglamenta la
erogación y uso de los fondos de caja chica
en el Ministerio de Educación
22. Solo serán objeto de pago con fondo de caja chica,
materiales y servicios de carácter inmediato y de menor
cuantía. Los conceptos autorizados a pagar son:
Encuadernaciones y copias
Gastos de transporte
Pago de materiales y honorarios por mantenimiento
imprevisto
Compra de papelería y útiles de oficina no recurrentes
Compra de botellones de agua potable, café y azúcar. Todo
debe tener comprobante gubernamental. La misma no se
puede reponer antes del mes.
23. SOBRE LA COMPRA DE INVERSORES
Compra de Inversores y Baterías:
En este caso se requiere que el Centro Educativo
demuestre con certificación que estos equipos no
son suplidos por la Dirección General de
Mantenimiento Escolar y que los que se
comprarían cuentan con la garantía de instalación y
calidad correspondiente. La adquisición de los
mismos deben ser autorizado por el distrito, luego
que estos evalúen la prioridad.
24. DOCUMENTOS QUE DEBE
CONTENER EL EXPEDIENTE
Formulario 001 de Solicitud de Recursos Financieros
Formulario 003 de Rendición de Cuentas de Recursos
Financieros.
Formulario 002 de Solicitud de Recursos Basado en Actividades.
Formulario 004 de Rendición de Cuentas de Actividades
Programadas.
Formulario 005 de Control para la Asignación de Transferencia
de Recursos.
Carta compromiso y acta de reunión de las Juntas.
25. GRACIAS POR SU ATENCION
Ing.+Lic. Yunior Andrés Castillo S.
Página Web: yuniorandrescastillo.galeon.com
Correo: yuniorcastillo@yahoo.com
Celular:1-829-725-8571
Santiago de los Caballeros, República Dominicana
2014.