Clasificaciones, modalidades y tendencias de investigación educativa.
CONAPRED
1.
2. ¿Qué es la discriminación?
La discriminación es la negación del ejercicio igualitario de libertades, derechos y oportunidades para que las personas
tengan posibilidades iguales de realizar sus vidas. Es decir, la discriminación excluye a quienes la sufren de las ventajas de
la vida en sociedad, con la consecuencia de que éstas se distribuyen de forma desigual e injusta (Art. 1º Fracción III de la
Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación).
3. ¿Quiénes son los grupos en situación de discriminación en México?
En nuestro país los grupos en situación de discriminación son: adultos mayores, afrodescendientes, personas con diversidad
religiosa, personas indígenas, migrantes y refugiados, mujeres, niñas y niños, personas con discapacidad, personas que
viven con VIH, personas de la comunidad LGTB, jóvenes, trabajadoras del hogar.
4. ¿Qué es el Conapred?
El Consejo Nacional para Prevenir La Discriminación, CONAPRED, es un órgano de Estado creado por la Ley Federal para
Prevenir y Eliminar la Discriminación (LFPED), aprobada el 29 de abril de 2003, y publicada en el Diario Oficial de la
Federación (DOF) el 11 de Junio del mismo año. El Consejo es la institución rectora para promover políticas y medidas
tendientes a contribuir al desarrollo cultural y social y avanzar en la inclusión social y garantizar el derecho a la igualdad, que
es el primero de los derechos fundamentales en la Constitución Federal.
El CONAPRED desarrolla acciones para proteger a todos los ciudadanos y las ciudadanas de toda distinción o exclusión
basada en el origen étnico o nacional, sexo, edad, discapacidad, condición social o económica, condiciones de salud,
embarazo, lengua, religión, opiniones, preferencias sexuales, estado civil o cualquier otra, que impida o anule el
reconocimiento o el ejercicio de los derechos y la igualdad real de oportunidades de las personas (Art. 4º, 16 de la Ley
Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación).
5. ¿Cuáles son la misión y objetivos del Conapred?
La misión del CONAPRED es contribuir a que toda persona goce sin discriminación de todos sus derechos y libertades
consagrados en el orden jurídico mexicano.
Sus objetivos son:
• Contribuir al desarrollo cultural, social y democrático del país.
• Llevar a cabo las acciones conducentes para prevenir y eliminar la discriminación.
• Formular y promover políticas públicas para la igualdad de oportunidades y de trato a favor de las personas que se
encuentren en territorio nacional.
• Coordinar las acciones de las dependencias y entidades del Poder Ejecutivo Federal, en materia de prevención y
eliminación de la discriminación.
(Art. 17 de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación).
6. ¿Qué es el marco legal bajo el cual funciona el Conapred?
El marco legal es el conjunto de leyes, reglas, legislaciones e instrumentos con rango y de carácter legal, que dotan de valides y
sustento legal a todas las actuaciones y actividades del CONAPRED.
El marco legal del CONAPRED se integra por:
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
La Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.
El Decreto por el que se declara el 19 de octubre de cada año como “Día Nacional Contra la Discriminación”.
Los Lineamientos que regulan la aplicación de las medidas administrativas y de reparación del daño en casos de discriminación.
Norma Mexicana NMX-R025-SCFI-2015 en Igualdad Laboral y no Discriminación.
Política Interna de Inclusión Laboral para Personas con Discapacidad del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Proyecto de Modelo de Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación en los Estados. Ley Estatal.
Estados en los que se encuentra con Clausula Antidiscriminatoria Constitucional, Ley Antidiscriminatoria y Tipificación del Delito
de Discriminación.
Lineamiento del Comité de Transparencia, Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Política Editorial del Consejo Nacional para Prevenir la Discriminación.
Legislación Nacional.
7. ¿Qué competencia tiene el Conapred para recibir denuncias de discriminación?
De acuerdo con lo establecido por el artículo 43 de la Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación, el CONAPRED
es competente para conocer de actos, omisiones o prácticas sociales discriminatorias, atribuidas a personas particulares
(físicas y/o morales) o a personas servidoras públicas federales o de los poderes públicos federales..
8. ¿Cuándo y por qué acudir al Conapred?
Cuando se considere que se ha sido víctima o se tiene conocimiento de algún presunto acto, omisión, o práctica social
discriminatoria atribuida a personas particulares o personas servidoras públicas de carácter federal, se puede acudir al
Consejo Nacional para denunciarlo.
9. ¿Qué es una queja ante el Conapred y cuándo se utiliza este recurso?
