La resolución renueva el permiso de operación y autorización de ruta por dos años a la empresa de transportes Alcon Tours S.R.L. para prestar servicios de transporte interurbano de pasajeros entre Ayaviri y La Raya (Santa Rosa) utilizando 7 vehículos. También designa los paraderos de las unidades y establece sanciones por incumplimiento de la resolución o del reglamento de transporte.
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Renovación permiso transporte
1. “AÑO DE LA PROMOCION DE LA INDUSTRIA RESPONSABLE Y DEL COMPROMISO CLIMATICO”
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 107 -2014 -MPM-A.
Ayaviri, 14 de Febrero del 2014.
VISTOS:
El Expediente Administrativo 12002, y demás actuados relacionados a la renovación del Permiso de Operación y
Autorización de Ruta, solicitado por el Gerente de la Empresa de Transportes ALCON TOURS S.R.L, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme a lo establecido en el Art. 194° de la Constitución Política del Perú, las Municipalidades gozan de
autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; precepto constitucional con el que
concuerda el artículo II del título preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades N° 27972, radicando dicha autonomía
en la facultad de ejercer actos de Gobierno, Administrativos y de Administración, con sujeción al Ordenamiento Jurídico;
Que, mediante Expediente Administrativo Nº 12002-2013, el Gerente General de la Empresa de Transportes
Alcon Tours S.R.L solicita la renovación del Permiso de Operación y Autorización de Ruta, para prestar el servicio de
transporte de pasajeros en la modalidad de inter urbano en la Ruta Ayaviri – La Raya (Santa Rosa) y viceversa, de
conformidad al D.S. Nº 017-2009-MTC, Reglamento Nacional de Administración de Transportes, Ley Nº 27181 Ley General
de Tránsito y Transporte Terrestre, adjuntando para cuyo efecto D.N.I., Certificado de Vigencia de Poder, Ficha Registral
Constitución de la Empresa, Estudio de mercado para servicio de transporte de pasajeros de la acotada Empresa, Nomina
de Vehículos, Tarjetas de Propiedad de las Unidades Vehiculares, Certificado Contra Accidentes de Tránsito, Licencias de
Conducir;
Que, la Subgerencia de Transportes y Circulación Vial, en el Informe Nº 005-2014-SGTSV/MPM-A, como ente
técnico en relación a la petición efectuado por el Gerente General de la Empresa de Transportes ALCON TOURS S.R.L,
sobre Renovación de Permiso de Operación y Autorización de Ruta, para prestar el servicio de transporte de pasajeros
dentro de la jurisdicción de la Provincia de Melgar, en la Ruta Ayaviri - La Raya (Santa Rosa) y viceversa, y lo establecido
por el D.S. Nº 017-2009-MTC, opina por la procedencia de la petición efectuado por el administrado precisado líneas
arriba;
Que, el numeral 1.7 del artículo 81° de la Ley N° 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades – establece como
función específica exclusiva de las Municipalidades Provinciales “Otorgar autorizaciones y concesiones para la prestación
del servicio público de transporte provincial de personas en su jurisdicción.”
El literal e) del artículo 17.1 de la Ley N° 27181 – Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre – prevé que es
competencia de las Municipalidades Provinciales “Dar en concesión, en el ámbito de su jurisdicción, los servicios de
transporte terrestre en áreas o vías que declaren saturadas; así como otorgar permisos o autorizaciones en áreas o vías no
saturadas, de conformidad con los reglamentos nacionales respectivos.”
Que, asimismo el numeral 59.2 del artículo 59° del Reglamento Nacional de Administración de Transporte,
aprobado mediante D.S. N° 017-2009-MTC (en adelante RNAT), establece los requisitos que el transportista deberá
presentar para solicitar la renovación de la autorización para el servicio de transporte público de pasajeros. Asimismo, su
numeral 59.5 prevé que “La continuación de las operaciones se producirá en forma automática, una vez vencida la
autorización anterior, en la medida en que se hayan cumplido con todos los requisitos exigidos por el presente
Reglamento.”
Que, en el rubro 125 del Texto Único de Procedimientos Administrativos de la Municipalidad provincial de
Melgar, regula el procedimiento para otorgar el permiso y/o renovación de operación para transporte de pasajeros a nivel
interdistrital.
Ahora bien, conforme se tiene del informe presentado por la Subgerencia de Transportes y Circulación Vial, el
solicitante ha cumplido con presentar los requisitos previstos tanto en el RNAT como en el TUPA vigente para atender su
solicitud de renovación de la autorización para prestar el servicio de transporte de pasajeros interurbano, los cuales se
presumen veraces y están sujetos a fiscalización posterior en virtud al Principio de Presunción de Veracidad y el Principio
de privilegio de controles posteriores contemplados en la Ley del Procedimiento Administrativo General Ley Nº 27444.
Finalmente, el artículo 17° de la norma acotada, establece la posibilidad de disponer la eficacia anticipada de un
acto administrativo (o en vía de regularización), la misma que se da “solo si fuera más favorable a los administrados, y
siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera
en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción.”
Que, con la Opinión Legal Nº 019-2014-GAJ-MPM, la Gerencia de Asesoría Legal, se pronuncia por la procedencia
de la solitud de renovación del permiso de operación y autorización de Ruta de la Empresa de Transportes ALCON TOURS
S.R.L, todo ello en atención a las normas precitadas en los considerandos precedentes de la presente.
Por lo tanto estando a las consideraciones expuestos y de conformidad a las facultades conferidas por el artículo
6,20 de la ley Orgánica de Municipalidades y con la visación de los entes ejecutivos;
Jr. Tacna No.562- Melgar-Ayaviri- Puno Teléfono: (051) 563061- Telefax (051) 563140 Apartado No.43
Correo electrónico muniayaviri@hotmail.com
2. RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA N° 107 -2014 -MPM-A.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- OTORGAR en vía de regularización la renovación del Permiso de Operación de Ruta, a la
EMPRESA DE TRANSPORTES ALCON TOURS S.R.L., a partir de la fecha por el espacio de dos (02) años, pudiéndose
renovarse por periodos similares de no mediar observación por parte de la autoridad Municipal, para prestar el Servicio
de Transporte Público Interurbano de pasajeros.
Artículo Segundo.- CONCEDER Ruta Única de Ayaviri - La Raya (Santa Rosa) y viceversa, a la siguiente flota
vehicular que se habilita; Camionetas Rurales con Placa de Rodaje: X1H-705, X1U-666, ROI-909, A1R-132, X2W-697, X1R757, Z3V-636.
Artículo Tercero.- DISPONER a la Sub Gerencia de Transporte y Circulación Vial de la Municipalidad Provincial
de Melgar, a fin de que señale los paraderos de las unidades vehiculares dentro de la ciudad.
Artículo Cuarto.-LA CONCESIONARIA en este caso el transportista, realizara las operaciones del embarque y
desembarque de los pasajeros en su respectivo paradero autorizado por la Municipalidad Provincial de Melgar.
Artículo Quinto.- Al incumplimiento de la presente Resolución de Alcaldía y al Reglamento Nacional de
Administración de Transportes, aprobado mediante D.S. Nº 017-2008-MTC, se sancionara a la Concesionaria según
corresponda, conforme se encuentra establecido en los artículos 95, 96, 97, y 98 de la norma acotada.
Artículo Sexto.- NOTIFIQUESE a la EMPRESA DE TRANSPORTES ALCON TOURS S.R.L., la presente para los
fines pertinentes.
REGISTRESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
LHH/A
MFHC/GSG
C.C
GM
SGTCV
INT.
ARCH.
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