1. Jr. Tacna No.562- Melgar-Ayaviri- Puno Teléfono: (051) 563061- Telefax (051) 563140 Apartado No.43
Correo electrónico muniayaviri@hotmail.com
“AÑO DE LA INTEGRACION NACIONAL Y EL RECONOCIIENTO DE NUESTRA DIVERSIDAD”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 072-2012-MPM-A.
Ayaviri, 22 de Febrero del 2012.
VISTO:
El Informe Nº 009-2012-DT/MPM-A, relacionado a la Conformación de la Comisión Especial de Inspección Técnica
Vehicular para el ejercicio del año 2012, y;
CONSIDERANDO
Que, al amparo de los Artículos 194º y 195º de la Constitución Política del Estado, las Municipalidades son los órganos
de gobiernos local y como tales tienen autonomía económica, política y administrativa en asuntos de su competencia,
concordante con lo dispuesto en el Articulo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades;
Que, el Jefe de la División de Transporte en el Informe Nº 009-2012-DT/MPM-A, refiere que es necesario conformar la
Comisión Especial de Inspección Técnica vehicular correspondiente al año 2012, a fin de realizar las labores en cumplimiento al
D.S. Nº 058-2003-MTC, que prescribe “Los requisitos y características técnicas que deben cumplir los vehículos para que
ingresen, se registren, transiten operen y se retiren del Sistema Nacional de Transporte Terrestre”, concordante con el D.S. Nº
025-2008-MTC. De conformidad a lo dispuesto por la Ley Nº 29237, cuya finalidad constituye certificar el buen funcionamiento y
mantenimiento de los vehículos que circulan por las vías públicas, así como verificar que estos cumplan las condiciones y
requisitos técnicos establecidos en la normativa nacional. Con el propósito de garantizar la seguridad del transporte y el tránsito
terrestre;
Que, el numeral 1.2 del artículo 81 de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades prescribe: “que las
municipalidades son órganos competentes para normar y regular el transporte público de transporte terrestre urbano e
interurbano de su jurisdicción, de conformidad con las leyes y reglamentos nacionales sobre la materia”, facultad concedida,
además por lo normado en el inc. b) del artículo 15 de la Ley Nº 27181 y sus modificatorias;
Que, el artículo 8º del D.L Nº 29237 Sistema Nacional de Inspecciones Técnicas Vehiculares, establece: “que los
gobiernos regionales y las municipalidades, dentro de sus respectivos jurisdicciones y de acuerdo a sus respectivas leyes
orgánicas, así como a las normas sectoriales de transporte y tránsito terrestre, tienen la obligación de controlar y fiscalizar el
buen funcionamiento de los vehículos automotores de transporte terrestre, verificando el cumplimiento de la inspección técnica
vehicular, a que se refiere la presente ley, y sancionar cuando corresponda”;
Estando a las consideraciones expuestas y en uso de las facultades conferidas por el artículo 20, numeral 6, de la Ley
Orgánica de Municipalidades N° 27972 y con visacion de Gerencia Municipal, Director General de Administración y la Dirección
de Asesoría Jurídica:
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- CONFORMAR el COMITE ESPECIAL DE INSPECCIÓN TÉCNICA VEHICULAR PARA EL AÑO 2012, el
mismo que queda integrado de la siguiente manera:
Presidente : Sr. Alex Choquepata Choquehuayta - Jefe (e) de la División de Transportes
Miembro : Sr. Edmundo Aguilar lima - Inspector de Transportes
Miembro : Sr. Raúl Fidel Arapa Machaca - Mecánico
Miembro : Sr. Bonifacio Ccasa Flores - Mecánico
Miembro : Sr. Nicolás Humpiri Morales - Cía. de Bomberos Nº 170- Ayaviri
Articulo Segundo.- EL COMITÉ conformado en el artículo primero, procederá a verificar con la Inspección Técnica
Vehicular de las unidades vehiculares que se encuentren autorizados e inscritos en la Municipalidad Provincial de Melgar, de
conformidad a las normas de la materia.
Artículo Tercero.- DEJESE sin efecto la Resolución de Alcaldía Nº 032-2011-A/MPM.
Artículo Cuarto.- NOTIFIQUESE a los miembros integrantes del Comité Especial de Inspección Técnica Vehicular para
el año 2012, para su conocimiento, Gerencia Municipal, y División de Transporte Urbano y Circulación Vial.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y ARCHIVESE.
LHH/A
WCH/SG
C.C.
GEMU,DTUCV
INT.
ARCH
HECHO POR MFHC/AL/SEGE/MPM-A.