La queja es una petición, que puede ser formulada por cualquier persona; y se utiliza para hacer del conocimiento del
Consejo Nacional presuntos actos, omisiones o prácticas sociales discriminatorias, atribuidas a particulares, personas físicas
o morales, así como a personas servidoras públicas federales y a los poderes públicos federales.
10. Describe brevemente tres casos de quejas ante el Conapred. Asegúrate de mencionar los tipos de
perpetradores de actos de discriminación atendidos por el Conapred.
• Acciones en relación a las personas indígenas:
Se recibió una petición de inconformidad por manifestaciones estereotipadas de una persona integrante de un Congreso
Legislativo estatal en agravio de las personas indígenas. Derivado de las acciones llevadas a cabo por parte del CONAPRED, el
Congreso tomó las acciones pertinentes y reafirmó su compromiso y convicción para trabajar a favor del Derecho a la No
Discriminación de todas las personas.
• Acciones a favor del derecho a una vida libre de violencia de las mujeres
Se solicitó la intervención de este Consejo por parte de una persona peticionaria en virtud de que la autoridad ministerial de su
entidad no había ejecutado la orden de aprehensión en contra de su ex pareja, por presuntos actos de violencia. De igual manera
se inconformó por diversas irregularidades en el procedimiento de guarda y custodia de sus hijos.
En virtud de lo anterior, se canalizó a la persona peticionaria a la Fiscalía General de su entidad, logrando que se ejecutara la
orden de aprehensión; a la Defensoría Pública de su entidad quienes con posterioridad informaron que ya se le había asignado
un defensor para continuar con su demanda civil Quejas iniciadas por presuntos actos de discriminación en agravio de las
mujeres.
• Se inició de oficio en este Consejo una queja con relación a un programa de televisión, en el que una conductora
presuntamente fue víctima de acoso sexual e insultos por parte de su compañero de conducción.
La queja se calificó como un presunto acto de discriminación, por tanto, se notificó la solicitud de informe y en consecuencia el
representante legal de la empresa firmó un convenio donde se obligó a:
“Realizar un decálogo del lenguaje incluyente; personal del programa televisivo participó en un curso de no discriminación y
equidad de género, la televisora realizó spots publicitarios y comerciales enfocados a fomentar la no discriminación, en diversos
temas, entre ellos, el hostigamiento sexual y analizará el contenido de la Norma Mexicana en igualdad laboral y no discriminación
(NMX-R-025-SCFI-2015), como una acción independiente del convenio”.
11. En tu opinión, ¿qué función tiene el Conapred en México? ¿Cómo entiendes la diferencia entre el
Conapred y los organismos autónomos de derechos humanos?
EL CONAPRED tiene como función garantizar el ejercicio y respeto del derecho a la no discriminación, por medio de políticas
y acciones que contribuyan a la prevención y eliminación de todas las formas de discriminación que se ejerzan en contra de
cualquier persona en los términos del Artículo 1º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
A diferencia de los organismos autónomos de derechos humanos, el CONAPRED posee atribuciones para poder conocer y
resolver quejas sobre actos, omisiones o prácticas sociales discriminatorias cometidas por particulares, personas físicas o
morales. (Art. 43 de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación).
12. Explica una situación posible por la que acudirías al Conapred para presentar una denuncia y qué
debe de hacer el Conapred al respecto.
Situación:
Asistir a una la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico para realizar un trámite con previa cita, no ser atendido y humillado
por mis rasgos físicos que denotan ser perteneciente a una etnia.
Actuación del CONAPRED:
• Una vez admitida la queja el Consejo hará del conocimiento de las imputaciones a la persona física o moral, persona
servidora pública o poderes públicos federales, o a su superior jerárquico o representante legal a quienes se les atribuyan
estas par que rindan un informe (Art. 63 Quintus de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación).
• Al presunto agraviado se le citara para que se presente en una hora y fecha determinada para la audiencia de conciliación
(Art. 65 de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación).
• De lograrse un acuerdo entre ambas partes se suscribirá un convenio conciliatorio el cual tendrá autoridad de cosa
juzgada y traerá aparejada ejecución. De no lograrse conciliación entre las partes, se abrirá la etapa de la investigación, o
se determinará la queja de considerar el Consejo que cuenta con los elementos o pruebas necesarias para ello (Art. 70, 72
de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación).
• Si una vez finalizada la investigación, el Consejo comprueba los actos, omisiones o prácticas sociales discriminatorias
formulará la correspondiente resolución por disposición, en la cual se señalarán las medidas administrativas y de
reparación (Art. 79 de la Ley Federal para Prevenir y Erradicar la Discriminación).