1. COMITE PARITARIO DE SALUD OCUPACIONAL
El Comité Paritario de Salud Ocupacional (COPASO), es el grupo encargado de
ayudar al Departamento de Salud Ocupacional a coordinar, fomentar, controlar y hacer
seguimiento de todas las actividades de salud ocupacional.
Además es un organismo de coordinación entre el empleador y sus trabajadores,
encargándose de ayudar a promover y vigilar las normas y programas de Salud
Ocupacional.
Fue creado a través de la Resolución 2013 de 1986 la cual estableció que todas las
empresas e instituciones, publicas y privadas que tengan a sus servicios diez (10) o
mas trabajadores, están obligados a conformar un comité paritario de salud
ocupacional
Tiene entre otras, las siguientes funciones
FUNCIONES DE LOS MIEMBROS DEL COPASO
• Actuar como instrumento de vigilancia para el cumplimiento de los programas
de salud ocupacional
• Participar de las actividades de promoción, divulgación, e información sobre
medicina, higiene y seguridad.
• Visitar e inspeccionar periódicamente los lugares de trabajo
• Proponer actividades de capacitación en salud ocupacional
• Colaborar en el análisis de las causas de accidentes de trabajo
FUNCIONES DEL PRESIDENTE DEL COPASO
• Presidir y orientar las reuniones en forma dinámica y eficaz
• Tramitar ante la administración las recomendaciones aprobadas en el seno del
comité
• Preparar los temas que se van a tratar en cada reunión
• Coordinar todo lo necesario para la buena marcha del comité
• Llevar a cabo los arreglos necesarios para determinar el lugar o el sitio de las
reuniones.
FUNCIONES DEL SECRETARIO
• Verificar la asistencia de los miembros del comité a las reuniones
• Tomar nota de los temas tratados, elaborar el acta de cada reunión
• Llevar el archivo referente a las actividades desarrolladas por el comité.
PERIODOS DE LOS MIEMBROS DEL COMITE
• El periodo de trabajo del comité es de dos anos se debe conformar mediante
proceso de elección en el prime la libertad e igualdad de participación de todos
los trabajadores. Una vez elegido el comité deberá ser inscrito por el
representante legal de la empresa ante el Ministerio de la protección social.
Como ya se dijo anteriormente uno de los elementos de apoyo para el Programa de
salud ocupacional para la empresa es la conformación del comité paritario de salud
ocupacional (COPASO). Dicho comité tiene la característica de estar conformado por
FUNCIONES MIEMBROS
DEL COPASO
2. igual número de representante por parte de la administración e igual número de
representante por parte de los trabajadores, de allí su denominación de paritario. Los
representantes por parte por parte de la administración son elegidos por el empleador,
mientras que los representantes por parte de los trabajadores son elegidos por el
mismo personal de la empresa por medio de un proceso de votación, lo cual garantiza
que las inquietudes relacionadas con las condiciones de trabajo sean canalizadas a
través de las personas en las cuales la población trabajadora de la empresa deposito
la confianza.
SALUD OCUPACIONAL UPB